1 CAPACIDAD PARA EL MONITOREO Y ADAPTACIÓN AL MARCO LEGALGRAN ALIANZA PARA EL FORTALECIMIENTO DEL TEJIDO EMPRESARIAL JUNTOS CONTRIBUIMOS CON EL DESARROLLO DEL PAÍS Para uso restringido de las entidades participantes del Convenio Marco No Todos los derechos reservados. Ninguna parte de esta presentación puede ser reproducida o utilizada en ninguna forma o por ningún medio sin permiso del Comité de Coordinación y Control.
2 ¿QUÉ ES EL MARCO LEGAL? Es el conjunto de normas que en diferentes niveles, tienen la capacidad de incidir y ser aplicables en el funcionamiento de las actividades de la empresa.
3 ¿QUÉ COMPRENDE EL MARCO LEGAL?Constitución Política Leyes expedidas por el Congreso de la República Decretos expedidos por el Gobierno Nacional (normas expedidas por órganos de regulación - inspección y vigilancia-) Normas expedidas por autoridades regionales o locales
4 ¿HAY RIESGOS QUE SE DESPRENDEN DEL DESCONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL?SÍ: SE DENOMINA RIESGO LEGAL Es la posibilidad de pérdida en que incurre una entidad al ser sancionada u obligada a indemnizar daños como resultado del incumplimiento de normas o regulaciones y obligaciones contractuales. Éste surge también como consecuencia de fallas en los contratos y transacciones, derivadas de actuaciones malintencionadas, negligencia o actos involuntarios que afectan la formalización o ejecución de contratos o transacciones.
5 ¿CUÁNDO SE PRESENTA EL RIESGO LEGAL?Cuando la organización no conoce las reglas propias de funcionamiento corporativo conforme con su forma societaria. Cuando la organización no identifica las normas aplicables a su actividad económica. Cuando la empresa no es capaz de conocer y adaptarse a nuevas normas que rigen su actividad.
6 ¿CUÁLES SON LAS FUENTES DEL RIESGO LEGAL?Las sanciones que se originan con ocasión del desconocimiento de normas que deben cumplirse y que se imponen por organismos de inspección y vigilancia. SANCIONES INDEMNIZACIONES Indemnizaciones a terceros por daños causados con ocasión del desconocimiento de normas aplicables a: i) el funcionamiento societario, o; (ii) normas aplicables a cada actividad económica en particular (v.gr. Normas de propiedad industrial). FALLAS CONTRACTUALES El desconocimiento del marco legal, puede redundar en pérdidas por pactos sin formalidades adecuadas por actuaciones malintencionadas, negligencia o actos involuntarios en los actos jurídicos celebrados.
7 ¿CÓMO CONTROLAR EL RIESGO LEGAL?Funcionamiento de la actividad económica Validación de normas aplicables Monitoreo normas aplicables Incidencia en formación de normas Capacidad de adaptación a nuevas normas
8 CONTROL DEL RIESGO LEGALFuncionamiento de la actividad económica La empresa reconoce e identifica su óptimo societario. La empresa reconoce identifica su actividad económica. La empresa identifica sus obligaciones como organización
9 CONTROL DEL RIESGO LEGALValidación de normas aplicables El empresario identifica el marco normativo general que incide en su actividad. El empresario identifica el marco normativo de su forma societaria, así como el óptimo para él El empresario identifica el marco normativo de su actividad económica
10 CONTROL DEL RIESGO LEGALMonitoreo normas aplicables El empresario monitorea el marco normativo general que incide en su actividad. El empresario monitorea el marco normativo de su forma societaria, así como el óptimo para él El empresario monitorea el marco normativo de su actividad económica
11 CONTROL DEL RIESGO LEGALIncidencia en formación de normas Capacidad de adaptación a nuevas normas Identificadas las autoridades competentes para la expedición de normas que inciden en la actividad de la organización, el empresario debe concurrir para: Participar en los mecanismos de formación normativa. Tomar la iniciativa de creación normativa. Proponer la interpretación con autoridad por parte de las entidades competentes
12 IDENTIFICACIÓN DE NORMAS QUE INCIDEN EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIALRango constitucional Normalmente tienen incidencia sobre toda actividad desarrollada y es marco normativo aplicable en todo nivel.
