1 AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE VIABILIDAD DE PROYECTOS EMPRESARIALES 2011
2 INDICE /// OBJETO /// /// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS /// /// REQUISITOS ESPECÍFICOS /// /// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES /// /// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA /// /// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES /// /// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA /// /// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS /// /// CONFIDENCIALIDAD /// /// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
3 OBJETO Lan Ekintza-Bilbao, S.A. a través de este Programa de Ayudas pretende posibilitar e incentivar la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales para, de esta manera, poder proporcionar datos que permitan decidir con criterios fundados la viabilidad de la empresa a constituir. Con dicha finalidad, Lan Ekintza ofrece un servicio dirigido a las personas físicas y jurídicas emprendedoras consistente en: Asesoramiento individual para la elaboración de su plan de viabilidad. Organización de cursos de formación. Acompañamiento en la identificación de fuentes de financiación. Puesta a disposición de infraestructuras y recursos para la realización de los Planes de Negocio. Acceso a locales. Asesoramiento para la consolidación de las empresas. Con el mismo objetivo, Lan Ekintza-Bilbao complementa los servicios que ofrece con las siguientes ayudas económicas a fondo perdido: Ayudas destinadas a facilitar la realización de los estudios de viabilidad contribuyendo a sufragar los gastos derivados de la mejora de los Planes de Negocio. // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // AMPLIAR INFORMACIÓN + /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
4 OBJETO // INFORMACIÓN ADICIONAL Lan Ekintza-Bilbao, S.A. a través de este Programa de Ayudas pretende posibilitar e incentivar la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales para, de esta manera, poder proporcionar datos que permitan decidir con criterios fundados la viabilidad de la empresa a constituir. Con dicha finalidad, Lan Ekintza ofrece un servicio dirigido a las personas físicas y jurídicas emprendedoras consistente en: El asesoramiento individual para la elaboración y análisis de su plan de viabilidad. La organización de cursos de formación que contribuyan al desarrollo de la idea de negocio y el aprendizaje de técnicas de innovación y gestión empresarial. El acompañamiento en la identificación de las fuentes de financiación más adecuadas. Puesta a disposición de los/as promotores/as empresariales de las infraestructuras y recursos adecuados para la realización de los Planes de Negocio. Facilitar el acceso a locales en los centros municipales de empresas-enpresaldeak y en la incubadora empresarial, así como a otros locales gestionados por Lan Ekintza en barrios objeto de intervención. El seguimiento y asesoramiento para favorecer la consolidación de las empresas de reciente constitución. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
5 Con el mismo objetivo, Lan Ekintza-Bilbao complementa los servicios que ofrece con las siguientes ayudas económicas a fondo perdido: Ayudas destinadas a facilitar la realización de los estudios de viabilidad contribuyendo a sufragar los gastos derivados de la mejora de los Planes de Negocio. Para ello, y a través del desarrollo de este Programa de Ayudas, ofrece tanto ayudas económicas de carácter no reintegrable como asesoramiento para la elaboración del Plan de Negocio con el objetivo común de facilitar el desarrollo del estudio de viabilidad. > OBJETO // INFORMACIÓN ADICIONAL /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
6 PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS Este Programa se dirige a aquellas personas físicas y/o jurídicas que desarrollen proyectos empresariales que estén en proceso de Estudio de Viabilidad y realización del Plan de Negocio en el Área de Promoción Empresarial de Lan Ekintza-Bilbao y que su futura ubicación esté prevista en el Municipio de Bilbao. Para poder optar a estas ayudas será necesario que se hayan realizado avances significativos en la elaboración del Plan de Negocio. AMPLIAR INFORMACIÓN + /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
