1 COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE MICHOACAN A.C.
2 COMENTARIOS A LOS EFECTOS DE LA INICIATIVA DE REFORMA FISCAL CODIGO FISCAL IMPUESTO SOBRE LA RENTA IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IEPS
3 Propuesta de Reforma Fiscal 2014 Antecedentes El 5 de septiembre del año 2006, el Ejecutivo Federal envió al Congreso de la Unión una iniciativa para reformar diversas disposiciones fiscales, entre ellas el Código Fiscal de la Federación. Si bien varias de las propuestas de reformas a este ordenamiento resultaron polémicas, específicamente una de ellas generó un clima de nerviosismo y desconfianza por el alcance que podría adquirir. La adopción del principio de la “Preeminencia del Fondo sobre la Forma”.
4 Propuesta de Reforma Fiscal 2014 Artículo 5… Si la autoridad fiscal detecta prácticas u operaciones del contribuyente que formalmente no actualicen el hecho imponible establecido en una norma tributaria y carezcan de racionalidad de negocios, determinará la existencia del crédito fiscal correspondiente a la actualización del hecho imponible eludido. Se entenderá que una práctica u operación no tiene razón de negocios, cuando carezca de utilidad o beneficio económico cuantificable para el o los contribuyentes involucrados, distinta de la elusión, diferimiento o devolución del pago realizado”
5 CODIGO FISCAL FEDERAL Buzón tributario Se formalizaría la creación del buzón tributario para que la autoridad pudiera notificar electrónicamente a los contribuyentes mediante esa herramienta, en consecuencia, se harían las referencias en las demás disposiciones aplicables del CFF (art. 17-A, Adición).
6 CODIGO FISCAL FEDERAL Requerimientos por e-mail Los requerimientos en materia de devoluciones se realizarían mediante documento digital que se notificaría al contribuyente en el buzón tributario (art. 22, Reforma).
7 CODIGO FISCAL FEDERAL Fiscalización electrónica La autoridad hacendaria estaría facultada para llevar a cabo revisiones de manera electrónica, esto es, realizar todo la secuela del acto de fiscalización a través del buzón tributario emitiendo una pre liquidación (arts. 42, fracc. IX y 53-B, Adición). El SAT estaría constreñido a informar a los contribuyentes durante el desarrollo de la revisión de los hechos u omisiones detectados (art. 42, último párrafo, Adición).
8 CODIGO FISCAL FEDERAL Auditorías Durante las revisiones, la autoridad hacendaria podría llevar a cabo acuerdos conclusivos con los contribuyentes con la participación de la Procuraduría de la Defensa de los Derechos del Contribuyente (PRODECON) que podrían dar lugar a la condonación de multas por infracciones a leyes fiscales (arts. 69-C al 69-H, Adición).
9 CODIGO FISCAL FEDERAL Notificaciones Las notificaciones se realizarían electrónicamente a través del buzón tributario (art. 134, Reforma). Asimismo, en cuanto a las notificaciones personales, de no encontrar al buscado se dejaría un citatorio en el domicilio del particular para la espera al día siguiente, de no estar presente, se practicaría con quien se encuentre en el lugar o con un vecino y si éstos se negaren a recibirla, se haría por medio del buzón tributario (art. 137, Reforma).
10 CODIGO FISCAL FEDERAL Se amplia la responsabilidad solidaria de los socios o accionistas Se desconoce el monto de lo aportado como limite de la responsabilidad. Se eliminan supuestos para que aplique la responsabilidad Se calculará aplicando el % de participación del accionista por la contribución omitida
11 CODIGO FISCAL FEDERAL Domicilio Fiscal Pagos de contribuciones con tarjeta de crédito o débito. Requerimientos en materia de devoluciones por medios electrónicos Contabilidad por internet a través de sistemas informáticos
12 CODIGO FISCAL FEDERAL RESPONSABILIDAD PENAL 95-A Administrador único, presidente del consejo de administración o la persona o personas que tengan conferida la dirección general o facultades de administración o dominio. 95-B. Los profesionistas contables o jurídicos o sus auxiliares y los agentes aduanales o sus auxiliares
13 CODIGO FISCAL FEDERAL DICTAMEN FISCAL Se elimina la obligación de dictaminar a partir del ejercicio 2014 Se propone se presente información simplificada por aquellos que sean competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes. Se deroga además la relativa a presentar declaratoria tratándose de devoluciones de saldos a favor. En dictamen por enajenación de acciones se establecerá una declaración con la información.
