13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco1 La protección legal de los consumidores y usuarios Aspectos básicos de la regulación jurídica en la Europa comunitaria,

1 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco1 La protección legal de...
Author: Ana de la Cruz Prado
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1 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco1 La protección legal de los consumidores y usuarios Aspectos básicos de la regulación jurídica en la Europa comunitaria, en Polonia y España

2 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco2 Exposición para alumnos de la Uniwersytet Śląski w Katowicach (Polonia - Polska) Doctor Ángel Acedo Penco, Profesor de Derecho Civil y de Consumo de la Facultad de Derecho de Cáceres de la Universidad de Extremadura. UEX (ESPAÑA) E-mail: [email protected]

3 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco3 Sumario 1. Breve introducción: del siglo XIX al XXI 2. El concepto del Derecho de Consumo 3. El contenido del Derecho de Consumo 4. Regulación en la Unión Europea 5. Regulación básica en Polonia 6. Regulación general en España 7. Caracteres de la protección al consumidor 8. Conclusiones

4 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco4 1. Breve introducción: del siglo XIX al XXI La situación legal en Europa tras la Rev. Industrial cuando surgieron los Códigos Civiles y de Comercio, en el siglo XIX. La necesidad de proteger a la parte más débil en la mayoría de los contratos en masa en el siglo XX: el consumidor El comercio minorista en la sociedad de consumo: del siglo XIX al siglo XXI El nacimiento del Derecho de Consumo

5 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco5 2. El concepto de Derecho de Consumo Conjunto de normas jurídicas, tanto de Derecho privado como de Derecho público, además de los criterios jurisprudenciales y científicos que las interpretan, que tienen la finalidad común de otorgar una protección especial y complementaria a la que ya conceden las disposiciones de general aplicación, a una categoría subjetiva acotada, carácter variable en función de los intereses en juego, que se viene denominando consumidor o usuario, pero que siempre ha de reunir la cualidad de ser la parte más débil del contrato.

6 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco6 3. Contenido Derecho Consumo I Mecanismos protectores del consumidor que habrían de englobar, al menos, esta materia: A) Unos sistemas eficaces de información y consulta, de carácter jurídico. B) La protección jurídica de los consumidores y usuarios frente a situaciones de abuso y de desequilibrio. C) La prevención de la seguridad y salubridad en el consumo.

7 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco7 Contenido Derecho Consumo II D) Establecimiento de prácticos y asequibles procedimientos de defensa, facilitando el acceso a la Justicia al consumidor con acciones eficaces. E) Las medidas precisas que impulsen el desarrollo de las asociaciones de consumidores. F) Legitimación de las asociaciones para ejercitar las acciones colectivas en los Tribunales. G) Preocupación especial por el medio ambiente y la protección de los recursos naturales, tal vez, en consonancia con la elevada calidad de vida que, persiguen estas normas.

8 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco8 4. Regulación en la Unión Europea La protección legal de los consumidores y usuarios

9 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco9 Normativa comunitaria originaria Tratado de Roma de 25 de marzo de 1957 de constitución de la Comunidad Económica Europea. No aludía a los “consumidores”. Tratado de Maastricht de 2 de febrero 1992, introduce en el art. 129.A.1 la “protección de los consumidores y usuarios” Tratado de Amsterdam de 2 de octubre 1997, sustituye el precepto anterior por el nuevo artículo 153 y reconoce expresamente los derechos del los consumidores.

10 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco10 Nuevo art. 153 Tratado de Roma: 1. “ Para promover los intereses de los consumidores y garantizarles un alto nivel de protección, la Comunidad contribuirá a proteger la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores, así como a promover su derecho a la información, a la educación y a organizarse para salvaguardar sus intereses”. 2. “Al definirse y ejecutarse otras políticas y acciones comunitarias se tendrán en cuenta las exigencias de la protección de los consumidores”.

