1 Derecho Internacional Público y Derecho InternoCapítulo II: Derecho Internacional Público y Derecho Interno Daniel Soto
2 Presentación Teoría Dualista Teoría MonistaRecepción del Derecho Internacional Conflicto con el DIP Jerarquía de tratados de DD.HH Recepción del DIP en Chile Daniel Soto
3 Teoría Dualista DIP y D. Interno son dos ordenamientos jurídicos distintos y separados DIP emana del acuerdo entre Estados, D. Interno deriva de voluntad exclusiva del Estado Normas del DIP deben transformarse en internas para que tengan valor Daniel Soto
4 Teoría Dualista Ambas normas tienen su propia esfera de competenciaNo puede existir conflicto entre ambas Vendross,Triepel y Anzilotti Daniel Soto
5 Teoría Monista Todo el derecho constituye una unidad normativaSistema normativo jerárquico Normas subordinadas unas a otras D. Interno subordinado al DIP Norma interna que contraría el DIP genera responsabilidad para el Estado Daniel Soto
6 Teoría Monista Derecho Internacional se encuentra Superordinado (jerárquicamente superior) y Derecho Interno Subordinado. Ambos órdenes se fundamentan en el Derecho Natural. Kelsen Daniel Soto
7 Teoría Conciliatoria Equilibrio armónico entre sociedad internacional y Estado Incumplimiento de norma de DIP genera responsbailidad internacional En DD.HH interesa cual es la norma que protege de mejor manera a las personas Daniel Soto
8 Aplicación del Derecho Internacional en el plano internoRecepción : Introducción del DIP en orden jurídico interno Conflicto : Entre norma de DIP incorporado en el ordenamiento interno Reenvío : DIP reenvía órganos internos su ejecución Complemento: DIP requiere de normas que las operacionalicen a través órganos internos Daniel Soto
9 Recepción Normas de DIP deben aplicarse dentro del EstadoCada Estado establece modalidades (Constitución, Legislación o Jurisprudencia) Daniel Soto
10 Recepción Ej. Normas atributivas para juzgar en Chile determinados delitos cometidos en el extranjero: Art. 6 No.8 COT, “Quedan sometidos a la jurisdicción chilena los crímenes y delitos perpetrados fuera del territorio de la República... los comprendidos en los tratados celebrados con otras potencias” Distinción: Derecho Consuetudinario Tratados Internacionales Daniel Soto
11 Recepción Derecho ConsuetudinarioDisposición legal que reproduce contenido de dichas normas. Reenvío. Ley interna dispone aplicación de norma internacional. Recepción Global. Se dispone (constitucionalmente) aplicación DIP sin necesidad de acto de incorporación. Daniel Soto
12 Recepción Tratados Ley destinada al cumplimiento de obligaciones o ejercicio de derechos de un Tratado. Tratado después de ratificado requiere de una formalidad interna. Ej promulgación y publicación en Chile Daniel Soto
13 Conflicto Determinar jerarquía de normas internacionales una vez introducidas en el derecho interno Determinar cual prevalece en caso de conflicto Juez nacional debe interpretar normas armonicamente Daniel Soto
14 Conflicto DIP Consuetudinario y Ley Interna Tratado y Ley InternaPrevalece Consuetudinario Tratado y Ley Interna Tratado posterior la Ley: Prevalece Tratado Ley posterior al tratado: Prevalece Tratado Convención de Viena. Texto explicito Art 27° CPR. Art. 54° N°1 inciso 5to. Daniel Soto
15 Conflicto CPR. Art. 54° N°1 inciso 5to.“Las disposiciones de un tratado sólo podrán ser derogadas, modificadaso suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo a las normas generales de derecho internacional” Daniel Soto
16 Rango Jerárquico de Tratados sobre Derechos HumanosArt. 5° inciso 2do. CPR: “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como los tratados internacionales ratificados por Chile” (Introducido por Reformas Constitucionales de 1989, Ley N°18.825, Art. Único N°1, D.O ) Daniel Soto
17 Rango Jerárquico de Tratados sobre Derechos HumanosInterpretaciones del Artículo: Reforma consagró rango constitucional de dichos tratados y un procedimiento secundario de reforma de la Carta (Nogueira.) Tratados ocupan un rango intermedio entre ley común y Constitución quedando supeditados a ésta (Bertelsen). Rango simplemente legal (Troncoso y Vidal). Daniel Soto
18 Rango Jerárquico de Tratados sobre Derechos HumanosOpinión del Tribunal Constitucional: Tratado y Ley son fuentes de derecho diferentes (Rol N°288 considerando 6° sobre acuerdo binacional sobre limites del Monte Fitz Roy) Hace suya opinión de Alejandro Silva Bascuñán según la que los tratados prevalecían sobre la ley cuando se refieren a los derechos de los gobernados o al “estatuto de la libertad”, pero que, en todo caso, “constituyen una jerarquía de normas que están por debajo de la Constitución” (Rol N°346 de recaído en el requerimiento de constitucionalidad contra el Estatuto de Roma) Daniel Soto
19 Recepción del DIP en el derecho interno chilenoPresidente de la República: Conduce las relaciones diplomáticas Lleva a cabo las negociaciones, concluye y ratifica los tratados Deben ser sometidos a la aprobación del Congreso (deliberaciones secretas si Presidente lo exige) Art.32 N°15 CPR Aprobación del Congreso y trámites de una ley Art.54 N°1 CPR Daniel Soto
20 Recepción del DIP en el derecho interno chilenoControl previo de constitucionalidad del Tribunal Constitucional Art 93 N°1 y 3 CPR Daniel Soto
21 Fin de Presentación Daniel Soto