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15 ECONOMIA INFORMAL Más de 28 millones de personas en México están en la economía informal, según el INEGI para este primer trimestre de año. Una cuarta parte de la población total de nuestro país. Aunque en términos de la PEA (población económicamente activa), dicha cifra se eleva al 59%. Dependiendo del estado, la tasa de informalidad laboral puede llegar al 80.5% (Oaxaca) o disminuir a un 39% (Chihuahua). Mientras que 15 estados superan la media nacional en dicha tasa. Oaxaca, Guerrero (79.2%) y Chiapas (78.1%), se llevan el deshonroso pódium a las entidades con la mayor tasa de informalidad laboral, también el de los estados con los mayores porcentajes de población en pobreza, según el CONEVAL. Los estados con menores tasas de informalidad laboral son Chihuahua, Nuevo León (39.7%) y Coahuila (41.3%). (http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/blogs/ceey/16175-el-pais-informal.html )
16 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Se elimina la opción de acumular en enajenaciones a plazos al cobro. (ART. 18 FRACC. III) Esto provoca que aquellas empresas que otorguen crédito en plazos mayores a 12 meses, tendrán que pagar ISR sobre los ingresos en crédito, con impacto directo a su flujo operativo.
17 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Se elimina la posibilidad de deducir reservas para fondo de pensiones o jubilaciones del personal, complementarias a las que establece la ley del IMSS y de primas de antigüedad constituidas en los términos de esta ley.(ART. 26 )
18 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Los planes de pensiones y jubilaciones complementan la insuficiente pensión provista por el Seguro Social, por lo que incentivar su establecimiento y desarrollo es vital para la estabilidad económica y social del país. El proponer eliminar la deducción de las aportaciones hechas por las compañías a los fondos de pensiones y jubilaciones, sin duda alguna desincentivará su creación y promovería la desaparición de los existentes, lo que coadyuvará al deterioro de la calidad de vida de los trabajadores en el mediano y largo plazos.
19 IMPUESTO SOBRE LA RENTA A Octubre de 2012, los fondos de pensiones ascendían a 416,483 millones de pesos, representando aproximadamente el 3% del PIB. Al no contar con el incentivo ni con reglas para su constitución y administración, estos recursos no crecerán, sino que disminuirán durante los próximos años; eliminándose una de las fuentes de generación de ahorro interno del país. Asimismo, más del 60% de estos recursos están invertidos en instrumentos del Gobierno Federal, por lo que éste no contará con esta fuente de financiamiento (Asociación mexicana de actuarios consultores)
20 IMPUESTO SOBRE LA RENTA No serán deducibles las cuotas de seguridad social del trabajador pagadas por el patrón. Esto en perjuicio de los trabajadores, ya que si un patrón venía pagando dichas cuotas al ser no deducibles lo mas probable es que deje de hacerlo.
21 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Eliminación de la posibilidad de anticipar las deducciones mediante la aplicación de la deducción inmediata. (Artículos 220 y 221 Ley del Impuesto Sobre la Renta actual). Desincentiva la reinversión en las empresas al desparecer este estímulo.
22 IMPUESTO SOBRE LA RENTA No deducibilidad de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor del 0.59 al monto de dichos pagos. (ART. 29 FRAC XXX)
23 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Considerando la estructura actual de prestaciones de un programa de compensación promedio ofrecido por las compañías a sus trabajadores, el no permitir la deducibilidad del 59% de las prestaciones producirá un incremento estimado en el costo de la nómina de al menos el 8%. Un incremento de esta magnitud traerá como consecuencia lo siguiente: a. Pérdida de competitividad del mercado laboral mexicano b. Reestructuración de la fuerza laboral. Es decir, eliminación de fuentes formales de empleo c. Incremento en el precio de los bienes y costo de los servicios reflejando la nueva estructura de costos de las compañías )
24 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Ante esta situación, las compañías pueden decidir dejar de otorgar algunas prestaciones o bien, disminuir los montos y/o los beneficios de sus esquemas de previsión social. Esto claramente iría en detrimento de la calidad de vida de los trabajadores y sus familias e incrementaría la demanda de los servicios que ofrecen la Seguridad Social y el Estado (Asociación mexicana de actuarios consultores)
25 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Las inversiones en automóviles solo serán deducibles hasta por un monto de $130,000.00 (ART. 35 FRAC II)
26 La propuesta de reforma hacendaria del presidente Enrique Peña Nieto frenará las ventas de autos nuevos en el país, dijo Guillermo Rosales, director ejecutivo de Relaciones Institucionales de la Asociación Mexicana de Distribuidores de Automotores (AMDA). Aseguró que la reducción de la deducibilidad de automóviles de 175 mil a 130 mil pesos provocará que tanto las empresas como los particulares posterguen la renovación de sus vehículos, lo que que se suma a la disminución de la deducción del arrendamiento de unidades de 250 a 200 pesos diarios. “En un entorno de desaceleración económica lo que se requiere son políticas que incentiven el mercado, no acciones fiscales que sean un freno para el mismo, como las que se incluyen en la iniciativa de reforma enviada al Congreso”, resaltó. Según el directivo, la reducción de la deducibilidad en la compra y el arrendamiento evitará que el mercado mexicano alcance en este sexenio su potencial de ventas calculado en 1.4 millones de automóviles ligeros al año, una cifra con la que se detonaría la generación de 312 mil nuevos empleos.
