Cr. Mario E Díaz - CCEAU Cr. Mario Ortiz - AIN Cr. Mario E Díaz - CCEAU Cr. Mario Ortiz - AIN Registro de Estados Contables de Sociedades Comerciales Jornada.

1 Cr. Mario E Díaz - CCEAU Cr. Mario Ortiz - AIN Cr. Mari...
Author: Paulino Gamino
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1 Cr. Mario E Díaz - CCEAU Cr. Mario Ortiz - AIN Cr. Mario E Díaz - CCEAU Cr. Mario Ortiz - AIN Registro de Estados Contables de Sociedades Comerciales Jornada Técnica de Investigación Contable

2 Registro de Estados Contables è29.06.2000: Ley 17.243, Art. 61 – Crea Registro de Estados Contables è11.10.2000: Decreto 198/000 – Crea Comisión Asesora: è Establecer pautas e instrumentación de las mismas è 60 días para expedirse è Integrantes: AIN, MEF, CIU, CNCSU, CCEAU, LIDECO y ABU. è22.11.2000: Comienza a sesionar la Comisión è21.03.2001: Se eleva al P.E., el informe final y el proyecto de decreto è04.07.2001:Decreto 253/001 – Reglamenta el Registro è10.07.2001: Publicación en el Diario Oficial

3 Registro de Estados Contables “ Es necesario tener paciencia y rapidez al mismo tiempo, porque los dos mayores errores de una tiempo, porque los dos mayores errores de una estrategia son: actuar antes de hora o estrategia son: actuar antes de hora o dejar que la oportunidad pase de largo” dejar que la oportunidad pase de largo” “El manual del Guerrero de la Luz” Paulo Coelho

4 Antecedentes è1997 – Senador Luis E. Mallo Dentro de los 120 días del cierre de ejercicio Más de 6000 UR de activos Excluía las SAFIs Sólo consideraba sociedades que cumplieran la definición de empresa según IRIC

5 Antecedentes è 1998 – MEF – Modificación ley de sociedades comerciales Mejorar la información Facilitar el acceso a la información Mejorar adaptación a los mercados Mejorar la eficiencia del crédito Facilitar el acceso al crédito Excluía a las SAFIs Sanciones: no poder constituir o renovar garantías sobre sus bienes de uso, ni enajenar dichos bienes.

6 Registro de Estados Contables èProyecto de ley del P.E., no lo incluía èProyecto de ley sustitutivo de la Comisión de Constitución y Legislación, no lo incluía èProyecto de Senadores Laguarda, Nuñez y Rubio, introduce el registro èSupresión de”no poder constituir o renovar garantías sobre sus bienes de uso no enajenar dichos bienes (Sen.Atchugarry)

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8 REGISTRO DE ESTADOS CONTABLES 1. CREACION: Art. 97 (bis) de la Ley 16.060 de Sociedades Comerciales de 4/9/89, en la redacción dada por el Art. 61 de la Ley 17.243 de 29/6/00. 2. A CARGO DE: La Auditoría Interna de la Nación, en su carácter de Organo Estatal de Control. (Art. 1º Dec. 253/01 de 4/7/01- Dec. 335/90 de 26/7/90)

9 3. QUIENES ESTAN COMPRENDIDAS: 3.1. DEFINICION (Art.2º Decto.253/001 del 4/7/01) Cualquier sociedad comercial, sea cual sea su forma, si cumple los siguientes requisitos: activos totales que superen las 30.000 U.R. al cierre del ejercicio anual y/o ingresos operativos netos que superen las 100.000 U.R. en igual período. (Art. 2 Dec. 253/01 de 4/7/01 )

10 3.2. NO ESTAN COMPRENDIDAS: empresas unipersonales sociedades que no sean comerciales

11 SITUACIONES PARTICULARES DE SOCIEDADES COMPRENDIDAS COOPERATIVAS: (Incluidas en el Registro -Art. 515 de la Ley 16.060) Alcanza a los siguientes tipos de Cooperativas: -de producción -de consumo -de ahorro y crédito -agrarias -agroindustriales SOCIEDADES FINANCIERAS DE INVERSION: (Incluidas en el Registro -Art. 516 de la Ley 16.060) SOCIEDADES EXCEPTUADAS DE REGISTRAR ANTE LA AIN: Instituciones de Intermediación Financiera (Art. 5º del Dec. 253 de 4/7/01)

12 5. INSTITUCIONES DE INTERMEDIACION FINANCIERA LEY 15.322 Exoneradas específicamente. (Art. 5º Dec.253/01 de 4/7/01 ) Registran ante el B.C.U. -Comunicación 2000/159 del B.C.U.

