1 DEFENSA DE LOS TRABAJADORES PROFESIONALES DE LA MEDICINASindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de salud Sección No. 30. Colima SECRETARIA DE LA DEFENSA DE LOS TRABAJADORES PROFESIONALES DE LA MEDICINA DR. Gonzalo M. Rodríguez Montes de Oca
2 LEY GENERAL DE SALUD Art. 2o.- Define los propòsitos y finalidades del derecho a la protecciòn de la salud. Art.51.- Los usuarios tendràn derecho a obtener prestaciones de salud oportunas y de calidad idònea y a recibir atenciòn profesional y èticamente responsable, asì como trato respetuoso y digno de los profesionales tècnicos y auxiliares”.
3 RESPONSABILIDAD PROFESIONAL MEDICAEs la obligaciòn que tienen los mèdicos de reparar y satisfacer las consecuencias de los actos, omisiones y errores voluntarios e involuntarios incluso, dentro de ciertos lìmites cometidos en el ejercicio de su profesiòn.
4 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJOs.n.t.s.a 30 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO CAPÍTULO XI DE LAS OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA Artículo 130 XVI. Designar abogados para la defensa de los trabajadores que sean procesados como consecuencia de actos ejecutados en el desempeño de sus obligaciones y que, por su naturaleza, encuadren dentro de las hipótesis que establecen las leyes penales vigentes, siempre que de las averiguaciones administrativas se desprenda que obraron en estricto cumplimiento de su deber, en cuyo caso otorgará las fianzas que sean necesarias para conseguir la libertad provisional de los indiciados, sin perjuicio de seguirles cubriendo los salarios que les correspondan por la prestación de sus servicios, hasta que sean sentenciados en definitiva. Quedan exceptuados de lo anterior los trabajadores, que cuenten con el Seguro de Responsabilidad Profesional referido en la fracción XXIV del artículo 132 de estas Condiciones; 4
5 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJOs.n.t.s.a 30 CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO CAPITULO XII DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES DE LOS TRABAJADORES SECCIÓN PRIMERA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Artículo 132 Además de los derechos que consagran las leyes, los Trabajadores tendrán los siguientes: XXIV. Los Médicos Generales y Especialistas, los Cirujanos Dentistas y Especialistas, así como el personal de Enfermería contarán con un Seguro de Responsabilidad Profesional cuyo costo será pagado en un 50% por: la Secretaría y el 50% restante, por el Trabajador 5
6 CONCEPTO DE DESCUENTO QUINCENAL “SEGURO DE RIESGO PROFESIONAL”s.n.t.s.a 30 CONCEPTO DE DESCUENTO QUINCENAL No. 34 “SEGURO DE RIESGO PROFESIONAL” $ 20.50 (QUINCENAL) (DE ACUERDO AL CODIGO) 6
7 Seguro de Responsabilidad Profesional “T A E” TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ESCALAFON DEPARTAMENTO JURIDICO Seguro de Responsabilidad Profesional Para Personal Medico, de Enfermería y Dentistas “COESAMED” COMISION ESTATAL DE ARBITRAJE MEDICO 7
8 Objeto del Seguro Seguro para proteger a Médicos, Cirujanos Dentistas y personal de Enfermería en Ejercicio de sus Funciones al Servicio de Secretaria de Salud, Unidades Centrales y Órganos Desconcentrados, y los Organismos Públicos Descentralizados de Carácter Federal y de las Entidades Federativas; Así como los Profesionistas en periodo de adiestramiento que realicen estudios y practicas de postgrado en dichas Dependencias y Entidades que sean Objeto de Acciones Civiles, Penales y/o Administrativas en materia de Responsabilidad Profesional, por hechos u omisiones no dolosas
9 Responsabilidad Civil y PenalCoberturas Responsabilidad Civil y Penal SEGUROS AFIRME cubrirá la responsabilidad del ASEGURADO derivado de: Los daños, el perjuicio y daño moral cuando sea consecuencia directa e inmediata de los daños, que el ASEGURADO cause a terceros derivados de un ERROR MEDICO y este tenga como consecuencia un detrimento a la salud o la muerte del USUARIO, y por los que el ASEGURADO deba responder conforme a la legislación aplicable en materia de responsabilidad civil vigente en los Estados Unidos Mexicanos, por hechos realizados sin dolo, ya sea por culpa negligente o imperita (acciones u omisiones).
10 Responsabilidad Civil y PenalCoberturas Responsabilidad Civil y Penal La responsabilidad profesional del ASEGURADO derivada por el uso de los mecanismos, instrumentos, apartados o sustancias peligrosas por sí mismos, utilizados en el desempeño de su profesión, que dan lugar a responsabilidad civil, estos apartados pueden ser todos los usados para fines del diagnóstico y la terapéutica, en cuanto estén reconocidos por la ciencia médica. La responsabilidad profesional del ASEGURADO a consecuencia del suministro de materiales médico, dentales o quirúrgicos a los pacientes y medicamentos necesarios para el tratamiento, siempre que los mismos hayan sido elaborados según receta medica en el establecimiento del asegurado que goce de licencia o autorización oficial.
