Aspectos básicos de la justificación financiera en Horizonte 2020

1 Aspectos básicos de la justificación financiera en Hori...
Author: Odalys Palomarez
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1 Aspectos básicos de la justificación financiera en Horizonte 20204 de diciembre de 2013 El contenido de esta jornada se basa en la información contenida en los borradores de H2020 que están siendo utilizados por la Comisión Europea. Al no tratarse de un texto definitivo, podrían producirse variaciones entre el contenido de esta jornada y el documento finalmente aprobado.

2 Programa Gastos de personal y casos especiales; Ingresos;Gastos de viaje; Equipos; Fungible; Subcontratación; Gastos indirectos; Auditorías; Oportunidades para PYME.

3 Justificación del gasto de personal (1/5)Se puede incluir: El sueldo La cuota patronal de la Seguridad Social Cualquier otra retribución establecida en su contrato laboral o que provenga de una disposición legal. Limitación para declarar bonus Cálculo del gasto de personal en H2020: Sólo entidades sin ánimo de lucro y con el límite de € al año siempre que: Forme parte de la política habitual del beneficiario y se pague de manera consistente al realizar determinado trabajo Los criterios sean objetivos y aplicados con independencia de la fuente de financiación El beneficiario debe proporcionar evidencia de la horas dedicadas al proyecto. Uso de: Time-sheets (Partes horarios) Los requisitos mínimos del sistema de time-sheets se incluirán en el Acuerdo de Subvención Gasto de personal x Horas dedicadas Horas productivas Existen dos opciones: Considerar horas; La mayor de las siguientes cantidades: El número de horas estándar empleadas por el beneficiario; El 90% de las horas laborables (calendario laboral, convenio colectivo, etc.).

4 Justificación del gasto de personal (2/5)Casos especiales: Uso de tarifas medias Propietarios que no perciben salario o beneficiarios que son personas naturales Subcontratación in-house Personal aportado por terceros Aceptado por la CE (costes unitarios) Los beneficiarios podrán elegir entre: Tarifa establecida en el Anexo II La tarifa calculada de acuerdo con su política habitual siempre que: El método de cálculo se aplique de manera consistente, se base en criterios objetivos y con independencia de la fuente de financiación; El cálculo de la tarifa horaria se haya realizado partiendo de los importes registrados en la contabilidad del beneficiario; Las horas productivas empleadas siguen alguno de los métodos aceptados. Considerar horas; La mayor de las siguientes cantidades: El número de horas estándar empleadas por el beneficiario; El 90% de las horas laborables (calendario laboral, convenio colectivo, etc.).

5 Justificación del gasto de personal (3/5)Casos especiales: Uso de tarifas medias Propietarios que no perciben salario o beneficiarios que son personas naturales Subcontratación in-house Personal aportado por terceros Los propietarios de empresas o beneficiarios individuales podrán cargar las horas dedicadas al proyecto de acuerdo con: Las tarifas fijas que se hayan establecido en el Anexo II

6 Justificación del gasto de personal (4/5)Casos especiales: Uso de tarifas medias Propietarios que no perciben salario o beneficiarios que son personas naturales Subcontratación in-house Personal aportado por terceros Posibilidad de justificar, bajo el epígrafe de personal, el coste de personas físicas trabajando para el beneficiario con un vínculo contractual distinto al laboral. Se deberán cumplir las siguientes condiciones: Trabaja bajo las instrucciones del beneficiario; En las instalaciones del beneficiario, salvo que se pacte otra cosa; El resultado del trabajo pertenece al beneficiario; Su coste no difiere de manera significativa del personal contratado por el beneficiario, bajo contrato laboral, realizando tareas similares.

7 Justificación del gasto de personal (5/5)Casos especiales: Cuando un tercero aporte al beneficiario personal para que trabaje bajo sus instrucciones Podrá ser cargado en la categoría de personal El importe cargado en el Estado Financiero dependerá de si la cesión es: a.) Sin contraprestación: Se podrá cargar el coste para el tercero El coste tiene que estar contabilizado por el tercero b.) Con contraprestación: Se podrá cargar el coste pagado por el beneficiario En cualquiera de los dos casos habrá que revisar si representa un ingreso del proyecto Uso de tarifas medias Propietarios que no perciben salario o beneficiarios que son personas naturales Subcontratación in-house Personal aportado por terceros

8 Los ingresos en Horizonte 2020Principio de no beneficio: Tipos de ingresos del proyecto: Recursos puestos a disposición del beneficiario concedidos específicamente para ser empleados en el proyecto(contribuciones financieras o en especie); Ingresos generados por el proyecto; Ingresos procedentes de la venta de activos adquiridos con los fondos del proyecto (con el límite del importe cargado al proyecto). Contribución de la CE + Ingresos del proyecto Total gastos elegibles del proyecto

