Ciclo de vida del Contribuyente

1 Ciclo de vida del ContribuyenteInicio, modificación y t...
Author: Estefania Aranda Luna
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1 Ciclo de vida del ContribuyenteInicio, modificación y termino de actividades

2 Inicio de actividades Se realizan dos grandes grupos:a) Personas Naturales b) Personas Jurídicas

3 Inicio de actividades

4 Inicio de actividades: Personas naturales¿Quienes deben dar aviso de inicio de actividades? Aquellas que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5,  42° N° 2 y 48° de la Ley de la Renta. ¿Cuáles son estas actividades?

5 Inicio de actividades: Personas naturalesAlgunas de estas actividades son / Art.20 LIR Explotacion de bienes raices (agricolas y no agricolas) Industria, comercio, mineria, explotacion de riquezas del mar y otras de extraccion Cias Aereas, de seguros, bancos, Adm. de Fondos Mutuos, Financieras y otras analogas Constructoras, periodisticas, publicitarias, de radiodifucion, television, procesamiento de datos y telecomunicaciones.

6 Inicio de actividades: Personas naturalesAlgunas de estas actividades son / Art.42 N° 2 LIR Actividades profesionales liberales: Contadores, abogados, arquitectos, agentes, etc.

7 Inicio de actividades: Personas naturales / PlazoEl plazo para presentar esta declaración de iniciación de actividades es, dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades

8 Inicio de actividades: Personas naturalesEl aviso de inicio de actividades se puede realizar: En la oficina del SII que corresponda según domicilio Vía Internet

9 Inicio de actividades: Personas naturales / RequisitosVía Internet: Tener clave secreta otorgada por el SII Ser persona natural chilena o persona natural extranjera con domicilio o residencia en Chile y que figure en las bases del SII. Ser mayor de 18 años.

10 Inicio de actividades: Personas naturales / RequisitosEn oficinas del SII Cédula Nacional de Identidad del contribuyente. Si actúa un mandatario -Cédula de Identidad del mandatario; -Poder del contribuyente al mandatario ante Notario -Original o fotocopia autorizada ante Notario de la Cédula Nacional de Identidad del contribuyente. Formulario 4415

11 Inicio de actividades: Personas naturales / RequisitosAcreditación de Domicilio: 2° Categoría: No debe acreditar domicilio 1° Categoría: Deben acreditar domicilio presentando alguno de los siguientes antecedentes:

12 Inicio de actividades: Personas naturales / RequisitosInmueble propio del contribuyente: Certificado de dominio vigente (CBR) Original del certificado de avalúo a nombre del contribuyente. Original de escritura de compra y venta. Original de la factura de compra del inmueble, emitida por la empresa constructora. Carta firmada por el representante de la empresa constructora o inmobiliaria que certifica haber vendido la propiedad a la respectiva persona y que se encuentran en proceso de perfeccionamiento los títulos definitivos.

13 Inicio de actividades: Personas naturales / RequisitosInmueble arrendado: Se debe presentar el contrato de arriendo (a nombre del contribuyente o de alguno de los socios, en el caso de personas jurídicas y otros entes). Para poder emitir documentos tributarios, el contrato deberá esta firmado ante Notario En caso de arrendamiento con opción de compra (leasing), presentar original del contrato.

14 Inicio de actividades: Personas naturales / RequisitosCaso especial: Contribuyente Microempresario Familiar Sólo deberá presentar al SII los siguientes antecedentes: Cédula de identidad Copia-contribuyente de la declaración de microempresario familiar presentada ante la Municipalidad respectiva, y Copia-SII de la declaración de microempresario familiar presentada ante la Municipalidad respectiva.

15 Inicio de actividades: Personas Jurídicas¿Quiénes deben dar aviso? Las que desarrollen una actividad comercial o profesional de las referidas en los artículos 20°, N°s 1, letras a) y b), 3, 4 y 5,  y 42° N° 2 de la Ley de la Renta.

