Abog. Carlos Ricardo Torres Zavala

1 FASE DE ACTOS PREPARATORIOS Y PROGRAMACIÓN EN LA LEY DE...
Author: Rosario Rojas Paz
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1 FASE DE ACTOS PREPARATORIOS Y PROGRAMACIÓN EN LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADOAbog. Carlos Ricardo Torres Zavala Máster en Derecho de la Contratación Pública por la Universidad de Castilla - La Mancha (UCLM). Estudios de postgrado en Derecho Administrativo, Contrataciones del Estado y Arbitraje por la Universidad ESAN. Abogado por la Universidad de San Martín de Porres (USMP). Página web: Correo electrónico: Teléfono:

2 Ejecución ContractualProgramación Selección (Bases) Cuadro de Necesidades Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) Plan Anual de Contrataciones (PAC) Convocatoria Registro de Participantes (RNP) Consultas y/u observaciones – Absolución de consultas y/u observaciones Bases Integradas Propuestas Técnico y Económica Otorgamiento de Buena Pro Actos Preparatorios Requerimiento (características del bien o servicio) Estudio de mercado (cotizaciones o proformas) Valor referencial (costo del bien o servicio) Disponibilidad presupuestal Resumen ejecutivo Aprobación de Expediente de Contratación Comité Especial Ejecución Contractual Suscripción de Contrato Adquisición de bien o realización de servicio Conformidad de haber adquirido el bien o haberse realizado el servicio Pago

3 REQUERIMIENTO – TERMINOS DE REFERENCIA Y/O ESPECIFICACIONES TECNICASBASES REQUERIMIENTO – TERMINOS DE REFERENCIA Y/O ESPECIFICACIONES TECNICAS (AREA USUARIA) BUENA PRO AL MEJOR POSTOR ESTUDIO DE MERCADO (COTIZACIONES – RNP -IMPEDIMENT OS) (OEC) COMITÉ ESPECIAL CONTRATO APROBACIÓN DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (FUNCIONARIO DELEGADO) VALOR REFERENCIAL (OEC) CONFORMIDAD DE ADQUISICION DEL BIEN O PRESTACION DEL SERVICIO DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (PRESUPUESTO) PAGO RESUMEN EJECUTIVO (OEC)

4 AMBITO DE APLICACIÓN La Ley y el Reglamento son aplicables a las contrataciones que deben realizar las entidades para proveerse de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago del precio o de la retribución correspondiente con fondos públicos, y demás obligaciones derivadas de la calidad del contratante. Que sean brindados por terceros ajenos a la entidad convocante. Que la contraprestación sea pagada por la entidad con fondos públicos.

5 APLICACION SUPLETORIA DE LA LEYLa Ley y el Reglamento será de aplicación supletoria a todas aquellas contrataciones de bienes, servicios u obras sujetas a regímenes especiales (Convenio Marco, Subasta Inversa Presencial y Electrónica, entre otras) bajo ley específica siempre que dicha aplicación no resulte incompatible con las normas específicas que las regulan y sirvan para cubrir un vacío o deficiencia de dichas normas.

6 COMPETENCIAS EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADOLas normas sobre contrataciones del Estado establecidas en la Ley y su Reglamento son de ámbito nacional, siendo competencia exclusiva del Ministerio de Economía y Finanzas el diseño de políticas sobre dicha materia y su regulación. Corresponde al OSCE emitir directivas, lineamientos, manuales, instructivos, formatos y comunicados respecto a la aplicación de la Ley y su Reglamento y aquellas que la normativa le asigne.

7 LCE: 3.3 «LA PRESENTE LEY NO ES DE APLICACIÓN PARA»:No se aplica a los siguientes supuestos: a) La contratación de trabajadores, empleados, servidores o funcionarios públicos sujetos a los regímenes de la carrera administrativa o laboral de la actividad privada. b) La contratación de auditorías externas, en o para entidades sujetas al Sistema Nacional de Control. c) Las operaciones de endeudamiento y administración de deuda pública. d) La contratación de asesoría legal y financiera de otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente a las operaciones de endeudamiento interno o externo y administración de deuda publica. e) Los contratos bancarios y financieros celebrados por las entidades.

8 LCE: 3.3 «LA PRESENTE LEY NO ES DE APLICACIÓN PARA»:f) Los contratos administrativos de servicios (CAS) o régimen que haga sus veces. g) Los contratos de locación de servicios celebrados con los presidentes de directorios. h) Los actos de disposición y de administración y gestión de los bienes de propiedad estatal i) Las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a 3 UIT (S/. 11,100), lo cual no enerva la responsabilidad de la entidad de salvaguardar el uso de los recursos publicos de conformidad con los principios de moralidad y eficiencia. Este supuesto no es aplicable para las contrataciones de Convenio Marco. j) La contratación de Notarios Públicos para que ejerzan las funciones previstas en la Ley y su reglamento.

9 LCE: 3.3 «LA PRESENTE LEY NO ES DE APLICACIÓN PARA»:k) Los servicios prestados por conciliadores, árbitros, centros de conciliación, instituciones arbitrales y demás derivados de la función conciliatoria y arbitral, salvo a las infracciones y sanciones previstas para árbitros. l) Las contrataciones que deban realizarse con determinado proveedor por mandato expreso de la Ley o de la autoridad judicial. m) La concesión de recursos naturales y obras públicas de infraestructura, bienes y servicios públicos. n) La transferencia al sector privado de acciones y activos de propiedad del estado en el marco del proceso de privatización.

10 LCE: 3.3 «LA PRESENTE LEY NO ES DE APLICACIÓN PARA»:ñ) La modalidad de ejecución presupuestal directa contemplada en la normativa , salvo las contrataciones de bienes y servicios que se requiera para ello. o) Las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país cuyo mayor valor estimado de las prestaciones se realice en el territorio extranjero. p) Las contrataciones que realicen las Misiones del Servicio Exterior de la República, exclusivamente para su funcionamiento y gestión, fuera del territorio nacional. q) Las contrataciones de servicios de abogados, asesores legales y de cualquier otro tipo de asesoría requerida para la defensa del estado en las controversias internacionales sobre inversión en foros arbitrales o judiciales.

11 LCE: 3.3 «LA PRESENTE LEY NO ES DE APLICACIÓN PARA»:r) Las compras de bienes que realicen las Entidades mediante remate público, las que se realizarán de conformidad con la normativa de la materia. s) Los convenios de cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga suscrito entre entidades o entre éstas y organismos internacionales, siempre que se brinden los bienes, servicios u obras propios de la función que por Ley les corresponde, y además que se persigan fines de lucro. t) La contratación de servicios públicos, siempre que no exista la posibilidad de contratar con más de un proveedor.

12 LCE: 3.3 «LA PRESENTE LEY NO ES DE APLICACIÓN PARA»:u) Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos específicos de organismos internacionales, Estados o entidades cooperantes, siempre que se deriven de operaciones de endeudamiento externo y/o donaciones ligadas a dichas operaciones. v) Las contrataciones realizadas de acuerdo con las exigencias y procedimientos específicos de organismos internacionales, Estados o entidades cooperantes, que se deriven de donaciones efectuadas por éstos, siempre que dichas donaciones representen por lo menos el 25% del monto total de las contrataciones involucradas en el Convenio suscrito para tal efecto.

