1 DEFENSA CONSTITUCIONAL NO ES GOLPE DE ESTADOFecha 11 de mayo 2010 Abg. Ruth M. Lafosse
2 MONTESQUIEU EN SU LIBRO EL ESPÍRITU DE LAS LEYES“..Nos ha enseñado una experiencia eterna que todo hombre investido de autoridad abusa de ella. No hay poder que no incite al abuso, a la extralimitación. !Quien lo diría: ni la virtud puede ser ilimitada!”
3 LA EXPOSICIÓN LA BASARÉ EN ESE PENSAMIENTO QUE ES EXPERIENCIA DEL ETERNO ABUSO DEL PODERHonduras no se escapa de ello. Y ha tratado de limitarlo en una extensa tradición constitucional en las 16 constituciones que el país ha tenido. Pese a los exabruptos de los gobernantes Honduras en su historia constitucional, como otros países de América siempre ha creído que la mejor forma de gobierno es la democracia, manifestado en todas las constituciones. .
4 TRADICION CONSTITUCIONALISTAEsa tradición constitucionalista se inicia en octubre de 1812 con la Constitución de Cádiz. En ella participaron diputados americanos. Otorga la ciudadanía a los indignas de las colonias españolas. Concede representación a las provincias americanas. Posteriormente Fernando VII la abolió y luego se restablece en 1820.
5 TRADICION CONSTITUCIONALISTA1824 1825 1831 1839 1848 1865 1873 1880 1894 1998 1906 1921 1924 1936 1957 1965 1982 Marcan una tradición democrática clásica de los tres poderes por mas de doscientos años, basando principios como: Al inicio de Republica Federal, lo que lo demostró, pese a que varios países de Centro América se opusieron, luego la forma republicana. Basa el poder político originado en la soberanía popular e independiente. Establecen que la religión es católica como imposición, posteriormente es abierta a otras.
6 TRADICION CONSTUCIONALISTASus normas siempre fueron inspirados en el Ser Supremo, como creador del universo El juzgamiento de los altos funcionarios públicos fue previo a declarar a lugar a formación de causa, por el legislativo, normativa reformada hoy, pues nadie goza de inmunidad. La juramentación de ser fieles a la República, Constitución y las leyes, se manifiesta en todas.
7 TRADICION CONSTUCIONALISTASe aprecian los pequeños intentos de reforma social, y en la mayoría el surgimiento al obedecimiento de las facciones en su lucha por el poder, luego de su independencia. En todas expresa normativas para asegurar, conservar y garantizar el estado de derecho, y la conducta de los funcionarios. La observancia obligatoria de la forma de gobierno, la libertad, igualdad ante la ley, seguridad, y propiedad
8 TRADICION CONSTITUCIONALISTALa elección presidencial siempre ha sido directa, con periodos de 4 años excepto de 1839 que establece 2 años, por mayoría absoluta El Derecho de la reelección se manifiesta en todas ellas, con algunas consideraciones, excepto en la de 1873. . En la Constitución de 1831 de crea un Consejo Representativo, elegido por departamento por sus pueblos, con atribuciones de velar por la conducta de los funcionarios.
9 TRADICION CONSTITUCIONALISTA.En todas expresa que el Estado es libre, soberano, independiente de toda potencia y gobierno extranjero y no será jamás patrimonio de familia ni persona.. Por primera vez se habla que el Estado es soberano, representativo y popular. Desde 1848 se establece el derecho exclusivo de gobernarse así misma y establecer sus leyes. (derecho de autodeterminación)
10 TRADICION CONSTITUCIONALISTAQue solo por medios constitucionales se asciende al Poder Supremo, TITULO IX y se rechaza todo poder viciado de origen sedicioso o violento en uso de ellos. Si lo usurpa por la fuerza popular es reo del crimen de usurpación. La Constitución de 1848, crea un Consejo de Estado, que le correspondía recibir las acusaciones de los ciudadanos a los individuos de los Altos Poderes En esta constitución empiezan ha implementarse controles para conservar el estado de derecho, y al derecho de autodeterminación
11 TRADICION CONSTITUCIONALISTACrea por primera vez el sistema bicameral, uno de los mas importantes avances para esa época. Este consejo podía acusarlos sobre: Conducta notoria contraria al bien de la sociedad, traición, venalidad, y usurpación de poder, atentar contra las garantías, impedir o violentar las elecciones. Prohíbe la elección sucesiva. ( Estas normativas son el origen del actual articulo 239 de la constitución).
12 REVOLUCION SOCIAL ORIGINADA POR UNA LABOR LEGISLATIVA DE 1957Los constituyentes expresaron sin gritos estridentes una actuación sabia y talentosa en un afán constante para los que claman justicia y equidad, resultando una constitución con alto grado social, a mi criterio una constitución socialista . La Constitución de 1957, es considerada una de las mejores constituciones para esa época y para la actual, fue una verdadera revolución social originada por la labor legislativa. Recoge las normativas de las Constituciones de 1924, 1926 sobre la intromisión de un gobierno extraño es un atentado a la soberanía. .
13 Se da una definición de nacionalidad y de ciudadanía. Alcanzo reformas sociales y económicas largamente esperadas Las principales innovaciones sociales, económicas y políticas fueron: Se da una definición de nacionalidad y de ciudadanía. Se definen preceptos específicos sobre partidos políticos, como instituciones de derecho publico. Establecía la acción publica para las ordenes superiores dictadas sin las formalidades legales( abuso de poder) Crea el Consejo Nacional de Elecciones, le otorga fuero electoral.
14 Establece el principio non bis in ídem en materia penal. Vigilancia y control de sistema bancario. La acción de inconstitucionalidad. Se prohíbe la usura. Establece el principio non bis in ídem en materia penal. El fuero laboral, el derecho de huelga, libertad sindical. La educación como derecho humano, libertad de cátedra, enseñanza especiales Se reconoce la función social de la propiedad privada
15 La intervención del estado en la economía privada por razones de orden publico y social.La justicia social como meta de la distribución de los ingresos. La rotatoria de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia. Se establece el régimen de administración de personal mas avanzado en forma gradual. ( ahora servicio civil) El voto femenino, representación de la minorías, la expropiación forzosa, la intervención reguladora del Estado en el mercado.
