CONTRATO DE TRABAJO TITA ARANGUIZ ZUÑIGA. PROFESORA FACULTAD DE DERECHO. UNIVERSIDAD DE CHILE.

1 CONTRATO DE TRABAJO TITA ARANGUIZ ZUÑIGA. PROFESORA FAC...
Author: Edgardo Santa Maria
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1 CONTRATO DE TRABAJO TITA ARANGUIZ ZUÑIGA. PROFESORA FACULTAD DE DERECHO. UNIVERSIDAD DE CHILE.

2 Contenido Curso sobre contrato de trabajo.Concepto Elementos del contrato de trabajo (Cláusulas): De la esencia; De la naturaleza; Accesorios Requisitos de existencia; Requisitos de validez; Formalidades; Clases de contratos de trabajo. Campo de aplicación del contrato de Trabajo. Contratos Especiales.

3 Art Código Civil: “ Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales. Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales o no produce efecto alguno, o degenera en otro contrato diferente; Son de la naturaleza de un contrato las que no siendo esenciales en él, se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial; y Son accidentales a un contrato aquellas que ni esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales.”

4 Art. 7 Código del Trabajo:“Contrato individual de trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquel a pagar por estos servicios una remuneración determinada”.

5 Elementos del Contrato de Trabajo.-Señalados en al art. 7 C. del T. Partes: empleador y trabajador. Prestación de servicios personales: trabajador. Subordinación y dependencia: órdenes del empleador. Remuneración.

6 Elementos y principios no señalados en el artElementos y principios no señalados en el art. 7 pero que les son propios a este tipo de contrato: Irrenunciabilidad: art. 5 C. del T. No discriminación: art. 2 inc. 3. Principio pro- trabajador; cumplimiento de una función social: art. 2 inc.1; Libertad de trabajo: art. 2 inc. 1

7 Art Código Civil: “Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; y a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como entre los padres y los hijos sujetos a patria potestad”.

8 Medidas de no discriminaciónTrato compatible con dignidad humana; libertad de trabajo. Actos de discriminación: distinciones, exclusiones o preferencias (raza, color, sexo,edad, estado civil, sindicación, religión; opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional u origen social; igualdad de oportunidades; igualdad de trato

9 Prohibiciones: Condicionar contratación a ausencias de obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial. Limitación facultades que se le reconoce al empleador, aquellas que atenten en contra de las garantías constitucionales. Modificaciones unilaterales

10 Estipulaciones contratoLugar y fecha del contrato; Individualización partes. (nacionalidad, fecha nac. E ingreso trabajador) Naturaleza servicios. Polifuncionalidad; Remuneración ) forma, monto y período pago) Jornada trabajo ( duración y distribución) Plazo contrato. Otros pactos. (elementos accidentales)

11 TRABAJADORES A QUIENES SE LES APLICA EL CODIGO DEL TRABAJO.Las relaciones laborales entre los empleadores y los trabajadores del sector privado; Los trabajadores que presten servicios en los oficios de notarías, archiveros o conservadores se regirán por las normas de este Código”.

12 Artículo 194 Código del Trabajo.La protección a la maternidad; los servicios de la administración pública; los servicios semifiscales, servicios de administración autónoma, Municipalidades; todos los servicios y establecimientos, de cualquier naturaleza sean públicos o privados; mujeres que trabajan a domicilio; todas las mujeres que pertenezcan a algún sistema previsional

13 NO SE LES APLICA EL CODIGO DEL TRABAJO(solo supletoriamente).Funcionarios de la Administración del Estado, centralizada y descentralizada, Funcionarios del Congreso Nacional; Funcionarios del Poder Judicial, Trabajadores de empresas o instituciones del Estado; Trabajadores de empresas o Instituciones en que el Estado tenga aportes, participación o representación ( deben tener, legalmente estatuto especial)

14 Modalidades de contrato de trabajoIndefinido; Por obra o faena determinada; A plazo fijo

15 CONTRATOS ESPECIALES. De aprendizaje; De Menores;Trabajadoras de Casa Particular; Agrícola y de temporada. Personas embarcadas y de portuarios; De artes y espectáculos.

16 BUSCAR EN LA PÁGINA www.direccióndeltrabajo.clLink código del trabajo las definiciones que no conoces. Atte. Tu profe Angélica. TITA ARANGUIZ ZUÑIGA. PROFESORA FACULTAD DE DERECHO. UNIVERSIDAD DE CHILE.