13 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyCriterio interpretativo e integrador para la aplicación de la normativa sobre contratación estatal. Parámetros para la actuación de los funcionaros y órganos responsables de las contrataciones.

14 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Promoción del Desarrollo Humano (Pronunciamiento ) Debe coadyuvar al desarrollo humano en el ámbito nacional. Ejm. Servicio de Vigilancia , Servicio de Limpieza– Intermediación laboral. Principio de Moralidad Todos los actos referidos a los procesos de contratación estarán sujetos a las reglas de honradez, veracidad, intangibilidad, justicia y probidad. (Ley de Código de Ética de la Función Pública – Ley N° 27815)

15 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Libre Concurrencia y Competencia: En los procesos de contrataciones se incluirán regulaciones o tratamientos que fomenten la más amplia, objetiva e imparcial concurrencia, pluralidad y participación de postores. (Marcas/Estandarización)

16 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Imparcialidad: Los acuerdos y resoluciones de los funcionarios y órganos responsables de las contrataciones, se adoptarán en estricta aplicación de la presente norma y su Reglamento, así como en atención a criterios técnicos que permitan objetividad en el tratamiento a los postores y contratistas. Se basa en el principio de legalidad; es decir el funcionario debe hacer sólo lo que la Ley establece.

17 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Razonabilidad: En todos los procesos de selección el objeto de los contratos debe ser razonable, en términos cuantitativos y cualitativos para satisfacer el interés público y el resultado esperado.

18 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Eficiencia: Las contrataciones que realicen las entidades deben efectuarse bajo las mejores condiciones de calidad, precio y plazos de ejecución y entrega y con el mejor uso de los recursos materiales y humanos disponibles. Las contrataciones deben observar criterios de celeridad, economía y eficacia. Nulidad

19 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Publicidad: Las convocatorias de los procesos de selección y los actos dictados como consecuencia deberá ser objeto de publicidad y difusión adecuada y suficiente a fin de garantizar la libre concurrencia de los potenciales postores. Principio de Transparencia.

20 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Transparencia: Toda contratación deberá realizarse sobre la base de criterios y calificaciones objetivas, sustentadas y accesibles a los postores. Los postores tendrán acceso durante el proceso de selección a la documentación correspondiente, salvo excepciones previstas en la Ley y su Reglamento. La convocatorio, el otorgamiento de la Buena Pro y los resultados deben ser de público conocimiento.

21 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Economía: En toda contratación se aplicarán los criterios de simplicidad, austeridad, concentración y ahorro en el uso de los recursos, en las etapas de los procesos de selección y en los acuerdos u resoluciones recaídos sobe ellos, debiéndose evitar exigencias y formalidades costosas e innecesarias en las Bases y en los contratos.

22 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Vigencia Tecnológica: Los bienes, servicios y ejecución de obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológicas necesarias para cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos, desde el mismo momento en que son contratados y por un determinado y previsible tiempo de duración, con posibilidad de adecuarse, integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos.

23 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Trato justo e igualitario: Todo postor de bienes, servicios o de obras debe tener participación y acceso para contratar con las Entidades en condiciones semejantes, estando prohibida la existencia de privilegios, ventajas o prerrogativas. Si se puede establecer mejoras

24 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Equidad: Las prestaciones y derechos de las partes deberán guardar una razonable relación de equivalencia y proporcionalidad, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Estado en la cuestión del interés general. Opinión

25 PRINCIPIOS QUE RIGEN LAS CONTRATACIONES Art. 4 ° LeyPrincipio de Sostenibilidad Ambiental: En toda contratación se aplicarán criterios para garantizar la sostenibilidad ambiental, procurando evitar impactos ambientales negativos en concordancia con las normas de la materia.

26 ESPECILIDAD DE LA NORMA Y DELEGACION Art. 5°Ley, 3° y 5to ReglamentoEl Decreto Legislativo y su Reglamento prevalecen sobre las normas de derecho público y sobre aquellos de derecho privado que le sean aplicables. El Titular de la Entidad podrá delegar, mediante Resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. Actos que no se pueden delegar: Aprobación de Exoneraciones Declaración de Nulidad de Oficio Autorización de Prestaciones Adicionales de Obra Otros supuestos que señale el Reglamento

27 EXPEDIENTE DE CONTRATACIONEs el conjunto de documentos en el que aparecen todas las actuaciones referidas a una determinada contratación, desde la decisión de contratar hasta la culminación del contrato. DECRETO LEGISLATIVO 1017 El expediente de contratación se elabora en la Fase de Actos Preparatorios y se cierra con la culminación del contrato.

28 EXPEDIENTE DE CONTRATACION Art. 10° RLCECaracterísticas técnicas y cantidad Estudio de posibilidades que ofrece el mercado Valor Referencial Disponibilidad Presupuestal Tipo de Proceso de Selección Modalidad de Selección Sistema de contratación Modalidad de contratación Fórmula de reajuste, de ser el caso.

29 EXPEDIENTE DE CONTRACIONINICIO Órgano encargado de las contrataciones INICIO Requerimiento del área usuaria Estudio de posibilidades que ofrece el mercado Definición de Características Técnicas y Valor Referencial Determinación del tipo de proceso de selección: LP, CP, ADP, ADS, AMC, AMCD

30 EXPEDIENTE DE CONTRATACIONSISTEMA DE CONTRATACION: Suma Alzada Monto fijo integral Precios Unitarios Monto según lo ejecutado Sistema Mixto Magnitud y cantidad no definida (PU) y lo definido (SA) Obras

31 EXPEDIENTE DE CONTRATACIONMODALIDADES DE EJECUCION CONTRACTUAL: Bienes y ejecución de Obras Llave en Mano (construcción, equipamiento y montaje hasta la puesta en servicio de determinada obra, y de ser el caso la elaboración del Expediente Técnico). Concurso Oferta (elaboracion del Expediente Técnico, ejecución de la obra y, de ser el caso, el terreno).

32 APROBACION DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIONCada Entidad determina procedimientos y plazos para su aprobación. Será aprobado por el funcionario competente de acuerdo a sus normas de organización interna. IMPORTANTE: Una vez aprobado, es entregado al Comité Especial para que a más tardar al día siguiente sea Instalado y continuar con las acciones de competencia del Comité.

33 CARACTERISTICAS TECNICAS Art. 13° Ley y 11° RLCESobre la Base del PAC, el área usuaria es la responsable de definir con precisión las característica, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras que requiera para el cumplimiento de sus funciones, así como la finalidad pública. El OEC con la autorización del área usuaria y como resultado del estudio de posibilidades que ofrece el mercado, podrá ajustar las características de lo que se contratará. Sólo será posible solicitar marca o tipo de producto cuando ello responda a un proceso de estandarización debidamente sustentado bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. (Directiva N° OSCE/CD).

