1 Director de Juego y EspectáculosXI CONGRES Salón de Actos del Museo Marítimo Barcelona · 16 de Febrero de 2017 Reglamento General de Juego de Euskadi Aitor Uriarte Unzalu Director de Juego y Espectáculos
2 REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI01 “GARANTIZAR A LA CIUDADANÍA VASCA EL DISFRUTE DEL OCIO EN LIBERTAD Y CON SEGURIDAD, VELANDO POR LA RESPONSABILIDAD EN EL JUEGO MEDIANTE SU CONTROL Y LA CONCIENCIACIÓN DE LA CIUDADANÍA” MISIÓN SECTOR ADMINISTRA- CIÓN CIUDADANÍA
3 REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI02 Estatuto de Autonomía del País Vasco (Ley Orgánica 3/1979) - Ley 4/1991, reguladora del Juego en la CAPV Normativa Decreto 277/1996, por el que se aprueba el catálogo de Juegos en la CAPV Reglamento General del Juego en la Comunidad Autónoma de Euskadi, Decreto 120/2016, de 27 de julio
4 REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADIOBJETIVO: Creación de un único texto que integre en su seno la regulación de la totalidad de los sectores de juego autorizados en la CAV Integrador Coherente Combinado de Principios: Libertad establecimiento Libertad prestación servicios Protección persona jugadora Profundización: Juego Responsable Resp. Social Corporativa Integrar Eliminar las incongruencias Atemperar Profundizar Publicidad Recopilar Integrar la normativa existente, dando coherencia en su redacción y aligerando aquellos aspectos comunes que se repitan en todos los reglamentos. Eliminar las incongruencias originadas por la diferencia temporal entre los reglamentos. Atemperar, en la medida de lo posible, los requisitos exigidos a los operadores para acceder a la actividad del juego. Profundizar en la incorporación de medidas conducentes a potenciar el “juego responsable” y la “responsabilidad social corporativa”. Publicidad Información si / incitación al juego no Recopilar las inquietudes de todos los agentes del sector, intentando fijar las bases regulatorias de las innovaciones que, previsiblemente, se darán en las diferentes modalidades de juego.
5 Reglamentación General de JuegoREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI Reglamentación General de Juego Disposiciones Generales Autoridades de Control del Juego Planificación del juego y Promoción del Juego Responsable Personas Jugadoras Empresas Operadoras de Juego. Título Habilitante Locales de Juego. Título Habilitante Sistemas de Juego. Título Habilitante Fianzas Personal de Juego Fabricación, Importación, Comercialización y Asistencia Técnica Homologación del Material de juego Publicidad, Patrocinio y Actividades Promocionales Control e Inspección Régimen Sancionador
6 Reglamentación específica de cada sectorREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI Reglamentación específica de cada sector Casinos de Juego Juego de Bingo Salones de Juego y Recreativos Apuestas Generales Apuestas Hípicas Máquinas de Juego y Auxiliares Juego de Boletos Lotería Rifas, Tómbolas y Combinaciones Aleatorias
7 Anexos Planificación Juegos de Casino Eventos susceptibles de apuestasREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI Anexos Planificación Juegos de Casino Eventos susceptibles de apuestas Modalidades Apuestas Hípicas.
