1 REUNION DE CENTRO DE PERITAJE FECHA : 26 DE SETIEMBRE DEL 2013 AGENDA 1.Tratamiento de Peritaje Ad Honorem 2.Propuesta de modificación de Reglamento.

1 1 REUNION DE CENTRO DE PERITAJE FECHA : 26 DE SETIEMBRE...
Author: Roberto Carlos Redondo Rey
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1 1 REUNION DE CENTRO DE PERITAJE FECHA : 26 DE SETIEMBRE DEL 2013 AGENDA 1.Tratamiento de Peritaje Ad Honorem 2.Propuesta de modificación de Reglamento de Peritos 3.Problemática en general del Centro de Peritaje.

2 REGLAMENTO DEL CENTRO DE PERITAJE JOSE URIEL SANTIVAÑEZ VIVANCO DEL CIP-CD PIURA 2

3 1. DEFINICION: El Centro de Peritaje, en adelante el “C.P.”, constituye una delegación colegiada del Consejo Departamental de Piura, del Colegio de Ingenieros del Perú, por acuerdo de Sesión de Junta Directiva de fecha 05 de abril del 2001, concordante con sus atribuciones y funciones establecidas en el artículo 4.55 inciso ”d” del Estatuto del CIP, destinada a administrar la organización y desarrollo de los miembros del “C.P.”, para poder brindar el servicio de ingeniería de peritaciones eficiente, diligente y competitivo dentro de su jurisdicción. El C.P agrupa a todos los Peritos tanto Judiciales (REPEJ), Peritos de parte independientes, Peritos SBS, peritos Cuerpo Técnico de Tasaciones, Peritos ex Conata, y todos los ingenieros que realizan trabajos afines con la actividad pericial. 3

4 1. APORTE DEL ING. O. CARRASCO VASQUEZ : COMENTARIO No debe considerarse ni mencionarse los diferentes registros porque son autónomos y además peritos de parte independientes pueden ser cualquiera de los ingenieros adscritos a otros entres especializados en tasaciones, incluso profesionales no colegiados y hasta técnicos. 4

5 2. OBJETO Reglamentar y coordinar las solicitudes de todas las materias que maneje el Colegio de Ingenieros, Consejo Departamental Piura CIP- CDP, solicitadas por diferentes instituciones públicas y privadas, para su atención por parte de los, peritos registrados y vigentes, ajustándose al código de ética vigente. 3. ATRIBUCIONES Son atribuciones del CP: a)Cautelar los derechos y el cumplimiento de los deberes de los peritos registrados b)Difundir el Código de ética y el reglamento del CP c)Establecer los requisitos para pertenecer al centro de peritajes d)Organizar cursos sobre pericias en las diferentes áreas que maneja el CP. 5

6 e) Formar un banco de peritajes realizados como guía de consultas. f) Preparar y difundir una guía fijando los aranceles u honorarios que pueda ser utilizada por el perito para sus propuestas. g) Brindar asesoría jurídica a los peritos h) Formar comisiones especializadas en las materias periciales. i) Promover el servicio pericial ante las entidades públicas y privadas de la Región. j) Establecer comisiones para los diferentes grupos de peritos. k) Asignar a los Peritos registrados y vigentes los peritajes solicitados al CP/CIP- CDP. l) Vigilar el cumplimiento de los peritajes asignados, que se realicen dentro del marco legal vigente. m) Estudiar y revocar, cuando el incumplimiento lo amerite, las asignaciones de los Peritajes y nombrar nuevos Peritos para la atención de los Peritajes. n) Comprometer a las instituciones para que tengan como uno de sus requisitos, la inscripción de los peritos en el Centro de Peritaje del CIP. 6

7 f) Preparar y difundir una guía fijando los aranceles u honorarios que pueda ser utilizada por el perito para sus propuestas. APORTE DEL ING. CARRASCO f) Preparar, difundir y salvaguardar los aranceles u honorarios que pueda ser utilizada por el perito para sus propuestas. Así como coordinar con el Consejo Nacional del Colegio de Ingenieros del Perú, de conformidad con la décimo cuarte disposición complementaria del Código Procesal Civil para que cada dos años se apruebe y publique en el diario El Peruano, “Normas Orientadoras de Honorarios Profesionales” que serán de obligatoria observancia por los jueces para la determinación de los honorarios profesionales en las pericias judiciales. i) Promover el servicio pericial ante las entidades públicas y privadas de la Región. APORTE DEL ING. CARRASCO i) Promover el servicio pericial ante las entidades públicas y privadas de la Región. De tal modo que las empresas financieras no exijan otro requisito para le realización de las tasaciones en el Sistema Financiero que perito debe estar inscrito en el Registro de Peritos Valuadores que conduce la Superintendencia de Banca y Seguros y AFPs. 7

