1 Alfredo Parés Salas Profesor de Derecho Administrativo Universidad Católica Andrés Bello 1 III CONGRESO DE DERECHO ADMINISTRATIVO MARGARITA, 26 DE MARZO DE 2011
2 Alfredo Parés Salas Profesor de Derecho Administrativo Universidad Católica Andrés Bello 2
3 Alfredo Parés Salas PRIMERA PARTE: Presentación de tres casos puntuales: tres argumentos y un mismo y único despropósito SEGUNDA PARTE: De las razones que permiten afirmar la inconstitucionalidad y la ilegalidad de la prescindencia de un procedimiento constitutivo o de primer grado 3
4 «contundente e incontestablemente criticadas por la doctrina… y finalmente, por la jurisprudencia» (GARCÍA DE ENTERRÍA y FERNÁNDEZ) «aberrantes» (GARCÍA DE ENTERRÍA y FERNÁNDEZ) «incompatibles… con las exigencias del Estado de Derecho» (NIETO) Alfredo Parés Salas INTRODUCCIÓN 4
5 Alfredo Parés Salas «descarnado e impertinente atentado contra el procedimiento… una técnica burda y grotesca» (OSSA ARBELÁEZ) «la imposición de sanciones administrativas “de plano”, desconoce el derecho de defensa del sancionado» (C-1088/08 CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA) «este derecho fundamental se profana si a la persona se le impone una sanción sin otorgársele la oportunidad para ser oída y ejercer plenamente su defensa» ( C-564 CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA) INTRODUCCIÓN 5
6 «los valores esenciales que se encuentran en la base del art. 24.2 CE no quedarían salvaguardados si se admitiera que la Administración puede incidir en la esfera jurídica de los ciudadanos imponiéndoles una sanción sin observar procedimiento alguno» (70/2008 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ESPAÑOL 23/06/2008) Una herencia del «Estado Absoluto» (PEÑA SOLÍS) Alfredo Parés Salas INTRODUCCIÓN 6
7 Alfredo Parés Salas INTRODUCCIÓN 7 $ PA
8 EL FUMUS BONI IURIS «se origina en el derecho del pueblo a la construcción de una sociedad justa y amante de la paz» «las funcionarias o los funcionarios autorizados del Instituto… dispondrán de amplias facultades para proceder a dictar y ejecutar las medidas preventivas» Alfredo Parés Salas SHCJ INTRODUCCIÓN 8
9 Alfredo Parés Salas INTRODUCCIÓN 9
10 Alfredo Parés Salas INTRODUCCIÓN 10 CONCEPTOS JURÍDICOS SÚPER- INDETERMINADOS
11 Alfredo Parés Salas INTRODUCCIÓN 11 CANOVA: LA REALIDAD DEL CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO VENEZOLANO (Un llamado de atención frente a las desoladoras estadísticas de la Sala Político- Administrativa en 2007 y primer semestre de 2008), Funeda, Caracas, 2009 CASAL: ¿DE LA CONSTITUCIÓN NOMINAL A LA CONSTITUCIÓN FACHADA? en: Sobre la justicia constitucional y la instrumentalización del Derecho, Colección Cuadernos del Centenario No. 7, Fundación Manuel García Pelayo, Caracas, 2010, pp. 51-100.
12 Alfredo Parés Salas INTRODUCCIÓN 98% IMPROCEDENTES 100% SIN LUGAR 12
13 Alfredo Parés Salas PRIMERA PARTE: Presentación de tres casos puntuales: tres argumentos y un mismo y único despropósito 13
14 Alfredo Parés Salas PRIMER CASO: LA LEY DE AERONÁUTICA CIVIL Y LA JURISPRUDENCIA 14
15 Alfredo Parés Salas Artículo 119. Notificación: «El acto de imposición de la sanción deberá contener la citación del presunto infractor para que comparezca al tercer día hábil siguiente ante la Autoridad Aeronáutica que la practicó… A la hora y fecha fijada en la boleta de citación, el presunto infractor deberá comparecer a los efectos de presentar su descargo en forma oral o escrita, o admitir la infracción imputada. Cuando en el acto de comparecencia el presunto infractor compruebe el pago de la multa, se dará por concluido el procedimiento administrativo». PRIMER CASO: AERONÁUTICA CIVIL 15
16 Alfredo Parés Salas Artículo 120. Impugnación y Lapso Probatorio: «Si en el acto de comparecencia el presunto infractor impugna la sanción impuesta, se abrirá un lapso probatorio de cinco días hábiles para la promoción y evacuación de pruebas». PRIMER CASO: AERONÁUTICA CIVIL 16
17 «la violación del derecho constitucional a la defensa y al debido proceso, no encuentra consistencia alguna, aun cuando la recurrente alega que… la Administración procedió a sancionarla sin previo procedimiento, sin darle oportunidad para exponer sus alegatos…» Alfredo Parés Salas PRIMER CASO: AERONÁUTICA CIVIL …porque la recurrente «fue notificada de la apertura del procedimiento en su contra, así como de la sanción impuesta; todo conforme a la Ley de Aeronáutica Civil…» (ES DECIR, EN EL MISMO ACTO) PRIMERA SENTENCIA: SPA No. 884 06/08/08 17
