1 ACTUALIZACIÓN REGIONAL EN TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL Generalidades de los sistemas de imposición a la renta y fiscalización de los países de la región. Sesión informativa: El Salvador FRANCISCO ARIAS Presentación elaborada por Gold Service El Salvador. San José Costa Rica Marzo, 2016
2 El principio de la fuente como criterio de vinculación impositiva en El Salvador Sistema de imposición a la renta
3 CRITERIOS DE VINCULACION IMPOSITIVA Sistema de Imposición Sujeción Fiscal Hecho Generador Exenciones
4 PRINCIPIO DE SUJECION FISCAL 1992 1992: Territorialidad o de la Fuente 2005: El principio de territorialidad se combina con el del domicilio Sistema de impuestos por productos o Cedular La naturaleza de la renta se valora de manera independiente, por lo que las tasas que se aplican a cada cédula son diferentes y proporcionales. SISTEMA DE IMPOSICION A LA RENTA
5 HECHO GENERADOR: PRINCIPIO DE TERRITORIALIDAD Y RENTA MUNDIAL Art. 16 LISR 1992 Provenientes de bienes situados en ES, o de K invertidos en ES Servicios prestados o utilizados en ES, aunque se originen en el exterior Propiedad industrial, intelectual registrados u utilizados en ES Resultados, utilidades, rendimientos o intereses por instrumentos financieros Principio de Territorialidad Renta Mundial o Principio de domicilio 1. Personas Naturales 2. Fideicomisos 3. Sucesiones RENTAS 1. No gravables 2. Exentas, o 3. No sujetas 1.Créditos, o 2.Financiamientos Exterior
6 RETENCION EN LA FUENTE 1992 Retención en la Fuente Arts. 154 - 160 CT a.Servicios de carácter permanente b.Retenciones por prestación de servicios c.Operación con intangibles y derechos d.Operaciones de renta y asimiladas a rentas e.Casos de juicios ejecutivos f.Sujetos no domiciliados g.Retención a Rentas Provenientes de Depósitos y Títulos Valores h.Retención sobre premios
7 EXENCIONES LISR De títulos valores y demás instrumentos financieros que sean al portador obtenidos en el exterior. Art. 16 y 14-A inc 6º LISR Transacciones con países firmantes del CDI NO CONSTITUYEN RENTA Dividendos que pagan un impuesto ≥ al ISR de ES Art. 27 inc 2º c) LISR Rentas por inmuebles en el exterior. Art. 16 LISR Rentas propiedad intelectual registrados o utilizados en el exterior Art. 16 LISR inc 3º Transacciones con países firmantes del Convenio de Asistencia mutua y cooperación técnica entre las AT de CA Adquisiciones o transferencias de Bienes tangibles Art. 158-A CT NO SUJETAS A RETENCION
8 Reformas legales y reglamentarias ocurridas en 2014-2015 relativas a fiscalidad internacional. En junio de 2015, La Sala de lo Constitucional admitió una demanda por el procedimiento de aprobación de reformas al Código Tributario del 31/04/14 en la Asamblea Legislativa
9 PRINCIPALES REFORMAS 1992 Intercambio de Información Precios de Transferencia Retención de ISR p/ inversionistas extranjeros Impuesto a las operaciones financieras Prescripción y Caducidad Comercio Electrónico Carga de la Prueba Metodología OCDE Acuerdo de Asociación entre C.A y la UE
10 PRECIOS DE TRANSFERENCIA Art. 62- A CT Métodos Tradicionales Precio Comparable no Controlado Precio de Reventa Costo Adicionado Métodos Basado en Utilidades Margen Neto de la Transacción Partición de Utilidades Traslada la carga de la prueba a los contribuyentes para demostrar la aplicación de precios de mercado Incorpora la metodología OCDEpara determinar precios operaciones con partes relacionadas Método de precio de mercado Art. 199-B Análisis de Comparabilidad
11 PRECIOS DE TRANSFERENCIA Vigente para 2016 Clasificación OCDE/GAFI Regímenes especiales preferentes Paraísos Fiscales CDI EL SALVADOR El Salvador Reino de España OPERACIONES SUJETOS DOMICILIADOS EN REGIMENES ESPECIALES PREFERENTES Determinación de precios Retenciones de ISR No deducibilidad de Costos y Gastos
12 FACULTAD PARA OBTENER INFORMACION, Y OBLIGACION DE INFORMAR ES miembro 185ª del Foro Global sobre la transparencia y el intercambio de información con fines fiscales en 2011 Art. 120 inciso 7º y 8º CT La AT podrá intercambiar información de carácter fiscal con AT de jurisdicciones extranjeras Podrá suscribir directamente acuerdos de intercambio de información Esta disposición constituye un régimen especial, que se aplicará con preferencia a cualesquiera leyes o reglamentos, a menos que expresamente se haga extensiva la reserva a la AT.
