Antecedentes, Precios y Casos de Estudio sobre la Tributación de las Compañías de Telecomunicaciones.

1 Antecedentes, Precios y Casos de Estudio sobre la Tribu...
Author: Ignacio Córdoba López
0 downloads 1 Views

1 Antecedentes, Precios y Casos de Estudio sobre la Tributación de las Compañías de Telecomunicaciones

2  Los primeros compromisos en servicios de telecomunicaciones se hicieron durante la Ronda Uruguay (1986-94), principalmente en servicios de valor agregado.  En las negociaciones de la Post-Ronda Uruguay (1994-97), los miembros de la OMC realizaron negociaciones de servicios básicos de telecomunicaciones.negociaciones de la Post-Ronda Uruguay  Un total de 108 miembros de la OMC se han comprometido en facilitar el comercio de servicios de telecomunicaciones.

3  El 15 de febrero de 1997, se acordaron compromisos representando a 69 gobiernos miembros de la OMC.  Los compromisos entraron en vigor el 1 de enero de 1998.  Estos programas se anexaron al Cuarto Protocolo del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios.

4  Los gobiernos acordaron dejar a un lado las diferencias nacionales sobre qué tan básicas las comunicaciones se podían definir domésticamente y negociar todos los servicios de telecomunicaciones.  Los servicios de valor agregado no hicieron parte formal de estas negociaciones, por ejemplo, el procesamiento de información en línea, almacenamiento y recuperación en línea de bases de datos, intercambio electrónico de datos, correo electrónico y correo de voz.  Los servicios de valor agregado ya están incluidos en 44 programas (representando 55 gobiernos) que están en vigor como resultado de la Ronda Uruguay.

5  Los resultados de estas negociaciones se extenderán a todos los miembros de la OMC, sobre una base no discriminatoria, mediante el principio de la “nación más favorecida”.  Al final de las negociaciones, el 15 de febrero de 1997, nueve gobiernos presentaron listas de exenciones al “principio de la nación más favorecida”. (Antigua y Barbuda, Argentina, Bangladesh, Brasil, India, Pakistán, Sri Lanka, Turquía y Estados Unidos).

6  La Comisión ha establecido varias reglas y políticas respecto a las tasas internacionales de liquidación.  Los operadores de EE.UU negocian acuerdos de operación con operadores de telecomunicaciones extranjeros que establecen los términos de intercambio para el tráfico telefónico entre países. Este acuerdo normalmente incluye una tasa por la terminación del tráfico entre si.  En los convenios tradicionales, los operadores de EE.UU negociaron “tasas de distribución” con el operador extranjero. La mitad de la tasa de distribución representa la obligación de cada parte hacia la otra, por la terminación del tráfico denominado como “tasa de terminación”.  Los operadores de telecomunicaciones de EE.UU y del extranjero se cobran entre sí por la terminación del tráfico del otro, pero estas compañías sólo pagan el desequilibrio (por ejemplo, las compañías se otorgan crédito entre sí por le tráfico intercambiado y pagan la diferencia)

7  El ISP (por sus siglas en inglés), contiene tres elementos designados a garantizar la igualdad de competencia entre los proveedores:  Todos Los operadores de EE.UU deben ofrecer la misma tasa efectiva y la misma fecha efectiva (sin discriminación). Esto significa que si un operador extranjero ofrece a un operador de EE.UU una menor tasa comenzando en una fecha determinada, deberá permitir esta misma tasa la todos los operadores de EE.UU, a partir de la misma fecha.  Los operadores de EE.UU tienen derecho a una parte proporcional del ingreso del tráfico entrante a los EE.UU con base en su proporción de tráfico de salida de EE.UU. Esto significa, por ejemplo que si el tráfico de un operador de EE.UU para la ruta EE.UU. – Francia, cuenta con el 15% del tráfico del operador de EE.UU al operador de Francia, este último deberá enviar el 15% de sus llamadas a los EE.UU a través del operador de EE.UU.  Las tasas de liquidación para el tráfico entrante y saliente de los Estados Unidos son simétricas (por ejemplo, la tasa de distribución es dividida 50- 50 entre el operador de EE.UU y el operador en el exterior).