27 SECTOR PRIMARIO Para las empresas dedicadas a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras se incrementa del 21 % al 30% la tasa del ISR y se elimina la exención de 20 veces el salario mínimo general correspondiente al área geográfica del contribuyente, elevado al año, por cada uno de los socios o asociados.
28 SECTOR PRIMARIO No deducción de terrenos para Actividades primarias. La nueva Ley no contempla la deducibilidad del monto original de la inversión conforme lo estipulaban las disposiciones transitorias publicadas en el D.O.F para el 2002, en su fracción LXXXVI
29 SECTOR INMOBILIARIO Eliminación del estimulo fiscal consistente en la deducción de terrenos para desarrolladores de inmobiliarios ( 225 Ley del Impuesto Sobre la Renta actual). Eliminación de la posibilidad de estimar el costo en proyectos de infraestructura de largo proceso (Articulo 36 Ley del Impuesto Sobre la Renta).
30 SECTOR INMOBILIARIO Eliminación del régimen fiscal de las sociedades de inversión en infraestructura (sibras 224-A y 223 Ley del Impuesto Sobre la Renta actual). Se venía incentivando la inversión inmobiliaria sin necesidad de participar en bolsa de valores, y con esto se termina.
31 IMPUESTO SOBRE LA RENTA. En general, la aplicación de la nueva Ley planteada en la iniciativa implica una carga tributaria adicional a los contribuyentes personas físicas en virtud, principalmente, de lo siguiente:
32 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Eliminación del Régimen de Pequeños Contribuyentes. Contribuyentes Personas Físicas: Mas gastos por cumplir con mas obligaciones fiscales, menos utilidad y por consiguiente desaparición de pequeños negocios.
33 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Aumento de la Tasa de ISR máxima para PF al 32 % (Contribuyentes PF con ingresos superiores a $41´666.68 mensuales o bien superiores a $500,000 anuales.)
34 IMPUESTO SOBRE LA RENTA. El monto total de las deducciones personales se limita a la cantidad que resulte menor entre: - Dos salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del D.F. ($47,274.80) - 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo ingresos exentos.
35 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Es evidente que el gasto por estos conceptos libera al Estado de la prestación de este tipo de servicios, siendo la persona quien absorbe la mayor parte del costo. Esto ha permitido el crecimiento de prestadores de servicios que contribuyen al desarrollo económico del país.
36 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Particularmente para las personas físicas independientes, los seguros médicos y los planes personales de retiro, se han constituido como herramientas de prevención a riesgos como enfermedades y vejez. Esta práctica ha sido exitosa en países con un nivel de desarrollo económico como al que aspira México. El limitar los incentivos para que las personas realicen este tipo de gastos incrementará la demanda de estos servicios que proveen la Seguridad Social y el Estado (Asociación mexicana de actuarios consultores)
37 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Para efectos de determinar el monto deducible por intereses reales se limita el monto total de los créditos otorgados por casa habitación a 250,000 UDIS. (Pagarán IVA y con menos deducibilidad)
38 IMPUESTO SOBRE LA RENTA Tratándose de la enajenación de acciones emitidas por sociedades mexicanas, realizadas a través de bolsas de valores, se prevé la aplicación de la tasa del 10% a la ganancia obtenida. (Pérdida de ventajas competitivas) Las personas físicas que perciban dividendos del extranjero, además de acumularlos, deberán enterar el 10% del impuesto sobre el monto del dividendo.
39 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA a la enajenación y arrendamiento de casa habitación IVA a los intereses de Créditos Hipotecarios encarece la compra, renta y venta de vivienda al gravarla con IVA, porque además de que se trata de un sector sensible a la reciente desaceleración económica, estas medidas complican el acceso a la vivienda de todos los mexicanos.
40 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Sector inmobiliario insiste en afectaciones de Reforma Fiscal Tanto clientes como constructores deberán pagar más y el número de personas que podrían acceder a un crédito se reducirá en una cuarta parte.. (http://bajacalifornia.milenio.com/cdb/doc/noticias2011/cc5359a14f875579fe74bd92663898ed)
41 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA a colegiaturas “Los padres de familia que pagan enseñanza privada hacen un doble esfuerzo: procuran educación a sus hijos y al mismo tiempo pagan impuestos para financiar la educación pública. Además, vale la pena recordar que en ningún país del mundo la educación paga un impuesto al consumo", (Coparmex.)