13 Registro de Estados Contables èDeben superar ciertos montos en sus activos o ingresos (Art,2) èValor de UR al cierre del ejercicio èSe aplica dcto. 103/991 (Art.4) èACTIVOS TOTALES: deben superar las 30.000 UR (aprox.U$S 455.000) èINGRESOS OPERATIVOS NETOS: deben superar las 100.000 UR (aprox. U$S 1.515.000)

14 Documentación a presentar (Art.3) è una información general sobre la sociedad comercial è los Estados Contables propiamente dichos

15 Información general èNombre èRazón social èDomicilio èFecha de balance èNúmero de R.U.C. èGiro principal según CIIU

16 Estados Contables èEstado de situación patrimonial èEstado de resultados èCuadro de bienes de uso, intangibles e inversiones en inmuebles-amortizaciones èCuadro de evolución de patrimonio èEstado de origen y aplicación de fondos èNotas a los estados contables

17 Estado de Origen y Aplicación de Fondos è1990 - Pron.Nº10: EOAF como estado contable básico è1990 - Pron.Nº11:NIC 7 obligatoria desde enero 1991 è1991 – Dcto.105/991:NIC 7 obligatoria para sociedades que presenten sus estados ante A.I.N.

18 Requisitos de Estados Contables èFormulados según dcto.103/991(Art.4,lit A,inc.1) èDeterminados de acuerdo con Normas Contables Adecuadas (Art.4,lit A,inc.1) Ley 16.060 arts. 88º, inc.2 y 91º inc.1 Decretos reglamentarios 103/91, 105/91 y 200/93 En lo pertinente leyes específicas

19 Requisitos de Estados Contables èAcompañados por certificación de profesional que posea título de Contador Público o equivalente, habilitado para su ejercicio en el territorio nacional (Art.4, lit.A, inc.1) èSe aceptarán el informe de compilación, el de revisión limitada o el de auditoría (Art.4, lit.A, inc.1)

20 Normas generalmente aceptadas è1993- Dcto.240/993: forma de presentación de los estados contables. è1981 - Pronunciamiento Nº5: revisión limitada è1989 - Pronunciamiento Nº7:compilación è2000 - Pronunciamiento Nº13: NAGA è2001- Pronunciamiento Nº15: Certificaciones de Contador Público è2001- Pronunciamiento Nº 16: servicios prestados por el Contador Público con el objetivo de brindar confiabilidad a la información

21 4. REQUISITOS DE LA DOCUMENTACION A REGISTRAR Literal B) Art. 4º Dec. 253/01: Estados contables aprobados Literal C) Art. 4º Dec. 253/01: Documentación firmada Según lo disponga la Ley 16.060 para cada tipo societario.

22 6. PLAZO PARA LA REGISTRACION ANTE LA A.I.N. 180 días desde el cierre del ejercicio económico (Art. 6º del Dec. 253/01 de 4/7/01) Coincidencia de plazos de aprobación y registro, excepto las Sociedades Anónimas Abiertas.

23 7. VIGENCIA DE LA OBLIGACION DE REGISTRAR Ejercicios cerrados a partir de la publicación del Decreto: 10/7/01. 8. DISTRIBUCION DE UTILIDADES = PAGO DE DIVIDENDOS (Art. 7º Dec.253/01 de 4/7/01) Concepto en contraposición al concepto de destino de utilidades. Prohibición de distribuir utilidades sin haber registrado previamente sus Estados Contables (Inc. 3º Art. 97 (bis) Ley 16.060).

24 9. COMETIDOS DE LA A.I.N. COMO ORGANO REGISTRADOR (Art. 8º Dec. 253/01 de 4/7/01 ) 9.1.- RECEPCIÓN y REGISTRO 9.1.1.Recibir la totalidad de la documentación 9.1.2. Registrar- No implica expedirse sobre contenido o veracidad de la información 9.2.- EXPEDIR CONSTANCIA 9.3.- APLICAR SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO: 9.3.1.Apercibimiento 9.3.2. Apercibimiento con publicación 9.3.3. Multa 9.4.- PERMITIR LA CONSULTA PREVIO PAGO DE UNA TASA Tres últimos ejercicios de corresponder su registración

25 10. PRESENTACION DE LA CONSTANCIA ANTE ORGANISMOS PUBLICOS. (Art. 9º De. 253/01 de 4/7/01) 10.1.- ORGANISMOS ENCARGADOS DE EXIGIRLA -Dirección General Impositiva -Banco de Previsión Social -Dirección Nacional de Aduanas 10.2.- DECLARACION JURADA A REQUERIMIENTO DE LOS ORGANISMOS ENCARGADOS

26 11. FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO. 11.1.- REGISTRACION DE LOS ESTADOS CONTABLES 11.1.1.- Formulario Tipo - Bases de presentación uniformes. 11.1.2.- Registración sin costo. 11.2.- CONSULTA DE LA INFORMACION REGISTRADA. 11.2.1.- Directamente en el local de AIN.(*) 11.2.2.- Mediante conexión remota (*). 11.2.3.- Información disponible: Tres últimos ejercicios. (*) En ambos casos con costo.

27 La profesión y el futuro “ Si queremos mantener nuestra posición como profesionales, tenemos que acompañar a nuestros clientes en este nuevo escenario. Si no lo hacemos, otros lo harán, dejándonos consignados al basurero de la obsolescencia profesional” Juan Herrera,ex presidente de IFAC

28 MUCHAS GRACIAS Y...... HASTA PRONTO !!!!!