13 ANTECEDENTES DE INTERCAMBIOS DE INFORMACION CONVENIOS EL SALVADOR – SICA (2006) Art. 8 Obtener y brindar Información de operaciones, comerciales, financieras, industriales, propiedad intelectual. Convenio de asistencia mutua y cooperación técnica entre las administraciones tributarias y aduaneras de C.A Convenio de compatibilización de los tributos internos aplicables al comercio entre los Estados parte de la Unión Aduanera Centroamericana Art. 25 numeral 4) Intercambiar información para actividades de control, inspección o fiscalización
14 La opinión efectuada sobre ES, destaca que la AT, cuenta con facultades suficientes para acceder a la información y para el intercambio de la misma, resguardando los derechos y garantías que esto implica. CONVENIOS EL SALVADOR CON OCDE. FEBRERO 2015 FACULTAD PARA OBTENER INFORMACION, Y OBLIGACION DE INFORMAR ES aprobó la Fase I sobre Transparencia e Intercambio de Información para efectos fiscales.
15 CONVENIOS EL SALVADOR CON OCDE. JUNIO 2015 FACULTAD PARA OBTENER INFORMACION, Y OBLIGACION DE INFORMAR (De izq- derecha) Francisco Galindo, Embajador de ES en Francia; William Danvers, Srio. Gral Adjunto de la OCDE. De pie, Carlos Cáceres, Ministro de Hacienda de ES; y Ángel Gurria, Srio Gral. de la OCDE. Implica limitaciones al secreto bancario, y obligación de intercambiar de información tributaria. Convenio Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal Intercambio de información automática No es necesario suscribir Convenios bilaterales Inspecciones tributarias simultáneas en diferentes jurisdicciones Asistencia en el cobro de las deudas tributarias
16 LEY DE IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS RETENCIÓN INVERSIONISTAS EXTRANJEROS Art. 158 inciso 4º CT ↓ del 20 al 3% de la retención de ISR para inversionistas extranjeros en la BV o Fondos de Inversión. Pagos por transferencias electrónicas al exterior Transferencias por medios tecnológicos al exterior a favor de 3ros Transferencias por importaciones y exportaciones, y repatriación de Capital Usuarios de ZF, DPA, Parques Industriales 0.25% Art. 3 Hecho Generador Art. 4 Exenciones Préstamos del exterior utilizados en el territorio nacional Cuando no sean para la actividad productiva
17 ELUSION FISCAL EN LA LEY DE IMPUESTO A LAS OPERACIONES FINANCIERAS Depósitos en otras monedas para hacer operaciones gravadas Pagar en otras monedas los préstamos originados en el exterior Repatriación de Capitales y dividendos, y no los Capitales Salvadoreños Pago de préstamos originados en el exterior Pago a proveedores del exterior, cuando no sean para la actividad productiva Extraterritorialidad
18 EXTINCION DE LA DEUDA TRIBUTARIA: LA PRESCIPCION Las acciones y derechos de la AT para exigir el cumplimiento de la obligación tributaria sustantiva,el cobro de las multas y demás accesorios Art. 82 incisos 4º y 5º CT Suspensión del plazo al interponerse recurso, hasta que la resolución o la sentencia tenga la autoridad de la cosa juzgada Son aplicables las causales de interrupción del plazo de la prescripción reguladas en materia civil
19 CADUCIDAD Plazo de la AT para ejercer su poder fiscalizador y sancionatoria, no siendo necesaria la alegación ni declaración de la autoridad administrativa 2013 2014 2015 2016 201720192018 Período a Fiscalizar ISR ABRIL Fecha Presentación Año 1 Año 2 Año 3 AGOSTO Notificación para fiscalizar ABRIL Plazo otorgado a la AT para Fiscalizar Plazo otorgado a la AT para Fiscalizar con interrupción de la caducidad El cómputo del plazo de la caducidad, se interrumpirá desde la fecha de notificación del auto de designación de auditores hasta 3 años.
