1 DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONALDIRECCION OPERATIVA DE PERSONAL
2 SISTEMA DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONALLINEAMIENTOS 2007 PRESENTA: 2DA. ETAPA DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION Y DESARROLLO DE PERSONAL VIA INTERNET
3 PROGRAMA PROCEDIMIENTO PARA CONVENIOSACTUALIZACION DE LINEAMIENTOS PROCEDIMIENTO PARA CONVENIOS CAPACITACION Y OPERACIÓN DE INCIDENCIAS VIA INTENET PREGUNTAS Y RESPUESTAS
4 OBJETIVO Establecer las políticas y lineamientos para la administración del personal de acuerdo a las necesidades y requerimientos actuales de la Administración Pública. Ampliar el Sistema de Administración y Desarrollo de Personal vía Internet para la captura en línea de incidencias para las dependencias del Ejecutivo;
5 ALCANCES El SADPI cuenta con 3 Fases de Desarrollo e Implantacióndentro del los cuales se pretende descentralizar por completo los movimientos de personal del Poder Ejecutivo como son: Plantillas Administración del Personal Desarrollo del Personal
6 BENEFICIOS Mejora continua en el manejo de la información.Acceso y disponibilidad a la base de datos de Personal de la Oficialía Mayor. Información actualizada en todo momento. Simplificación de los sistemas utilizados por la DGADP. Amplitud en la recepción de movimientos de personal e incidencias. Descentralización de la captura hasta nivel Dirección General. Registro de incidencias y vacaciones en línea.
7 MOVIMIENTOS DE PERSONAL SADPIAdministración de Personal Altas Reingresos Reanudaciones Bajas. Cambios De Plaza Permutas Cuentas de Banco Datos Personales Conceptos Permanentes Únicos Consultas Empleados Situación Laboral Incidencias Licencias Vacaciones Incapacidades Faltas y Retardos Suspensiones Lactancia
8 Lineamientos Actualización de los lineamientos generales para la Administración de Personal del Poder Ejecutivo los cuales tienen su origen el 01 de diciembre de 1999. Funcionarios autorizados Recepción de trámites Movimientos de personal Incidencias Otros
9 Autorizaciones Sólo se recibirán las solicitudes de movimientos de personal e incidencias y cualquier otro trámite relacionado con la Administración de Personal del Poder Ejecutivo, autorizados por: Titular de la Secretaria de la Dependencia Y/O Coordinador Administrativo de la misma
10 Recepción de trámites RecepciónSerán recepcionados en la Dirección Operativa de Personal dependiente de la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de acuerdo al Calendario de Cortes de Movimientos de personal del presente ejercicio, en horario de 8:00 a 14:00 hrs. de lunes a viernes. Excepto en el mes de diciembre que es cuando se realizan procesos de fin de año
11 Movimientos de PersonalEs toda alta, reingreso, baja, cambio de plaza, permuta, cambio a datos personales, cambio de nombramiento, licencia sin sueldo, reanudación de labores, reexpedición de pago, suspensión de la relación laboral, cambio de U.A. y cambio de clave nominal que presentan las unidades de Coordinación Administrativa de cada Secretaria y relacionados con los trabajadores del Poder Ejecutivo.
12 Personal Activo: Es la persona que ocupa una plaza autorizada y presupuestada en la estructura del ejecutivo, la cual no podrá estar en 2 plazas diferentes en un mismo periodo. Personal Inactivo: las personas que están de Baja, Licencia o Suspendidos. Personal Jubilado y pensionado: Personal que tiene un decreto de pensión emitido el H. Congreso del Estado y que es ex-trabajador del Gobierno del Estado.
13 Altas Es el inicio de la relación laboral entre el trabajador y el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado la cual ocurre en una plaza vacante. La contratación de personal solo podrá efectuarse con fechas 1º y 16 de cada mes, no podrán efectuarse contrataciones en otro día que no sean los anteriormente mencionados, a menos que se trate de días inhábiles en cuyo caso la fecha de contratación será el primer día hábil siguiente, conforme al calendario de cortes que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, el cual se da a conocer al inicio de cada ejercicio fiscal.