34 Requerimientos Técnicos MínimosDeben ser congruentes, proporcionales y razonables en función al mercado. Deben incidir sobre los objetivos, funciones y operatividad de los bienes, servicios u obras. Deben cumplir con las normas nacionales aprobadas por autoridades competentes.

35 Requerimientos Técnicos MínimosNO aludir a marcas o nombres comerciales, diseños, fabricantes, ni descripción que oriente la adquisición o contratación de marca, fabricante o tipo de producto específico. OJO: Los lineamientos y condiciones para contratar haciendo referencia a marca o tipo particular están en Directiva N° OSCE/CD.

36 ESTUDIO DE POSIBILIADES QUE OFRECE EL MERCADO – Art. 12 RLCSobre la base de las ET o TR definidos por el área usuaria, el OEC tiene la obligación de evaluar las posibilidades que ofrece el mercado para determinar: Valor Referencial Existencia de pluralidad de marcas y/ postores Posibilidad de distribuir la Buena Pro Información que pueda ser utilizada para determinación de los Factores de evaluación, de ser el caso. La pertinencia de realizar ajustes a las características o condiciones de lo que se va a contratar. Otros aspectos necesarios que tengan incidencia en la eficiencia de la contratación.

37 ESTUDIO DE POSIBILIADES QUE OFRECE EL MERCADO – Art. 12 RLCIMPORTANTE: Para realizar el Estudio de Posibilidades que ofrece el mercado, debe emplearse como mínimo 2 fuentes, pudiendo emplearse : presupuestos y cotizaciones actualizados, catálogos, precios históricos, estructuras de costos, portales y/o páginas web, información de procesos con Buena Pro Consentida publicada en el SEACE. En caso exista la imposibilidad de emplear más de una Fuente, en el estudio deberá sustentarse dicha situación. El Estudio de las posibilidades que ofrece el mercado debe indicar los criterios, procedimiento y/o metodología utilizados para determinar el Valor Referencial.

38 ANTIGÜEDAD DEL VALOR REFERENCIAL:CARACTERISTICAS ESPECIALES: El VR es de carácter público. Puede ser declarado de carácter RESERVADO cuando la naturaleza de la contratación lo haga necesario, mediante decisión debidamente sustentada. El VR siempre será informado al OSCE ANTIGÜEDAD DEL VALOR REFERENCIAL: En caso de bienes y servicios la antigüedad del VR no puede ser mayor a 3 meses contados a partir de la aprobación del Expediente de Contratación. Tratándose Obras, el VR no puede tener un antigüedad mayor a los 6 meses contados desde la fecha de determinación del presupuesto consignado en el Expediente Técnico (ejecución de obras), y de determinado en el estudio de posibilidades que ofrece el mercado (consultoría de obras). .

39 LIMITES DEL VALOR REFERENCIAL:Para el caso de Bienes y Servicios, las propuestas que excedan el VR serán devueltas, NO TIENEN LIMITE MINIMO. Para el caso de Obras No debe exceder el 110 % del VR, ni menor al 90%. Para Consultoría de Obra, No menor al 90% ni mayor al 100% del VR.

40 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Art. 18° RLCEUna vez determinado el VR, se debe solicitar la Certificación de disponibilidad presupuestal. Para su solicitud se debe señalar el período de contratación programado. Obligaciones de pago se devenguen en más de 01 año fiscal: Debe otorgarse constancia de que el gasto será considerado en la programación y o formulación del presupuesto del año fiscal que corresponda.

41 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTALContenido de la Certificación Presupuestal: Fuente de Financiamiento Cadena Funcional Programática y del gasto Monto al cual asciende la certificación con las anotaciones del caso

42 COMITE ESPECIAL Art. 27° RLCEDESIGNACION: A través del funcionario competente, según nivel de competencia. SE REALIZA: Por escrito En función a las personas

43 COMITE ESPECIAL Art. 27° RLCETIPOS DE COMITÉ ESPECIAL: - Comité Especial (AD HOC): Se da para cada proceso de selección, en cualquier tipo de proceso, salvo menor cuantía (opcional). - Comité Especial Permanente: para la ADS y las AMC. - Para las ADMD el Comité Especial es el mismo del principal. - En AMC, el órgano encargado de las contrataciones tiene competencia para conducir dichos procesos de selección.

44 COMITE ESPECIAL Art. 27° RLCEIMPEDIMENTO PARA SER MIEMBRO DE COMITÉ ESPECIAL: Titular de la entidad Funcionarios de control y fiscalización Funcionarios que aprobaron el Expediente, Bases y Comité Especial. Funcionarios y servidores que hayan sido sancionados por su actuación como integrantes d un Comité Especial.

45 COMITÉ ESPECIAL Intervención de miembros suplentes:Si el titular está ausente, su suplente lo reemplazará, respetándose la conformación. La Entidad evaluará motivo de ausencia para determinar responsabilidad, sin impedir participación de su suplente. El miembro titular reemplazado, podrá reincorporarse al comité como miembro suplente, previa autorización posterior a la evaluación señalada.

46 COMITÉ ESPECIAL Comité Especial: Si duda sobre exactitud de un documento, informará a la OEC para la inmediata fiscalización posterior. No suspenderá el proceso. Comunicará, en su caso, al Tribunal de Contrataciones del Estado. Hay responsabilidad solidaria por cualquier irregularidad imputable por dolo, negligencia o culpa inexcusable.

47 BASES Sólo los originales visados en todas sus páginas por miembros del comité o del órgano a cargo, serán aprobados. Podrán ser prepublicadas en el SEACE y en el portal institucional. El plazo de ejecución contractual y el plazo de entrega máximo , serán recogidos en las Bases y serán requerimientos técnicos mínimos de obligatorio cumplimiento.

48 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓNPara acreditar cumplimiento se solicitará los documentos estrictamente necesarios. Para Subasta Inversa, no se aplicará bonificación alguna en la evaluación de propuestas (documentos de habilitación).

49 Factores de Evaluación Técnica Adquisición de Bienes Art. 44° Reg.Plazo de entrega Garantía comercial del postor y/o del fabricante Disponibilidad de servicios y repuestos Mejoras a las características técnicas y condiciones previstas en las Bases. Experiencia del Postor: Monto acumulado en 08 años, hasta 5 veces el VR, con máx. 20 contrataciones, sin importar número de documentos que las sustenten.

50 Factores de Evaluación Técnica Adquisición de Bienes Art. 44° Reg.Cumplimiento de la Prestación: Certificados o constancias de prestaciones sin incurrir en penalidades. NO > 20 contrataciones.

51 EJEMPLO: EVALUACIÓN DEL PLAZO DE ENTREGALa entidad requiere 50 Pc. En el RTM se ha fijado como plazo máximo de entrega 15 días calendario. Se asigna puntaje de acuerdo al siguiente criterio: Rangos de Puntuación De 1 a 05 días 20 Pts. De 06 a 10 días 15 Pts. De 11 a 14 días 05 Pts.