16 La dignidad del ser humano es inviolable.La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia como obligatoria. La prohibición de la reelección. El Periodo presidencial es de 6 años Establece controles mas específicos que han garantizado por mucho tiempo el estado de derecho, interrumpido con la constituyente de 1965.
17 Establece la prohibición de reformar : Lo referente a la soberanía. Estas normativas son congruentes con las normativas internacionales Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Civiles. Establece que la falta absoluta del Presidente y la de los 3 designados, el Poder Ejecutivo será ejercido por el Consejo de Ministros. Con la obligación de convocar a elecciones presidenciales dentro de los 15 días siguientes. Establece la prohibición de reformar : Lo referente a la soberanía. La alternabilidad en el ejercicio de la presidencia. El periodo presidencial ( 6 años) Es una norma de mandato al referirse será ejercido
18 Establece sanciones constitucionales por violación a norma irreformables, sin intervención de los otros poderes, al establecer sanciones constitucionales. Cesación inmediata en el desempeño de su cargo. La inhabilitación por 10 años para el ejercicio de toda función publica. Si ocurriere los otros poderes del Estado están en la obligación de tomar medidas inmediatas para el cumplimiento de la Constitución. La Constitución de 1965, no tuvo mayores cambios
19 PERIODO PRESIDENCIAL DE ZELAYA Y SU CULMINACIONSE INICIA CON LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS DE 1982. Con muchas normativas de mas de 200 años de existir, como normas básicas para la conservación de la democracia, no fue hasta que en el 2009 que Zelaya quiso alterarlas.
20 PARTIDOS INTEGRANTES DEL CONGRESO NACIONALPartido Liberal Partido Unificación Democrática PODER LEGISLATIVO Partido Nacional Partido Innovación y Unidad Los partidos mayoritarios siempre están representados, aun cuando sus votos no son suficientes para conservar la representación en el Congreso, al estar contemplado el residuo electoral que esta desde mas de cincuenta años. Partido Democracia Cristiana
21 INSTITUCIONALIDAD DEMOCRATICA9 de Marzo 2009 Fiscal General Luis Alberto Rubí 16 de Enero 2006 Procuraduría General Rosa América Miranda 12 de Marzo 2008 Comisionado Nacional Ramón Custodio 14 de Mayo 2009 Magistrado Saúl Escobar Magistrado Enrique Ortéz Magistrado David Matamoros 7 de Diciembre 2002 Magistrado Renán Sagastume Magistrado Ricardo Galo Magistrado Fernando Montes Corte Suprema de Justicia de enero 2009
22 PROMESA DE LEY DE MANUEL ZELAYA 27 DE ENERO 2006Articulo 205 “ corresponde al Congreso Nacional las atribuciones siguientes:…… ….No 12 Recibir la promesa constitucional al Presidente y Designados a la Presidencia de la Republica, declararlos electos y a los demás funcionarios que elija………..” Esta promesa de ley tiene la existencia de mas de doscientos años de democracia hondureña, esta contemplada en todas sus constituciones, .
23 PLANTEA LA CUARTA URNA AQUÍ INICIA LA EROSION DE LA DEMOCRACIAEL 22 de noviembre 2008 Plantea realizar un plebiscito junto a las elecciones generales del 2009, para instalar “una cuarta urna” además de las urnas tradicionales. Públicamente Zelaya: “De ganar el si el gobierno que se va instalar el 27 de enero del 2010” le correspondería la convocatoria.
24 ELECCION DE CORTE SUPREMA DE JUSTICIAEn el mes de enero del 2009 El Congreso Nacional elige La nueva Corte Suprema de Justicia con una oposición Frontal de parte del Presidente Zelaya para romper el proceso de selección . Se considera un acto de alteración a la democracia, de acuerdo a las normativas internacionales.
25 ELECCION DEL FISCAL GENERAL Y FISCAL ADJUNTO8 de febrero El ocho de febrero del 2009 fue elegido por el Congreso Nacional el Fiscal General y el Fiscal Adjunto.
26 Decreto no publicado en la Gaceta.VIOLENTA LA INTEGRIDAD DEL PODER LEGISLATIVO , CON ABUSO DE PODERES CONSTITUCIONALES EL 23 DE MARZO DE 2009 Emite un Decreto Ejecutivo No PCM , firmado por el Consejo de Ministros para una consulta popular: . “¿Esta usted de acuerdo en que las elecciones generales de noviembre del 2009 se instale una cuarta urna para decidir sobre la convocatoria a una Asamblea nacional Constituyente que apruebe una nueva Constitución Política?” Decreto no publicado en la Gaceta.
27 FISCALIA SE PRONUNCIA SOBRE LOS ACTOS DEL PRESIDENTE25 de marzo Ministerio Publico, primer pronunciamiento. La fiscalía denuncia públicamente la ilegalidad de dicho decreto, violenta el art. 374 de la Constitución (arts pétreos) 8 de mayo 2009 La Fiscalía inicia un proceso para la nulidad de dicho Decreto ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
28 PROCURADURIA SE ALLANA A LA DEMANDA NULIDAD DE LA CONSULTA20 de mayo La Procuradora General de la Republica se adhiere a la demanda.
