  Medio Ambiente DERECHO AMBIENTAL, CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y PRINCIPIOS.

1   Medio Ambiente DERECHO AMBIENTAL, CONCEPTOS FUNDAME...
Author: Rosa Henríquez López
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1   Medio Ambiente DERECHO AMBIENTAL, CONCEPTOS FUNDAMENTALES Y PRINCIPIOS

2  Primer Momento: Centrado en la protección de los grandes espacios naturales donde la máxima expresión es la Convención de Washington sobre protección de la flora fauna y las bellezas naturales de América.

3  Segundo Momento: Protección del medio ambiente a partir de los efectos que la contaminación puede generar para la salud humana.  Ej. Smog en Londres, Minamata en Japón. Máximo momento Conferencia del Estocolmo sobre Medio Ambiente Humano.

4  Tercer momento : Se observa que los problemas ambientales están ligados a los estilos o modelos de desarrollo.  Hito importante Comisión Mundial Sobre Medio Ambiente y Desarrollo de 1987 ( Comisión Brundtland) de donde se desprende el  informe final denominado Nuestro Futuro Común que en 1987 acuña el concepto de desarrollo sustentable.  Otro hito importante lo encontramos en la Conferencia de Río de Janeiro Sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

5  Constitución Política.  Normas de Rango Legal: Leyes Decretos Leyes y Decretos con Fuerza de Ley  Normas Reglamentarias: Contenidas en Decretos Supremos, Resoluciones, etc.

6  Casual  Deliberado: heterodoxa - Sanitaria - Patrimonial - Conservacionista - Ortodoxa ley 19300.

7  Red de subsistemas ecológicos.  Funcionalmente interdependientes.  Constituidos, a su vez, por factores dinámicamente interrelacionados  Que rigen y condicionan  Las posibilidades de vida en la tierra. Raúl Brañes

8  Artículo 2 letra ll. Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus interacciones en permanente modificación por la acción humana y natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones.

9  “sustentabilidad ambiental del proceso de desarrollo”, enfatizando la mantención de un punto de equilibrio entre protección ambiental, crecimiento económico y equidad social, todo ello en concordancia con los principios explícitamente enunciados en el mensaje de la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente. (Aylwin Patricio, Mensaje Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente).

10  En relación con lo expuesto el artículo 1° de la Ley 19.300, dispone que “ El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularán por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia”.

11  Esta norma tiene un carácter marco, que coexiste y requiere como piezas fundamentales para su aplicación, de la normativa sectorial y de la institucionalidad creada por la misma.

12  Esta situación será necesariamente recogida por los diversos instrumentos de gestión ambiental reconocidos por la ley de bases, como es el caso del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, donde intervendrán todos los órganos del estado que deberán otorgar permisos ambientales sectoriales para la ejecución del proyecto evaluado.

13  Principios del Derecho Ambiental

14  En general estos principios tienen por objeto fundar, interpretar y suplir el contenido de la normativa y política ambiental del estado.

15  Estos principios no solo orientan el desarrollo del derecho ambiental, sino que deben ser considerados al definir la política ambiental del estado y por lo mismo, constituyen la base para el diseño de instrumentos de gestión eficaces en relación con los principios que los gobiernos al menos declaran estar siguiendo.

16  Han sido recogidos expresamente por una serie de declaraciones y convenios internacionales.  En el derecho interno se les ha reconocido de manera expresa en el mensaje de la ley 19.300, operativizandose en diversos instrumentos de gestión ambiental desarrollados en esta ley.

17  El mensaje por el cual el Presidente Patricio Aylwin envía al Congreso Nacional el Proyecto de Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, se reconocen de manera expresa como principios orientadores del derecho ambiental chileno, el preventivo, el contaminador pagador, el de gradualidad, la responsabilidad y el participativo.

18  Principio Preventivo, propone anticiparse a los eventuales daños ambientales, pues su reparación o es imposible o muy costosa.

19  Ha sido recogido expresamente en los siguientes convenios internacionales ratificados por Chile:  1.- Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de accidentes que causen contaminación por hidrocarburos de 1954.  2.-Convenio de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar de 1982.

20  3.- Convenio de Viena sobre Protección de la Capa de Ozono de 1985 y su Protocolo de Montreal de 1987.  4.- Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático de 1992.

21  En el mensaje de la ley 19.300 se señala que “ mediante este principio se pretende evitar que se produzcan los problemas ambientales. No es posible continuar con la gestión ambiental que ha primado en nuestro país, en la cual se intentaba superar los problemas ambientales una vez producidos.”

22  Manifestaciones en instrumentos de gestión ambiental contemplados en la ley 19.300.  -Educación Ambiental.  -SEIA.  -Planes de Prevención  -Sistema de responsabilidad por el daño ambiental.

23  Ley 19300. artículo 8 señala que “Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 solo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente ley…”

24  Principio Contamina Paga los costos de no contaminar debe ser asumidos por el eventual contaminador y no por la ciudadanía.

25  En el mensaje de la ley 19.300 se señala que este “…se funda en la idea de que el particular que actualmente contamina, o que lo haga en el futuro, debe incorporar a sus costos de producción todas las inversiones necesarias para evitar la contaminación. De ahí se desprende que los primeros responsables de disminuir la contaminación serán los particulares.”