8 4. CLASES DE MIEMBROS  Los miembros del CP son: Aspirantes a peritos y Peritos. A su vez para el cumplimiento de los trabajos, se clasifican en comisiones: Judiciales, De parte, SBS, Conata, Tasadores, Otros afines.  Son miembros aspirantes aquellos que recién inician su actividad y no cuentan con la experiencia del caso.  Son miembros peritos, aquellos que cumplen con los requisitos establecidos en el presente reglamento. 8

9 4. CLASES DE MIEMBROS APORTE DEL ING. OSCAR CARRASCO Los miembros del CP son los peritos  Comentario: El CP es una institución de primer piso con la excepción del REPEJ y REPEF que son encargos de las instituciones que conducen estos registros por lo que mal haría en hacer una estructuración reglamentaria en temas organización que competen a otras instituciones. 9

10 5. REGISTRO DE PERITOS Los requisitos para incorporarse al CP del CIP-CDP, son: a) Ser Ingeniero Colegiado y habilitado b) Presentar la solicitud de incorporación c) Currículo Vitae debidamente actualizado y documentado, sobre su formación académica, capacitación y experiencia pericial e idoneidad moral y ética, d) Copia autenticada del Título profesional e) Foto del solicitante a colores, tamaño pasaporte f) Contar con no menos de 10 años de colegiado g) Estar al día en sus cotizaciones al CIP - CDP h) Certificado de habilidad i) Declaración Jurada de no tener antecedentes: Penales, Judiciales, ni impedimentos legal para el ejercicio profesional, ni para ejercer el cargo de Perito. j) Aprobar los cursos de capacitación que realice el Centro de Peritaje. El expediente se tramita y resuelve por el Directorio del CP. El CP llevará un registro de peritos por especialidad que se actualiza anualmente 10

11 5. REGISTRO DE PERITOS APORTE DEL ING. OSCAR CARRASCO j) Aprobar los cursos de capacitación que realice el Centro de Peritaje; y los cursos de formación de Ética Profesional de los Tribunales Deontológicos del CIP. 11

12 6. OBLIGACIONES Y DERECHOS OBLIGACIONES: a) Estar habilitado permanentemente. b) Presentar solicitud de incorporación al CP y cancelar el derecho de membrecía anual equivalente a S/.100.00 c) Cumplir con los peritajes asignados conforme a la legislación vigente y reglamentos. d) Cumplir con la Normatividad y/o Directivas vigentes sobre la materia. e) Cumplir con el compromiso de pago del 10 % por peritaje realizado al CIP – CDP o la tasa que se fije por el Directorio según el caso. f) Identificarse con su credencial del CP. g) Comprometerse mediante carta declaración jurada, que indique que los peritajes que realizara serán conforme a la ética profesional, respetando la confidencialidad requerida. h) Comprometerse mediante carta declaración jurada a capacitarse constantemente en materias de peritaciones, con un mínimo de 100 horas lectivas. i) Respetar las escalas de aranceles fijadas por el CP. j) Entregar al CP una copia del peritaje efectuado. 12

13 6. OBLIGACIONES Y DERECHOS APORTE DEL ING. OSCAR CARRASCO e) Cumplir con el compromiso de pago del 5% por peritaje realizado al CIP-CDP. Comentario: Tradicional y convencionalmente todos los estatuto del Colegio de Ingenieros del Perú siempre se ha establecido que el pago es del 5% de los honorarios del peritaje ¿Cuál es la razón del incremento de este porcentaje?, si se considera que en el caso de tasaciones del poder judicial se paga al REPEJ el 8% y además se paga el 10% del Impuesto a la Renta, porcentajes sumados considerando la tarifa del 5% sería el 23% de los honorarios, es decir casi la cuarta parte de los mismos. 13

14 DERECHOS: a) Ser informado de la marcha del C.P. b) Percibir contraprestaciones por labores profesionales al C.P. o a terceros por encargo del mismo. c) Ejecutar las misiones profesionales en equipo o personalmente, asignadas por el Directorio. d) A ser capacitados por el C.P. de tal manera de elevar los estándares académicos de la especialidad. 14