52 Factores de Evaluación Técnica Servicios en General Art. 45° Reg.Factores Referidos al Postor Experiencia: Monto facturado en un período de hasta 08 años No mayor a 5 Veces el Valor Referencial Máximo 10 servicios Cumplimiento del servicio: Certificados o constancias que acrediten haber brindado el servicio sin incurrir en penalidades. Máximo 10 Factores Referidos al Personal Mejoras a las condiciones previstas en las Bases Otros, tales como: equipamiento, infraestructura

53 Criterio de EvaluaciónEJEMPLO: EXPERIENCIA DEL POSTOR Se requiere contratar los servicios de vigilancia privada para el Ministerio X. A tal efecto se evaluará la experiencia del postor en función a los montos facturados acumulados por un periodo de hasta ocho años de acuerdo a lo siguiente: Valor referencial: 1’ Criterio de Evaluación 4’ – 5’ 40 Pts. 3’ – 3’ 30 Pts. 2’ – 2’ 20 Pts.

54 Se determina dependiendo de:Tipo de proceso de selección Se determina dependiendo de: A) Objeto del proceso. B) Valor Referencial. Licitación Pública (LP) Bienes y Obras Concurso Público (CP) Servicios y Consultorías Adjudicación Directa Pública (ADP) Adjudicación Directa Selectiva (ADS) Adjudicación de Menor Cuantía (AMC) Adjudicación de Menor Cuantía Derivada (AMCD) OBJETO Bienes, servicios, obras y consultorías

55 Topes - procesos de selección (2015)

56 FASE DE SELECCIÓN EN LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADOAbog. Carlos Ricardo Torres Zavala Máster en Derecho de la Contratación Pública por la Universidad de Castilla - La Mancha (UCLM). Estudios de postgrado en Derecho Administrativo, Contrataciones del Estado y Arbitraje por la Universidad ESAN. Abogado por la Universidad de San Martín de Porres (USMP). Página web: Correo electrónico: Teléfono:

57 Introducción El Estado se divide básicamente en:Poder Legislativo o Función Legislativa. Poder Judicial o Función Jurisdiccional. Poder Ejecutivo o Función Administrativa. Organismo Constitucionalmente Autónomos. Función Administrativa es hacer realidad los fines del PODER (salud, educación, vivienda, servicios públicos, entre otros). El Derecho Administrativo regula la Función Administrativa.

58 La Función Administrativa se realiza mediante el uso (administración) de los recursos públicos.El administrar de manera eficiente dichos recursos públicos es el objeto de a Gestión Pública.

59 Un instrumento de la Función Administrativa son LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO.Administrar de manera eficiente los recursos públicos se ve reflejado en contrataciones eficientes del Estado.

60 Concepto de Contratos del EstadoContrato del Estado: Es el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial, en el cual por lo menos una de las partes es una entidad de la Administración Pública. Las entidades de la Administración Pública son: El Gobierno Nacional. Los Gobiernos Regionales. Los Gobiernos Locales. Organismo Constitucionalmente Autónomos, entre otros.

61 Objeto Normativa aplicable Organismo RectorBienes Decreto Legislativo N° 1017 (Ley de Contrataciones del Estado) y Decreto Supremo N° EF (Reglamento) OSCE (antes CONSUCODE) Servicios Consultoría (elaboración de expediente técnico y supervisión de obra) Ejecución de obras Concesión de infraestructura y de servicios públicos Decreto Supremo N° PCM (Texto Único Ordenado de las Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos) y Decreto Supremo N° PCM (Reglamento) PROINVERSION Personal administrativo Decreto Legislativo N° 1057 (Ley que regula el régimen especial de CAS) PCM - SERVIR

62 La contratación de bienes, servicios, consultorías y obras.Decreto Legislativo N° 1017 (Ley de Contrataciones del Estado). Decreto Supremo N° EF (Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado).

63 Ámbito de aplicación La Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento se aplica a las contrataciones que realizan las entidades públicas para proveerse de bienes, servicios u obras, asumiendo el pago del precio o de la retribución correspondiente con fondos públicos, y demás obligaciones derivadas de la calidad del contratante. Presupuestos: Que el bien, servicio u obra sea ejecutada por un tercero. Que la contraprestación sea pagada por la entidad con fondos públicos.

64 SE BUSCA LA PROGRAMACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS – Aprox. 3 meses.Proceso de Contratación REQUERIMIENTO (AREA USUARIA) BIEN SERVICIO - CONSULTORÍA OBRAS SE BUSCA LA PROGRAMACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS – Aprox. 3 meses. CONVOCATORIA EN BUENA PRO AL MEJOR POSTOR APROBACION DE BASES (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) ESTUDIO DE MERCADO (COTIZACIONES, PRECIOS HISTÓRICOS). SE DETERMINA EL VALOR REFERENCIAL (LOGISTICA – ABASTECIMIENTO) CONTRATO DESGINACION DE COMITÉ ESPECIAL (LOGISTICA – ABASTECIMIENTO) CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO (ENTREGA DEL BIEN; PRESTACION DEL SERVICIO; PRESTACION DE LA CONSULTORÍA; EJECUCION DE LA OBRA) DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (PRESUPUESTO) MODIFICACION DEL PAC, SI ES NECESARIO (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) APROBACIÓN DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO)

65 Se determina dependiendo de:Tipo de proceso de selección Se determina dependiendo de: A) Objeto del proceso. B) Valor Referencial. Licitación Pública (LP) Bienes y Obras Concurso Público (CP) Servicios y Consultorías Adjudicación Directa Pública (ADP) Adjudicación Directa Selectiva (ADS) Adjudicación de Menor Cuantía (AMC) Adjudicación de Menor Cuantía Derivada (AMCD) OBJETO Bienes, servicios, obras y consultorías

66 Topes - procesos de selección (2015)

67 Principales modalidades de selección:Procedimiento Clásico: procedimiento de sobres cerrados (propuesta técnica y económica). Convenio Marco: Catálogo electrónico de bienes y servicios publicados en el Subasta Inversa: electrónica o presencial, para bienes o servicios comunes (fichas técnicas publicadas en el

68 Ejemplo - Procedimiento ClásicoAMC de bienes o servicios, mediante un procedimiento clásico.

69 Adjudicación de Menor Cuantía (Bienes y Servicios)Convocatoria Otorgamiento de la Buena Pro Evaluación de la Propuesta Mín. 2 días Registro de Participantes Presentación de la Propuesta Entre la convocatoria y la presentación de propuestas no debe haber menos de 2 días hábiles.

70 ADP - ADS de bienes o servicios, mediante un procedimiento clásico.Ejemplo - Procedimiento Clásico Ejemplo: ADP - ADS de bienes o servicios, mediante un procedimiento clásico.

71 Adjudicación Directa Pública y SelectivaConvocatoria (Publicación en Evaluación de Propuestas (1 día o más) Otorgamiento de la Buena Pro (1 día) Registro de Participantes Presentación de Propuestas (3 días) Consultas y Observaciones (3 días) Contrato Absolución de Consultas y Observaciones (Máximo 3 días) Integración de Bases (2 días) Entre la convocatoria y la presentación de las propuestas no debe haber menos de 10 días hábiles.