8 CASINOS BINGOS SALONES Potencia Requerimientos C. APUESTAS HOSTELERÍAREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI CASINOS BINGOS SALONES Potencia Requerimientos C. APUESTAS HOSTELERÍA
9 AUTORIDADES DEL CONTROL DEL JUEGOREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI AUTORIDADES DEL CONTROL DEL JUEGO Administraciones Autoridad Reguladora del Juego (art. 5). La Dirección de Juego y Espectáculos es la competente en materia de juego. Consejo Vasco de Juego. Órgano de estudio, coordinación y consulta. Composición (art 36 ley 4/1991): Gobierno Vasco (7) Seguridad (2)+ Presidente Cultura (1) Hacienda (1) Industria (1) Salud (1) Diputaciones Forales (3, una por territorio histórico) EUDEL (1)
10 AUTORIDADES DEL CONTROL DEL JUEGOREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI AUTORIDADES DEL CONTROL DEL JUEGO Gobierno Vasco - Sector Consumidores - Asociaciones Comisión Técnica Asesora de Juego (art. 7). Órgano de participación y asesoramiento. Canalizar las sugerencias y propuestas del sector del juego. Examinar la situación del sector. Examinar la incidencia de las nuevas normativas. Implantación de nuevas modalidades de juego. Promover iniciativas destinadas a fomentar el juego responsable. Composición: Gobierno Vasco (7) Seguridad (3)+ Presidente Hacienda (1) Turismo (1) Salud (1) Sector (9) Consumidores (2) Rehabilitación de adicciones (3)
11 Estatuto de la persona jugadora (art.15)REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI PERSONAS JUGADORAS Estatuto de la persona jugadora (art.15) Derechos Deberes Prohibiciones (art.16) Participación en el juego Prohibición de acceso a locales de juego y a páginas web Registro de interdicciones de acceso al juego (art.18) Estatuto de la persona jugadora (art. 15) La Autoridad Reguladora del Juego velará por la protección de los derechos de las personas jugadoras y promocionará la práctica del juego responsable; impulsará y potenciará campañas preventivas y educativas tendentes a tal fin y colaborará en programas de prevención y asistencia con el departamento competente en materia de Salud, las administraciones locales y las asociaciones dedicadas al tratamiento de conductas adictivas. Derechos: A ser tratada respetuosamente y con cortesía. Al tiempo de uso según precio de la partida. Al cobro de los correspondientes premios. A jugar libremente, en ausencia de coacciones o amenazas . A obtener la información que precise sobre las reglas que regirán el juego. A identificarse de modo seguro mediante el DNI o equivalente y protección de sus datos personales. A conocer en todo momento la identidad de la empresa operadora de juego. Tener a su disposición, de modo inmediato, las hojas de reclamaciones. A recibir en los establecimientos de juego la información necesaria sobre la práctica responsable del juego. Deberes: Las personas jugadoras deberán respetar en todo momento las reglas del juego, los principios del juego responsable, hacer un uso adecuado de los aparatos y las máquinas, así como mantener una actitud respetuosa hacia al personal de los locales y al resto de las personas usuarias. Prohibiciones (art. 16) Participación en el juego: Menores de edad, las personas incapacitadas legalmente, las incluidas en la relación de prohibidos, así como los que perturben el orden, la tranquilidad y el desarrollo de los juegos. Las personas accionistas, partícipes, titulares, directivos/as y empleados/as de las empresas organizadoras y explotadoras de juegos o apuestas y/o titulares de locales de juego y el personal al servicio de los mismos, así como los y las cónyuges, ascendientes y descendientes en primer grado de todos ellos. Los jueces/as de actividades deportivas, de competición o de otra naturaleza, que ejerzan sus funciones en actividades objeto de apuestas. Las personas intervinientes a título de participantes o de entrenador/a en las actividades objeto de apuestas. Los empleados/as públicos que tengan por objeto el control e inspección de las actividades y locales de juego. Prohibición de acceso a locales de juego y a páginas web: Menores de edad en el caso de casinos de juego, salas de bingo, salones de juego y locales de apuestas. Las personas que presenten signos de embriaguez o de estar bajo la influencia de sustancias psicotrópicas, o que manifiesten un comportamiento agresivo o violento. Las personas incluidas en el Registro de Interdicciones de Acceso Juego en los locales de juego donde deban aplicarse sistemas de control de admisión. Registro de interdicciones de acceso al juego(art.18) El Registro de Interdicciones de Acceso al Juego se establece con la finalidad de impedir el acceso de las personas que en él se inscriban a los locales de juego donde deban aplicarse sistemas de control de admisión o a los sitios web de juego a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos e interactivos. 2.– La Autoridad Reguladora del Juego inscribirá en tal registro: Las personas que voluntariamente hubieran solicitado que les sea prohibido el acceso al juego. Las personas que presenten adicción patológica al juego, a solicitud de tercero con interés legítimo. Las personas declaradas incapaces o pródigas por sentencia judicial firme. Las personas a las que, por sentencia judicial firme, de modo principal o accesorio, se les hubiera limitado el acceso al juego y, en su caso, las que se vean afectadas por medidas provisionales consistentes en la limitación de acceso a actividades de juego adoptadas en el marco del correspondiente procedimiento y durante la vigencia de la medida. Las personas sancionadas por infracciones graves o muy graves contempladas en esta normativa de juego. Las personas cuya inscripción sea solicitada por las empresas operadoras de juego atendiendo a su comportamiento en el juego. Promoción del juego responsable (art.10) Es el conjunto de medidas normativas e informativas, tendentes a mantener que la actividad de la persona jugadora se realiza de manera consciente, sin menoscabo de su voluntad y libre determinación, dentro de parámetros saludables. Principios: a) El juego es una forma de ocio. b) El juego es una actividad social. c) El juego puede provocar adicción. d) Jugar no es un medio de vida. e) Responsabilidad social corporativa. Responsabilidad social corporativa (art. 11). Las actividades de juego deben ser desarrolladas con sentido de la responsabilidad social corporativa por las empresas operadoras de juego, entendido este concepto como el conjunto de prácticas empresariales abiertas y transparentes basadas en valores éticos y en el respeto hacia los y las empleadas, las personas jugadoras, sociedad en general y medio ambiente. Promoción del juego responsable (art.10) Principios Responsabilidad social corporativa (art.11)
12 PUBLICIDAD PUBLICIDAD REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADIPatrocinio Definiciones Promoción comercial Información comercial PUBLICIDAD Veracidad Principios básicos Identificación Incitar a la práctica del juego Centros admon, sanitarios y enseñanza Prohibiciones Centros y espectáculos para menores Act. deportivas o culturales para menores Visualice personas practicando juego Comunicación previa Regalos fuera del art. 81 Conlleve préstamos o anticipos Tenga mensajes racistas, violentos, pornográficos….