7 PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS // INFORMACIÓN ADICIONAL Este Programa se dirige a aquellas personas físicas y/o jurídicas que desarrollen proyectos empresariales que estén en proceso de Estudio de Viabilidad y realización del Plan de Negocio en el Área de Promoción Empresarial de Lan Ekintza-Bilbao y que su futura ubicación esté prevista en el Municipio de Bilbao. Para poder optar a estas ayudas será necesario que se hayan realizado avances significativos en la elaboración del Plan de Negocio. En el caso de personas jurídicas, las entidades se ajustarán a la definición y requisitos de microempresa, pequeña y mediana empresa descritos en el anexo I y II respectivamente. Siguiendo las indicaciones recogidas en el Reglamento (CE) 1083/2006, en su Titulo I, Capítulo IV, a través de los diferentes instrumentos de apoyo que Lan Ekintza-Bilbao dispone para las empresas y proyectos de creación de empresas, se sensibilizará en torno a las buenas prácticas relacionadas con el desarrollo sostenible y fomento de la protección y mejora del medio ambiente, así como en acciones relacionadas con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral dentro de las empresas. Asimismo se velará por la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación basada en sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, minusvalías, edad u orientación sexual. DEFINICIÓN DE PYME /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
8 DEFINICIÓN DE PYME (ANEXO I) Definición de PYME : según Anexo I, del Reglamento 800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado: Artículo 1 Empresa Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una actividad económica de forma regular. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
9 DEFINICIÓN DE PYME (ANEXO I) Artículo 2 Efectivos y límites financieros que definen las categorías de empresas 1. La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros. 2. En la categoría de las PYME, se define a una pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros. 3. En la categoría de las PYME, se define a una microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
10 REQUISITOS ESPECÍFICOS En el caso de personas jurídicas deberán cumplir estos otros requisitos: Tener su sede social en el Municipio de Bilbao; de forma excepcional, y de acuerdo con lo que consideren los servicios técnicos de Lan Ekintza-Bilbao, podrán participar en este Programa empresas con sede social en otros municipios, cuyo proyecto de desarrollo empresarial implique su ubicación en el municipio de Bilbao. Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones Públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La situación tributaria respecto del Ayuntamiento de Bilbao será comprobada de oficio por Lan Ekintza-Bilbao, S.A. Que no hayan sido excluidas del acceso a subvenciones públicas por la comisión de infracciones. Las empresas tendrán que estar constituidas y con actividad económica en el período de vigencia de las presentes Bases. No tener como actividad principal alguna de las incluidas en los grupos y/o epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en la Agrupación 81 (Instituciones Financieras). Quedan excluidas así mismo las Entes y Sociedades Públicas y/o entidades pertenecientes a las administraciones. Podrán acceder al Plan de Ayudas las empresas que hayan participado en otros Planes de ayudas de LEB siempre y cuando las cuestiones objeto de apoyo no sean idénticas o semejantes a las que motivaron el apoyo en el pasado. /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
11 Las ayudas económicas estarán destinadas a subvencionar los gastos intrínsecamente relacionados con el desarrollo y mejora del estudio de viabilidad, aprobados previamente por el personal técnico de Lan Ekintza-Bilbao conforme a las actuales Bases reguladoras. Con carácter general, estos gastos deberán ser realizados por cualquiera de las personas integrantes del equipo promotor de los proyectos o personas de la empresa que estén directamente relacionadas con el desarrollo del Plan de Negocio. AMPLIAR INFORMACIÓN + CONCEPTOS SUBVENCIONABLES // INFORMACIÓN ADICIONAL /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
12 Las ayudas económicas estarán destinadas a subvencionar los gastos intrínsecamente relacionados con el desarrollo y mejora del estudio de viabilidad, aprobados previamente por el personal técnico de Lan Ekintza-Bilbao conforme a las actuales Bases reguladoras. Con carácter general, estos gastos deberán ser realizados por cualquiera de las personas integrantes del equipo promotor de los proyectos o personas de la empresa que estén directamente relacionadas con el desarrollo del Plan de Negocio. En concreto tienen la consideración de gastos subvencionables los siguientes: a) Gastos derivados de las labores de prospección y estudios de mercado. b) Gastos en publicidad y promoción comercial, incluidas estrategias en Internet (blogs, posicionamiento, socialware, web,…) c) Gastos de formación, en áreas formativas no cubiertas por Lan Ekintza-Bilbao. d) Gastos de consultoría especializada, en áreas no cubiertas por Lan Ekintza-Bilbao. // Dossier de Ayudas Lan Ekintza 2010 CONCEPTOS SUBVENCIONABLES // INFORMACIÓN ADICIONAL > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