20 Para solicitar el reembolso la mercancía no debe haber sido objeto de transformación, modificación o alteración alguna. El objetivo es realizar un solo pago de los DAI en el 1er país de importación, cuando las mercancías sean exportadas hacia otro país de la región C.A Reembolso de aranceles por importaciones de la UE si éstos son exportados a otros países de C.A, en la parte que corresponda a la mercancía que sea exportada REEMBOLSO DE LOS DERECHOS ARANCELARIOS A LA IMPORTACIÓN”, EN EL MARCO DEL ACUERDO DE ASOCIACIÓN ENTRE C.A Y UE (VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2015) Mecanismo para eliminar 2ble o 3ple tributación arancelaria en C.A
21 COMERCIO ELECTRONICO Control de equipos, aparatos o sistemas computarizados Art. 149-D CT Operaciones afectas al IVA Los tiquetes que emitan los sistemas POS, deben tener el # de autorizado por la AT Desafíos que plantea el Comercio Electrónico a la fiscalidad -Erosión de criterios tradicionales de imposición al comercio físico. -Desmaterialización de bienes y productos. -Deslocalización de la actividad económica y desintermediación. -Elección de jurisdicciones de baja o nula imposición. -Imposibilidad de identificación y fiscalización de los contribuyentes y de sus actividades -Dificulta jurídicamente el categorizar y clasificar la categoría tributaria -Sujeto a múltiple imposición internacional
22 FISCALIZACIÓN PRECIOS DE TRANSFERENCIA
23 ACCIONES DE LA DGII 1992 Factores de Riesgo Obligaciones Tributarias Inconsistencias Resultados de verificación fiscal Estadísticas de fiscalización
24 OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CONTRIBUYENTE Determinación de PT´s Presentar F-982 Conservar 10 años documentación Retener y Enterar Carga de la Prueba Proporcionar al AF cálculo de Pt´s AUDITOR FISCAL Cumplir con las disposiciones del CVPCPA Emitir opinión sobre el cumplimiento de las VOF´s de Pts. Revelar saldos y transacciones Estimación de la Base imponible La AT no cuenta con base de “datos comparables” internacional Administración Tributaria F982: Sujetos vinculados, importes, tipo de transacción, factor de comparabilidad, elemento para ajustes, método utilizado ≥ $ 571,429
25 INDICADORES DE RIESGO F-982 o miso, extemporáneo, inconsistente. (Multa 0.5% del capital contable) Dictamen e Informe Fiscal Opinión de incumplimiento, o sin opinión Pérdidas operativas en operaciones realizadas con sujetos relacionados Endeudamiento > al legalmente establecido por financiamiento con sujetos relacionados Uso o adquisición de intangibles a compañías relacionadas Transacciones significativas con sujetos relacionados
26 ESTADISTICAS TRIBUTARIAS PRECIOS DE TRANSFERENCIA 1992 2010201120122013 F-982 6869041,3101,071 Extemporáneos 22%12%14%16% Modificados 3% 4%11% Sujetos Relacionados 2,1843,6244,5655,698 Ingresos 44%48%36%45% Egresos 56%52%64%55% Locales 51%49%44%45% Preferente 5%3%8%5% Exterior 45%48% 50% Fuente: Ministerio de Hacienda (Feb. 2016)
27 ESTADISTICAS DE FISCALIZACION INFORMES DE OPERACIONES CON SUJETOS RELACIONADOS F-982 1992 Año Dentro del Plazo Extempor. Modificados 201053814820 201179810626 20121,13217853 2013904167113 599 212
28 GESTION TRIBUTARIA DE GRANDES CONTRIBUYENTES 1992 Precios de Mercado y Pt´s. Planificación Fiscal y otras operaciones de Fiscalidad Internacional. En 3 años cada contribuyente de la cartera debe ser gestionado y/o fiscalizado al menos una vez. AñoIniciadas En Proceso 2010Ninguna 201144 201299 201377 Grandes: 816 Medianos: 2,272 FISCALIZACIONES DE LAS OPERACIONES CON SUJETOS RELACIONADOS
29 INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN INTERNACIONAL PARA FINES TRIBUTARIOS Convenio de asistencia mutua y cooperación técnica entre las administraciones tributarias y aduaneras de C.A Convenio de compatibilización de los tributos internos aplicables al comercio entre los Estados parte de la Unión Aduanera Centroamericana
30 POSIBLES HALLAZGOS EN LA VERIFICACION DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA Objeción de erogaciones efectuadas cuya materialización no sea probada. Objeción de erogaciones cuyo valor exceda a la tasa de interés o monto del endeudamiento -Tasa de interés promedio BCR + 4pts -Monto endeudamiento 3:1 K Objeción de Costos y Gastos por precios superiores al valor de mercado Determinación de Ingresos omitidos por precios inferiores al de mercado
31 TEMAS DE FISCALIDAD INTERNACIONAL A TENER EN CONSIDERACIÓN
32 LEY DE LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS Art.2 Sujetos obligados Entidad Nacional o extranjera que sea supervisada por las SSF Inversionista nacional o internacional Empresas, Instituciones Privada o de Economía Mixta Notarios, Contadores y Auditores Art. 9 Obligación de informar Transacciones monetarias > a $10 K en efectivo Operaciones financieras por cualquier otro medio ≥ $25 K Sea sospechosa o no Art. 9-B Establecer sistemas de identificación y conocimiento de clientes * Ingresos Brutos ≥ $ 1,212,438 y + 50 empleados
33 REFORMAS LEY DE LAVADO DE DINERO Y ACTIVOS (10/12/15) (Vigente a partir del 01/01/16) Plazos: 1.Acreditarse 2.Registrarse 31/03/15 Oficial de Cumplimiento Persona Designada
34 Estudio elaborado por Gold Service El Salvador para Grupo Camacho San José Costa Rica. Marzo 2016 ® Gold Service El Salvador. Queda prohibida la reproducción total o parcial sin autorización por escrito por Gold Service Francisco Arias [email protected]