15 7. DE LA ORGANIZACIÓN DEL CIP Son órganos de Gobierno del CP: A) El Directorio b) Comisión Técnica, conformada por un miembro de cada uno de los registros: De parte, REPEJ, SBS, DNC, CTTP y Comisiones especializadas. Son órganos desconcentrados c) Comisiones de peritajes de los Comités Locales Órgano de administración a) Administrador del CP 15

16 7.1. E L D IRECTORIO ESTA CONFORMADO POR CINCO MIEMBROS DE LA O RDEN, LOS CUALES SON ELEGIDOS EN ASAMBLEA DE PERITOS, PARA LAS SIGUIENTES FUNCIONES : Un Presidente, quien deberá ser miembro habilitado del CP con 10 años de colegiado del CIP y 8 años como miembro del CP. Un Director Secretario, quien deberá ser miembro del CP con 08 años de colegiado del CIP y 5 años como miembro del CP, constituye el Fedatario del Centro. Un Director Tesorero, quien deberá ser miembro habilitado del CP, con 08 años de colegiado del CIP y 5 años como miembro del CP. Dos Directores Vocales. 16

17 Son atribuciones y funciones del Directorio: a) Formular la política general y los planes de desarrollo del CP b) Proponer las modificaciones a los reglamentos y que serán sometidas a aprobación del CIP-CDP c) Dirigir y controlar la ejecución de la política del CP d) Aprobar el presupuesto anual y memoria de la gestión. e) Designar a los peritos que sean requeridos por los solicitantes f) Aprobar el arancel de honorarios para las pericias y estudios especiales g) Convocar a sesiones de Directorio del CP, siendo los acuerdos por mayoría simple h) Sesionar ordinariamente una vez por semana y extraordinariamente cuando se requiera. i) Llevar el libro de registro de peritos j) Nombrar delegados del centro de peritajes a los Comités Locales del CIP- CDP k) Designar, proponer y remover a los funcionarios y trabajadores administrativos que presten servicios al CP. l) Designar a los miembros de las comisiones de peritos establecidas. m) Aprobar el manual de organización y funciones del CP. El Presidente es representante legal del CP y como tal lo representa, con las siguientes facultades y atribuciones. 17

18 APORTES DEL ING. OSCAR CARRASCO 7.0 DE LA ORGANIZACIÓN DEL CP Son órganos de Gobierno del CP c) El Directorio d) La Asamblea de Peritos. 7.1 El Directorio está conformado por tres miembros de la Orden, los cuales son elegidos por el Consejo Directivo del CIP- CDP, para las siguientes funciones: Un Presidente, quien deberá ser miembro habilitado del CP con 10 años de colegiado del CIP. Un Director Secretario, quien deberá ser miembro habilitado del CP con 8 años de colegiado del CIP. Un Director Tesorero, quien deberá ser miembro habilitado del CP con 8 años de colegiado del CIP. Son atribuciones y funciones del Directorio: f) Aprobar el arancel de honorarios para las pericias y estudios especiales, que sean de su competencia. j) Y k) no van. 18

19 7.1.1 EL PRESIDENTE El Presidente es elegido por la Asamblea de Peritos del Centro de Peritaje, le corresponde las siguientes atribuciones: a) Representar al C.P. b) Dirigir las actividades encomendadas al C.P. c) Presidir todos los actos del C.P. d) Hacer cumplir los acuerdos del CD-Piura y mantenerlo debidamente informado, e) Solicitar al CD-Piura, la observancia y respeto de los derechos que corresponda a los ingenieros en el ejercicio de su actividad pericial, ante cualquier autoridad. f) Disponer la ejecución y solicitar la aprobación por el CD-Piura del Presupuesto del C.P. y supervigilar el fiel cumplimiento del mismo. g) Autorizar conjuntamente con el vocal tesorero del C.P., los gastos en concordancia con el presupuesto aprobado. h) Suscribir contratos de servicios con terceros y convenios conjuntamente con el Decano del CD-Piura y Tesorero del C.P. i) Presentar la memoria anual al pleno en presencia del CD-Piura 19

20 7.1.1 EL PRESIDENTE El Presidente es elegido por la Asamblea de Peritos del CP, le corresponde las siguientes atribuciones: g) Autorizar conjuntamente con el tesorero del CIP-CDP, los gastos en concordancia con el presupuesto aprobado. 20