8  En un esfuerzo para impulsar que las tasas de liquidación fueran más cercanas al costo, la Comisión ejerció su jurisdicción sobre las compañías de EE.UU. En 1997 les prohibió pagar inapropiadamente altas tasas a las empresas extranjeras en detrimento de los consumidores de EE.UU.  La política de referencia le exige a las compañías EE.UU, negociar tarifas de liquidación sobre o por debajo de los niveles de referencia establecidos por la Comisión en su Orden de Referencia de 1997.

9  Mientras que la política está diseñada para abordar los problemas de comportamiento anticompetitivo, tiene deficiencias en los mercados competitivos. Especialmente, los requisitos de la ISP impide que las compañías de EE.UU., negocien tarifas flexibles, individualizadas y con condiciones que respondan a las situaciones cambiantes del mercado y que sean benéficas para los clientes de EE.UU. Así, la Comisión, en su Orden de Reforma del ISP del 2004, reformó su reglamento para eliminar la ISP de las rutas de cumplimiento de referencia, otorgándole a los operadores de EE.UU. una mayor flexibilidad para negociar acuerdos con las compañías extranjeras en ciertas rutas internacionales. Orden de Reforma del ISP

10  La Orden de Referencia, dividió a los países en cuatro grupos con base en los niveles de desarrollo económico determinados por la información de la UIT (Unión Internacional de Comunicaciones) y del Banco Mundial. Por lo tanto, las siguientes son la tasas de referencia que se aplican:  1. – Ingreso Alto - 15¢  2. – Ingreso Medio Alto - 19¢  3. – Ingreso Medio Bajo - 19¢  4. – Ingreso Bajo - 23¢

11

12  Con la Orden de Reforma del ISP en el 2004, la Comisión reformó sus reglas para retirar el ISP de las rutas internacionales de EE.UU para las cuales, los operadores de EE.UU han negociado tasas de cumplimiento de referencia.  Un operador que busque adicionar una ruta a la lista de rutas exentas del ISP, puede hacerlo mediante la presentación de una modificación de las tasas efectivas de distribución que muestran que un operador de EE.UU. ha firmado un acuerdo de tasa de liquidación compatible con la de referencia, con un operador extranjero que posee poder de mercado en el país en el extranjero donde termina la ruta internacional de EE.UU que es objeto de la solicitud.

13 -Belice - Belize Telecommunications Ltd. Costa Rica - Instituto Costariccense de Electricidad (ICE) -El Salvador - Compañía de Telecomunicaciones de El Salvador -Guatemala - Telecomunicaciones de Guatemala (Telgua) -Honduras - Empresa Hondureña de Telecomunicaciones -Nicaragua – Enitel -Panamá - Cable & Wireless Panama S.A.

14  Los operadores internacionales de EE.UU, generalmente no corresponden directamente con operadores móviles extranjeros. Por el contrario, negocian la finalización móvil a través de un operador extranjero de telefonía fija.  Las llamadas que se originan en EE.UU y que tienen como destino redes móviles extranjeras, son generalmente enviadas a un operador fijo en el país de destino, el cual, luego transmite las llamadas a la red del operador extranjero de telefonía móvil.  El operador de la red móvil puede o no estar afiliado a la compañía fija extranjera.

15  La forma en que los pagos circulan entre operadores depende de si el país de destino sigue el régimen de pago conocido como Calling Party-Pays –El que llama paga- (CPP por sus siglas en inglés) o Receiving-party-pays -El que recibe paga- (CPP- por sus siglas en inglés).  En países que siguen el régimen del CPP, el operador de la red que llama, generalmente paga una tasa de terminación de llamadas al operador de red móvil que termina la llamada. En el caso de una llamada fija desde los Estados Unidos hacia una red móvil en un país que sigue el régimen de CPP, los cargos atribuidos a la terminación en una red móvil extranjera, por lo general, son así: el operador de la red móvil en el extranjero le cobra la tasa de terminación móvil al operador fijo en el extranjero; este operador fijo del extranjero le cobra una tasa de liquidación móvil al operador internacional de EE.UU; el operador de EE.UU, a su vez cobra un recargo a los clientes en EE.UU.