29 APRUEBAN MECANISMOS DE CONSULTAEL 24 DE MAYO Congreso aprueba mecanismos de consulta plebiscito y referéndum. El PRESIDENTE DIJO PUBLICAMENTE QUE LA CONSULTA ERA CONSTITUCIONAL APARECIENDO CON EL GENERAL ROMEO “ ahora tienen que capturar al General”
30 ZELAYA EMITE OTRO DECRETO VUELVE A VIOLENTAR LA INTEGRIDAD DEL CONGRESO26 de mayo 2009 Zelaya ante la situación emite otro decreto Ejecutivo PCM que deroga el anterior y Decreto PCM le da un nuevo nombre: “Encuesta nacional de opinión Publica ”. Siempre sobre el mismo tema. El PRESIDENTE DIJO PUBLICAMENTE QUE LA CONSULTA ERA CONSTITUCIONAL APARECIENDO CON EL GENERAL ROMEO “ ahora tienen que capturar al General”
31 PRONUNCIAMIENTO DE LA IGLESIA EVANGELICA
32 FALLAN SUSPENDIENDO LA CONSULTA Y LA ACLARAN LOS TRIBUNALES LA FISCALIA DEBIO INTERPONER EL REQUERIMIEMTO Y SOLICITAR ORDEN DE CAPTURA 27 de mayo El Tribunal Contencioso Administrativo ordena la suspensión de la consulta. El 28 de mayo el Tribunal Contencioso Administrativo amplia la sentencia: “.cualquier acto que implique consultar sobre la convocatoria a una asamblea constituyente……proceso de consulta o pregunta con el fin de evitar desobedecer esta sentencia”. Pese a ese fallo Zelaya emite otro Decreto ejecutivo el 29 de mayo No-027 del 2009. OEA 1 OEA 2
33 CONVOCATORIA DE ELECCIONES28 de mayo El Tribunal Nacional de Elecciones convoca a elecciones para el 29 de noviembre de ese año.
34 ZELAYA EMITE UN NUEVO ACUERDO VUELVE A VIOLENTAR LA INTEGRIDAD DEL CONGRESO Y DEL ESTADO DE DERECHOEl 29 de mayo emite un Acuerdo No , que entraría en vigor ese mismo día, y ordenaba nuevamente a las fuerzas Armadas para que apoyara al INE. Utiliza de su poder para reformar la Constitución de forma inconstitucional 29 de mayo
35 PORQUE VIOLENTA LA INTEGRIDAD DEL CONGRESO Y DEL ESTADO DE DERECHO?La reforma de la Constitución esta sujeta a lo siguiente: Dos tercios de los votos del Congreso para la reforma. Dos periodos constitucionales para la reforma. Clausula de artículos pétreos. Prohibición de referéndum para reforma de artículos pétreos. La reforma no se hace a través de una Asamblea Constituyente.
36 PORQUE VIOLENTA LA INTEGRIDAD DEL CONGRESO Y DEL ESTADO DE DERECHO?El 26 de Junio el Embajador de Honduras en la OEA dijo: “…de ser exitosa la cuarta urna…” una Asamblea Constituyente elaboraría una nueva Constitución. Y señalo que “..no reformaría la Constitución actual sino que “ elaboraría una nueva Constitución…”
37 PRONUNCIAMIENTO DE ALIANZA POR LA DEMOCRACIA
38 PRONUNCIAMIENTO DE LA CAMARA DE COMERCIO
39 QUE SE ABSTENGA DE REALIZAR ACTOS SOBRE LA CONSULTA VUELVE A VIOLENTAR LA INEGRIDAD JUDICIAL
40 PRONUNCIAMIENTO DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL
41 ORDEN DE ACATO A LA SENTENCIA19 DE JUNIO 3 de junio La corte emitió la primera comunicación judicial solicitando al Presidente que acatase la sentencia del Juzgado. 19 de Junio Se emite una segunda comunicación judicial, al Ministro de la Presidencia , solicitando que se abstuviera de realizar cualquier tipo de consulta publica que podría violar la sentencia del 27 y 29 de mayo.
42 TERCERA COMUNICACION Una tercera comunicación ese mismo día para el Presidente concediendo 5 días para que informara que medidas había tomado para acatar la sentencia del Tribunal. Jamás recibió respuesta.
43 DESACATO A LAS ORDENES JUDICIALES VIOLENTA LA INTEGRIDAD PODER JUDICIALIrrumpe la Fuerza Aérea, y retira el material electoral de la cuarta urna
44 LA EROSION DE LA DEMOCRACIA DE HONDURAS SE INICIA EL 22 DE NOVIEMBRE DEL 2008La erosión fue gradual, sostenida, y de forma sistemática al final. La OEA debió aplicar el articulo 17, 18 de la Carta Democrática, porque la erosión de la democracia cae como un rompimiento de la democracia. De acuerdo a normas internacionales
45 CONGRESO EXPRESA PROFUNDA INDIGNACION OEA Y SOLICTA SU RETIRO19 de junio ALTERACION DE LA DEMOCRACIA POR ACTOS DE LA OEA La OEA notifica al Ejecutivo y al Congreso que participara en la encuesta del 28 de junio con una “Misión de Acompañamiento” . El Congreso solicito el retiro inmediato de la “Misión de Acompañamiento” Figura que no esta regulada dentro de la Carta Democrática. La OEA acompaña a Zelaya en una actividad prohibida. La Misión de observación electoral esta regulada en el Art 24 de la Carta Democrática. Carlos Sosa Coello decía que esa misión va a ver y que luego regresa y cuenta” Raul Alconda en conferencia de presa dijo que “nosotros solo estamos acompañando a un acto político, una evidente intervención en todo caso en los asuntos internos del país, otro acto de erosión a la democracia de Honduras por parte de la OEA. Pablo Gutiérrez es como cuando hacen una invitación a una fiesta” pero nosotros no estamos avalando esta encuesta.
46 SEPARACION DE GENERAL VASQUEZ24 de junio Destituye al General Romero Vásquez por su negativa de cumplir la orden en vista de las sentencias, emitidas por los tribunales.
47 LA COMISION DE INVESTIGACION DEL CONGRESO25 de junio La Comisión nombrada por Congreso señala: “Que la Conducta del Presidente hace peligrosa la fidelidad a la Republica, poniendo en precario el Estado de Derecho, la gobernabilidad y el Estado Democrático.