18 Alfredo Parés Salas PRIMER CASO: AERONÁUTICA CIVIL PRIMERA SENTENCIA: SPA No. 884 06/08/08 «una vez notificada de la sanción correspondiente, la persona contra quien obre tal medida, cuenta con la oportunidad de comparecer… permitiendo además que el administrado presunto infractor en los términos del artículo 120, pueda impugnar la sanción impuesta» (ES DECIR, SE RECONOCE QUE EL PROCEDIMIENTO ES POSTERIOR) « Visto lo anterior, este Alto Tribunal observa que… [EN] el procedimiento administrativo previsto en la ley… se garantiza el derecho a la defensa, dado que establece que luego de impugnada en sede administrativa la sanción impuesta, se abrirá el lapso probatorio correspondiente, vencido el cual… la autoridad aeronáutica dictará su decisión confirmando, modificando o revocándola » (A PESAR DE QUE EL PROCEDIMIENTO ES POSTERIOR) 18
19 Alfredo Parés Salas PRIMER CASO: AERONÁUTICA CIVIL SEGUNDA SENTENCIA: C2C-A 29/10/09 «mal podría alegar la… recurrente violación al debido proceso y al derecho a la defensa, cuando la Administración recurrida valoró su recurso de reconsideración como escrito de descargos, y posteriormente aperturó (sic) el correspondiente lapso probatorio » (PRESENTÓ RECONSIDERACIÓN PORQUE YA HABÍA UNA MULTA –SIN PROCEDIMIENTO PREVIO) «Como fue notificada de la « multa, tuvo la oportunidad de presentar sus argumentos de defensas, se le aperturó (sic) el lapso probatorio… y finalmente presentó ante el Juzgado… recurso contencioso administrativo de nulidad… esta Corte… constata que se cumplió a cabalidad el debido proceso y la empresa recurrente pudo ejercer plenamente su derecho a la defensa» (A PESAR DE LA PRESCINDENCIA TOTAL Y ABSOLUTA DEL PROCEDIMIENTO CONSTITUTIVO) 19
20 Alfredo Parés Salas SEGUNDO CASO: LA LEY INDEPABIS Y LA JURISPRUDENCIA 20
21 Alfredo Parés Salas SEGUNDO CASO: INDEPABIS «Que no existe presunción grave de violación del derecho a la defensa y al debido proceso… pues, se evidencia… la sustanciación de un procedimiento administrativo… para que… expusieran sus alegatos y defensas… con posterioridad a la realización de la Inspección» (LA SANCIÓN SE IMPUSO EN LA INSPECCIÓN) PRIMERA SENTENCIA: C1C-A 11/05/09 «efectivamente sustanció el procedimiento administrativo correspondiente, permitiendo a la parte que hoy recurre exponer sus alegatos y defensas a los fines de resguardar el derecho al debido proceso… siendo que la protección del derecho al debido proceso se satisface plenamente garantizando la oportunidad para el ejercicio del derecho a la defensa» (UNA DEFENSA POSTERIOR) 21
22 Alfredo Parés Salas SEGUNDO CASO: INDEPABIS SEGUNDA SENTENCIA: SPA 28/07/10 «en la misma oportunidad de practicarse la inspección y levantarse la referida acta, le fue impuesta una multa» «sí hubo la sustanciación de un procedimiento administrativo, en el que se concedió un lapso… para que expusieran sus alegatos y defensas pertinentes» 22
23 Alfredo Parés Salas SEGUNDO CASO: INDEPABIS SEGUNDA SENTENCIA: SPA 28/07/10 « De lo antes expuesto se desprende… que en el presente caso sí hubo un procedimiento administrativo en el que se le concedió la oportunidad a la recurrente para que acudiera ante la Administración a exponer las defensas que juzgase oportunas y a probar lo que estimase pertinente para desvirtuar los hechos imputados, todo ello precisamente en resguardo del derecho al debido proceso que denuncia como vulnerado, a fin de que ejerciera un control posterior de la actividad sancionatoria del INDECU» 23
24 Alfredo Parés Salas SEGUNDO CASO: INDEPABIS TERCERA SENTENCIA: SPA 09/07/09 Al respecto observa la Sala, que la parte actora tuvo la oportunidad de acudir ante la Administración para alegar las defensas que juzgase oportunas y probar lo que estimase pertinente, precisamente en resguardo del derecho que denuncia violado, a fin de ejercer un control posterior de la actividad sancionatoria del INDECU. Razón por la que, se reitera, que no surge en la Sala la presunción de buen derecho que asista a la parte recurrente respecto al pretendido atropello de su derecho constitucional al debido proceso… Así finalmente se declara» 24
25 Alfredo Parés Salas TERCER CASO: LA LEY ORGÁNICA DE ADUANAS Y EL SENIAT 25
26 Alfredo Parés Salas TERCER CASO: LOA Y SENIAT Las multas establecidas en la LOA serán «impuestas en virtud de resolución motivada que dicte el funcionario autorizado para imponerlas, previo levantamiento de acta donde se harán constar específicamente todos los hechos relacionados con la infracción, acta que deberán firmar según el caso, dichos funcionarios y el contraventor». REGLAMENTO LOA 26
27 Alfredo Parés Salas «No está previsto en nuestra normativa procedimental la apertura del procedimiento sumario como paso previo al ejercicio de la Potestad Sancionatoria en materia de aduanas, y que entendidas las sanciones aduaneras como sanciones de tipo inmediatas por ser impuestas en ejecución directa de la ley que las prevé, pueden ser impugnadas en procedimientos impugnativos de segundo grado» TERCER CASO: LOA Y SENIAT RESOLUCIONES SENIAT 27