16  Por el contrario, en países con el régimen RPP, el operador de la red móvil recoge los cargos de terminación por parte del abonado móvil con algunos de los cobros recaudados de la red fija de quien realiza la llamada.

17  El reporte anual del 2008 reúne datos de servicios de telecomunicaciones entre los Estados Unidos y puntos internacionales.  Los datos son recopilados de los informes presentados ante la Comisión Federal de Comunicaciones, por parte de los operadores de EE.UU.

18  Tráfico Basado en las Instalaciones (facilities- based traffic) Se refiere a los servicios prestados mediante instalaciones de transmisión internacionales de propiedad en su totalidad o en parte del operador que presta el servicio.  Tráfico en Instalaciones de Reventa (Facilities resale traffic) Hace referencia a los servicios prestados por un operador, utilizando circuitos internacionales arrendados a otros operadores internacionales de información.

19  Tráfico Facturado en EE.UU (U.S.-billed traffic) Incluye todo el tráfico facturado por operadores de EE.UU., e incluye las llamadas que se originan en los Estados Unidos, llamadas por cobrar, o “llamadas a un números gratuitos” a los Estados Unidos, las llamadas “country-direct" y “country-beyond" del operador de EE.UU. "y el tráfico de reoriginación del operador de EE.UU.  Country-direct and country-beyond services Son las ofertas de los operadores de EE.UU que permite a los clientes en ubicaciones en el exterior, enrutar llamadas a través de las instalaciones de operadores de Estados Unidos para llegar a los EE.UU (country-direct) o cualquier punto en el mundo (country- beyond). Los servicios de “country-direct” o “country beyond” se basan en planes alternativos de facturación, como tarjetas de crédito, y le permite a los clientes en el exterior recibir el servicio por un operador de EE.UU en lugar de un operador extranjero. Note que los operadores de EE.UU o sus instalaciones pueden operar en muchos países extranjeros como operadores extranjeros.

20  Tráfico de Reoriginación (Re-origination traffic) es el tráfico de un operador extranjero que pasa por las instalaciones del operador de EE.UU y termina con otro operador en un punto en el exterior. El operador que termina el tráfico en el punto en el exterior ve al tráfico como si fuera de EE.UU. La reoriginación permite al operador extranjero que origina, aprovechar el acuerdo de tasas de distribución del operador de EE.UU, con el operador en el país de terminación. El operador de EE.UU trata el tráfico de reoriginación como un tráfico facturado en EE.UU cuando llega a un acuerdo con el operador en el país de terminación y se reporta este tráfico como facturado en Estados Unidos, para propósitos de declaración.

21  Tráfico Facturado en el Exterior (Foreign-billed traffic) es todo el tráfico facturado por un operador extranjero o un operador correspondiente e incluye la mayoría de llamadas que se originan en puntos en el exterior, así como llamadas por cobrar y números gratuitos hechas por clientes de EE.UU hacia puntos en el exterior. Las llamadas facturadas en el exterior no necesariamente se originan en el país al cual se reporta el tráfico. En algunos casos, los operadores extranjeros reoriginan el tráfico para otros operadores extranjeros. Los operadores de EE.UU pueden no saber cuáles son las llamadas que se re- originan.

22  Tráfico en Tránsito (Transiting traffic) es el tráfico de un operador extranjero que transita por las instalaciones de un operador de EE.UU y termina con otro operador en un punto en el exterior. Diferente al tráfico de reoriginación, el tráfico de tránsito es acordado con base en la tasa de liquidación entre los países reales de origen y de destino. El tráfico de tránsito es facturado por el operador extranjero que origina, y los pagos de liquidación son reportados por los operadores de EE.UU para el país en el que se factura el servicio.

23  Acuerdos Tradicionales de Liquidación (Traditional Settlement Arrangements) consiste en el tráfico establecido de conformidad con el ISP (International Settlements Policy) de la Comisión. La liquidación está basada en la tasa de distribución, que forma parte de un acuerdo de compensación negociado entre un operador de EE.UU y su corresponsal en el exterior en una ruta internacional en particular. El ISP requiere tasas de distribución no discriminatorias entre operadores de EE.UU para una ruta determinada y que el operador de EE.UU y sus corresponsales en el exterior se dividan la tasa de distribución sobre una base de 50/50. El ISP también requiere que el operador de EE.UU se comprometa a aceptar no más que su parte proporcional del ingreso del tráfico por parte del operador extranjero.