16 Inicio de actividades: Personas Jurídicas / PlazoEl plazo para presentar la declaración de iniciación de actividades es, dentro de los dos meses siguientes a aquél en que comiencen sus actividades

17 Inicio de actividades: Personas Jurídicas / PlazoEl aviso de inicio de actividades se puede realizar: En la oficina del SII que corresponda según domicilio Vía Internet

18 Inicio de actividades: Personas Jurídicas / Requisitos- Demostrar constitución legal Acreditar a el o los Representantes Legales Al realizar el Inicio por Internet, los requisitos para quien efectúa el trámite son:

19 Inicio de actividades: Personas Jurídicas / RequisitosSer personas naturales con clave de autenticación para el SII. Ser socios o representantes de la Persona Jurídica que se inicia Para la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), el solicitante debe ser el empresario individual y representante. Deben ser mayores de edad. Deben estar vivos.

20 Inicio de actividades: Personas Jurídicas / RequisitosCédula Nacional de Identidad del representante. Si éste es extranjero, Cédula de Identidad de Extranjeros y Cédula RUT. Si actúa un mandatario: - Cédula de Identidad del mandatario; - Poder del representante al mandatario al menos autorizado ante Notario u Oficial del Registro Civil - Original o fotocopia ante Notario de la Cédula de Identidad del representante. Formulario 4415 lleno y firmado.

21 No están obligadas a solicitar RUTa) Las personas naturales chilenas.  b) Los turistas extranjeros.  c) Los diplomáticos, funcionarios internacionales acreditados ante el Gobierno de Chile, misiones oficiales o de asistencia técnica y sus familiares.  d) Los deportistas, artistas y conferencistas extranjeros.  e) Las personas que ya poseen RUT. 

22 No están obligadas a dar aviso de inicio de actividadesa) Las personas que no están obligadas a obtener RUT b) Las personas que han iniciado otra actividad económica anteriormente, sin haber dado aviso de término de giro. c) Las corporaciones e instituciones sin fines de lucro que no realizan actividades calificadas en la 1ª categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, los cuales sólo requieren inscribirse al RUT.             

23 No están obligadas a dar aviso de inicio de actividadesd) Las empresas extranjeras que sólo deseen efectuar inversiones en Chile e) Los contribuyentes que no sean sociedades anónimas o en comandita por acciones, que exploten a cualquier título vehículos motorizados destinados al transporte terrestre de pasajeros, que estén acogidos al régimen de renta Presunta

24 Creación de empresa en un díaPermite iniciar una empresa en un solo día, de manera sencilla y sin costo.  El trámite se realiza de forma electrónica, a través del portal web www.tuempresaenundia.cl  que depende del Ministerio de Economía.

25 Creación de empresa en un díaA través del nuevo registro de empresas se puede: Constituir Modificar Transformar, dividir, fusionar y Disolver personas jurídicas de forma sencilla y sin costo.

26 Creación de empresa en un díaPara ello, se debe completar un formulario electrónico con los datos de la sociedad que desea constituir y la información de los socios que la integran, quienes podrán registrar su firma a través dos modalidades:

27 Creación de empresa en un díaFirma Electrónica Avanzada (FEA): Utilizando un dispositivo electrónico llamado token (similar a un pendrive) más una contraseña, cada socio puede firmar desde su computador. Firma a través de notario: si los socios no cuentan con Firma Electrónica Avanzada (FEA), pueden dirigirse a una notaría con el “número de atención” asignado por el portal y suscribir ante un notario sus firmas en forma manuscrita. Posteriormente el notario procederá a firmar con su FEA el formulario electrónico.

28 Creación de empresa en un díaUna vez que todos los socios hayan suscrito el formulario, ya sea con FEA o ante notario se constituye la sociedad y el SII asigna un rut provisorio de forma inmediata dando también aviso de inicio de actividades al SII.

29 Creación de empresa en un díaCabe mencionar que a la fecha solo se puede constituir mediante esta modalidad las siguientes empresas: Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) Sociedad por Acciones (SpA)