48 INTERPONE RECURSO AMPARO EL GENERAL ROMEO VASQUEZ25 de junio El General Romero Interpuso recurso basado “grave e eminente violación de sus derechos fundaméntales” ese mismo día la Corte declara “suspensión provisional” del acto. LA OEA TENIA CONCIENCIA EXACTA DE LO QUE ESTABA SUCEDIENDO Y PLENO CONOCIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL 27 Y 29 DE MAYO DEL TRIBUNAL DE LA ACCION DEL GENERAL Y DEL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTIICIA
49 TSE DECLARA ILEGAL LA CUARTA URNA
50 TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL COMISO DE LAS URNAS
51 SE SOLICITA ORDEN DE CAPTURA PERO ESTA DEBIO HABER SIDO LUEGO DE LA SENTENCIA Y NO UN MES DESPUESEl mismo 26 de Junio Se solicita ante la Corte la orden de captura , por los delitos: Actos contra la forma de gobierno. Traición a la patria, abuso de autoridad, y usurpación de funciones. Se emite la orden de arresto y allanamiento , el 28 de junio Zelaya fue arrestado, posteriormente expulsado del país. El retraso de las acciones de la Fiscalía y del Poder Judicial provoco que Zelaya siguiera violentando por un mes mas sistemáticamente el Estado de Derecho .
52 COHEP SE PRONUCIA
53 PRONUNCIAMIENTO DE LA ANDI
54 REITERADAS PROTESTAS POR LOS ACTOS DE ZELAYA Y DE LA OEA
55 REITERADAS PROTESTAS POR LOS ACTOS DE ZELAYA Y DE LA OEA
56 COMO CULMINA EL PERIODO ZELAYA ANTES DE SU VENCIMIENTO DE ACUERDO A LA CONSTITUCION NORMATIVAS QUE DATAN DESDE 162 AÑOS EXISTEN DOS FORMAS: A).-Por asuntos personales del Presidente B).-Por actuaciones constitutivas de delito Muerte, sentencia condenatoria, incapacidad absoluta, enfermedad grave
57 LA FALTA ABSOLUTA DEL PRESIDENTE POR ASUNTOS PERSONALESPor renuncia: Articulo 205 No 12 “…..atribuciones del poder legislativo llenar las vacantes en caso de falta absoluta de alguno de ellos” Existen dos opciones: Sino le acepta la renuncia tendría que seguir ejerciendo el cargo de Presidente. Si persiste y por ello se ausenta sin saber su paradero el Congreso tendría que llenar la vacante. Si el Congreso no la acepta tendrá que seguir ejerciendo su cargo, todas estas circunstancias como se observa dependen de la persona del presidente o de circunstancias meramente personales, no externas.
58 LA FALTA ABSOLUTA DEL PRESIDENTE POR ASUNTOS PERSONALESNo señala otras formas de ausencia absoluta, en vista que se encuentran determinadas en nuestra normativa interna, por causa de muerte incapacidad y otros. Si el Congreso no la acepta tendrá que seguir ejerciendo su cargo, todas estas circunstancias como se observa dependen de la persona del presidente o de circunstancias meramente personales, no externas.
59 FALTA ABSOLUTA POR ACTOS DELICTIVOS EXISTEN DOS FORMASA.-Falta absoluta por sanciones POLITICAS de origen constitucional. B).- falta absoluta por sanciones PENALES de origen judicial.
60 SANCIONES POLITICAS DE ORIGEN CONSTITUCIONAL POR EL UNICO DELITO POLITICO.- ART. 239Vulnerar la alternabilidad del cargo de Presidente: a) Cesación inmediata en el desempeño de su respectivos cargos, b) Inhabilitación por diez años para el ejercicio de toda función publica. La aplicación de la sanción es inmediata, sin intervención judicial. Obs. Insulza convoco de inmediato al Consejo Permanente, no necesito de procedimiento alguno.- Art. 20 de la Carta. . Insulza convoco de inmediato al Consejo Permanente de la OEA, y fue de inmediato, no fue previo algún procedimiento especial, Art 20 de la carta. Art 18
61 SANCIONES PENALES DE ORIGEN JUDICIAL POR OTROS DELITOSArt. 313 No 12 C.P Sobre otros delitos la Corte conoce de los procesos incoados a los altos funcionarios incluyendo al Presidente.( si ostenta el cargo de Presidente). Art La Corte Suprema de Justicia conocerá del requerimiento, acusación o querella que promueva la autoridad competente o la víctima en su caso….. “ Existen pues dos formas en que el presidente puede caer en una falta absoluta las de origen personal que no caen en actos delictivos Y la falta absoluta por sanciones constitucionales por el delito político de vulnerar o pretender vulnerar la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia. Y la falta absoluta por otros delitos políticos sancionados judicialmente como la sedición, traición a la patria, usurpación de funciones, atentar contra la forma de gobierno
62 SEÑALA DELITOS Y SANCIONES ESTABLECIODS EN LEY SECUNDARIALa norma no permite que mediante proceso judicial penal sea establecida la pena. La constitución persigue pues, que nadie utilizando el poder pueda perpetuarse en el abusando del poder mismo, pues en sus manos tiene el poder de la fuerza armada y de la policía, quien contra el para recuperar el mismo. Esta norma es concordante con el Art 3 de la Carta Democrática, “ el ejercicio del poder con sujeción al Estado de Derecho”
63 INHABILITACION JUDICIAL POR PRETENDER REFORMAR OTRAS NORMATIVAS COSNTITUCIONALESArticulo 374 No podrán reformarse , en ningún caso el articulo anterior, el presente articulo, los artículos constitucionales que se refiera a: A la forma de gobierno. Al territorio nacional. Al periodo presidencial. A la prohibición para ser nuevamente Presidente de la Republica, El ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier titulo y el referente a quienes no pueden se presidentes de la Republica por el periodo subsiguiente.