14 Altas Altas Lineamientos:La plaza debe existir en la Estructura Autorizada y deberá estar considerada en el presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal en curso. Las plazas vacantes que no se ocupen en un periodo de 45 días quedarán congeladas, excepto las operativas de seguridad y custodia, área médica y paramédicas, ministerios públicos y peritos.
15 Altas Altas No se efectuarán pagos retroactivos, el inicio de las labores se dará una vez que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal valide el movimiento y haya dado el aviso correspondiente al I.M.S.S. y seguro de vida.
16 Reingresos Es la recontratación del personal que anteriormente laboró para el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado. En estos casos se deberá anexar Constancia de Existencia de Documentos Personales (FO-DGADP-ARCH-02), expedida por la Dirección Operativa de Personal, en la que se señala la documentación personal faltante en el expediente laboral o que deba actualizarse. No podrán reingresar las personas que hayan causado baja por los motivos que señala el artículo 24, fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, de la Ley del Servicio Civil.
17 Bajas Es la terminación de la relación laboral del trabajador con el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado. Se consideran como tales las siguientes Baja por renuncia Baja por abandono de empleo Baja por reestructuración (cancelación de plaza). Baja por cese Baja por defunción Baja por pensión Baja por termino de interinato Baja por faltas injustificadas Baja por Convenio Fuera de Juicio
18 Bajas Deberán presentarse ante la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, de manera inmediata, en el caso de las que se presenten después de los días de corte señalados en el calendario, las Unidades de las Coordinaciones Administrativas (UCA’S) deberán solicitar que los días pagados indebidamente, sean descontados del pago del finiquito del trabajador, siempre y cuando el monto del finiquito sea suficiente para poder recuperar los días que indebidamente le fueron pagados, en caso contrario las UCA’S deberán requerir al trabajador el reintegro correspondiente.
19 Bajas Bajas Las Coordinaciones Administrativas, serán responsables del pago de las cuotas patronales (I.M.S.S., Instituto de Crédito y Seguro de Vida) que se realicen en demasía, por la extemporaneidad de dichas bajas. En aquellas áreas en que el pago de salario, sea por medio de cheque, deberán tomar las medidas necesarias a fin de evitar que sus habilitados entreguen cheques al personal que haya causado baja. En el caso de personal de Mandos Medios y Superiores deberán presentar Constancia de No Adeudo al Ejecutivo emitidas por la Dirección General de Contabilidad y por la Coordinación Administrativa para el tramite de su finiquito
20 Bajas Bajas Requisitos: Renuncia (original)Acta administrativa o documento que justifique la baja (original). Resolución Administrativa Laudos Propuesta de convenio fuera de juicio
21 Bajas Finiquitos Pago que se realiza al ex-trabajador ó al beneficiario en caso de defunción para pagar las partes proporcionales que se le adeuden a la fecha de su baja. Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos, emitir y presentar anexo al movimiento de baja, Constancia de No Adeudo emitida por las UCA’S y por la Direccion General de Contabilidad esta ultima en el caso de Mandos Medios y Superiores: en el que se indique que el trabajador no tiene adeudo con el Gobierno del Estado por concepto de salarios, fondos, gastos a comprobar, etc.
22 Cambios Son las modificaciones a la relación laboral del personal que ya se encuentra activo en el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado. Estos pueden ser: De plaza De Datos personales De nombramiento De unidad administrativa (U.A.) Clave nominal (área de impresión)
23 Permutas Permuta No puede aplicarse a más de dos personas por caso.Es el intercambio de personas entre dos plazas del mismo nivel y dentro de la misma Dependencia. No puede aplicarse a más de dos personas por caso.
24 Lineamientos para Cambios y PermutasSólo aplican con fecha 1° ó 16 de cada mes En los cambios de plaza, no se efectuarán pagos retroactivos. El trabajador deberá firmar el formato FO-DGADP-NOM-01, al reverso del mismo. Requisitos: Constancia de Existencia de Documentos para la presentación de documentación faltante. Cumpla con el Perfil de la plaza.