11 Responsabilidad Civil y PenalCoberturas Responsabilidad Civil y Penal La responsabilidad profesional imputable al ASEGURADO, que de acuerdo al desempeño de su profesión cause un daño derivado de cualquier virus de inmunodeficiencia humano (VIH), complejos relacionados con el SIDA o agentes patógenos del SIDA o de hepatitis por suministro de sangre o plasma de los bancos de sangre. La responsabilidad profesional por los daños causados en el ejercicio de su actividad, a compañeros y/o empleados de la Secretaria de Salud en el ejercicio de la actividad profesional contratada.
12 Responsabilidad Civil y PenalCoberturas Responsabilidad Civil y Penal La responsabilidad profesional por la práctica de una cirugía correctiva de anormalidades congénitas, como la reconstructiva postraumática y la puramente estética; en esta última, así como la práctica de la odontología estética, se aclara que no se cubre la responsabilidad por la garantía de que el resultado obtenido no coincida con el proyectado.
13 Coberturas Defensa LegalSeguros Afirme : Proporcionará defensa legal al ASEGURADO, por conducto de los servicios profesionales de un abogado en los casos en que el ASEGURADO se vea involucrado en uno o más procesos o procedimientos.
14 Coberturas Gastos de DefensaSeguros Afirme: Seguros Afirme: Corresponderá en todos los casos , de sufragar, tramitar y exhibir las fianzas o cauciones que la autoridad competente determine durante la substanciación de las averiguaciones previas, procesos, y procedimientos por concepto de la responsabilidad para el cumplimiento de las obligaciones procesales correspondientes. Cubrirá los honorarios del abogado que asigne al ASEGURADO para su defensa jurídica; así como los de los peritos que en su caso se requieran.
15 Suma Asegurada Básica $ 3‘500,000 M.N. $ 1’500,000 M.N. CubreEn caso de Profesionistas médicos, cirujano dentista y personal de enfermería. en el caso de alumnos de pregrado y pasantes de servicio social de medicina y enfermería que se encuentren a cargo del profesional médico, cirujano dentista y personal de enfermería, así como los profesionistas en periodo de adiestramiento y que realicen estudios y prácticas de postgrado Número de Póliza: Vigencia: del 01 de enero del 2012 al 31 de diciembre del 2013 Sumas Aseguradas en Moneda Nacional Periodo extendido: para la notificación de siniestros, 1 año posterior al termino de vigencia. El ASEGURADO tendrá la opción de contratar un Periodo de Cobertura Adicional para Notificar Reclamos de hasta 6 años posteriores al termino de la vigencia, con un costo adicional, dependiendo del número de años que desee la cobertura. 15
16 (Coberturas Opcionales)Potenciación (Coberturas Opcionales) 16
17 (Coberturas Opcionales)Potenciación (Coberturas Opcionales) 17
18 ¿Qué hacer en caso de Siniestro?Tan pronto tenga conocimiento de una Reclamación en su contra, debe reportarla de inmediato al teléfono: Cd. de México, D.F Cd. de Monterrey, N.L Cualquier parte de la República Mexicana Lic. Agustina Wegner: DF En donde le pediremos sus datos personales, la Institución u hospital, número de contacto y otros datos de identificación. Le solicitaremos nos relate el problema, en que consiste la Reclamación y la información con la cuenta, incluyendo los documentos que le fueron entregados.
19 ¿Qué hacer en caso de Siniestro?Posteriormente personal de la Aseguradora le solicitará una cita para el Abogado correspondiente que atenderá la reclamación. El abogado designado entregará un formato que deberá ser llenado por el Asegurado donde se le requerirá entre otros : cómo tuvo conocimiento de la reclamación, si tiene conocimiento que más personas estén involucradas en el siniestro, copia de la notificación y/o documento oficial que haya recibido en su caso. Antecedentes de la reclamación y, en caso de resultar evidente o posible, iremos solicitándole la remisión de documentos específicos.
20 ¡¡¡Es importante!!! Por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia el ASEGURADO deberá asumir responsabilidad alguna respecto a la reclamación formulada. Asimismo, es importante que el ASEGURADO antes de asistirse con el abogado que le fue asignado: No comparezca ante ninguna autoridad No asuma obligaciones que conlleven implicaciones legales No formule ninguna declaración por escrito No provea información escrita salvo aquellos informes que sean en el ejercicio norma de sus funciones. Si por alguna razón, el ASEGURADO ya compareció a algún procedimiento o formuló alguna declaración con anterioridad al aviso a la Aseguradora, deberá tomar en cuenta que ello puede afectar la estrategia de defensa e incluso la cobertura.
21 CERTIFICADO INDIVIDUAL21
22 ¡ G R A C I A S ! El ser humano tiene DERECHO A LA SALUD que no debe confundirse con DERECHO A LA CURACION. Tel 22