64 FALTA ABSOLUTA POR INHABILITACION JUDICIALDelitos por los que la Corte puede aplicar la pena de inhabilitación Por eso el Fiscal hizo requerimientos por esos delitos y solicito ordenes de captura y allanamiento. En sus acusaciones no menciona el delito de vulnerar la alternabilidad presidencial obligatoria, porque su sanción ya esta determinada en la Constitución. Nótese que el delito, lo señala el Código Penal y la pena la establece el Poder Judicial
65 FALTA ABSOLUTA DEL PRESIDENTEA1. Renuncia Aceptada A2. Ausencia absoluta por renuncia no aceptada A. Por Asuntos personales A3. Muerte A4. Incapacidad A5. Enfermedad Grave, otros - Cesación inmediata - Inhabilitación por 10 años B1. Vulnerar la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia Sanción política Constitucional B. Por actos constitutivos de delito B2. Sedición B3. Traición a la patria Sanción Penal Judicial B4. Usurpación de Funciones Inhabilitación Judicial B5. Forma de Gobierno B6. Abuso de autoridad
66 COMO SE CUBRE LA FALTA ABSOLUTA DEL TITULAR DEL PODER EJECUTIVOTITULAR DE PODER LEGISLATIVO TITULAR DE PODER JUDICIAL PODER LEGISLATIVO PODER JUDICIAL TITULAR DE PODER EJECUTIVO PODER EJECUTIVO
67 DEL PORQUE DEL ORIGEN DE ESAS SANCIONES CONSTITUCIONLESEs el único delito político sancionado por la Constitución misma, su origen es eminentemente político jurídico, su trascendencia es política, con una existencia de 162 años. El espíritu es sancionar políticamente, únicamente para el delito que se refiere al quebrantamiento de la norma que establece la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia, que es obligatoria. Pensaron que debía constituirse una normativa jurídica y de poder político, capaz de frenar de forma inmediata del que quiera asaltar el poder dentro del poder mismo.
68 DEL PORQUE DEL ORIGEN DE ESAS SANCIONES CONTITUCIONALESNorma jurídico política señalada es capaz de mantener la estructura Estado, con el menos daño posible al estado de derecho constituido. Esa norma jurídico política la he denominado : EL DERECHO DE LEGITIMA DEFENSA CONSTITUCIONAL Puesto que el Poder Constituyente es la voluntad que crea la forma de gobierno, cuyo limite era sin lugar a dudas no poner a las personas que ocuparían esos cargos en función de los poderes creados. Es la cesación inmediata de una actividad prohibida. Si el Congreso no la acepta tendrá que seguir ejerciendo su cargo
69 PORQUE DEL ORIGEN DE ESAS SANCIONES CONSTITUCIONALESDentro de ese pensamiento crearon un blindaje en defensa de ese marco jurídico, que por tener trascendencia política podía ser vulnerada desde el poder mismo. Es la manifestación pura del poder político dentro de una norma jurídica. Los constituyentes al momento de crear el Estado de derecho y formar los poderes del Estado no dejó en ninguno de ellos la facultad de sancionar al titular del Ejecutivo. Es un juicio político que se limita a deponer de su empleo al Presidente. El art 23 de la Constitución de lo disponía de esa forma El constitucionalista ilustre argentino Carlos Sánchez Viamonte habla mucho del poder constituyente y nuestro intelectual hondureño Dr Julián Lopez Pineda.
70 ¿QUE MOTIVO ESTABLECER ESE DERECHO DE DEFENSA A LA DEMOCRACIA ?Una norma constitucional de este tipo, por su trascendía política , podía ser presa fácil de los políticos, y facilitar el asalto del Estado de derecho, y por ende vulnerar la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia, dentro del poder mismo, por ende alterar la democracia. Que haría, o como lo impediría, si encontrare infraganti a una persona abusando de su hija o de su esposa, o de su familia, sin lugar a dudas su actuación sería inmediata para protegerlas, jamás permitiría que frente a sus ojos las ultrajaran, y utilizaría su propia fuerza física inclusive para impedirla. Si la OEA sabia de todo lo que estaba ocurriendo con Zelaya porque no lo informo?, porque no señalo los elementos que se consideran para calificar un golpe de estado en el derecho internacional, porque no informo de la erosión democrática por parte de Zelaya y que el mismo apoyaba su proyecto político?, porque no explico los abusos de sus poderes constitucionales por parte de Zelaya, para buscar la reforma constitucional referente a los artículos petreos , Art 373, que establece la forma de llevar a cabo reformas constitucionales y de lso articulos petreos?, actuaria conforme a la carta democratica de la OEA? En muchas de sus intervenciones señalo que debia seguir con su proceso constitucionalista cuando al principio señalaba que se trataba de una sumple consulta para medir el pulso de la poblacion, y que si resultaba era el congreso el que iba a decidir, todas estas actuacione erosionaron la democracia de Honduras no solo por Zelaya sini por el propio Inzulsa, es dificil que un pais como el nuestro pequeño, pueda enfrentar con efectibidad el abuso de poder no solo de su presidente sino tambien del abuso de poder internacional que tenia Insulza al se secretario de la OEA, y de utilizarlo con el unico proposito de destruir el estado de derecho de Honduras, no es facil, para un pais como el nuestro, la conducta de Zelaya encajaba de manera perfecta en el articulo 3 de la Carta Democrtica, que señala la erosion sistematica o sostenida de ciertos elementos esenciales de la democracia, normalmente la erosion de la democracia siempre se produce desde dentro del gobierno por los mismos funcionarios del Estado, que son los que tienen el poder y abusan de el como el caso que nos ocupa..
