Derecho Constitucional Económico José Luis Cárdenas T. Clase 10: 30 de septiembre de 4.

1 Derecho Constitucional Económico José Luis Cárdenas T. ...
Author: Miguel Ángel Flores Peña
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1 Derecho Constitucional Económico José Luis Cárdenas T. Clase 10: 30 de septiembre de 4

2 Caso Intereses Moratorios Requirente Jaime Antonio Illanes Piedrabuena, solicita inaplicabilidad del inciso quinto del artículo 53 del Código Tributario.

3 Caso Intereses Moratorios “Artículo 53.- 1° Todo impuesto o contribución que no se pague dentro del plazo legal se reajustará en el mismo porcentaje de aumento que haya experimentado el índice de precios al consumidor en el período comprendido entre el último día del segundo mes que precede al de su vencimiento y el último día del segundo mes que precede al de su pago. […]

4 Caso Intereses Moratorios 2° “Los impuestos pagados fuera de plazo, pero dentro del mismo mes calendario de su vencimiento, no serán objeto de reajuste. Sin embargo, para determinar el mes calendario de vencimiento, no se considerará la prórroga a que se refiere el inciso tercero del artículo 36 si el impuesto no se pagare oportunamente. […]

5 Caso Intereses Moratorios 3° “El contribuyente estará afecto, además, a un interés penal del uno y medio por ciento mensual por cada mes o fracción de mes, en caso de mora en el pago del todo o de la parte que adeudare de cualquier clase de impuestos y contribuciones. Este interés se calculará sobre valores reajustados en la forma señalada en el inciso primero […]

6 Caso Intereses Moratorios Los impuestos liquidados ascendían a los siguientes montos: a) por el año 1998: 10 millones de pesos y fracción, más un IPC del 19% y un interés penal del 109,5%; b) por el año 1999: 12 millones de pesos y fracción, IPC de 14,6% e interés de 91,5%; y c) por el año 2000: 12 millones de pesos y fracción, IPC del 11% e interés de 73%.

7 Caso Intereses Moratorios En octubre de 2010, el Servicio de Impuestos Internos emitió un giro total de 36 millones de pesos y fracción por impuestos, 16,2 millones por reajustes y 107 millones y fracción por intereses. Normas constitucionales que se estiman transgredidas son los numerales 2°, 20°, inciso segundo, 22° y 24°, todos del artículo 19 de la Carta Fundamental

8 Caso Intereses Moratorios Se vulneran sus garantías de la igualdad ante la ley y en materia económica, configurándose un impuesto desproporcionado e injusto, lo que afecta adicionalmente su derecho de propiedad.

9 Caso Intereses Moratorios Se le condenó a pagar intereses por un hecho que no le es imputable, ya que se permite que el Servicio de Impuestos Internos se aproveche de lo obrado ilícitamente por el funcionario delegado, mediante el devengamiento de los intereses, en un acto de supervivencia de una norma declarada inconstitucional (art. 116 CT).

10 Caso Intereses Moratorios … La Corte Suprema ha declarado que la procedencia de los intereses está ligada al hecho de que el atraso sea imputable al contribuyente … …la tasa de interés establecida por la preceptiva impugnada es más alta que la correspondiente al interés máximo convencional establecido por la Ley N°18.010, sin que exista motivo alguno que justifique dicha discriminación en favor del Fisco.

11 Caso Intereses Moratorios … amenaza o presión hacia el contribuyente para que pague en vez de reclamar … SII: Norma no decisiva; … El interés constituye así un desincentivo al incumplimiento y una forma de mantener el valor del dinero destinado a satisfacer necesidades públicas que no fue oportunamente recaudado … Dineros se devuelven con interés del 0,5% mensual …

12 Caso Intereses Moratorios … es falso que el interés máximo convencional (Ley 18.010) sea ostensiblemente más bajo, pues en el período que se reclama ha variado entre un 0,28% y un 3,81% mensual. TC: a una deuda tributaria ascendente a $ 36.620.704 se le deben sumar $ 38.118.660 por concepto de intereses moratorios …

13 Caso Intereses Moratorios “ … en la génesis de las normas relativas a la materia, no se expresan motivos que sirvan para fundamentarla …” (considerando 9º) “La rebaja de la tasa de interés del 2,5% al 1,5% no fue objeto de discusión en sí misma, pues hubo consenso en que la tasa del 2,5% era absurdamente alta comparada con la tasa de mercado” (considerando 10º)