25 Licencias sin goce de SueldoDeberán reportarse ante la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, con 10 días de anticipación, únicamente se concederán a partir de los días 1º ó 16 de cada mes. Solamente se autorizan 180 días de licencia sin goce de sueldo, en el mismo año. Requisitos: Anexar solicitud original del trabajador. Fundamento: Artículos 8, 11 y 43 fracción IV de la Ley del Servicio Civil.
26 Licencias sin goce de SueldoDe acuerdo a la antigüedad del trabajador se autorizarán los días de licencia sin goce de sueldo que a continuación se detallan: Antigüedad Días De 6 meses y menos de 1 año 60 días De 1 año y menos de 2 años 90 días De 2 años y menos de 3 años 120 días Más de 3 años 180 días
27 Reanudación de LaboresEs aplicable al término de una licencia sin goce de sueldo o posterior a la terminación de la suspensión por la autoridad correspondiente. Requisitos: Solicitud en original del trabajador, O Acta de resolución emitida por el Consejo de Honor y Justicia, Visitaduría General, Secretaría de la Contraloría o Tribunal Laboral correspondiente.
28 Horario de Labores Este se establece acuerdo al nivel del empleado:y 626 al 602 08:00 a 17:00 hrs., (con una hora escalonada para alimentación de las 13:00 a las 14:00 hrs. o de las 14:00 a las 15:00 hrs. Debe ser solo la especificada). 236 al 220 338 al 320 07:00 a 14:00 hrs. 08:00 a 15:00 hrs. 08:30 a 15:30 hrs. 09:00 a 16:00 hrs. 428 al 402 12 X 12, 24 X 24 y 24 X 48
29 Horario de Labores Jornada acumulada: De 08:00 a 20:00 hrs.Sábados, domingos y días festivos. Fundamento De acuerdo al Art. 59 de la Ley Federal del Trabajo aplicada “de manera supletoria”.
30 Incidencias de PersonalSe consideran incidencias de personal las siguientes: Faltas, retardos y omisiones Incapacidades Vacaciones Horario de lactancia A partir del mes de febrero del año en curso los tiempos de captura serán de manera permanente abarcando el registro de incidencias hasta 8 días de la quincena actual
31 Faltas, Retardos y OmisionesEn jornadas normales de labores, se le concede al trabajador diez minutos de tolerancia. Se considera horario especial, cuando el trabajador labora ocho horas diarias con horario diferente a lo establecido en estos lineamientos. Los trabajadores que tengan horario especial, no tienen derecho a los diez minutos de tolerancia, en estos están contemplados los horarios de lactancia. Se considera retardo a partir de las 08:11 hasta las 08:30, se aplican quincenalmente y no son acumulables.
32 Faltas, Retardos y OmisionesDos retardos se descuenta medio día de sueldo. Tres retardos se descuenta un día de sueldo. Se considera Falta a partir de las 08:31. Por omisión de entrada o salida, se descuenta un día de sueldo. Por marcar tarjeta de otro empleado, se descuenta un día de sueldo. Por reincidir en la falta anterior, se descuentan tres días de sueldo. Por alteración en el checado de su tarjeta de asistencia, se descuenta un día de sueldo.
33 Faltas, Retardos y OmisionesPor reincidir en la falta anterior, se descuenta un día de sueldo y se amonesta al trabajador. Por falta injustificada, se descuenta un día de sueldo. En jornada acumulada, por un día de falta, se descuentan tres días de sueldo. No se reintegrarán descuentos, por concepto de faltas y retardos que no se soliciten dentro de los primeros cuatro días hábiles, posteriores a la quincena en que haya ocurrido el descuento.
34 Faltas, Retardos y OmisionesEl término máximo para registrar entrada en forma anticipada, será de 15 minutos con respecto al horario de cada trabajador. El incumplimiento a lo anterior será sancionado como omisión de entrada.
35 Horario de Lactancia Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos, comunicar en tiempo y forma a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de las solicitudes de horario de lactancia presentadas por las madres trabajadoras. Se considerarán 6 meses a partir de la fecha de alumbramiento. Requisitos: 1.-Solicitud original de la madre trabajadora. 2.-Oficio de la Coordinación Administrativa, (especificando el horario normal de labores de la madre trabajadora).