13 CONCEPTOS SUBVENCIONABLES // INFORMACIÓN ADICIONAL e) Gastos de asistencia a ferias específicas, viajes y visitas a empresas, ya sean potenciales clientes, competidores o proveedores, incluyéndose bajo estos conceptos los siguientes gastos: -Gastos de desplazamiento: en el caso gastos por kilometraje la subvención se establece en 20 céntimos de euro por kilómetro. -Gastos de alojamiento: base máxima de 80 €/promotor/a/noche. -Gastos de manutención: base máxima de 40 €/promotor/a/día en caso de pernocta y de 13 €/promotor/a/día en caso de no pernocta. Para admitir los gastos derivados de estos conceptos deberá justificarse documentalmente la asistencia, viajes y visitas con la presentación de las entradas, tickets, tarjetas de visita, folletos u otra documentación que sea considerada suficiente por el personal técnico de Lan Ekintza-Bilbao. En el caso de visitas a empresas que sean potenciales clientes o competidores, los gastos serán subvencionables cuando supongan desplazamientos fuera de Bilbao. > > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
14 f) Las cuotas y gastos derivados de la estancia en la incubadora de Empresas de Lan Ekintza-Bilbao g) Otros gastos necesarios directamente relacionados con el desarrollo del estudio de viabilidad, previamente valorados según el criterio técnico de Lan Ekintza-Bilbao. En el caso de personas físicas también serán objeto de subvención los tributos que graven a los propios gastos que respondan a los conceptos subvencionables. En el caso de personas jurídicas no se incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido como concepto subvencionable, salvo en los supuestos en los que el mismo no sea deducible por la empresa solicitante. CONCEPTOS SUBVENCIONABLES // INFORMACIÓN ADICIONAL > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
15 BENEFICIOS Y CUANTÍAS Prestación de servicios Los/as promotores/as recibirán asesoramiento por parte de Lan Ekintza-Bilbao para la realización de su Plan de Negocio, podrán asistir a cursos de formación que contribuyan al desarrollo de la idea de negocio y el aprendizaje de técnicas de innovación y gestión empresarial, recibir servicios de acompañamiento en la identificación y búsqueda de las fuentes de financiación más adecuadas, tendrán a su disposición las infraestructuras y recursos acorde a sus necesidades, y podrán recibir servicios de seguimiento y asesoramiento para favorecer la consolidación de las empresas. Ayudas económicas La ayuda otorgada, con carácter no reintegrable, subvencionará con carácter general el 75% del total de los gastos subvencionables. La cuantía máxima que se destinará a cada proyecto será de 1.000 euros. Ayudas Máximas En el caso de que el beneficiario sea una pyme o un comercio, con carácter general, la cantidad máxima que puede recibir en ayudas económicas directas, por cualquier concepto, de Lan Ekintza-Bilbao, S.A. se cifra en 12.000,00 euros, dentro de un período de tres años, pudiendo ampliarse hasta un límite de 30.000 €, cuando implique la generación de nuevos empleos. AMPLIAR INFORMACIÓN + /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
16 AYUDAS MÁXIMAS // INFORMACIÓN ADICIONAL En el caso de que el beneficiario sea una pyme o un comercio, con carácter general, la cantidad máxima que una pyme y/o comercio puede recibir en ayudas económicas directas, por cualquier concepto, de Lan Ekintza-Bilbao, S.A. se cifra en 12.000,00 euros, dentro de un período de tres años, pudiendo ampliarse hasta un límite de 30.000 €, cuando implique la generación de nuevos empleos. Las solicitudes que se presenten una vez superada esta cifra podrán ser desestimadas por este motivo. Con carácter particular, en el caso de la gestión por Lan Ekintza-Bilbao de programas especiales o integrales de actuación, podrán establecerse incrementos a este límite máximo, que se determinarán en las Bases de Ayudas correspondientes a dichos Programas. El otorgamiento de estas ayudas es conforme al Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006 (DOUE 379 de 28-12-2006), relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a los apoyos de minimis, o normativa que lo sustituya, actualmente la ayuda total de minimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales (100.000 en el caso de una empresa que opere en el sector del transporte por carretera). Cuando un importe global de ayuda concedido con arreglo a una medida de ayuda supere este límite máximo, dicho importe de ayuda no podrá acogerse ni siquiera para una fracción que supere el citado límite máximo. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