21 7.1.2. EL SECRETARIO El Secretario, es elegido por la Asamblea de Peritos del Centro de Peritaje, le corresponde las siguientes atribuciones: a) Actuar como secretario en cualquier certamen del C.P. b) Llevar el libro de actas de sesiones y congresos respectivos. c) Refrendar las providencias, certificados y demás que expida el C.P. d) Actuar como fedatario del C.P. e) Tramitar la correspondencia f) Llevar el Registro de miembros del C.P. g) Supervisar la marcha del C.P. h) Representa al Presidente del C.P., en caso de ausencia del Presidente. 21

22 7.1.3. EL TESORERO El Tesorero, es elegido por la Asamblea de Peritos del Centro de Peritaje, le corresponde las siguientes atribuciones: a) Organizar y vigilar la marcha económica del C.P. b) Coordinar y dar cuenta de la marcha económica del C.P. c) Supervigilar la contabilidad del C.P., la cual es llevada por el Sistema contable del CD-Piura d) Firmar conjuntamente con el Decano del CD-Piura y el Presidente del C.P., los contratos de servicios con terceros. e) Cumplir con las funciones que le señale el C D-Piura 22

23 7.1.4. EL DIRECTORIO DEL C.P. sesiona ordinariamente una vez por semana y extraordinariamente cuando el Presidente del C.P., la convoque por su propia iniciativa o ha pedido de la mitad más uno de sus miembros. 7.1.5. EL QUÓRUM PARA LAS SESIONES DEL DIRECTORIO DEL C.P. y los acuerdos son por mayoría simple. 7.1.6. EL QUÓRUM PARA LAS SESIONES DE LA ASAMBLEA DEL C.P. será los 2/3 mas uno de los miembros habilitados del CP en 1era citación y 1/3 en 2da citación en concordancia con los Estatutos del CP. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple. El presidente del C.P. después de una segunda votación tiene voto dirimente en caso de empate. 23

24 7.2. D E LA C OMISIÓN T ÉCNICA : Las funciones de la Comisión Técnica  Vigilar el cumplimiento de los peritajes asignados, que se realicen dentro del marco legal vigente y con el mayor profesionalismo.  Estudiar y revocar, cuando el incumplimiento lo amerite, las asignaciones de los Peritajes y nombrar nuevos Peritos para la atención de los Peritajes.  De manera periódica deberá entregar un informe de los Peritajes concluidos y Peritajes en proceso, al Directorio del CP.  Vigilar que los registros, la calidad de los peritajes y los pagos se efectúen con la mayor puntualidad. 24

25 7.3. D E LOS Ó RGANOS D ESCONCENTRADOS : Son funciones de los órganos desconcentrados, las mismas que atañen a la Comisión Técnica, ejercidas en los comités locales respectivos, debiendo los responsables de estos órganos rendir cuenta al Directorio. 7.4. De la Administración: Es un órgano de apoyo administrativo para el mejor desempeño en el desarrollo de las actividades. Sus funciones son: a)Actuar como administrador en los procesos periciales. b)Tramitar las solicitudes de Peritaje ante el Directorio del Centro. c)Tramitar constancias y certificaciones concernientes a las actuaciones relativas a los procesos administrados por el CP, incluyendo las referidas a la acreditación de peritos. 25

26 d) Elaborar comunicaciones y notificar a los peritos y a los solicitantes. e) Mantener ordenada y actualizada la documentación propia de los expedientes de las misiones de peritaje. f) Mantener actualizado el Registro de Peritos, así como el banco de datos para envíos postales y por internet. g) Encargarse de la administración de los servicios que brinda el CP. h) Coordinar la realización de los programas de difusión y capacitación del CP. 26

27 i) Apoyar en las sesiones del Directorio. j) Programar las reuniones periciales y otros. k) Preparar y/o revisar las liquidaciones de los gastos administrativos y de los honorarios de los peritos. l) Brindar asesoría a los nuevos miembros del CP. m) Ejercer las demás funciones que establezca el Directorio inherentes al cargo. 27

28 8. DE LAS PLENARIAS 8.1. Plenarias: son las reuniones de todos los miembros del C.P. convocadas 30 días antes de la finalización del año calendario. Plenarias Ordinarias: Son las Juntas de miembros del C.P., habilitados, convocados por el Directorio para dar cuenta de la memoria anual y anunciar el Plan de Acción para el próximo año. Plenarias extraordinarias: Cuando así lo soliciten con la agenda a tratar el 20% de los miembros habilitados del C.P. 28