36 Horario de Lactancia Las madres podrán optar por:1/2 hora a la entrada y 1/2 hora a la salida. 1 hora a la entrada. 1 hora a la salida. Fundamento Artículo 40 Fracción XX Inciso K Sub-inciso C, de la Constitución Política del Estado, así como lo manifestado por los artículos 8° y 11° de la Ley del Servicio Civil, referente a la costumbre del Gobierno del Estado.
37 Vacaciones Es responsabilidad de las Coordinaciones Administrativas, registrar las vacaciones a otorgar, mediante su captura en SADPI antes de ocurrir la incidencia e informar mediante el FO-DGADP-NOM-11 a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, y deberá procurarse ocurran en los periodos que para tal efecto señale la circular correspondiente. En las dependencias cuya naturaleza del servicio requiera de una atención constante, se deberán escalonar las vacaciones, para lo cual deberán registrarse y enviarse el rol vacacional correspondiente, obligándose a notificar cualquier modificación al mismo. Tiene derecho a gozar de vacaciones el personal que cuente con una antigüedad de más de 6 meses ininterrumpidos a la fecha que se dictamine comenzara el periodo vacacional. No esta autorizado el pago de Vacaciones por lo cual deberá disfrutarlas en su momento el trabajador. Fundamento Artículo 33 de la Ley del Servicio Civil.
38 Solicitud de Percepciones y DeduccionesEstos pueden ser de Percepción y Deducción. Conceptos Fijos: son los que aplican a un determinado numero de quincenas. Conceptos por Única Vez: se aplican solo en la quincena actual. En cualquier caso de solicitud de percepciones deberán incluir anexo oficio de suficiencia presupuestal con la firma de Autorización del Director General de Presupuesto En el caso de deducciones deberán anexar oficio que sustento el descuento.
39 Incidencias de PersonalDeberán ser gestionadas en las fechas que señala el calendario de cortes para incidencias 2007. Requisitos: 1. Captura en línea en el sistema SADPI Entregar el ó los formato(s) generado(s) por el SADPI ordenado en forma alfabética, que mencione: periodo que abarca la captura y días en que ocurrió la incidencia, así como datos del empleado.
40 Formatos: FO-DGADP-NOM-01 Solicitud de movimientos de personalFO-DGADP-NOM-03 Formato de Finiquitos FO-DGADP-NOM-05 Formato Pensión Alimenticia FO-DGADP-NOM-06 Solicitud de movimientos ante el banco FO-DGADP-NOM-08 Solicitud de Percepciones y Deducciones FO-DGADP-NOM-09 Faltas, Retardos y Omisiones FO-DGADP-NOM-10 Incapacidades FO-DGADP-NOM-11 Vacaciones FO-DGADP-ARCH-01 Solicitud de constancias (personalizado) FO-DGADP-ARCH-05 Solicitud de constancias de las Coordinaciones Administrativas y/o Direcciones Generales
41 Requisitos para Movimientos de PersonalElaborar Formato FO-DGADP-NOM-01 en original y CUATRO copias debidamente firmado y requisitado en base al instructivo de llenado anexo al mismo, con documentación anexa. Proceso de entrega en la Dirección: 1.- Original y 1 copia en los Departamento de Nomina 2.- Departamento de S.U.A.- I.M.S.S. 3.- Dependencia generadora, acuse de recibo. 4.- Trabajador (Se entregara a través de la Dependencia).
42 OPERACIÓN DEL SISTEMA
43 Afiliaciones: Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos enviar al trabajador de nuevo ingreso al departamento de Afiliación- Vigencia de Derechos de la Subdelegación Metropolitana del IMSS ubicada en Bajada Chapultepec Num.4 Col Chapultepec, a solicitar su numero de seguridad social. En caso de Reingresos deberá anexar comprobante de numero de seguridad Social expedido por el IMSS. Ningún movimiento de personal puede aplicar con retroactividad ante el IMSS, ya que genera multas, recargos y actualizaciones las cuales provocan sobregiros en el presupuesto de la dependencia.