11 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco11 Normativa comunitaria derivada (I) Directiva 84/450/CEE del Consejo, de 10 de septiembre de 1984, en materia de publicidad engañosa Directiva 85/374/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1985, relativa a la responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos Directiva 85/577/CEE del Consejo, de 20 de diciembre de 1985, referente a la protección de los consumidores en el caso de contratos negociados fuera de los establecimientos comerciales Recomendación del Consejo de 22 de diciembre de 1986 relativa a la información normalizada en los hoteles existentes Recomendación de la Comisión de 8 de diciembre de 1987 sobre un Código europeo de buena conducta en materia de pago electrónico Directiva 87/102/CEE del Consejo de 22 de diciembre de 1986 en materia de crédito al consumo

12 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco12 Normativa comunitaria derivada (II) Resolución del Consejo de 25 de junio de 1987 sobre el acceso de los consumidores a la justicia Reglamento (CEE) nº 2092/91 del Consejo, de 24 de junio de 1991, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 1997, relativa a la protección de los consumidores en materia de contratos a distancia Directiva 98/6/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 de protección de los consumidores en materia de indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores

13 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco13 Normativa comunitaria derivada (III) Directiva 98/27/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 1998 relativa a las acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, sobre aspectos de la venta y las garantías de los bienes de consumo Directiva 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, relativa a la comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos Reglamento (CE) N° 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 2004 «Reglamento sobre la cooperación en materia de protección de los consumidores »

14 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco14 5. Regulación básica en Polonia - Polska La protección legal de los consumidores y usuarios

15 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco15 Normativa POLONIA – POLSKA (1) POLONIA: HISTORIA CONSTITUCIONAL Desde la civilización romana Polonia fue el primer país de Europa, y el segundo del mundo, en aprobar una CONSTITUCIÓN o LEY FUNDAMENTAL del Estado el día 3 de mayo de 1791 (hace 217 años) (La primera en el mundo fue la Constitución de Estados Unidos de América en 1776)

16 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco16 Normativa POLONIA – POLSKA (2) Actual CONSTITUCIÓN DE POLONIA: de 2-4-1997 Libertades y derechos económicos, sociales y culturales: Artículo 76: “Los poderes públicos deberán proteger a los consumidores, clientes, o arrendatarios contra las actividades que pone en peligro su salud, la intimidad y la seguridad, así como contra prácticas comerciales deshonestas. El alcance de dicha protección deberán estar especificadas por ley”.

17 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco17 Normativa POLONIA – POLSKA (3) KONSTYTUCJA RZECZYPOSPOLITEJ POLSKIEJ z dnia 2 kwietnia 1997 r. WOLNOŚCI I PRAWA EKONOMICZNE, SOCJALNE I KULTURALNE: Art. 76: “Władze publiczne chronią konsumentów, użytkowników i najemców przed działaniami zagrażającymi ich zdrowiu, prywatności i bezpieczeństwu oraz przed nieuczciwymi praktykami rynkowymi. Zakres tej ochrony określa ustawa”.

18 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco18 Normativa POLONIA – POLSKA (4) Ley de 16 de abril de 1993, lucha contra la competencia desleal. Ley de la protección de ciertos derechos de los consumidores y sobre la responsabilidad por los daños causados por un producto peligroso (Gaceta Oficial de 31 de marzo de 2000) Ley de protección de los adquirentes de un derecho de uso de un edificio o unidad residencial por un tiempo determinado cada año y sobre la modificación del Código Civil, Código de Faltas leves, y la Ley de Tierras y Registros de Hipotecas (Gaceta Oficial de 2000, N º 74, punto 855) Ley de 27 de julio de 2002 sobre Disposiciones y las condiciones de venta y consumo de enmiendas al Código Civil

19 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco19 Normativa POLONIA – POLSKA (5) UOKIK: Oficina de la Competencia y Protección del Consumidor (OCCP) OBJETIVOS: Asegurar un buen funcionamiento de la competencia como un bien público deseable. Reducir costos, aumentar la eficiencia y desarrollar nuevos productos. Los consumidores tengan acceso a una gama más amplia de productos de alta calidad y servicios a precios más bajos. Potestad sancionadora decisiva.