42 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA en transporte público foráneo de personas. IVA a espectáculos público excepto Teatro y Circo. IVA a alimento de mascotas (Pequeñas especies)
43 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA en importaciones temporales en programa IMMEX, depósito fiscal automotriz, recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico, (Se prevé el establecimiento de un programa de financiamiento a las empresas maquiladoras para evitar posibles problemas de liquidez) Impacto a uno de los principales atractivos del programa, generará saldos a favor, que después la autoridad tarda hasta un año en devolver, afectando el flujo operativo de las empresas.
44 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Se propone incrementar, del 11% al 16%, la tasa del IVA aplicable en la franja fronteriza. Compiten con tasas del 8% del otro lado de la frontera.
45 IEPS Se aplicará una cuota a bebidas saborizadas con azúcares añadidas (exceptuando la leche y las bebidas preparas en restaurantes, bares y otros establecimientos similares). De manera congruente con las reformas al IVA, se gravará cuando se esté afecto al IEPS, las importaciones temporales IMMEX, depósito fiscal automotriz, recinto fiscalizado y recinto Fiscalizado estratégico.
46 IEPS Para los pequeños comerciantes un nuevo impuesto al refresco impactará de manera directa sus ventas totales en un 70%, pues este producto es su principal "gancho" de su inventario. Cuauhtémoc Rivera, presidente de la Alianza Nacional del Pequeño Comerciante (Anpec), rechazó el impuesto a las bebidas azucaradas de 1 peso por litro que propone la iniciativa de reforma hacendaria. Advirtió que este gravamen es un foco amarillo para el Gobierno, ya que la caída de la venta del refresco (40%) pondría al borde de la quiebra y obligaría a cerrar alrededor de 750 mil puntos de venta en todo el país, dejando sin trabajo a millones de familias. ( http://www.tribuna.info/index.php?option=com_content&view=article&id=500556:nac&catid=1:nacional&Itemid=126 )
47 IEPS Especial afectación para el sector cañero. En su oportunidad el diputado Víctor Serralde Martínez (PAN), presidente de la Comisión de Desarrollo Rural, aseguró que la crisis que vive el campo cañero ha provocado una caída de hasta 30% en los precios del azúcar, por lo que urgió a las autoridades competentes a atender este problema. La causa de la crítica situación es el desplazamiento que ha sufrido el consumo del azúcar frente a la Alta Fructuosa, la importación del dulce y el desplome en la exportación por altos costos, aseveró. “El sector cañero vive una caída de precios del más del 30%, a pesar de que obtuvo una cifra récord de producción que rebasó los 61 millones de toneladas”, aseguró. Serralde Martínez, sostuvo que la posibilidad de que algún productor de caña de azúcar salga con una remuneración o ganancia es mínima, y más del 25% de ellos quedarán a deber recursos económicos que les fueron prestados para iniciar el ciclo agrícola. (http://revista.diariolaverdad.com.mx/reforma-fiscal- afecta-al-campo/3443/)
48 CONCLUSIONES El primer paso para que una reforma sea exitosa es la consistencia entre el diagnóstico, el objetivo deseado y los instrumentos para lograr ese objetivo (María Amparo Casar ) El diagnóstico en materia fiscal parte de la debilidad de las finanzas públicas producto de una reducida capacidad recaudatoria. México es uno de los países que menos recauda: entre 9 y 11% como proporción del PIB.
49 CONCLUSIONES Los mecanismos que plantea la iniciativa de reforma hacendaria, es totalmente recaudatoria, incrementando cargas tributarias a los contribuyentes cautivos, “los de siempre”, sin establecer mecanismos que busquen “normalizar” a la economía informal. Una reforma justa y con sentido social, no puede sustentarse en generar recaudación sin realizar análisis profundo de los efectos en los diversos sectores económicos.
50 CONCLUSIONES La reforma termina con algunos privilegios y regímenes especiales, propone medidas débiles y tímidas para ampliar la masa de contribuyentes, no ataca frontalmente el problema de la evasión y prácticamente no toca los intereses de Las entidades Federativas que no cobran impuestos y quieren seguir dependiendo de la federación. La reforma se quedó corta en los ingresos que prevé para cubrir la promesa de un sistema de seguridad social universal y una fuerte inyección de recursos que detonen el crecimiento. Aumentar la recaudación en 1.4% el primer año hasta llegar a un incremento de 3% al final del sexenio no es una gran reforma. Mucho menos viniendo de un piso tan bajo: los ingresos tributarios de México, sin tomar en cuenta los ingresos petroleros, equivalen a alrededor del 10% del PIB. Muy preocupante el regreso a la economía deficitaria y el nivel de endeudamiento que se propone en la Ley de Ingresos.