28 Alfredo Parés Salas «no hubo ausencia de procedimiento… por cuanto se aplicó el procedimiento sancionatorio en forma inmediata prevista en materia aduanera, en ejecución directa de lo previsto en la Ley Orgánica de Aduanas» TERCER CASO: LOA Y SENIAT RESOLUCIONES SENIAT 28
29 Alfredo Parés Salas SEGUNDA PARTE: De las razones que permiten afirmar la inconstitucionalidad y la ilegalidad de la prescindencia de un procedimiento constitutivo o de primer grado 29
30 Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 30 ACTO DEFINITIVO CONSTITUTIVOREVISIÓN PREVIO POSTERIOR
31 Se aplica «a todas las actuaciones judiciales y administrativas» «en todo estado y grado de la investigación», «sea ésta judicial o administrativa» Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 31
32 «Un conjunto de garantías, que amparan al ciudadano, y entre las cuales se mencionan las del ser oído, la presunción de inocencia, el acceso a la justicia y a los recursos legalmente establecidos…» (TSJ-SC No. 0080 01/02/2001) Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 32
33 La jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana «ha sido clara al señalar que la aplicación de plano de una sanción, vulnera el debido proceso, pues no otorga al gobernado la posibilidad de controvertir, antes de la sanción, las razones que le asisten para no ser objeto de ella. Un acto sancionatorio, desprovisto de un proceso previo, es un acto arbitrario, contrario al Estado de derecho, previsto en la Constitución» (C-005/98 CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA) Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 33
34 «Cuando la administración aplica una norma legal, que … limita un derecho, la decisión correspondiente debe ser … producto de un procedimiento, por sumario que éste sea, … De lo contrario, estaríamos frente a un poder absoluto por parte de la administración y, probablemente, dentro del campo de la arbitrariedad. Asuntos que… no corresponden al Estado de derecho… Además, en aras del bien general que se pretende proteger… no es posible pasar por encima de los derechos de las personas» (T-359 CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA 05/08/1997) Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 34
35 Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 35 ACTO DEFINITIVO REVISIÓN POSTERIOR DEBIDO PROCESO
36 «Resulta inconcebible en un Estado de Derecho, la imposición de sanciones, medidas prohibitivas o en el general, cualquier tipo de limitación o restricción a la esfera subjetiva de los administrados, sin que se de oportunidad alguna de ejercicio de la debida defensa» (C1C-A 15/08/997) Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 36
37 Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 37 PRIMERO ESCUCHO… LUEGO, EXISTO…
38 Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA 38 AUSCULTAR AL PACIENTE ES ÚTIL SÓLO ANTES DE QUE ÉSTE EXPIRE… … CON EL OCCISO YA NADA SINO LA AUTOPSIA PUEDE HACERSE
39 Alfredo Parés Salas DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA DEFENSA «El principio de oír al interesado antes de decidir algo que lo va a afectar no es solamente un principio de justicia, es también un principio de eficacia, porque asegura un mejor conocimiento de los hechos, contribuye a mejorar la administración y garantiza una decisión más justa. Este derecho a ser oído es un derecho transitivo que requiere alguien que quiera escuchar para poder ser real y efectivo, y este deseo de escuchar supone de parte de la Administración» (C1C-A 15/05/1986) 39
40 Alfredo Parés Salas LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y EL PRINCIPIO DE CULPABILIDAD. EL CONTROL DE LA PRUEBA Y LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO INQUISITIVO. 40
41 Alfredo Parés Salas LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Y EL PRINCIPIO DE CULPABILIDAD. EL CONTROL DE LA PRUEBA Y LA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO INQUISITIVO «sólo con base en pruebas cumplidas, cuya aportación es carga de quien acusa (aquí, la propia Administración, en su fase introductoria), podrá alguien ser sancionado… [razón por la cual]… toda sanción ha de apoyarse en una actividad probatoria de cargo o de demostración de la realidad de la infracción que se reprime, sin la cual la represión misma no es posible» (GARCÍA DE ENTERRÍA y FERNÁNDEZ) 41
42 Alfredo Parés Salas DE LA DESVIRTUACIÓN DE LA FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO 42
43 Alfredo Parés Salas LA VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO CONTRADICTORIO 43
44 Alfredo Parés Salas 44 AP PART AP PART LA VULNERACIÓN DEL PRINCIPIO CONTRADICTORIO
45 ESCUCHAR 45 Alfredo Parés Salas
46 46 Alfredo Parés Salas [email protected]