20 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco20 Normativa POLONIA – POLSKA (6) UOKIK: Urzad Ochrony Konkurencji i Konsumentów Pl. Powstańców Warszawy 1. 00-950, Warsaw http://www.uokik.gov.pl/pl/

21 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco21 6. Regulación general en España La protección legal de los consumidores y usuarios

22 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco22 Derecho interno español básico: Art. 51 Constitución Española de 1978 RDL 1/2007, de 16 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General de Protección de los Consumidores y Usuarios La protección legal de los consumidores y usuarios

23 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco23 Art. 51 Constitución Española de 1978 : “1. Los poderes públicos garantizan la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo mediante procedimientos eficaces la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. 2. Los poderes públicos promoverán la información y educación de los consumidores y usuarios...”

24 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco24 ESPAÑA: Texto Refundido Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios de 16-11-2007 Artículo 8: “Son derechos básicos de los consumidores y usuarios: a) La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad. b) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular, frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.

25 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco25 c) La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos. d) La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute. ESPAÑA: Texto Refundido Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios de 16-11-2007

26 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco26 e) La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas. f) La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión. ESPAÑA: Texto Refundido Ley General Defensa Consumidores y Usuarios de 2007

27 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco27 7. Caracteres generales de la protección legal del consumidor La protección legal de los consumidores y usuarios

28 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco28 Momentos de la protección de los derechos económicos de los consumidores 1º: en la fase previa al contrato: normas sobre oferta, promoción y publicidad. 2º: en la fase intermedia: normas imperativas sobre las condiciones del contrato. 3º: en la fase posterior: régimen de comprobación, garantía y reclamaciones.

29 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco29 Caracteres de las Normas de Consumo 1.- Carácter imperativo de sus normas, al determinar la nulidad de la renuncia de los derechos reconocidos por la Ley al consumidor, estableciendo así un alto nivel de protección. 2.- Contiene un extenso marco de aplicación, en función del simple ejercicio de la actividad de consumo, abarcando tanto los supuestos de responsabilidad contractual como extracontractual, siendo lo decisivo que haya consumido en calidad de destinatario final. 3.- Introduce los criterios más favorables para el perjudicado acuñados por la Jurisprudencia en materia de responsabilidad civil, al establecer mecanismos beneficiosos para la víctima como la inversión de la carga de la prueba, en los supuestos de responsabilidad por culpa e incluso la responsabilidad objetiva, basada en la simple creación del riesgo en los numerosos supuestos a los que, por su importancia, se le otorga una superior protección.

30 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco30 Caracteres de las Normas de Consumo 4.- Amplia relación de condiciones generales de la contratación que se consideran abusivas y que suelen recogerse en los contratos de adhesión o contratos tipo, quedando privadas de eficacia las mismas. 5.- Carácter multidisciplinar al reconocer expresamente que los diferentes niveles de protección se deben articular acudiendo a la legislación civil, mercantil, penal, procesal o administrativa. 6.- Regulación con detalle de los movimientos asociativos de consumidores a los que reconoce el derecho a participar en la elaboración de las normas sobre consumo y concede legitimación activa para emprender acciones colectivas de protección. 7.- Aplicación desigual en todo el territorio español, conteniendo no obstante una serie de derechos mínimos que han de ser respetados en todo el Estado, aunque las Comunidades Autónomas podrán incrementar ese nivel básico de protección.

31 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco31 8. CONCLUSIONES Importancia del Derecho de Consumo Derecho social del mercado actual España y Polonia: pioneros Constitución Sensibilización de la Unión Europea Regulación uniforme de mínimos UE Derechos básicos de los consumidores Objetivo: elevar la calidad de vida

32 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco32 Dziękuję bardzo (Muchas gracias) Do zobaczenia wkrótce (Hasta pronto)

33 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco33 Koniec FIN

34 13-05-2008Dr. Angel Acedo Penco34 Ángel Acedo Penco Universidad de Extremadura. ESPAÑA [email protected]