72 LP - CP de bienes o servicios, mediante un procedimiento clásico.Ejemplo - Procedimiento Clásico Ejemplo: LP - CP de bienes o servicios, mediante un procedimiento clásico.

73 Licitación Pública y Concurso PúblicoConvocatoria (Publicación en Presentación de Propuestas (1 día) Evaluación de Propuestas (1 día o más) Registro de Participantes Otorgamiento de la Buena Pro (1 día) Integración de Bases (2 días) Contrato Consultas (Mínimo 5 días) Absolución de Observaciones (Máximo 5 días) Absolución de Consultas (Máximo 5 días) Observaciones (Máximo 5 días) Entre la convocatoria y la presentación de propuestas no debe haber menos de 22 días hábiles.

74 Convenio Marco Convenio Marco es la modalidad de selección mediante la cual el OSCE selecciona a aquellos proveedores con los que las Entidades Públicas deberán contratar, de manera inmediata y sin mediar un proceso de selección, los bienes y servicios que requirieran y que son ofertados a través del Catálogo Electrónico de Convenios Marco publicado en el

75 VIGENCIA CONVENIO MARCOCATALOGO ELECTRONICO VIGENCIA CONVENIO MARCO Útiles de escritorio (sólo a partir de S/ Nuevos Soles) Febrero 2011 Emisión de boletos electrónicos para transporte aéreo nacional de pasajeros Mayo 2012 Impresoras Febrero 2013 Consumibles Accesorios Bienes de ayuda humanitaria según estándar INDECI Noviembre 2012 Bienes de ayuda humanitaria y usos diversos Computadoras de escritorio Abril 2013 Computadoras portátiles Proyectores Escáneres

76 Ejemplo - Convenio MarcoLP de bienes, mediante el Convenio Marco.

77 Procedimiento Convenio MarcoREQUERIMIENTO PROGRAMADO CON 03 MESES DE ANTICIPACION. GENERAR ORDEN ELECTRÓNICA – PUBLICACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA – SERVICIO – CARGAR LA COMPRA EN EL – “CARRITO DE COMPRAS” VERIFICAR SI EL REQUERIMIENTO SE ENCUENTRA EN EL CATALOGO ELECTRONICO – CONVENIO MARCO (AREA USUARIA – ABASTECIMIENTO) ENLAZAR LA COMPRA CON EL PAC – APROBACIÓN DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) INFORMAR ATENCION O NO ATENCION DE LA COMPRA – DETERMINAR EL VALOR REFERENCIAL CON SU SUSTENTO JUSTIFICADO (LOGISTICA - ABASTECIMIENTO) CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO (ENTREGA DEL BIEN; PRESTACION DEL SERVICIO; PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA; EJECUCION DE LA OBRA) MODIFICACION DEL PAC, SOLO EN EL CASO DE ADS, ADP, LP Y CP (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (PRESUPUESTO)

78 Subasta Inversa Subasta Inversa es la modalidad especial de selección por la cual una Entidad realiza la contratación de bienes y servicios comunes a través de una convocatoria pública, y en la cual, el postor ganador será aquel que oferte menor precio (y cumpla con requerimientos técnicos mínimos) por los bienes o servicios objeto de convocatoria. Los bienes y servicios comunes tienen una ficha técnica aprobada por el OSCE, publicada en el Esta modalidad puede realizarse de manera presencial o electrónica.

79 Subasta Inversa Las fichas técnicas de bienes y servicios comunes son las siguientes: Alimentos, bebidas y productos de tabaco. Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y materiales anticorrosivos. Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras. Componentes y suministros de fabricación. Componentes, equipos y sistemas de acondicionamiento y de distribución. Equipo de laboratorio, medición, observación y comprobación. Material, accesorios y suministros de plantas y animales vivos. Medicamentos y productos farmacéuticos. Servicios financieros y de seguros. Fuente:

80 Ejemplo - Subasta Inversa PresencialLP, CP, ADP, ADS de bienes - servicios, mediante una Subasta Inversa Presencial.

81 Subasta Inversa PresencialConvocatoria A través del ACTO PÚBLICO LP y CP Mín.8 días., ADP y ADS Mín. 5 días AMC: es facultativo Otorgamiento de Buena Pro * Puja Registro de Participantes Presentación de Propuestas * Para otorgar la Buena Pro, el comité debe verificar que por lo menos haya 2 propuestas válidas.

82 Ejemplo - Subasta Inversa ElectrónicaLP, CP, ADP, ADS de bienes - servicios, mediante una Subasta Inversa Electrónica.

83 Subasta Inversa ElectrónicaConvocatoria - A través del Desde: el día sgte. de publicada la convocatoria . Hasta: LP, CP (8 días) ADP, ADS (5 días) y AMC (2 días) Registro de Participantes y Presentación de Propuestas Apertura de Propuestas y Período de Lances (Puja) Mejora de Precios (Lances en Línea). Buena Pro Mín. dos propuestas válidas

84 Elaboración del PAC y su relación con el PIASegundo Momento (15 días hábiles siguientes) Aprobación de PIA PAC aprobado Aprobación Proyecto de PAC SEACE Publicar: Dentro de los 5 días hábiles de aprobado Portal institucional de la Entidad Primer Momento Usuarios definen requerimientos

85 REQUERIMIENTO PROGRAMADO CON 03 MESES DE ANTICIPACION 1 MES: - 1 mes aproximado,, dependerá el tipo de proceso de selección. CONVOCATORIA EN BUENA PRO AL MEJOR POSTOR 5 DIAS HÁBILES: - Por las posibles observaciones en los TDR o ETM y plazo para su subsanación. 3 DIAS HÁBILES: - Para que se apruebe las bases APROBACION DE BASES (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) 8 DÍAS / 5 DÍAS HÁBILES: Para el consentimiento de la Buena Pro, de corresponder. 7 DÍAS HÁBILES: Para presentar documentos. 3 DÍAS HÁBILES: Para suscribir contrato. ESTUDIO DE MERCADO (COTIZACIONES). SE DETERMINA EL VALOR REFERENCIAL (LOGISTICA – ABASTECIMIENTO) ELABORACION DE BASES (COMITÉ ESPECIAL) 1 MES: - Considerar demora en empresas al cotizar en el mercado. 3 DIAS HÁBILES: - Para que se apruebe el expediente. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (PRESUPUESTO) APROBACIÓN DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) CONTRATO 3 DIAS HÁBILES: - Para que se otorgue la certificación presupuestal. Considerar la cobertura presupuestal. 3 DIAS HÁBILES: - Para que se designe el Comité. MODIFICACION DEL PAC, SI ES NECESARIO (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO (ENTREGA DEL BIEN; PRESTACION DEL SERVICIO; PRESTACION DE LA CONSULTORÍA; EJECUCION DE LA OBRA) DESGINACION DE COMITÉ ESPECIAL (LOGISTICA - ABASTECIMIENTO) 5 DÍAS HÁBILES: - Solo en caso no se haya programado el año anterior, esto genera una demora adicional en el proceso.