24  Acuerdos de Liquidación no Tradicionales (Non-Traditional Settlement Arrangements) Consiste en todo tráfico diferente al tráfico tradicionalmente establecido.  Actualmente, 165 rutas están exentas del ISP.

25  Ingesos facturados por el Tráfico Facturado en los Estados Unidos  - Acuerdos que se le deben a operadores extranjeros  = Ingresos retenidos operador EE.UU.  Liquidaciones del Tráfico Facturado en el Exterior adeudado por operadores extranjeros  =Rentas retenidas operador EE.UU  Tarifa del tráfico en tránsito y liquidaciones adeudados por operadores extranjeros  - Liquidaciones que se deben a operadores extranjeros  = Renta retenida operador de EE.UU  Total Renta Retenida por facturación en EE.UU  + Renta retenida de facturación en el Exterior  + Renta retenida por tránsito  = Total Renta Retenida operador EE.UU

26 Se realiza una llamada telefónica a EE.UU, desde América Central, utilizando una compañía telefónica de América Central, la compañía local cobra $100, pero tiene que pagarle a Sprint (la compañía en el exterior) $50 por utilizar sus líneas en algún punto del destino final. -¿Cuál sería la base imponible en su país? -¿Habría alguna retención de impuesto por el pago de los $50 que se hace a Sprint? -Debido a que los pagos se compensan, ¿esto afecta los impuestos en su país?

27  La agencia tributaria dice que la compañía local debe retener el 10% de los $50 que pagaron a Sprint. Esta cantidad retenida es reportada anualmente en la declaración de impuesto de renta y presentan una lista que muestra a qué operadores extranjeros le pagaron y cuánto fue retenido. Las compañías de telefonía discuten la ley que establece que hay un acuerdo internacional que los exime de la retención. La agencia tributaria dice el país firmó el acuerdo, pero nunca lo presentó al Congreso para su aprobación.  ¿Qué sucede si no existe un tratado tributario con los Estados Unidos?  Si la retención es el resultado de una auditoría, ¿Sprint tiene que deducir el 10% retenido de los $50?.

28  El Congreso aprobó nuevas reglas para esta industria en 1986 porque el tratamiento previo como fuente extranjera provocó una inflación de la limitación de crédito fiscal extranjero.

29  Reg. Sección 1.863-9(b) – Origen de los Ingresos de la Comunicación Internacional – (1) Comunicación internacional derivada de una persona de EE.UU. …la mitad de fuentes dentro de los Estados Unidos y la otra mitad de las fuentes fuera de EE.UU.  (2) Ingreso de las comunicaciones internacionales provenientes de personas extranjeras – (i) Por lo general, el ingreso por comunicaciones internacionales obtenido por una persona que no sea una persona de los Estados Unidos, es, salvo disposición contraria en el presente apartado (b) (2), en su totalidad de fuentes fuera de los Estados Unidos.

30  (ii) Ingresos de las comunicaciones Internacionales derivados de una corporación extranjera controlada…en el sentido de la sección 957 (CFC) la mitad es de fuentes dentro de los EE.UU. y la mitad de fuentes fuera de los EE.UU.  iii) Ingresos de las comunicaciones provenientes de personas extranjeras con un con un lugar fijo de negocios en los Estados Unidos. Los ingresos de las comunicaciones internacionales provenientes de una persona extranjera, que no sea una CFC, que se le atribuya una oficina o algún otro lugar fijo de negocios de la persona extranjera en los Estados Unidos, proviene de fuentes dentro de los Estados Unidos.

31  iv) Los ingresos de las comunicaciones internacionales provenientes de las comunicaciones por personas extranjeras (diferentes a una CFC, por sus siglas en inglés) que participen en una industria o negocio dentro de los Estados Unidos, son ingresos de fuentes dentro de los Estados Unidos en la medida en que dichos ingresos, basados en todos los hechos y circunstancias, son atribuibles a las funciones realizadas, recursos empleados, o los riesgos asumidos dentro de los Estados Unidos

32 THE END