17 Los proyectos incentivables de las empresas que se acojan a las presentes bases no podrán recibir otras ayudas, cualesquiera que sea su naturaleza y el órgano o Administración que las conceda, que acumuladas a las derivadas de las presentes bases, sobrepasen los límites sobre acumulación de ayudas previstos en la normativa comunitaria, y en ningún caso podrán superar el coste del proyecto de inversión o gasto apoyado por las mismas, siendo directamente deducibles de las ayudas concedidas cualesquiera otorgadas por Órganos o Administraciones en los que se contemple la misma finalidad en cuanto a conceptos subvencionables, en los supuestos en que se alcancen los límites señalados. AYUDAS MÁXIMAS // INFORMACIÓN ADICIONAL > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
18 PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Las solicitudes, debidamente cumplimentadas en todos sus términos y acompañadas de la documentación preceptiva a que se refiere el apartado siguiente, se deberán presentar en el Área de Promoción Empresarial de Lan Ekintza-Bilbao, en sus oficinas de: C/ Uribitarte, 6, 1ª planta (Tfno. 94 420 53 51/ 94 420 54 02). En el caso de que la futura ubicación del proyecto esté prevista en los barrios de Bilbao La Vieja, San Francisco, Zabala y Zorrozaurre las solicitudes se presentarán en la oficina sita en la Plaza La Cantera, 5, 2ª planta (Tfno. 94 420 53 60 / 94 420 53 77) y para los supuestos en los que la futura ubicación del proyecto esté prevista en el barrio de Otxarkoaga se presentarán concertando cita previa en la Oficina Técnica de Atención sita en sita en C/ Zizeruene, s/n. (Centro de Formación Darío de Areitio, Tfno. 94 420 53 67) La presentación de solicitud por parte de los/as interesados/as implicará la aceptación del contenido de las presentes Bases. /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
19 DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA Con carácter general, para poder acceder a las ayudas contempladas en las presentes Bases y acogerse a los beneficios descritos, los/las promotores/as y las empresas deberán presentar la siguiente documentación: - Solicitud de concesión de las ayudas para la realización del Estudio de Viabilidad, que habrá sido facilitada por el Área de Promoción Empresarial. - Ficha de datos bancarios de Lan Ekintza-Bilbao, o Documento acreditativo equivalente expedido por Entidad Financiera. - Declaración, sobre otras solicitudes de financiación que haya realizado el/la solicitante o tenga intención de realizar para sufragar los costes de los conceptos considerados como subvencionables en estas Bases. Adicionalmente, con carácter general, las empresas deberán presentar una serie de documentos complementarios. AMPLIAR INFORMACIÓN + /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES /// /// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA /// /// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
20 Con carácter general, para poder acceder a las ayudas contempladas en las presentes Bases y acogerse a los beneficios descritos en el apartado tres, los/las promotores/as y las empresas deberán presentar la siguiente documentación: - Solicitud de concesión de las ayudas para la realización del Estudio de Viabilidad, que habrá sido facilitada por el Área de Promoción Empresarial. - Ficha de datos bancarios de Lan Ekintza-Bilbao, o Documento acreditativo equivalente expedido por Entidad Financiera. - Declaración, sobre otras solicitudes de financiación que haya realizado el/la solicitante o tenga intención de realizar para sufragar los costes de los conceptos considerados como subvencionables en estas Bases. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA // INFORMACIÓN ADICIONAL > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES /// /// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA /// /// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
21 Adicionalmente, con carácter general, las empresas deberán presentar la siguiente documentación: -Declaración jurada relativa al cumplimiento de los requisitos que definen a la microempresa, pequeña y mediana empresa, tal como se contempla en el anexo I de estas bases. -Certificado original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativo de encontrarse al corriente en el pago de las cuotas derivadas del Régimen General y/o del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. -Certificados originales expedidos por todas las Administraciones Públicas con las que la empresa tenga obligaciones de carácter tributario, en el que se acredite que la misma está al corriente de dichas obligaciones