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2 Alexa Beltrán Ake Dalila Domínguez Méndez Naomi Góngora Castillo Adrian Escobar Robelo
3 ArticuloDiapositivas 3°3 27°4 123°5 130°6 Tabla Comparativa7
4 Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado - federación, estados, Distrito Federal y municipios-, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
5 Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
6 Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley (adicionado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 19 de diciembre de 1978).
7 El principio histórico de la separación del estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente articulo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetaran a la ley. (reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 28 de enero de 1992).
8 Lista de cortejo para el Software de Presentaciones SINO Portada Incluye una tabla Tema prediseñado “Civil” Imágenes Animaciones Transiciones Imágenes alineadas verticalmente Archivo guardado como pagina web