71 ¿QUE MOTIVO ESTABLECER ESE DERECHO DE DEFENSA A LA DEMOCRACIA ?. Pues es un momento que no habría tiempo para otra cosa, el peligro es inminente pues sus vidas corren peligro, ese hecho, esa actuación ejercida para protegerse o proteger alguien se le denomina DERECHO DE LEGITIMA DEFENSA. . Si la OEA sabia de todo lo que estaba ocurriendo con Zelaya porque no lo informo?, porque no señalo los elementos que se consideran para calificar un golpe de estado en el derecho internacional, porque no informo de la erosión democrática por parte de Zelaya y que el mismo apoyaba su proyecto político?, porque no explico los abusos de sus poderes constitucionales por parte de Zelaya, para buscar la reforma constitucional referente a los artículos petreos , Art 373, que establece la forma de llevar a cabo reformas constitucionales y de lso articulos petreos?, actuaria conforme a la carta democratica de la OEA? En muchas de sus intervenciones señalo que debia seguir con su proceso constitucionalista cuando al principio señalaba que se trataba de una sumple consulta para medir el pulso de la poblacion, y que si resultaba era el congreso el que iba a decidir, todas estas actuacione erosionaron la democracia de Honduras no solo por Zelaya sini por el propio Inzulsa, es dificil que un pais como el nuestro pequeño, pueda enfrentar con efectibidad el abuso de poder no solo de su presidente sino tambien del abuso de poder internacional que tenia Insulza al se secretario de la OEA, y de utilizarlo con el unico proposito de destruir el estado de derecho de Honduras, no es facil, para un pais como el nuestro, la conducta de Zelaya encajaba de manera perfecta en el articulo 3 de la Carta Democrtica, que señala la erosion sistematica o sostenida de ciertos elementos esenciales de la democracia, normalmente la erosion de la democracia siempre se produce desde dentro del gobierno por los mismos funcionarios del Estado, que son los que tienen el poder y abusan de el como el caso que nos ocupa..
72 ES POR ELLO QUE EL EJERCIO DEL CARGO DE LA PRESIDENCIA ESTA PREVIAMENTE CONDICONADO POR LA CONSTITUCION El Poder constituyente al momento de crear su organización política le estableció al Presidente la obligatoriedad de la alternabilidad de su cargo. Cuando prometió ser fiel a la constitución quedo advertido de dicha condición que si la incumplía no podía seguir ejerciendo su cargo de presidente por el cual fue electo.
73 POR CONSIGUIENTE LA SALIDA DE ZELAYA EL 28 DE JUNIO NO ES UN GOLPE DE ESTADOPorque el día en que fue capturado ya no era Presidente de Honduras, ya había cesado en su cargo por una sanción política constitucional. Las cesación en su cargo no tendría poder alguno para someter a la población por la fuerza. En su cesación no se utilizo la fuerza, la sorpresa, su salida no fue abrupta
74 POR CONSIGUIENTE LA SALIDA DE ZELAYA EL 28 DE JUNIO NO ES UN GOLPE DE ESTADODe acuerdo a lo explicado desde que emitió el primer Decreto Ejecutivo el 23 de marzo del PCM Posteriormente reitera su falta con el Decreto PCM del 26 de mayo del 2009. Reconozco que no fue muy claro el decreto que emitió el Congreso de explicar con claridad la salida de Zelaya, pero si quedo claro la aplicación del articulo 239 de nuestra Constitución y a su falta absoluta la aplicación del Articulo 242 de la Constitución, que también es imperativo, pues claramente señala que a falta absoluta del ejecutivo ejercerá el Presiente del Congreso, en este caso el Señor Micheletti, hombre valiente que enfrento el abuso de poder de Insulza en su mas amplio sentido de la palabra, provocando agudizar la crisis y premeditadamente obtener el no reconocimiento del gobierno pues le permitirá abusar de su poder con absoluta libertad, pues solamente escucharían en los foros internacionales a los funcionarios acreditados por Zelaya, tal como sucedió.
75 DE ACUERDO A NORMAS INTERNACIONALES LA SALIDA DE ZELAYA NO FUE UN GOLPE DE ESTADOPorque no salió de su cargo a la fuerza, ni repentina, ni abrupta. No fue por la improbacion de la conducta del Presidente por parte del Congreso. No fue por una orden de captura. No fue por ningún acto de los otros poderes del estado. No fue por expulsión de Zelaya a Costa Rica. No fue por violación a la Constitución La actuaciones, graduales, en principio, posteriormente sostenida, y finalmente de forma sistemática, que culminaron con una desobediencia abierta a una orden judicial, jamás se utilizo la fuerza para provocar la falta absoluta en su cargo de Presidente, sus actuaciones lo demuestran, saco las urnas de la fuerza aérea, violento la integridad de las instituciones legítimamente constituidas, por consiguiente la OEA debió activar la Carta Democrática contra Zelaya y apoyar a Honduras a consolidar su democracia, y apoyarlo de forma absoluta a las elecciones que estaban próximas a realizarse, cuya fecha ya estaba establecida y previamente convocadas. El abuso de poder estaba plenamente acreditado, su finalidad era precisamente reformar la constitución para perpetuarse en el poder. De acuerdo a la Carta Democrática, rompió el orden constitucional, y altero el orden constitucional, La OEA debio haberla aplicado preventivamente, cuando los hechos no se habían consumados pero no lo hizo, a pesar de conocer todos los hechos reiterativos de querer alterar el orden constitucional. La comunidad internacional estaba obligada a apoyar las proxmas elecciones en su momento, Honduras lo hizo sola, sinn ninguna ayuda excepto la ayuda de ……. El hecho de que Inzulsa se sacara de la manga de la camisa la “Mision de acompañamiento estaba deteriorando la democracia de Honduras, por lo cual expreso indignación el Congreso Nacional, nota que le fuera entregada el 25 de junio. Insulza promovió una información masiva junto a Chavez distorsionando todos lo hechos ocurrido en Honduras, cercando toda posibilidad de que el nuevo gobierno tuviera la oportunidad de dar explicaciones y promovido un rechazo diplomático masivo jamás visto en la historia de país alguno y permitido por muchos gobernantes, pues veían su barbas en remojo. Muchos autores especialistas en este tema señalan que existen dos formas para restablecer el orden constitucional, en el caso que ruptura de la democracia, Reversión de los hecho antidemocráticos y si no fuere posible, la celebración de las elecciones a la brevedad posible. Nikken el expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala: que la clausula de la Carta democrática tiene que activarse cuando:” una progresiva acumulación de eventos cruza un umbral critico y crea una situación en la se daña radicalmente la esencia de la democracia.