El/la solicitante habilita a Lan Ekintza-Bilbao, para que compruebe de oficio su situación tributaria respecto del Ayuntamiento de Bilbao. -Fotocopia de la Escritura de Constitución de la Sociedad, posteriores modificaciones y de la inscripción en el registro, en el caso de Sociedades. En el caso de las Sociedades Civiles y C.B. sin personalidad jurídica propia, se incluirá el contrato privado sellado. - Fotocopia del documento que acredite la representación que ostenta la persona solicitante, en el caso de Sociedades, así como Fotocopia del C.I.F. de la Sociedad y del D.N.I. o permiso de trabajo de las persona físicas integrantes de la empresa. > > DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA // INFORMACIÓN ADICIONAL /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES /// /// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA /// /// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
22 DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA // INFORMACIÓN ADICIONAL En el caso de que no se presente toda la documentación solicitada en los plazos estipulados en las presentes Bases, o el/la solicitante tenga una situación deudora con respecto a las entidades que figuran en este apartado sexto, Lan Ekintza-Bilbao, S.A. le/la requerirá para su subsanación, concediéndole/a un plazo máximo de 10 días para la misma; la no regularización de esta situación podrá dar lugar al archivo de la solicitud, teniéndole/a por desistida de su petición, archivándose sin más trámites el expediente, no estando obligada Lan Ekintza-Bilbao a dictar resolución expresa sobre esta solicitud. Así mismo, Lan Ekintza-Bilbao podrá solicitar la documentación adicional que considere necesaria para comprobar que el/la solicitante cumple las condiciones exigidas para tomar parte en el presente Programa de Ayudas.. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES /// /// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA /// /// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
23 VALORACIÓN DE SOLICITUDES Teniendo en consideración que los recursos económicos disponibles para el presente Programa son limitados, las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán de conformidad con su orden de entrada en Lan Ekintza-Bilbao. No obstante, este criterio se podrá alterar si el personal técnico de la Sociedad considera que existen motivos justificados para ello. Las solicitudes serán valoradas y tramitadas por el personal técnico de la Sociedad, y resueltas mediante Resolución expresa e individualizada de la Dirección de Lan Ekintza-Bilbao, que será notificada por escrito a la persona solicitante. Considerando el volumen total de ayudas a conceder con cargo a este Programa de Ayudas, el agotamiento de las cantidades consignadas será causa de denegación de nuevas ayudas. No obstante, las ayudas denegadas por este motivo se podrán imputar a los créditos presupuestarios de ejercicios posteriores. /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES /// /// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA /// /// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
24 PAGO DE LAS AYUDAS Una vez aprobada por Lan Ekintza-Bilbao la concesión de la ayuda y fijada su cuantía, el/la beneficiario/a podrá justificar sus gastos dentro de los conceptos subvencionables hasta el límite de la ayuda que se le haya concedido. La ayuda se abonará en la cuenta bancaria indicada por la persona representante del proyecto empresarial, que actuará en nombre y por cuenta del mismo. El plazo máximo para solicitar el cobro de la totalidad de la ayuda concedida será de un año desde la fecha de concesión de la misma. Pasado este tiempo se perderá el derecho a la percepción de las cantidades pendientes de cobro. AMPLIAR INFORMACIÓN + /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
25 PAGO DE LAS AYUDAS // INFORMACIÓN ADICIONAL Una vez aprobada por Lan Ekintza-Bilbao la concesión de la ayuda y fijada su cuantía, el/la beneficiario/a podrá justificar sus gastos dentro de los conceptos subvencionables hasta el límite de la ayuda que se le haya concedido. Con la Solicitud de Cobro y la documentación adjunta, se realiza la Propuesta de Aprobación del Expediente de Gasto. El/la beneficiario/a presentará la acreditación de gastos con las consiguientes facturas y justificantes del pago de las mismas y con la entrega de un informe sobre el contenido del concepto subvencionado y su implicación para el estudio del proyecto. El pago de las facturas cuyo importe supere los 600 € deberá acreditarse mediante documento bancario, ya sea éste justificante de transferencia, o de domiciliación, u otro similar. No podrá fraccionarse una factura en varias, disminuyendo así su importe, con el fin de eludir el cumplimiento de este requisito. En casos excepcionales, con la aprobación del personal técnico de Lan Ekintza-Bilbao y previa presentación de presupuestos u otra documentación análoga, se podrá realizar un adelanto a cuenta previo al gasto, realizándose el ajuste final de la ayuda en los mismos términos y en el plazo máximo de un mes desde la realización de los conceptos de gasto adelantados se deberá justificar con documentación soporte dichos gastos. Las facturas deberán ir a nombre de cualquiera de los miembros integrantes del equipo promotor o a nombre de la empresa promotora. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