86 REQUERIMIENTO CON TDR Y/O ETEntonces: BUENA PRO AL MEJOR POSTOR REQUERIMIENTO CON TDR Y/O ET CONVOCATORIA EN CONTRATO APROBACION DE BASES (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) ESTUDIO DE MERCADO (COTIZACIONES, PRECIOS HISTÓRICOS). SE DETERMINA EL VALOR REFERENCIAL (LOGISTICA – ABASTECIMIENTO) CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO (ENTREGA DEL BIEN; PRESTACION DEL SERVICIO; PRESTACIÓN DE LA CONSULTORÍA; EJECUCION DE LA OBRA), DE ACUERDO A LOS TDR Y/O ET QUE SE REMITIÓ EN UN PRINCIPIO. DESGINACION DE COMITÉ ESPECIAL ((TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (PRESUPUESTO) Al ser un proceso, los TDR o ET remitidos en un principio establecen las condiciones y precisiones del contrato final a suscribir. Es decir, con 3 meses de anticipación debemos prever lo que requerimos en el contrato, ya que no se podrá variar lo estipulado en el contrato. MODIFICACION DEL PAC, SI ES NECESARIO (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO) APROBACIÓN DE EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN (TITULAR DE LA ENTIDAD O FUNCIONARIO DELEGADO)

87 Consecuencias de la falta de programación y planificaciónSi no se remite el requerimiento con sus TDR o ETM (03 meses de anticipación), generará DEMORA en las siguientes actuaciones del proceso; lo que generará una demora en la firma del contrato, es decir, en la entrega del bien, prestación del servicio; prestación de la consultoría o ejecución de la obra. Si el presente año 2014 no se programa adecuadamente los requerimientos en el PAC 2015, no se podrá convocar OPORTUNAMENTE el proceso (bien, servicio, consultoría y/u obra) que necesite para el próximo año, incumpliendo con las metas, objetivos y fines del área usuaria.

88 Conclusión: Existen diversos instrumentos de administración y gestión que se aplican al Estado. El uso eficiente de dichos instrumentos generará el cumplimiento de los fines, objetivos y fines del Estado. El uso ineficiente de los mismos perjudicará a la sociedad.

89 BASES Sólo los originales visados en todas sus páginas por miembros del comité o del órgano a cargo, serán aprobados. Podrán ser prepublicadas en el SEACE y en el portal institucional. El plazo de ejecución contractual y el plazo de entrega máximo , serán recogidos en las Bases y serán requerimientos técnicos mínimos de obligatorio cumplimiento.

90 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓNPara acreditar cumplimiento se solicitará los documentos estrictamente necesarios. Para Subasta Inversa, no se aplicará bonificación alguna en la evaluación de propuestas. 90

91 Factores de Evaluación Técnica Adquisición de Bienes Art. 44° Reg.Plazo de entrega Garantía comercial del postor y/o del fabricante Disponibilidad de servicios y repuestos Mejoras a las características técnicas y condiciones previstas en las Bases. Experiencia del Postor: Monto acumulado en 08 años, hasta 5 veces el VR, con máx. 20 contrataciones, sin importar número de documentos que las sustenten. 91

92 Factores de Evaluación Técnica Adquisición de Bienes Art. 44° Reg.Cumplimiento de la Prestación: Certificados o constancias de prestaciones sin incurrir en penalidades. NO > 20 contrataciones. 92

93 EJEMPLO: EVALUACIÓN DEL PLAZO DE ENTREGALa entidad requiere 50 Pc. En el RTM se ha fijado como plazo máximo de entrega 15 días calendario. Se asigna puntaje de acuerdo al siguiente criterio: Rangos de Puntuación De 1 a 05 días 20 Pts. De 06 a 10 días 15 Pts. De 11 a 14 días 05 Pts.

94 Factores de Evaluación Técnica Servicios en General Art. 45° Reg.Factores Referidos al Postor Experiencia: Monto facturado en un período de hasta 08 años No mayor a 5 Veces el Valor Referencial Máximo 10 servicios Cumplimiento del servicio: Certificados o constancias que acrediten haber brindado el servicio sin incurrir en penalidades. Máximo 10 Factores Referidos al Personal Mejoras a las condiciones previstas en las Bases Otros, tales como: equipamiento, infraestructura 94

95 EJEMPLO: EXPERIENCIA DEL POSTORSe requiere contratar los servicios de vigilancia privada para el Ministerio X. A tal efecto se evaluará la experiencia del postor en función a los montos facturados acumulados por un periodo de hasta ocho años de acuerdo a lo siguiente: Valor referencial: 1’ Criterio de Evaluación 4’ – 5’ 40 Pts. 3’ – 3’ 30 Pts. 2’ – 2’ 20 Pts.

96 TIPOS DE PROCESOS DE SELECCIÓNSe determina dependiendo de: A) Objeto del proceso. B) Valor Referencial. Bienes Licitación Pública Obras Objeto Concurso Público Adjudicación Directa Menor Cuantía Servicios Bs, Ss y Obrs 96

97 Proceso de Selección según relación de ITEMSEn un proceso se convoca contratación de bs., ss. u obras vinculados entre sí, considerando viabilidad económica, técnica y/o administrativa de dicha vinculación. Cada ítem constituye un proceso menor dentro del proceso principal. El valor de cada ítem debe ser > a 3 UIT. 97 97

98 Licitación Pública Concurso Público Adj. DirectaCONVOCATORIA Licitación Pública Concurso Público Adj. Directa AMC Publicación en el SEACE 98 98

99 Publicación de las Bases CONVOCATORIA Publicación de las Bases Publicación del resumen ejecutivo de estudio de posibilidades que ofrece el mercado obligatorio para LP, CP y AD. Bajo sanción de nulidad 99

100 REGISTRO DE PARTICIPANTES – REGIMEN DE NOTIFICACIONESProveedor debe tener RNP vigente y no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Para AMC de bienes y servicios, el registro se efectuará antes de la presentación de propuestas. Todos los actos del proceso de selección se entienden notificados el mismo día de su publicación en el SEACE 100

101 Elevación de observaciones al OSCE cuando:El Comité Especial absuelve observaciones mediante pliego fundamentado, acogiéndolas o no. El pliego se publicará en el SEACE. Elevación de observaciones al OSCE cuando: No se acoge la(s) observación(es) del solicitante El acogimiento es contrario a la norma Se cuestiona el acogimiento de la observación de un tercero. Antes, era posible elevar las observaciones al Titular de la Entidad, además del OSCE. 101

102 Efectos de Elevación de BasesEl Comité Especial está obligado a: Suspender el proceso hasta que el OSCE emita pronunciamiento. Informar a los participantes a través del SEACE. Remitir antecedentes que solicite el OSCE (Informe Técnico). 102

103 Integración de Bases Cuando no se presentan observaciones: al día siguiente de vencido el plazo para absolver las observaciones. Cuando se presentan observaciones: al día siguiente de vencido el plazo para solicitar elevación de observaciones (4 días hábiles). Cuando se solicita la elevación de observaciones: en los dos días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento. 103