13 IDENTIFICACIÓN DE NORMAS QUE INCIDEN EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIALAunque se mantiene un carácter genérico, las Leyes expedidas por el Congreso pueden aplicar en algunos casos especializadamente, por lo que, conforme con su tipología se analiza su aplicación Rango legal
14 IDENTIFICACIÓN DE NORMAS QUE INCIDEN EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIALEspecifica y desarrolla las leyes expedidas sobre materias específicas. El empresario debe identificar las reglamentaciones que son atinentes a su funcionamiento y así especializar su seguimiento. Rango reglamentario
15 IDENTIFICACIÓN DE NORMAS QUE INCIDEN EN LA ACTIVIDAD EMPRESARIALRango regional y local Puede tener carácter genérico en la región determinada y deberá identificarse a efectos de establecer su aplicación.
16 ¿QUIÉN EXPIDE LAS NORMAS? CONGRESO DE LA REPÚBLICA A TRAVÉS DE LEYESEl Congreso de la República expide: Leyes marco: disposiciones generales que regulan actividades específicas, es decir, que definen los objetivos y principios sobre los cuales se desarrollan actividades tales como las políticas de crédito público, comercio exterior, cambio internacional, régimen de aduanas, la actividad financiera y de captación de recursos del público (ahorradores), así como la remuneración y las prestaciones sociales de los servidores públicos. Leyes orgánicas: Su objetivo primordial es organizar y determinar la misión y estructura de las entidades de carácter estatal. Por medio de estas leyes se establecen los reglamentos del Congreso, las normas sobre preparación, aprobación y ejecución del presupuesto de rentas, la ley de apropiaciones y el plan general de desarrollo. Así mismo, este tipo de ley establece la asignación de competencias normativas a las entidades territoriales. Leyes Estatutarias: desarrollan los textos constitucionales que reconocen y garantizan los derechos fundamentales. Así mismo, complementan las medidas para garantizar su desarrollo y estricto cumplimiento. En este rango se clasifican las normas expedidas sobre empleo, educación, salud, administración de justicia, organización y régimen de partidos políticos, instituciones y mecanismos de participación ciudadana.
17 ¿QUIÉN EXPIDE LAS NORMAS?MINISTERIOS La facultad reglamentaria del Gobierno Nacional, la ejerce a través de Ministerios que expiden decretos de competencia funcional de cada uno de sus asuntos. Los Ministerios son: Ministerio de Relaciones Exteriores. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Ministerio de Justicia Ministerio del Interior. Ministerio de Defensa Nacional Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Ministerio de Salud y de la Protección Social. Ministerio del Trabajo. Ministerio de Minas y Energía. Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio Ministerio de Tecno. De la Inf. y las Com. Ministerio de Transporte. Ministerio de Cultura
18 ¿QUIÉN EXPIDE LAS NORMAS?ÓRGANOS DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA –SUPERINTENDENCIAS- Los órganos de inspección y vigilancia ostentan facultad de regular aquellos aspectos de las normas superiores que, sin poder excederlos, requieren instrumentalización para su aplicación. Normalmente tal función se atribuye a las superintendencias que a la fecha son: Superintendencia Financiera de Colombia. Superintendencia de Sociedades. Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. Superintendencia de Industria y Comercio. Superintendencia del Subsidio Familiar. Superintendencia de Notariado y Registro. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Superintendencia de Economía Solidaria. Superintendencia de Puertos y Transporte. Superintendencia Nacional de Salud.
19 ¿QUIÉN EXPIDE LAS NORMAS?ÓRGANOS TERRITORIALES – Departamento y Municipio - Además de los órganos de índole nacional, existen órganos de carácter regional y local que tienen facultades de expedición normativa que tiene la virtud de ser aplicables a las empresas. Asambleas Departamentales: fijan directamente los sujetos activos y pasivos, los hechos y las bases gravables y tarifas de los impuestos; permiten que las autoridades fijen tarifas de las tasas y contribuciones. Concejos Municipales: mediante acuerdos, estos órganos adoptan medidas tales como planes y programas de desarrollo económico y social, expiden presupuestos, determinan nomenclaturas de vías públicas y de predios, votan gastos locales, entre otros asuntos.