9 Gastos de Viaje Principales aspectos a tener en cuenta:Poder justificar la relación del viaje con el proyecto; Los viajes deben realizarse de acuerdo con la política habitual del beneficiario: Dietas vs justificación de gastos reales; Preferente vs turista. Disponer de la documentación necesaria para justificar el gasto: No serán aceptables gastos justificados con el extracto de la tarjeta de crédito Cuidado con las invitaciones a los miembros del consorcio: Posible problema de doble financiación. En H2020, el IVA no recuperable para el beneficiario sí será gasto financiable

10 Gastos de Equipos Coste de Adquisición % Amortización anualEl importe a justificar correspondiente a equipos se realizará utilizando la siguiente fórmula: Coste de Adquisición % Amortización anual Utilización Días/365 x x x Matizaciones: Se podrán incluir la totalidad de gastos necesarios para la correcta puesta en funcionamiento del equipo; Se podrá incluir la parte de IVA que no sea recuperable para el beneficiario; Se podrán incluir los equipos adquiridos con anterioridad al inicio del proyecto (siempre que no se encuentren totalmente amortizados).

11 Gastos de Equipos Coste de Adquisición % Amortización anualEl importe a justificar correspondiente a equipos se realizará utilizando la siguiente fórmula: Coste de Adquisición % Amortización anual Utilización Días/365 x x x Matizaciones: Se justificará normalmente con las Cuentas Anuales del beneficiario; Se debe utilizar el porcentaje habitualmente empleado para bienes similares; Cuando no existan bienes similares analizar si procede la utilización de tablas fiscales.

12 Gastos de Equipos Coste de Adquisición % Amortización anualEl importe a justificar correspondiente a equipos se realizará utilizando la siguiente fórmula: Coste de Adquisición % Amortización anual Utilización Días/365 x x x Matizaciones: Se justificará el tiempo de dedicación efectiva del equipo al proyecto. Se debe disponer de algún sistema de registro de tiempos que pueda evidenciar dicha dedicación; Es muy importante guardar documentación justificativa de dicha dedicación de cara a una auditoría de la CE.

13 Gastos de Equipos Coste de Adquisición % Amortización anualEl importe a justificar correspondiente a equipos se realizará utilizando la siguiente fórmula: Coste de Adquisición % Amortización anual Utilización Días/365 x x x Matizaciones: Se utiliza para corregir el importe de “% Amortización anual” para periodos distintos al año: Periodo igual al año: € x 10% x 100% x 365/365 = ,00 € Periodos inferiores al año (Periodo de justificación 6 meses): € x 10% x 100% x 180/365 =4.931,50 € Periodos superiores al año (Periodo de justificación 2 años): € x 10% x 100% x 730/365 = ,00 €

14 Gastos de Fungibles Principales aspectos a tener en cuenta:Poder justificar la relación directa con el proyecto; La compra debe haberse producido dentro del periodo de ejecución del proyecto; Cuidado con los cargos internos/facturas internas entre departamentos Se reduce el riesgo si las tarifas son públicas; Se elimina el riesgo si se dispone de tarifas reales del coste de los servicios. En H2020, el IVA no recuperable para el beneficiario sí será gasto financiable.

15 Gastos de SubcontrataciónPrincipales aspectos a tener en cuenta: No debe tratarse de actividades esenciales del proyecto; La adjudicación del contrato deberá realizarse a la oferta que presente mejor relación calidad-precio y siempre asegurando las condiciones de transparencia e igualdad de oportunidades: Beneficiario público: siguiendo las normas de contratación establecidas; Beneficiario privado: tiene que poder garantizar la transparencia e igualdad (al menos 3 ofertas). La subcontratación debe haber sido prevista en el Anexo II (Presupuesto estimado de la Acción); En H2020, el IVA no recuperable para el beneficiario sí será gasto financiable.

16 Los gastos indirectos Gastos directos - 25% sobre SubcontrataciónSe elimina la posibilidad de declarar gastos reales. Con carácter general únicamente se acepta: Aquellos beneficiarios que tuvieran unos gastos indirectos muy superiores deberán tratar de convertir algunos gastos indirectos en directos: mediante el cálculo de tarifas de determinados servicios (microscopía, horas de computación, simuladores, etc.). 25% sobre Gastos directos - Subcontratación Recursos de terceros en instalaciones del tercero

17 Las auditorías en H2020 Existen 3 tipos de auditoría:Auditorías sobre estados financieros: Obligatoria únicamente cuando la contribución financiera por proyecto y beneficiario supere los €. Para el cómputo de este importe no se considerarán las tarifas fijas (por ejemplo los gastos indirectos); Cuando se superen los €, una auditoría al final del proyecto. Auditorías metodológicas: Se prevé que sigan en H2020, pero hasta el momento no se tiene información de ellas. Auditorías de la Comisión Europea