29 APORTE DEL ING. OSCAR CARRASCO 8. D E LA ASAMBLEA DE PERITOS Son las plenarias que realizan todos los miembros inscritos en el Registro del C.P., las mismas que son: 7.2.1 Plenarias Administrativas: Son las reuniones de todos los miembros del CP, convocadas 30 días antes de la finalización del año. A. Plenarias Administrativas Ordinarias: Son las Juntas de miembros del C.P., habilitados, convocados por el Directorio para dar cuenta de la memoria anual y anunciar el Plan de Acción para el próximo año. B. Plenarias Administrativas Extraordinarias: Cuando así lo soliciten con la agenda a tratar el 20% de los miembros habilitados del C.P. 7.2.1. Plenarias Técnicas A. Plenarias Técnicas Ordinarias: Constituyen las juntas de los miembros habilitados del CP, por especialidad, convocadas por el Presidente Trimestralmente para tomar acuerdos únicamente de carácter técnico. Estas plenarias son de dos tipos: A.1 De carácter genérico con asistencia con la asistencia de todos los miembros todas las especialidades. A.2. De carácter específico, en tanto en el C.P. existan más de 10 miembros de la aludida especialidad. B. Plenarias Técnicas Extraordinarias: Son las convocadas fuera de calendario cuando las circunstancias lo ameriten o lo pidan por escrito cuando menos el 10% de los miembros habilitados. 29

30 8.2. Del Periodo de Gestión de Gobierno  La elección del Directorio, es por un período de dos años, correspondiendo al periodo de duración del mandato de cada Junta Directiva Departamental del CIP – CDP electa. 8.3. De los Congresos  Constituyen certámenes de carácter técnico oficializados por el Congreso de Consejos Departamentales del C.I.P., con nivel de recomendaciones, para ser tomadas en cuenta por la orden; con asistencia de miembros del C.P.-Piura y delegaciones departamentales del CIP-CDP y otras organizaciones nacionales e internacionales invitadas para tal fin.  Se realizarán bajo responsabilidad económica y administrativa del Consejo departamental del CIP. 30

31 COMENTARIO DEL ING. OSCAR CARRASCO La organización propuesta es marcadamente burocrática y el Centro de Peritaje debe apoyarse en toda la estructura del Colegio de Ingenieros del Perú CDP, es imposible que pueda tener su propia contabilidad, debe funcionar como un centro de costos, pero dentro de la estructura del CIP-CDP. 31

32 9. DE LA ADMINISTRACION ECONOMICA Los recursos del C.P., dada la estructura del CD-Piura, serán manejados en una sub-cuenta administrativa en tesorería, para ser operados de acuerdo al presupuesto aprobado del C.P. 32

33 9.1. De los Recursos Económicos Son rentas del CP: Cuota anual de incorporación al C.P. El costo de servicios administrativos. El porcentaje de peritaje realizado (10%). (5%) Excedente de programas de capacitación y difusión a otros colegiados Excedentes de publicaciones y otros medios de difusión. Excedentes de charlas y conferencias en universidades. Donaciones destinadas a investigación y desarrollo de tecnologías y auspicio de certámenes. Otros ingresos que perciba el CP para el cumplimiento de sus funciones 33

34 9.2. Presupuesto  Los recursos de ingresos y egresos, su estructura y operatividad están sujetos a la aprobación presupuestal por el CD-Piura 9.3. Patrimonio  El patrimonio del C.P. está regulado por lo dispuesto en el Título del Patrimonio del estatuto del CIP. 34

35 10. LAS CONTRATACIONES El C.P. elaborará la escala de contraprestaciones profesionales por servicios profesionales periciales en concordancia con los dispositivos del CIP. Los que serán aprobados anualmente por el CD-Piura. 35

36 Recepción de solicitudes  La recepción de solicitudes se registrara en el libro foliado y autorizado, confo0rme se vayan recibiendo, anotando la fecha hora y tipo de peritaje.  El libro de control de registro de solicitudes estará a cargo de la administración del CP.  Un a vez recepcionada la solicitud se dará respuesta en un tiempo no mayor a dos días hábiles. 11. DEL TRAMITE DE SOLICITUDES, ASIGNACION DE PERITAJES Y LA DISTRIBUCION DE LOS HONORARIOS 36