104 PRESENTACIÓN DE PROPUESTASTodos los documentos referidos a RTM y factores de evaluación se presentan en castellano o acompañados de traducción (traductor público juramentado). Acreditación de representación: persona natural o su apoderado mediante carta poder simple. Persona jurídica a través de su representante legal con poder vigente. Propuesta económica: sólo en original 104

105 SUBSANACIÓN DE PROPUESTASPlazo: 1 ó 2 días desde la notificación Puede subsanarse en el mismo acto Propuesta económica: No cabe subsanación por omisión o error, SALVO defectos de foliación y rúbrica de los folios. 105

106 Evaluación y calificaciónPRÓRROGAS: Se da aviso a todos los participantes. Se debe remitir informe al Titular de la Entidad explicando el motivo. Obras por ADS o AMC: Sólo evaluación económica. 106

107 Metodología de evaluaciónCriterios Factores de Evaluación Puntaje 5, 10, 15, 20, .... Documentos Sustentatorios Los factores deben ser: Objetivos y Congruentes. Los criterios deben ser: Racionales y Proporcionales. 107 107

108 Evaluación Económica – Contenido de la propuesta económicay subtotales debe ser expresada con 2 decimales (Antes existía la Garantía de Seriedad de Oferta) 108

109 ANTES: GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTALP CP AD Obligación de los postores de incluirla en su Propuesta. Regla Gral.: Postores deben mantenerla vigente hasta la Buena Pro. (Mín. 2 meses) Excepción: 1º y 2º lugar vigente hasta suscripción. 109

110 LIMITES MÍNIMOS Y MÁXIMOSa) Límite máximo: Bienes y servicios: 100% VR Obras: 110% VR b) Límite mínimo: Bs y Ss.: Ninguno Consultoría y ejecución de obras: 90% 110

111 Calificación de la Propuesta Económica Art. 70ºPi = Om x PMPE Oi Donde: Pi = Puntaje oferta económica i Om = Oferta económica menor PMPE = Puntaje Máximo por Prop. Econ. Oi = Oferta del Postor i I = Propuesta

112 Bienes, Servicios y Obras Servicios de ConsultoríaPuntaje Total Coeficientes de Ponderación CT = C1 x PT + C2 x PE Bienes, Servicios y Obras 0.60 < C1 < 0.70 0.30 < C2 < 0.40 Servicios de Consultoría 0.70 < C1 < 0.80 0.20 < C2 < 0.30 C1 + C2 = 1.00

113 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PROPluralidad de Postores 8 días hábiles (LP Y CP) 5 días AD y AMC; desde su notificación si no hay Recurso de Apelación. Un solo postor: El día de su notificación 113

114 OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROSOLO PARA EJECUCIÓN DE OBRAS: SI LA OFERTA EXCEDE EL 100% DEL V.REF: Máx. 10 días hábiles desde la fecha del calendario, bajo responsabilidad del Titular. Presupuesto + Aprobación Titular, salvo acepte reducir su oferta económica < V. Ref. La aceptación es en acto público o por escrito -si es acto privado-. Puntaje Total Bonif. Puntaje Final 114

115 SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE (73º Regl.)MYPES integradas por personas con discapacidad - LEY 27050, sólo en AD y AMC. MYPES en estricto: AD y AMC Bienes y Obras.- mejor puntaje económico. Servicios - mejor puntaje técnico A PRORRATA*: no Consulta ni Obras SORTEO* (*) CITACIÓN OPORTUNA 115

116 DECLARACIÓN DE DESIERTO Art. 32 Ley y 78 Regl.Si una LP, CP o ADP es declarada desierta en una oportunidad, se deberá convocar una AMC (no electrónica). 1 propuesta en Sub. Inversa = desierto. Registro en el SEACE al día sgte. de producida. 116

117 Culminación del Proceso1) Se suscribe el contrato o se perfecciona éste. 2) Cuando se cancela el proceso. 3) Cuando se deja sin efecto el otorgamiento de la buena pro. 4) Cuando no se susrcriba el contrato por las causales establecidas en el artículo 137° 117

118 ANTES: Solución de Controversias durante el Proceso de Selección: RECURSO DE APELACIÓNLos actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato. ENTIDAD VR < 600 UIT S/. 2’160,000.00 Titular (Facultad delegable). TRIBUNAL VR > a 600 UIT. Otros actos del Titular de la Entidad distintos de la Resolución de Apelación que afecte o siga el proceso. ¿Ante quién impugno? (*) 13º Disp. Compl. Final Ley

119 AHORA: Solución de Controversias durante el Proceso de Selección: RECURSO DE APELACIÓNLos actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del contrato. ENTIDAD Adjudicación Directa Selectiva. Adjudicación de Menor Cuantía. TRIBUNAL Licitación pública. Concurso Público. Adjudicación Directa Pública. Adjudicación de Menor Cuantía Derivada. Otros actos del Titular de la Entidad distintos de la Resolución de Apelación que afecte o siga el proceso. ¿Ante quién impugno? (*) 13º Disp. Compl. Final Ley

120 PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSOBuena Pro y actos anteriores De haber tomado conocimiento del acto LP y CP: 8 días ADP, ADS y AMC: 5 días Posteriores a Buena Pro De haber tomado conocimiento del acto LP y CP: 8 días. ADP, ADS y AMC: 5 días.

121 EFECTOS DE LA INTERPOSICIÓNLa interposición del recurso de apelación suspende el proceso de selección o, el ítem, etapa, lote, paquete o tramo impugnado, según corresponda. Son NULOS los actos posteriores a su interposición. Obligación de la Entidad y el Tribunal de registrar en la FICHA SEACE la interposición del recurso ese mismo día.

122 ADMISIBILIDAD DEL RECURSORechazo del Recurso Antes de otorgada B. Pro. 1º escrito sin firma del Impugnante o su representante. No Presentado No subsana observaciones: 2 días. No subsana en el plazo máx. 2 días hábiles otorgado por la ENTIDAD, cuando advirtió alguna omisión dentro de 3 días hábiles de admitido. No renueva Garantía

123 GARANTÍA Representa el 3% del Valor Referencial del proceso de selección o del ítem que se desea impugnar. En ningún caso será menor al 50% de una UIT. Puede ser carta fianza, póliza de caución y depósito en cuenta. Plazo mínimo de vigencia: 20 días calendario si el recurso se interpone ante la Entidad o 30 días si se presenta ante el Tribunal. Si no se renueva la garantía, se tendrá por NO PRESENTADO el recurso.

124 TRÁMITE DEL RECURSO PROCEDIMIENTO ENTIDAD TRIBUNALACUMULACIÓN facultativa 2 ó + recursos = proceso o ítem. Plazo de resolución es el del último recurso TRASLADO : dentro de 2 días hábiles A postores afectados luego de presentado A la Entidad luego de admitido ABSOLUCIÓN del Traslado: Dentro de 3 días De 3ºs a la Entidad Exp. Completo + Inf. Téc. Legal + cargo notificación Pedido de USO DE LA PALABRA Hasta 3 días sgtes. de vencido plazo de Absolución de traslado. No suspende plazos Hasta antes que se declare listo para resolver. Prórroga el plazo de evaluación.