44 Incapacidades: Es responsabilidad de los Coordinadores Administrativos, el que las incapacidades expedidas por el I.M.S.S. que presenten los trabajadores, se remitan a la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal, inmediatamente que se tenga conocimiento de las mismas, las UCA`S deberán solicitar a los trabajadores que les hagan llegar los certificados de copia patrón y trabajador dado que este caso el G.E.M .subsidia dicha incapacidad, a más tardar al siguiente día hábil de que éstas se originen, para que a su vez, las presenten a la DGADP, para efectos del SUA).
45 Incapacidades: Complemento de incapacidadSe aplica para las madres trabajadoras que no gozaron totalmente de los 42 días que el I.M.S.S. les otorgó de incapacidad por gravidez (prenatal), tomando en cuenta 6 días más que el Gobierno del Estado otorga de acuerdo a la costumbre. Requisitos: 1.- Solicitud original de la madre trabajadora. 2.- Oficio de la Coordinación Administrativa.
46 Incapacidades: FundamentoArtículo 40 Fracción XX Inciso K Sub-inciso C, de la Constitución Política del Estado, así como lo manifestado por los artículos 8° y 11° de la Ley del Servicio Civil, referente a la costumbre del Gobierno del Estado.
47 Pensión ante el IMSS Un Pensionado ante el Gobierno del Estado puede solicitar su pensión ante el IMSS siempre y cuando tenga un mínimo de 1250 cotizaciones semanales y haya cumplido 60 años de edad o mas. Fundamento Ley del IMSS Art. 154 Sección 2da. Capitulo 6.
48 Nombramientos: Para la expedición de un nombramiento deberá estar activo en al plantilla del Ejecutivo, así como existir descripción de puesto o fundamentación legal para su expedición. Los nombramientos de Secretario de Estado a nivel de Director General (109, 107, 105, 104) deberán ser tramitados ante la secretaria Particular del C. Gobernador.
49 Otra ves hola mundo necesito tapar esta línea HOLA MUNDI TO AKI ESTAMOS TRATANTO DE QUE SE CUBRA LA IMAGEN Otra ves hola mundo necesito tapar esta línea HOLA MUNDI
50 Entrega de Nominas. El habilitado es el responsable de recabar las firmas de los trabajadores en las Nominas que tiene asignadas. Las cuales deberá reintegrarlas debidamente firmadas al archivo de contabilidad. REQUISITOS PARA ENTREGA DE NOMINAS POR PARTE DE LA D.G.A.D.P. A LOS HABILITADOS: Reintegro de la quincena anterior Credencial de elector copia del oficio que lo avale como habilitado de las nominas En la DGADP solo se recibirán reintegros de comprobantes de pago de la nomina por motivo de baja de trabajadores: Renuncia, Faltas Injustificadas, defunción y/o ceses; siempre y cuando exista el antecedente de la retención de pago en el caso depósitos.
51 Solicitud de ConstanciasLa solicitud de constancias de servicio, trabajo, sueldo y de existencia de documentos, se podrán realizar de manera electrónica a través del SADPI, con la finalidad de que el trabajador no se tenga que trasladar hasta nuestras instalaciones a realizar dichos trámites, con la ventaja de que al realizar estos a través de su Coordinación Administrativa o de su Dirección General no se deberá anexar documento alguno. En el sistema es suficiente con proporcionar la clave del empleado, desplegándose los datos del trabajador solicitante.
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53 Una vez capturado lo anterior, y enviado a nuestra base de datos, el solicitante deberá imprimir dicho formato y presentarlo en el área de recepción de solicitudes, ubicada en las instalaciones de la Dirección Operativa, a efecto de que se le indique fecha de entrega de lo solicitado. El tiempo de entrega de las constancias es el siguiente: Constancia de Servicio: 5 días. Constancia de Trabajo y/o Sueldo:3 días. Constancia de Existencia de Documentos: 1 día.
54 HOLA MUNDI TO OTRA VES Hola mundo que quiero tapar esto HOLA MUNDI
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56 FIN GRACIAS POR SU ATENCION