26 PAGO DE LAS AYUDAS // INFORMACIÓN ADICIONAL En aquellos casos en los que el gasto realizado se haya materializado en la realización de un producto tangible – tales como informes, catálogos, dípticos,... – se deberá adjuntar un ejemplar original del mismo junto con la correspondiente factura y su justificante de pago. La tramitación de los pagos se efectuará con carácter general a partir de un importe mínimo de 450 euros de gastos subvencionables. La ayuda se abonará en la cuenta bancaria indicada por la persona representante del proyecto empresarial, que actuará en nombre y por cuenta del mismo. El plazo máximo para solicitar el cobro de la totalidad de la ayuda concedida será de un año desde la fecha de concesión de la misma. Pasado este tiempo se perderá el derecho a la percepción de las cantidades pendientes de cobro. En cualquier caso, una vez que el proyecto esté constituido como empresa (tomando como referencia la fecha de alta en el IAE), o bien aquél se haya dado de baja como proyecto, no se admitirán las facturas que se presenten, independientemente del período en el que haya tenido lugar el gasto, y, por tanto, no se procederá a realizar gastos adicionales, aunque el crédito – ayuda concedida no se encuentre agotado en su totalidad. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 //
27 VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN Las Bases del Programa de Ayudas serán de aplicación a las solicitudes que se presenten durante el año 2011, una vez aprobadas las mismas. Este plazo podrá ser ampliado por acuerdo del Consejo de Administración, en el que también se determinará la consignación presupuestaria que se dedica al plazo prorrogado. No obstante, las presentes Bases podrán seguir utilizándose una vez finalizado el período de vigencia, siempre que se decida el mantenimiento de los servicios de apoyo regulados en ellas y que la consignación presupuestaria recogida en el punto anterior no se haya agotado. En el caso de que durante la vigencia del Programa fuera preciso desarrollar alguno de los aspectos que se contemplan en el mismo, o realizar alguna adaptación que no suponga una alteración sustancial del mismo, el Consejo de Administración habilita a la Dirección de Lan Ekintza-Bilbao, S.A. para realizar dichas modificaciones, de las que se informará al Consejo en la primera reunión del mismo que tenga lugar tras la adopción de las mismas. /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
28 CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Lan Ekintza-Bilbao, S.A. destinará a las ayudas económicas de este Programa la cantidad de 150.000 euros. Dichas cantidades podrán ser ampliadas a lo largo del ejercicio por Acuerdo del Consejo de Administración de Lan Ekintza-Bilbao, S.A. En cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa comunitaria, se informa que este Programa de Ayudas es objeto de cofinanciación, en un importe del 50%, por parte del Fondo Social Europeo. Por ello, serán de aplicación las previsiones de seguimiento y control que se deriven del marco normativo del referido Fondo. Serán objeto de la adecuada información y publicidad, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (CE) N.º 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan las normas de desarrollo del Reglamento (CE) N.º 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y en concreto deberá indicar claramente la participación del Fondo Social Europeo en la Cofinanciación de las ayudas. /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA /// /// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
29 OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS Obligaciones de los/as beneficiarios/as Facilitar a Lan Ekintza-Bilbao la información que le sea requerida en el ejercicio de las funciones de fiscalización con respecto de las subvenciones recibidas con cargo a esta ayuda. Trabajar en la elaboración del Plan de Negocio y facilitar el seguimiento del desarrollo del estudio de viabilidad de los proyectos a través del Asesoramiento individualizado del Area de Promoción Empresarial. Informar puntualmente sobre cualquier alteración de las condiciones convenidas con Lan Ekintza-Bilbao. Notificar a Lan Ekintza-Bilbao la obtención de otras ayudas a las que el proyecto pueda tener acceso por motivo del desarrollo de su Plan de Negocio. Sin perjuicio de la compatibilidad de las ayudas obtenidas, únicamente serán objeto de abono los gastos no sufragados en cualquiera de las otras subvenciones que la empresa haya obtenido. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
30 OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS Incumplimiento y reintegro de ayudas La constatación de la pérdida de alguna de las condiciones que motivaron la concesión de las ayudas o del incumplimiento de alguna de las obligaciones de los beneficiarios, será causa de exclusión del Programa de Ayudas, dará lugar a la pérdida del derecho de percepción de las cantidades pendientes y facultará a Lan Ekintza-Bilbao, S.A. a reclamar el reintegro de las cantidades ya percibidas. El incumplimiento, la exclusión del proyecto, la consecuente obligación de reintegro y la pérdida del derecho a percibir ayudas pendientes, se declarará por Resolución de la Dirección de Lan Ekintza-Bilbao, S.A. Con carácter previo a dicha Resolución, los servicios técnicos de la Sociedad emitirán un informe al respecto. > /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO ////// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
31 CONFIDENCIALIDAD Lan Ekintza-Bilbao, S.A. asume el compromiso de que la información sobre los/as beneficiarios/as integrados/as en cualquiera de sus programas de actuación que sea conocida por el personal que intervenga en el mismo no será utilizada para ningún fin diferente al del propio ámbito del programa. Por ello, cuando sea necesaria la participación de asesores o consultores externos en el desarrollo de los programas, Lan Ekintza-Bilbao, S.A. recabará de aquellos un compromiso de confidencialidad en el tratamiento de la información a la que tengan acceso. /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA ////// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO /// /// CONFIDENCIALIDAD /// /// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO
32 PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, Lan Ekintza-Bilbao informa que los datos de carácter personal que se reflejen en la documentación a la que dé lugar la tramitación de las presentes Bases pasarán a formar parte de un fichero denominado “EXPEDIENTES SACE”, del que es responsable Lan Ekintza-Bilbao, con domicilio en C\ Nervión 3, 48001 – Bilbao. Este fichero tiene como finalidad la gestión del Area de Promoción Empresarial, ha sido notificado a la Agencia Española de Protección de datos y cuenta con las medidas de seguridad necesarias para garantizar la total seguridad de los datos. En cualquier caso, el/la interesado/a resulta informado/a y da su consentimiento tanto al tratamiento de sus datos para la finalidad mencionada, como a su cesión a consultoras, organismos públicos, fundaciones, asociaciones o entidades financieras, a efectos de gestión de las políticas activas de empleo, intermediación en el mercado de trabajo, así como la realización de estudios y análisis del mercado laboral. De acuerdo con el artículo 6 del Reglamento (CE) N.º 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, la aceptación de la cofinanciación del FSE por los beneficiarios implica la aceptación de su inclusión en la lista pública de beneficiarios, que se publicará de conformidad con el art. 7, apartado 2, letra d del mismo reglamento; esto es: publicación electrónica o por otro medio, de la lista de beneficiarios, los nombres de las operaciones y la cantidad de fondos públicos asignada a las operaciones. No se nombrará a los participantes en una operación del FSE. La identificación del beneficiario se realizará a través de la referencia al número de expediente correspondiente. /// OBJETO ////// PERSONAS Y ENTIDADES DESTINATARIAS ////// REQUISITOS ESPECÍFICOS ////// CONCEPTOS SUBVENCIONABLES /// /// PAGO DE LAS AYUDAS /// /// BENEFICIOS Y CUANTÍAS /// /// PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ////// DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ////// VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES ////// VIGENCIA Y DESARROLLO DEL PLAN /// /// CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA /// /// OBLIGACIONES, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO /// /// CONFIDENCIALIDAD ////// PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL /// // Ayudas para la realización de estudios de viabilidad de proyectos empresariales 2011 // DESCARGAR DOCUMENTO COMPLETO