DEFENSORÍA DE LA MUJER Alejandra Mora Mora Directora “Desafíos de las Defensorías del Pueblo para asegurar el cumplimiento de los derechos de las mujeres”

1 DEFENSORÍA DE LA MUJER Alejandra Mora Mora Directora “D...
Author: Gerardo Franco Quintero
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1 DEFENSORÍA DE LA MUJER Alejandra Mora Mora Directora “Desafíos de las Defensorías del Pueblo para asegurar el cumplimiento de los derechos de las mujeres”

2  DEFENSORIA DE LA MUJER  HISTORIA  -precede a la institución  -estuvo ubicada en el Poder Ejecutivo, derivada de la ley de Igualdad del año 92  -cuando nace la Defensoría de los Habitantes el mov de mujeres hace un negociación con el primer Defensor  –Para que la Defensoría de la Mujer pasara a naciente institución.  - Que constituyera una dirección –instancia independiente  -Que conserve el nombre  (esta relación con el movimiento de mujeres ha marcado la historia de la Defensoría de la Mujer)

3 ORGANIZACIÓN INTERNA  -Organización vertical  -Ejercicio de magistratura de influencia ejercido principalmente por la persona titular de la Defensoría de los Habitantes. (delegación es un acto de confianza)  - Voluntad política de la persona jerarca delimita la importancia estratégica que tiene el tema de los derechos de las mujeres en cada administración.

4 PRINCIPALES DEMANDAS DE LAS MUJERES Y TIPOS DE INTERVENCIÓN DE LA DEFENSORIA DE LA MUJER

5 HOSTIGAMIENTO SEXUAL 35% del total de los casos recibidos Formas de intervención:  -todos los procesos sect público deben ser notificados a la Defensoría  -el seguimiento nos ha posibilitado un diagnóstico integral de las debilidades de la ley y de su interpretación  -posibilitó hacer una reforma reciente de la ley  -las tres instancias que tienen la mayor cantidad de casos  Ministerio de Educación Pública, Servicios del Sistema de salud y en el Ministerio de Seguridad)  -principales nudos: prevalencia de estereotipos en los operadores del derecho (uso de la ropa, antecedentes del comportamiento sexual de las denunciantes)  impunidad o violación al principio de proporcionalidad que impiden sanciones adecuadas a los hechos  - descontextualización de el hecho es una forma de violencia, discriminación y de ejercicio de poder

6 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS  En salud reproductiva:  -atención en los servicios de salud de los procesos relacionados con la reproducción.  Mujeres como objetos del parto y no dueñas de su propio proceso.  -posición del parto, uso de epidural, auscultarla estudiantes, acompañamiento.  Ejercicio de la autonomía y control del cuerpo

7 DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS  -En derechos reproductivos.  Falta de acceso a métodos modernos de anticoncepción y de concepción.  Fertilización in Vitro es un método de fecundación asistida prohibido en Costa Rica por resolución de la Sala Constitucional.

8 FERTILIZACION IN VITRO  Forma de intervención:  - Solicitud de la víctimas  - Seguimiento de las recomendaciones dadas al país por parte de la CIDH, -interferencia abusiva del Estado en el derecho de la familia y un impacto desproporcionado contra la mujeres y recomendó levantar la prohibición.  -Se realizó incidencia parlamentaria para hacer La ley, pero no se abogo por el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo.  -Amicus Curie ante la Corte:  - la importancia de maternidad decidida por las mujeres como proyecto de vida vinculada a los ciclos de las mujeres  - conexión y mismo modus operandi del Estado cuando ha limitado los métodos de anticoncepción -  -llamar la atención en la importancia de la no regresividad

9 DERECHOS POLITICOS Y CIUDADANIA LA ALTERNANCIA EN LA LEY DE PARIDAD EN EL ACCESO A PUESTOS DE ELECCION POPULAR Y ESTRUCTURAS PARTIDARIAS. LA ALTERNANCIA EN LA LEY DE PARIDAD EN EL ACCESO A PUESTOS DE ELECCION POPULAR Y ESTRUCTURAS PARTIDARIAS.  Forma de incidencia:  Coadyuvancia pasiva ante la sala constitucional por la inconstitucionalidad contra la alternancia  Defensoría sostuvo  -que la paridad de género es un derecho de resultado  -que la alternancia es el mecanismo que garantiza el derecho  -necesidad de concebir la paridad no como límite o techo, por lo que pueden coexistir con las medidas especiales a cargo de los partidos políticos  -la Sala Constitucional ya rechazó la inconstitucionalidad

10 DERECHOS POLITICOS Y CIUDADANIA  ACCESO DE LAS MUJERES A LOS ESPACIOS DE TOMA DE DECISIONES EN EL MUNDO DE LO PRIVADO  LEY DE PARIDAD DE GENERO EN LAS JUNTAS DIRECTIVAS DE LAS ASOCIACIONES, SINDICATOS Y COOPERATIVAS  Forma de intervención  -Coadyuvancia ante la Sala Constitucional sobre la base de que:  -los mecanismos de igualdad de género que establece CEDAW son para lo privado y lo público.  -debe impedirse que se discrimine por resultado a las mujeres, que son las beneficiarias de las normas.