76 DESAFIOS PARA EL ESTADO DE DERECHO DE HONDURASLuego de 200 años de tradición democrática y 29 años de no ser interrumpida Honduras tiene que mejorar y fortalecer la participación de la población en asuntos de interés publico. Que cuando se exprese esa participación, que no se utilicen medios o instrumentos que deterioren la libertad de expresar sus ideas, (el hecho de no reconocer al gobierno de Micheletti se limito la libertad de expresión del pueblo de Honduras ). Fortalecer el espíritu de dignidad de la persona humana, porque al final de cuentas aun cuando se cuente con brazo armado, solo un espíritu fuerte y de arraigo democrático puede afrontar la influencia de un proyecto político extranjero, y apoyado por organismos internacionales, hábilmente manipulados. El no reconocimiento de un gobierno no se encuentra contemplado en las normas de la OEA, lo que no le permitio defenderse ante los foros internacionales, lo que violento su derecho de defensa.
77 DESAFIOS PARA EL ESTADO DE DERECHO DE HONDURASTener como objetivo básico la educación con calidad acompañada con un alto grado de información efectiva para enseñarles aprender a vivir, dentro de un mundo globalizado. Establecer políticas económicas en equilibrio de igualdad, equidad, que permitan una intervención del gobierno en la economía de forma prudente, sin caer en el intervencionismo, sin limitar la creatividad intelectual, el emprendimiento de nuevas formas de trabajo de inversión, pero ser fuertes en su control cuando las fuerzas del mercado abusen de la libertad empresarial.
78 DESAFIOS PARA EL ESTADO DE DERECHO DE HONDURASEvaluar y calificar la actividad normativa de los legisladores para verificación del fiel cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales. Asegurarse de la legitimidad jurídica del poder político , que debe manifestarse en forma ordenada, y predecible, con sometimiento absoluto al control constitucional. Evaluar los objetivos de la norma emitida que sean los de alcanzar la eficiencia de la producción, la justicia social en la distribución de la riqueza, a la dignificación del trabajo, a la libertad de inversión y, así mismo, si el Estado se ha asegurado para alcanzarlos.
79 DESAFIOS PARA EL ESTADO DE DERECHO DE HONDURASQue los actos del gobierno sea atinados, definidos, reflexivos, con alto grado de certidumbre, fáciles de ver lo que se persigue, para no provocar el vacio de la existencia de la autoridad. Asegurarse a través de la participación de la población del sometimiento al control constitucional sea igual para todos, al momento de legislar, al momento de ejecutar las leyes, al momento de aplicar la justicia. Pues ese sometimiento significa construir la coraza de un sistema político, construir justicia, libertad, cultura, bienestar económico y social. CONSTRUIR JUSTICIA ES LA EFECTIVA DEFENSA DE LA DEMOCRACIA
80 DESAFIOS PARA EL ESTADO DE DERECHO DE HONDURASForzar una iniciativa de reforma al Protocolo de Washington que erosiona la democracia, altera la esencia de la misma, como dice Nikken, (ex presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos), por ende violenta los derechos humanos de sus pobladores. Porque la democracia se origina de la voluntad soberana de los pueblos derecho inherente a cada ciudadano, es propio de su derecho de libertad, de la cual nace su soberanía y no puede imponerse por ningún gobierno extranjero, ni organismo internacional. ARTÍCULO I Se incorpora el siguiente nuevo artículo al Capítulo III de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, así numerado:
81 DESAFIOS PARA EL ESTADO DE DERECHO DE HONDURASARTÍCULO 9 Un Miembro de la Organización cuyo gobierno democráticamente constituido sea derrocado por la fuerza podrá ser suspendido del ejercicio del derecho de participación en las sesiones de la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización y de las Conferencias Especializadas, así como de las comisiones, grupos de trabajo y demás cuerpos que se hayan creado.
82 DESAFIOS PARA EL ESTADO DE DERECHO DE HONDURASPorque es contradictorio al principio: ARTÍCULO 3 b) El orden internacional está esencialmente constituido por el respeto a la personalidad, soberanía e independencia de los Estados y por el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derecho internacional.
83 MEXICO SE OPUSO AL PROTOCOLO DE WASHINGTON“…reitera que no es aceptable que se den al organismo regional poderes supranacionales instrumentos de intervención en los asuntos internos de nuestros Estados. El gobierno de México sostiene que no es por la vía del aislamiento, suspensión, o exclusión que se puede coadyuvar a la preservación y fortalecimiento de la democracia…” “…que los textos sobre suspensión de Estados Miembros, aprobados aquí el día de hoy, modifican el propósito original de nuestra organización.” Pero fue uno de los primeros en no reconocer el Gobierno de Mucheletti, ejercido constitucionalmente por orden constitucional, posteriormente recibió con honores a Zelaya, en su manifestación deja claro que facilita el abuso de poder en un momento dado por parte del organismo regional, al señalar que se le dan poderes supranacionales.