14 Caso Intereses Moratorios TC revisa distintas tasas, en el derecho comparado … Definición entrega por el TC de igualdad ante la ley: “Consiste en que las normas jurídicas deben ser iguales para todas las personas que se encuentren en las mismas circunstancias y, consecuencialmente, diversas para aquellas que se encuentren en situaciones diferentes. No se trata, por consiguiente, de una igualdad absoluta sino que ha de aplicarse la ley en cada caso conforme a las diferencias constitutivas del mismo. La igualdad supone, por lo tanto, la distinción razonable entre quienes no se encuentren en la misma condición”. (considerando 15º)

15 Caso Intereses Moratorios “… siempre que la discriminación no sea arbitraria ni responda a un propósito de hostilidad contra determinada persona o grupo de personas, o importe indebido favor o privilegio personal o de grupo, debiendo quedar suficientemente claro que el legislador, en ejercicio de sus potestades, puede establecer regímenes Especiales, diferenciados y desiguales, siempre que ello no revista el carácter de arbitrario” (Rol Nº 986/2008)” (Considerando 16º)

16 Caso Intereses Moratorios “… no basta con que la justificación de las diferencias sea razonable sino que además debe ser objetiva)” (Considerando 17º) “… no basta que lo sea el fin que con ella se persigue, sino que es indispensable además que las consecuencias jurídicas que resultan de tal distorsión sean adecuadas y proporcionadas a dicho fin, de manera que la relación entre la medida adoptada, el resultado que produce y el fin pretendido por el legislador supere un juicio de proporcionalidad” (Considerando 18º)

17 Caso Intereses Moratorios Cabe preguntarse ¿A que actores se refería el TC al hablar de igualdad ante la ley? D° Constitucional Económico Montt & Cárdenas 17

18 Caso Intereses Moratorios “… En efecto, la pena se sujeta a principios jurídicos universales, como son los de intervención mínima, interdicción de la arbitrariedad y aplicación del principio de proporcionalidad” (considerando 20º) “… Ciertamente, una sanción que impone el pago de una suma de dinero varias veces superior a la suma inicial adeudada, que se calcula a su vez sobre el monto reajustado, puede transformarse en desproporcionada y abusiva, más aún si durante el período de mora han ocurrido actos imputables al propio órgano administrativo –y no al contribuyente-” (considerando 20º)

19 Caso Intereses Moratorios “Que si se considera que los tributos deben devolverse debidamente reajustados, de modo que se conserve su valor cuando se paguen, ello no guarda relación con el caso inverso, cuando el Estado restituye el monto de la multa enterada y a posteriori declarada improcedente, pero sólo con el interés del medio por ciento mensual por cada mes completo, tal como lo preceptúa el artículo 57 del Código Tributario, lo cual da cuenta de una situación de inequidad” (considerando 21º)

20 Caso Intereses Moratorios “Que de lo señalado es posible concluir que el inciso tercero del artículo 53 del Código Tributario, en cuanto fija un interés penal moratorio ascendente al uno coma cinco por ciento mensual, produce efectos contrarios a la Constitución Política de la República en el caso concreto, desde que obliga a pagar una suma que a todas luces se presenta como desproporcionada, injusta y abusiva, máxime si se tiene presente que durante la casi totalidad del período en que se impone la sanción respecto de las sumas adeudadas y reajustadas …” (considerando 33º)

21 Caso Intereses Moratorios “(específicamente el tiempo trascurrido entre las fechas de la resolución anulada y de la que tuvo definitivamente por interpuesto el recurso), se está frente a situaciones no imputables al deudor, puesto que han sido dejadas sin efecto las actuaciones practicadas en el juicio tributario, como consecuencia de una declaración de inconstitucionalidad” (considerando 33º) ¿Cuál sería la relación entre la inconstitucionalidad de la norma y el hecho de que se le esté cobrando al contribuyente un período que no corresponde?

22 Caso Intereses Moratorios Voto de minoría: “si bien existe un techo hipotético de interés penal de un dieciocho por ciento anual sobre tributos ya reajustados, éste puede ser rebajado con la diligente actitud de un contribuyente atento a las hipótesis legales que le abre el Código Tributario en el artículo 56” (considerando 32º)

23 Caso Intereses Moratorios Voto de minoría: “el delito de usura está establecido en el artículo 472 del Código Penal en los siguientes términos: “el que suministrare valores, de cualquiera manera que sea, a un interés que exceda del máximo que la ley permita estipular, será castigado (…)”. Este tipo penal establece la conducta y la remisión a una determinación normativa de un máximo interés que el legislador define” (considerando 39º)

24 Caso Intereses Moratorios Voto de minoría: “Hay dos caminos para obtener esa respuesta: uno es el derecho comparado y otro son las determinaciones de la autoridad financiera nacional” (considerando 39º) Se revisa experiencia comperada e intereses corrientes y máximo convencional determinado por la SBIF.

25 Caso Intereses Moratorios ¿Quién hizo mejor la pega? ¿Qué consecuencias sistémicas trae la sentencia?