20 EJEMPLOS DEL ALCANCE DEL MARCO LEGAL NORMAS DE RANGO CONSTITUCIONALDERECHOS FUNDAMENTALES: A la personalidad jurídica. A la libre asociación. A la formación de sindicatos. Al debido proceso. Prohibición de confiscación. A la libertad. Al derecho de petición. A la honra. Al trabajo. DERECHOS SOCIALES, CULTURALES Y ECONÓMICOS Propiedad privada con función social y ecológica. El Estado promoverá el acceso a la propiedad. El Estado protegerá la propiedad intelectual. Salud y seguridad social como servicios públicos. Derecho de negociación colectiva y de huelga. ACCIÓN DE TUTELA La incorpora la constitución como acción legal de protección de derechos fundamentales. Se caracteriza por: Procedimiento ágil y especial. Ser subsidiaria, es decir, que aplica solamente cuando: No hay otro medio legal de defensa. Se pretende proteger un perjuicio irremediable.
21 NORMAS DE RANGO CONSTITUCIONAL¿QUÉ COMPRENDE EL MARCO LEGAL? NORMAS DE RANGO CONSTITUCIONAL RÉGIMEN ECONÓMICO CONSTITUCIONAL El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables. Libertad de la actividad económica y de la iniciativa privada dentro de los límites del bien común, sin que se puedan exigir requisitos previos no autorizados en la Ley. Derecho a la libre competencia económica y la empresa como base del desarrollo implican obligaciones. Prohibición de establecer monopolios a menos que lo sean como arbitrios rentísticos.
22 ¿QUÉ COMPRENDE EL MARCO LEGAL? PRINCIPALES NORMAS DE CARÁCTER LEGAL
23 ¿QUÉ COMPRENDE EL MARCO LEGAL?CÓDIGO DE COMERCIO 1. Determinación de los comerciantes, sus características y obligaciones 1.1. Calificación de los comerciantes. 1.2. Deberes de los comerciantes. 1.3. Presunción de los actos de comercio 2. Actos, operaciones y empresas mercantiles 2.1. Cualificación de los actos mercantiles. 2.2. Regulación específica del registro mercantil. 2.3. Los libros de comercio. 2.4. Funciones de las cámaras de comercio. 3. Las sociedades comerciales 3.1. Qué es la sociedad. 3.2. Características del contrato de sociedad (estatutos sociales). 3.3. Constitución y prueba de las sociedades. 3.4. Aportes y utilidades sociales. 3.5. Transformación de sociedades. 3.6. Órganos de administración de las sociedades. 3.7. Disolución y liquidación de las sociedades. 3.8. Tipos de sociedades.
24 ¿QUÉ COMPRENDE EL MARCO LEGAL?LEY 256 DE 1996 1. Normas sobre competencia desleal. 1.1. Garantiza la libre y leal competencia económica. 1.2. Determina los actos constitutivos de competencia desleal. 1.3. Incorpora las acciones contra la competencia desleal.
25 ¿QUÉ COMPRENDE EL MARCO LEGAL?Decisión 486 de 2000 2. Normas sobre propiedad industrial 2.1. Patentes de invención. 2.2. Modelos de utilidad. 2.3. Trazados de circuitos integrados. 2.4. Los diseños industriales. 2.5. Régimen de marcas. 2.6. Los lemas comerciales. 2.7. Acciones por infracción de derechos. 2.8. Competencia desleal ligada a la propiedad industrial.