26  El Consejo de la OCDE sobre los Principios Rectores Internacionales sobre Aspectos Económicos de Política Ambiental, en 1972 señala:  "El principio que debe utilizarse para asignar los costes de prevención de la contaminación y medidas de control para fomentar el uso racional de los escasos recursos del medio ambiente y para evitar distorsiones en el comercio internacional y la inversión es el llamado "quien contamina paga"

27  Declaración de Río de 1992, en el Principio 16  "Las autoridades nacionales deben esforzarse por promover la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el enfoque que el que contamina debe, en principio, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio internacional y la inversión.

28  El Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, bajo el Título XIX del medio ambiente, establece en su artículo 174.2 que  "la política comunitaria sobre el medio ambiente [...] se basa en el principio de cautela y en los principios de acción preventiva, que el daño ambiental deberían, preferentemente en la fuente y de que el que contamina debe pagar ".

29  Principio de la Responsabilidad, todo el que dolosa o culposamente a dañado el medio ambiente debe repararlo a su costa.  Consagrado en el articulo 3º de ley 19.300 y luego a partir de los artículos 51 y siguientes de la misma.

30  Principio del Realismo o Gradualidad, se deben introducir mejoras normativas en la medida que ello sea compatible con el nivel de desarrollo económico del país.

31  En el mensaje se indica que “Por ello, el camino que se ha adoptado es dar un marco legal general y preparar a los funcionarios del sector público para que puedan hacer cumplir las disposiciones, y así, poco a poco, desarrollar las legislaciones sectoriales.”

32  Tal vez el peor pecado de una ley como ésta sería el intentar ser comprensiva, puesto que requeriría un aparato fiscalizador presente en todo tiempo y lugar y con un enorme conocimiento del tema. Por ende, debemos comenzar con las regulaciones básicas y más fundamentales, para ir, después, a regular lo demás.

33  “…para lograr, una adecuada protección del medio ambiente se requiere de la concurrencia de todos los afectados en la problemática.”

34  - Participación Ciudadana SEIA y elaboración de normas.  - Consejos Consultivos.

35 En relación con el SEIA se consagra entre los artículos 26 a 31 ley 19.300. En relación con el proceso de dictación de normas de emisión y calidad articulo 31 bis acceso a la información ambiental ley 19.300.

36  - Evaluación de impactos socioeconómicos de normas de emisión y calidad.  -Una autoridad ambiental de una pequeña planta funcionaria.  -Ventanilla única y simplificación administrativa.

37  Principio de la eficiencia  ventanilla única.  Recogido por los incisos 1º y 2º articulo 8º de la Ley 19.300, donde se dispone que en el marco de la evaluación ambiental de proyectos sometidos al SEIA.  Todos los permisos o pronunciamientos de carácter ambiental, que de acuerdo con la legislación vigente deban o puedan emitir los organismos del estado… serán otorgados a través de dicho sistema …

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39  Principio de la eficiencia  Los servicios y organismos del estado que participan de este proceso serán coordinados por el Servicio de Evaluación Ambiental.

40  Principio Precautorio, en el numero 15 de la Declaración de Río se indica que “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medioambiente.”

41  “ la distribución equitativa de las cargas y beneficios ambientales, entre todas las personas de la sociedad, considerando en dicha distribución el reconocimiento de la situación comunitaria y de las capacidades de tales personas y su participación en la adopción de las decisiones que le afectan.” D. Hervé Espejo

42  “ Trato justo y la participación informada a que tienen derecho todas las personas con respecto al desarrollo, implementación y aplicación de las leyes, regulaciones y políticas ambientales, independientemente de su raza, color nacionalidad o nivel de ingresos.”  Jorge Bermúdez Soto

43 Este concepto se vincula con:  Forma en que construimos país.  Criterios esenciales de justicia distributiva, que se deben expresar en la instalación y desarrollo de asentamientos humanos sustentables.  Ser la base de los criterios con los cuales una sociedad debe definir el acceso de su población a los diversos componentes ambientales.

44  Hay un conjunto de reglas cuya aplicación individual o combinada vía instrumentos de gestión permite asegurar este ppio.

45  Separación de usos en conflicto, específicamente los que suponen riesgo ambiental de los que otorgan servicios ambientales.  Ejemplo Cuerpo de agua para disposición de RILES y cultivo acuícola

46  Concentración de usos similares : Se procura concentrar en un mismo espacio riesgos o impactos ambientales similares ej., zona industrial de Quinteros.  Es fundamental complementar estas zonas con normas de calidad ambiental.

47  Reserva de Espacios : Restringiendo sus usos a la preservación o conservación de bienes ambientales.  Ej., crear Áreas Protegidas

48  Fijación de Umbrales : Hay ciertas actividades que no pueden ser desarrolladas porque las magnitudes con las que han sido concebidas son excesivas e implican una intervención insostenible.  Ej., caudal ecológico mínimo.

49  Explotación de elementos ambientales.  Entrega a privados en administración de bienes nacionales de uso publico.  Ej Áreas de Manejo Recursos Bentónicos

50 Autodeterminación Democrática  Las decisiones sobre distribución de riesgos y servicios ambientales se deben constituir o basar en la opinión y voluntad de personas y comunidades implicadas.

51  Las regulaciones ambientales no pueden implicar un debilitamiento de la normativa e instrumentos de gestión respecto de sus objetivos de conservación y preservación ambiental.

52  Ej. Constitución Ecuador articulo 11 en relación con articulo 23  “ el contenido de los derechos se desarrollara de manera progresiva a través de las normas, jurisprudencia y las políticas publicas”