37 Asignación de peritajes  El Directorio del Centro de peritajes, una vez que haya recibido la solicitud de peritaje, asignará al perito que tenga la calificación profesional expresada en la solicitud, según la relación de peritos hábiles vigente.  La asignación se efectuará en función de la capacidad pericial de acuerdo a la lista de peritos registrados y vigentes. En caso de que el perito no este disponible o no acepte el cargo, se le asignará al siguiente, en orden a la capacidad pericial y así sucesivamente. Se tomará en cuenta una distribución equitativa entre los profesionales de la especialidad.  El Presidente del Centro de Peritajes dispondrá el registro, en el libro de solicitudes de peritajes, el nombre del Perito que fue asignado a realizar el peritaje y el envío de una comunicación dando a conocer su designación y solicitándole una respuesta de aceptación y de propuesta de honorarios profesionales. 37

38  El Centro de Peritaje, remitirá la propuesta del perito al solicitante, para su consideración y aceptación.  El perito designado dará aviso al centro de peritajes del inició y terminación del peritaje a desarrollar entregando copia del Peritaje realizado e información adicional a su culminación, la misma que será evaluada por la Comisión Técnica.  El inicio del mismo será en un plazo máximo de dos días hábiles, a partir del pago del 50 % del total de la pericia acordada con el solicitante.  Una vez que el solicitante haya aceptado la cotización, el CP/CIP- CDP, notificará por escrito al perito que debe iniciar el peritaje y entregarlo en la fecha propuesta. 38

39  El primer pago será del 50 % del total del peritaje. El solicitante pagará en la tesorería del CIP-CDP, el 10 % de los honorarios aceptados, entregándosele factura o boleta, según lo requiera y el 40 % de los honorarios correspondientes al perito, quien otorgará su respectivo recibo de honorarios.  El solicitante cancelará el saldo de los honorarios antes de la entrega del peritaje, el cual deberá tener la conformidad previa de la Comisión Técnica y o Directorio, otorgándosele el recibo de honorarios.  El Centro de Peritaje, mediante Acta de Entrega, alcanzará el peritaje realizado. El solicitante tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar alguna observación o reclamo. 39

40  Posteriormente en el plazo de 24 horas se le comunicará al perito para el levantamiento de las observaciones si las hubiera, asignándole un plazo de dos días hábiles para su respuesta.  La entidad solicitante dará la conformidad del peritaje realizado, mediante documento escrito, a solicitud del perito.  Los peritajes que efectúen los peritos del CP/CIP-CDP., se realizarán de acuerdo a la Tabla de Aranceles de Pericias vigentes, apegándose al fundamento legal aplicable y a la ética profesional. 40

41 12. PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS a) El CP sanciona disciplinariamente a los peritos que en ejercicio de su función falten al juramento prestado durante su incorporación. b) De acuerdo ala gravedad de la falta, se puede sancionar con: Amonestación, Suspensión y expulsión del CP. c) Los peritos podrán ser amonestados, suspendidos o separados del Registro a juicio del Directorio, por alguno de los siguientes motivos: 1. Faltar al código de ética 2. Faltar a la observancia del reglamento 3. Proporcionar datos falsos 4. Otorgar peritajes careciendo de las acreditaciones respectivas 5. Realizar peritajes derivados de los asignados por el CP 6. No presentar el peritaje solicitado en el tiempo y forma. 7. Haber sido condenado por delito doloso. 41

42 El fallo será decidido por el Directorio de oficio o a petición de la instancia respectiva, la que acreditará para el efecto, de manera sumaria, las causas que justifiquen dicha solicitud. El Directorio resolverá por mayoría de sus miembros respecto de la sanción por aplicarse, con audiencia previa del perito cuestionado. Las medidas disciplinarias que se tomen al respecto podrán ser:  La amonestación verbal y luego la amonestación escrita en caso de reincidencia.  La suspensión como perito, por el término que considere el Directorio; o  La cancelación de su registro como perito y/o de sus servicios, con trámite del expediente a la Comisión de Ética del CD- Piura. 42

43 DISPOSICIONES TRANSITORIAS  PRIMERA: En anexo 1, se adjunta la Tabla de Aranceles de Pericias, que deberán ser utilizadas por los peritos en sus propuestas económicas de honorarios.  SEGUNDA: El Directorio del CP presentará al Directorio del CD- Piura, para su aprobación, la Tabla de Honorarios que debe ser utilizada por las instituciones antes del inicio del año presupuestal y supervisará su publicación en la página Web de la Institución.  TERCERA: El CD-Piura se compromete a realizar un programa de difusión masivo, sobre el servicio, además de proporcionar local para el funcionamiento del C.P, así como el equipamiento y apoyo en la función secretarial. Piura, setiembre 2013 43