26 TIPOS SOCIETARIOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADASOCIEDAD ANÓNIMA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA SOCIEDAD EN COMANDITA SOCIEDAD COLECTIVA
27 SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADACOMPOSICIÓN Mínimo 2 y máximo 25 socios. De excederse el límite establecido, la sociedad cuenta con 2 meses para ajustarse mediante conversión, so pena de disolverse. RESPONSABILIDAD Limitada hasta el monto de los aportes individuales. CAPITAL Debe pagarse íntegramente al momento de constitución de la sociedad. OBJETO SOCIAL Pueden ejercer cualquier tipo de actividad, salvo la financiera y de seguros. Su máximo órgano social es la junta de socios que decide sobre: (i) cesión de cuotas y admisión o retiro de socios; (ii) aprobación de cuentas y balances presentados por los administradores; (iii) disponer reparto de utilidades; (iv) disponer sobre disolución anticipada, y; (v) ordenar acciones contra administradores. Serán representadas por administradores nombrados por la Junta de Socios quienes, salvo estipulación en contrario, tendrán amplias facultades para el desarrollo de las actividades de la sociedad. ADMINISTRACIÓN
28 SOCIEDAD ANÓNIMA COMPOSICIÓN Mínimo 5 accionistas y no tiene limitación para un máximo de accionistas. RESPONSABILIDAD Limitada hasta el monto de los aportes individuales. CAPITAL Deber acreditarse la suscripción de por lo menos el 50% del capital autorizado y pagarse no menos de la tercera parte del valor de cada acción suscrita. Anualmente al menos el 10% de las utilidades deben destinarse a la reserva legal. OBJETO SOCIAL Pueden ejercer cualquier tipo de actividad, incluidas las actividades financiera y de seguros, con el cumplimiento legal dispuesto para estas. ADMINISTRACIÓN Su máximo órgano social es la asamblea general de accionistas cuyas principales funciones son: (i) elegir y remover cuerpos de admón.; (ii) disponer reservas; (iii) fijar monto de dividendos y forma de su pago. Se requiere mayoría calificada para: (i) distribuir dividendos; (ii) emitir y colocar acciones sin sujeción a derecho de preferencia; (iii) ago de dividendos en acciones.. Deberán contar con una Junta Directiva, un representante legal y una Revisoría Fiscal.
29 SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADACOMPOSICIÓN Se constituye a través de documento privado. Puede tener mínimo un accionista y no tiene un límite máximo. RESPONSABILIDAD Se responde hasta el monto de los aportes. Si se usa para defraudar la ley o en perjuicio de terceros, accionistas y administradores partícipes de tales actos, responden solidariamente, más allá del monto de sus aportes. CAPITAL El pago del capital suscrito puede acreditarse hasta dos años después de creada la sociedad. OBJETO SOCIAL Pueden ejercer cualquier tipo de actividad lícita. A falta de estipulación en contrario, su máximo órgano social será la asamblea general de accionistas (art. 420 C.Cio.) o su único accionista. La administración estará a cargo del representante legal designado. No puede emitir valores. No declarará renta durante los dos primeros años de su funcionamiento. No es obligatoria la revisoría fiscal. ADMINISTRACIÓN
30 SOCIEDAD COMANDITARIA (SIMPLE O POR ACCIONES)COMPOSICIÓN Se constituye a través de escritura pública, con no menos de 2 accionistas o 5 siendo una sociedad en comandita por acciones y un máximo ilimitado. RESPONSABILIDAD Tienen 2 tipos de accionistas: (i) Gestores: administran y responden solidaria e ilimitadamente; (ii) Comanditarios: Responden hasta el monto de sus aportes. CAPITAL Se restringe la posibilidad de que el socio comanditario sea socio industrial. OBJETO SOCIAL Pueden ejercer cualquier tipo de actividad lícita. ADMINISTRACIÓN La administración de la sociedad se ejerce por parte de los socios colectivos o de las personas que estos designen a tal fin. No pueden administrar la sociedad los socios comanditarios. La Revisoría Fiscal es voluntaria, salvo que se tengan activos brutos superiores a smlmv o ingresos brutos superiores a smlmv. Tratándose de sociedades en comandita por acciones es obligatoria la revisoría fiscal.
31 SOCIEDAD COLECTIVA COMPOSICIÓNSe constituye a través de escritura pública, con no menos de 2 accionistas y un máximo de accionistas que no tiene límite legal. Comercial: responden solidaria e ilimitadamente sus socios: Laboral: hay solidaridad de los socios, pero solo hasta el límite de sus aportes. Tributario: Responden solidariamente a prorrata de sus aportes. RESPONSABILIDAD CAPITAL Se paga la totalidad del capital al momento de la constitución de la sociedad. Se divide en partes de interés social OBJETO SOCIAL Pueden ejercer cualquier tipo de actividad lícita, en tanto no se requiera que esta se ejerza a través de algún tipo de sociedad diferente. ADMINISTRACIÓN Corresponde a todos y cada uno de los socios, aunque se puede delegar en uno de ellos o en un tercero. La Revisoría Fiscal es voluntaria, salvo que se tengan activos brutos superiores a smlmv o ingresos brutos superiores a smlmv.