84 MUCHAS GRACIAS
85 ACTUACIONES DE LA OEA Según lo que el propio representante del Poder Ejecutivo le dijo públicamente al pleno del Consejo Permanente de la OEA, “de ser victoriosa la cuarta urna”, el 29 de noviembre se elegirían “Asambleístas Constituyentes” para que “elaboren” una “nueva : Sus argumentos: No es una reforma, sino una nueva constitución, “ es para tomar el pulso” no podía “ser objeto de calificaciones de constitucionalidad o ilegalidad“ PARA QUE LAS ELEECIONES ENTONCES? NO TENIA NINGUN SENTIDO LAS ELECCIONES DEL 29 DE NOV LA OEA QUE LA ENCUENSTA DE OPINION ES SOAMENTE PARA TOAMAR EL PUSLO “ PARA OSCULTAR LA VOLUNTAD POPULAR LA CONSULTA FUE PUBLICAMENTE RECHAZADA POR EL CONGRESO Y TSE “NO ES OBJETO DE CALIFIACIONES DE CONSTITUCIONALIDAD O LEGALIDAD” EL PRESIDENTE FUE ADVERTIDO POR TODAS LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO QUE SOLAMENTE EL T.N-E ESTA FACULTADO PARA ELLO. VOLVER
86 ACTUACIONES DE LA OEA Antes de esos hechos el 9 de junioPoder Ejecutivo formalizó su petición a través de una carta solicitando una “Misión de Observación Electoral”. Insulza respondió —a través de otra carta que fue entregada en persona a su Canciller— que, debido “a la naturaleza” del acto señalado, sería imposible enviar una Misión de Observación Electoral a Honduras. Pero si le enviaría una “Misión de Acompañamiento de la OEA”, pero no para que “observe”, sino para que “acompañe”, para que “presencie” la “encuesta”: 0 Aquí Insulza tenia conocimiento pleno del fallo de los Juzgados y no lo señalo en el Consejo Permanente.
87 ACTUACIONES DE LA OEA Pero el Consejo no se reunió para redactar esa nota sino: Zelaya había pedido asistencia a la OEA ante una “insubordinación de la FFAA y ante el “precedente tremendo y doloroso” que había sentado un fallo de la Corte Suprema de Justicia LA OEA TENIA CONCIENCIA EXACTA DE LO QUE ESTABA SUCEDIENDO Y PLENO CONOCIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL 27 Y 29 DE MAYO DEL TRIBUNAL DE LA ACCION DEL GENERAL Y DEL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTIICIA
88 ACTUACIONES DE LA OEA El 26 de junioInsulza lo informo a la reunión de emergencia del Consejo Permanente de la OEA que pensaba enviar una nota al Presidente del Congreso de aclaración la que nunca llego Pero el Consejo no se reunió para redactar esa nota sino: Sino para resolver la petición de Zelaya a la OEA ante una “insubordinación de la FFAA y por el fallo de la cuarta urna. LA OEA TENIA CONCIENCIA EXACTA DE LO QUE ESTABA SUCEDIENDO Y PLENO CONOCIMIENTO DE LAS SENTENCIAS DEL 27 Y 29 DE MAYO DEL TRIBUNAL DE LA ACCION DEL GENERAL Y DEL FALLO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTIICIA
89 ACTUACIONES DE LA OEA La OEA se limita a instruir a Insulza que constituya una nueva Misión Especial para que “contribuya” a un “dialogo” nacional amplio a fin de encontrar soluciones democráticas a la situación existente” Instrucción contradictoria pues simultáneamente apoyaba la encuesta con la Misión de Acompañamiento . Situación que aprovecho para justificar la presencia de la OEA en Honduras en sus dos papeles una apoyando la encuesta y otra para analizar la crisis política, nada honesto el Señor Insulza. Estas comisiones ni las notas tuvieron fruto dos días después el Presidente Zelaya ceso en su cargo
90 ACTUACIONES DE LA OEA 30 de junioEn la reunión de emergencia el cinismo el Secretario fue tal que señalo que la “normalización del orden constitucional” significaba “el restablecimiento del presidente Zelaya” y la retoma del proceso constitucional que se estaba desarrollando” Propuso al Consejo Permanente que la resolución de este órgano debería señalar “que no se va a reconocer a ningún gobierno de facto que surja. Su propósito dejar si voz a Honduras La ruptura del orden institucional había sido rota desde el momento de la propuesta de la consulta así se lo señalado el Presidente de la Corte, aparte de su claro conocimiento de los fallos, como es que se atrevió a proponer que el proceso que se estaba llevando a cabo era constitucional? Actuó de mala fe y de forma deshonesta, omitió información, y la uso de forma distinta a los propósitos de la OEA
91 ACTUACIONES DE LA OEA pronunciamiento” se refería a las actuaciones del Congreso que le había señalado que estaban tomando acciones para restablecer la institucionalidad . Así que el hablo de restitución de Zelaya , y de continuar con la consulta, cuando sabia a ciencia cierta que de acuerdo a la Constitución ya no era Presidente, y de las dos sentencias prohibiendo la consulta.
92 ACTUACIONES DE LA OEA 3 de Julio El Gobierno se retira de la OEA.Insulza fracaso en su viaje a Honduras y dijo:”Nosotros queremos que esta situación sea revertida…Lamento decir que de mi gestión no se desprende que exista disposición para hacer esto”. Insulza no acepto llevar a la OEA las pruebas proporcionadas por la C.S.J. que avalarían la cesación de Zelaya.
93 ACTUACIONES DE LA OEA 4 de julioLa OEA cumple su ultimátum de suspender a Honduras de la OEA. La posición de Insulsa fue tan sesgada que no apoyo las elecciones que estaban previstas para el 29 de noviembre, Señalando: que una observación electoral para las elecciones generales del 29 de noviembre es una cosa que realmente no podríamos los Estados Miembros de la OEA ni siquiera considerar Su criterio evidentemente sesgado y muy bien calculado omitió información muy importante para el Consejo Permanente, negándose llevar las prueba que le Corte Suprema le pidió que entregara, en evidente violación ala Carta democrática, a la ética y a la moral , permitiendo que Honduras fuera condenada con solo sus apreciaciones y no con las pruebas que le estaban siendo proporcionadas pues era para de su gestión diplomática que le había sido ordenada.
94 ACTUACIONES DE LA OEA Pero no dudo aunque no se encontrara estipulado en una normativa de la OEA, ni consultado el Consejo Permanente “considerar” una Misión de Acompañamiento para que presenciara una encuesta de opinión. Su cargo le permitió abusar de su poder , manipulando, omitiendo, información, para tratar de destruir el estado de derecho de Honduras VOLVER