18 Las auditorías de la Comisión EuropeaLa Comisión Europea se reserva el derecho de auditar los proyectos hasta 2 años después de su finalización. El proceso de una auditoría de la CE es el siguiente: La CE cuando los detecta, propone al beneficiario tres opciones: 1.- Calcular el importe real y preciso correspondiente a cada proyecto; 2.- Extrapolación del error en la categoría de costes que se ha generado; 3.- Extrapolación del error detectado sobre el total de gastos. Comunicación de la CE de la decisión de auditar Trabajo de campo Emisión del borrador del informe de auditoría Alegaciones del beneficiario Emisión del informe final Reunión final de ajustes Atención a los Ajustes sistemáticos

19 Las auditorías de la Comisión EuropeaEjemplo: A continuación se muestra los resultados de una auditoría: Importes declarados aceptados CE  Ajuste Personal ,00 ,00 ,00 Viajes 3.456,00 3.056,00 - 400,00 Equipos 7.643,00 - Consumibles 12.654,00 Subcontratación Gastos Indirectos 64.584,00 59.654,75 ,25 Total ,00 ,75 ,25 La CE ha considerado: El ajuste en gastos de viaje ha sido debido a un hecho puntual; El ajuste en gastos de personal se debe a que el beneficiario ha utilizado menos horas productivas que las empleadas por el auditor por lo que se ha considerado un error sistemático. Opción 1: “Cálculo real” 19.317,00 € ,00 € = 8,23% Opción 2: “% la partida del ajuste” El beneficiario deberá pagar a la CE el 8,23% del total de gastos declarados como personal. Opción 3: “% sobre el total” 19.317,00 € ,00 € = 5,98% El beneficiario deberá pagar a la CE el 5,98% del total de gastos declarados. El beneficiario tiene que recalcular todos los costes de personal utilizando las horas productivas consideradas en la auditoría de la CE. En concepto de gastos indirectos se deberá ajustar también el 25% de los ajustes realizados

20 Instrumento SME Personal medio < 250 personasY cumple uno de los siguientes requisitos: La facturación es inferior a 50 millones de euros; La suma de partidas de balance es inferior a 43 millones de euros Definición de PYME Las PYME podrán participar En las convocatorias “normales” b) SME Instrument (Instrumento PYME) c) Otras iniciativas: Programa EUROSTARS; Programa de competitividad de empresas y Pymes (COSME) No pertenece a H2020 pero muy relacionado con él Tres fases Fase I Fase II Fase III Doc. a aportar Plan de negocio I + Plan actividades Fase II Duración 6 meses 12-24 meses Financiación 1M-3M € Sin financiación Actividades Viabilidad del concepto, análisis del riego, búsqueda de socios Desarrollo de prototipos, diseño de productos, tests, escalado industrial Doc. generada Plan de negocio II (PN·II) Plan de negocio III (PN·III) EUROSTAR 2: Art 185 del Tratado de Funcionamiento de la UE dirigido a consorcio liderados por una “RESEARCH PERFORMING SME” para facilitar el desarrollo de nuevos productos, procesos y servicios y el acceso al mercado internacional. COSME: Presupuesto 2,3 billones de € y pretende: Facilitar el acceso a la financiación de las Pymes (2 formas: Capital riesgo y Aportando Garantías); Creación de una red de 600 organizaciones (cámaras de comercio, centros tecnológicos, etc) que informarán a las PYMEs sobre convocatorias y búsqueda de socios para participar en proyectos supranacionales; Incentivar la cultura empresarial Fortalecer la competitividad de las empresas europeas mediante la realización de estudios y análisis.

21 Esther Peiró Carlos Barriocanal Carlos Barriocanal Únete a nuestro grupo: “Aspectos Financieros Horizonte 2020” Síguenos

22 Amortización del equipoCálculo de tarifas Personal Amortización del equipo Fungible Piezas de recambio Mantenimiento Desmantelamiento COSTE TOTAL Horas productivas

23 Cálculo de tarifas COSTE TOTALLas horas productivas serán las que pueda trabajar un equipo y se podrán eliminar las horas dedicadas a: Mantenimiento; Calibración; Resolución de averías Etc Siempre que puedan ser estimadas de forma objetiva Horas productivas

24 Retribuciones variables en el 7º PMPersonal Retribuciones variables en el 7º PM Norma General: No serán aceptables salvo que la obligación por parte del empresario provenga del contrato laboral del trabajador o de la normativa nacional. Excepción: Se podrán considerar siempre que se cumplan, de manera acumulativa, las siguientes condiciones: Debe existir una normativa interna en la organización que lo regule; El esquema de bonus es de aplicación tanto a los proyectos europeos como a los no europeos; La remuneración, una vez incluido el bonus, deberá ser razonable con las condiciones de mercado; El bonus debe estar registrado en la contabilidad del beneficiario como gasto de personal y estar sujeto a los impuestos y a la seguridad social que le corresponda; El bonus únicamente debe ser pagado como parte de la remuneración bruta del investigador. El bonus cumple la totalidad de criterios de elegibilidad (Art. II.14 del AS). En especial en lo referente al criterio de economía y de coherencia con las “prácticas habituales del beneficiario”.