125 TRÁMITE DEL RECURSO PROCEDIMIENTO ENTIDAD TRIBUNAL INFORMACIÓNADICIONAL Si se puede solicitar pero no suspende plazos 1 vez. Prorroga el plazo de evaluación máx. 15 días háb. DESISTIMIENTOExcepto interés público Ejecuta 100% Garantía Notario o Juez de Paz. Fin del Procedimiento. Notario o Secr. Trib. Sólo hasta antes que se declare listo para resolver. RESOLUCIÓN SEACE 12 días hab. de presentado o subsanado 5 días desde que se declara expediente listo para resolver

126 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATOFormalidad Por Escrito: mediante suscripción del documento contractual. Mediante orden de compra o de servicios en contratos: derivados de procesos de AMC (salvo en contratos de consultoría y ejecución de obras). Procesos por relación de ítems Documento contractual o con orden de compra o de servicios, según monto del VR de ítem.

127 REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL CONTRATOEl ganador de Buena Pro debe presentar los requisitos señalados en el art. 141 del Reglamento: Otros documentos requeridos en las Bases Integradas y en la normativa especial sobre el objeto de contrato: Ej. intermediación laboral, habilitaciones profesionales; colegiaturas, autorizaciones administrativas; estructuras de costos, de ser el caso: documentación proveniente del extranjero; certificados de calidad, entre otros. Los requisitos son formales y es responsabilidad de los funcionarios verificar estos requisitos antes de suscribir el contrato El reglamento señala que los requisitos son los siguientes: Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El proveedor puede solicitar esta constancia en CONSUCODE. Cuando se trata de un proceso por menor cuantía la entidad debe verificar si el proveedor está habilitado para contratar. ¿Qué pasa si el proveedor es sancionado luego de recibir la Buena Pro y antes de suscribir el contrato? No podrá suscribir el contrato. Otro requisito necesario es la presentación de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores-RNP. Otro requisito esencial es la presentación de las garantías. Aquí no hay regularización posible alguna, no es posible suscribir contrato y dejar la presentación de la garantía para una fecha posterior. Si un consorcio (dos o más proveedores juntaron sus potencialidades para presentar una mejor propuesta) obtiene la Buena Pro, este documento no será suficiente. Se necesitará un documento formalizado y legalizado notarialmente para tener una certeza del compromiso contractual que asumirá el consorcio. Además de estos requisitos se podrán presentar otros adicionales, dependiendo de la naturaleza del contrato. Por ejemplo. La entidad le puede exigir a una empresa de vigilancia los permisos de utilización de armas de fuego otorgado por la DISCAME. Asimismo, podrá exigir carné de sanidad a la empresa proveedora de alimentos. Si un contrato se suscribe sin la presentación de estos requisitos, se estará incurriendo en irregularidades. ¿Cuál es el procedimiento para suscribir el contrato? Citación: La Entidad citará dentro de los 5 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro. Plazo: El postor adjudicado deberá apersonarse a suscribir el contrato dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la citación. El C.E. no tiene facultades para ejecutar actos relacionados con la suscripción del contrato. ¿Qué pasa cuando no se suscribe el contrato? Negativa del postor a suscribir el contrato: Ganador no se presenta: pierde Buena Pro. Se citará al postor que ocupó el 2º lugar. Si no se presenta: PROCESO DESIERTO. Negativa de la Entidad a suscribir el contrato: Emplazamiento por parte del ganador. Penalidad. Sin efecto la buena pro. Indemnización por lucro cesante. Responsabilidad del Titular o máxima autoridad administrativa.

128 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNYA NO EXISTE LA CITACIÓN PREVIA. (Antes se citaba dentro de los 2 días hábiles siguientes de consentida la Buena Pro).

129 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNUna vez quede consentida o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato es: Dentro del plazo de 12 días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando éste haya quedado administrativamente firme, debe suscribirse el contrato. Dentro del mismo plazo (12 días hábiles), además de suscribirse el contrato, debe realizarse lo siguiente: a.- El postor ganador deberá presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases. b.- La entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada. c.- Le postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

130 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNCuando la Entidad no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1, el postor ganador de la Buena Pro puede requerirla para su suscripción, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de vencido el plazo para suscribir el contrato, dándole un plazo de entre cinco (5) a diez (10) días hábiles. Vencido el plazo otorgado, sin que la Entidad haya suscrito el contrato, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, tiene la facultad de dejar sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

131 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNCuando el postor ganador de la Buena Pro no cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo establecido en el numeral 1 por razones justificadas y ajenas a su voluntad, a solicitud de aquél, la Entidad puede otorgarle por única vez, un plazo de entre cinco (5) a diez (10) días hábiles.

132 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNEn los casos que el contrato se perfeccione mediante orden de compra o de servicios, dentro del plazo de siete (7) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro o cuando ésta haya quedado administrativamente firme, debe notificarse la orden de compra o de servicios. Dentro del referido plazo: a.- El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista en las Bases. b.- La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentación presentada. c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

133 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNCuando la Entidad no cumpla con notificar la ordene de compra o de servicios al contratista en el plazo establecido en el numeral 4, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de vencido dicho plazo, el contratista puede requerirla para que cumpla con efectuar la notificación en el plazo de tres (3) días hábiles; vencido este plazo, el contratista puede solicitar a la Entidad que deje sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

134 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNCuando el postor ganador de la Buena Pro no cumpla con presentar la documentación completa para proceder con la notificación de la orden de compra o de servicios dentro del plazo establecido en el numeral 4 por razones justificadas y ajenas a su voluntad, a solicitud de aquel, la Entidad puede otorgarle por única vez, un plazo de entre dos (2) a cinco (5) días hábiles.

135 PROCEDIMIENTO DE SUSCRIPCIÓNCuando el postor ganador no presente documentación y/o no concurra a suscribir el contrato injustificadamente, según corresponda, en los plazos antes indicados, pierde automáticamente la Buena Pro. En tal caso, el órgano encargado de las contrataciones (OEC) cita al postor que ocupó el segundo lugar en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles en el orden de prelación a fin de que concurra a suscribir el contrato en el plazo previsto en los numerales 1 y 3. En el caso que el contrato se perfeccione con la notificación de la orden de compra o de servicios, la Entidad cita al postor que ocupó el segundo lugar en un plazo no mayor de 3 días hábiles en el orden de prelación a fin de que se le notifique dicha orden en el plazo previsto en los numerales 4 y 6. Si el postor no perfecciona el contrato, el Comité Especial o quien haga sus veces declarará desierto el proceso de selección.

136 GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE LA PROPUESTAFinalidad y vigencia: iguales que la GFC. Servicios: Cuando la propuesta del adjudicatario sea inferior en más del 10% del valor referencial. Bienes: Cuando la propuesta del adjudicatario sea inferior en más del 20% del valor referencial. No resulta viable en ejecución de obras, consultorías de obras y consultoría en general. Además no se presenta en contratos derivados de AMC para bienes y servicios Monto de la garantía: 25% de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica.

137 … Abog. Carlos Ricardo Torres ZavalaPágina web: Correo electrónico: Teléfono: