1 Barranquilla, 2017 CORPORACION UNIVERSITARIA AMERICANA REPÚBLICA DE COLOMBIA
2 CRIMINAL: PODER : EJECUTIVO - JUDICIAL NO PUEDEN CREAR NORMAS PENALES. GARANTIA CRIMINAL - "nullum crimen sine lege» La garantía criminal como la penal aparecen ratificadas en el C.P. al...
3 COMPETENCIA. No podrá ejecutarse pena ni medida de seguridad sino en virtud de sentencia en firme dictada por el Juez o Tribunal competente, de acuerdo con las leyes procesales.
4 GARANTÍA EJECUTIVA No podrá ejecutarse pena ni medida de seguridad en otra forma que la prescrita por la ley.
5 En las sentencias absolutorias no firmes la regla general es que el acusado será puesto en libertad.
6 INEFICACIA DE LOS ACTOS PROCESALES prueba ilícita. Artículo 455. Nulidad derivada de la prueba ilícita. incompetencia del juez Artículo 456. Nulidad por incompetencia del juez. por violación a garantías Artículo 457. Nulidad por violación a garantías fundamentales. Derecho de defensa o del debido proceso.
7 Toda prueba obtenida con violación de las garantías fundamentales será nula de pleno derecho, por lo que deberá excluirse de la actuación.