13 SITUACIÓN DEL MERCADO JUEGO EUSKADIREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI PLANIFICACIÓN Protección Usuarios Protección Menores Prevenir Juego Patológico Prevenir Seguridad Pública LEY VASCA JUEGO Sujeto a Autorización Previa Planificación SITUACIÓN DEL MERCADO JUEGO EUSKADI Crecimiento Global de la Oferta Crecimiento Estímulos JUEGO ON LINE Incremento percepción de la sociedad: Todos los juegos son adictivos Insuficiencia de las medidas de control: 60,7% II LIBRO BLANCO JUEGO EUSKADI
14 HABILITACIÓN Y NECESIDAD DE PLANIFICACIÓNREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI PLANIFICACIÓN LEY JUEGO VASCA Impedir actividades monopolísticas Consideración repercusiones económicas y tributarias No fomentar el hábito: Menores de edad Personas que tengas reducidas capacidades volitivas. Reducir efectos negativos LEY DE GARANTÍA DE UNIDAD DE MERCADO Hay que justificar limitaciones por Interés Público: Seguridad Pública Salud Colectivos vulnerables ……… HABILITACIÓN HABILITACIÓN Y NECESIDAD DE PLANIFICACIÓN SALUD PÚBLICA ADICCIÓN AL JUEGO Asunto Salud Pública LEY VASCA DE ADICCIONES Planificar oferta equilibrada y coherente SEGURIDAD PÚBLICA CONCLUSIONES SECTOR ATRACTIVO CRIMINALIDAD ORGANIZADA Volumen de negocio Fraude fiscal …… BLANQUEO DE CAPITALES MERCADO: Volumen suficiente para demanda ELIMINAR PLANIFICACIÓN Incremento incontrolado del estímulo al juego PLANIFICACIÓN INTEGRAL
15 PLANIFICACIÓN TRIENAL OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN PERIODOREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI PLANIFICACIÓN NATURALEZA Y VARIEDAD DE JUEGOS POTENCIALIDAD ADICTIVA DISPONIBILIDAD Y ACCESIBILIDAD TAMAÑO Y AFORO DE LOCALES DETERMINAR OFERTA OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN PIRÁMIDE REGULATORIA Principio de precaución Mayores exigencias Mayor variedad Potencialidad adictiva Importes apuestas y precios IMPEDIR DESARROLLO INCONTROLADO FLEXIBILIZACIÓN DE CIERTOS REQUISITOS Adaptación al mercado Nuevos modelos Distribución premios PERIODO PLANIFICACIÓN TRIENAL CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES
16 DISTANCIAS ENTRE LOCALES DE JUEGOREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI DISTANCIAS ENTRE LOCALES DE JUEGO CASINOS BINGOS SALONES JUEGO CASAS APUESTAS 3 1/T.H. 600 M 150 M 500 M 200 M
17 AFOROS Y NÚMEROS DE LOCALES DE JUEGOREGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI AFOROS Y NÚMEROS DE LOCALES DE JUEGO POSIBILIDAD ACTUALIDAD CASINOS 3 2 1 por T.H. CONCURSO BINGOS plazas 4670 plazas 14 salas DISTANCIAS SALONES JUEGO 210 210 locales Abiertos: 178, en trámite:30 2.414 permisos 2.463 permisos CASAS APUESTAS 3 licencias CONCURSO 75 locales 2.250 terminales 1.500 hostería. 750 Casas + Hab. HOSTELERÍA 9.320 permisos 9.026 permisos
18 BH BS 6 1 3 1 CANJE PERMISOS REGLAMENTO GENERAL DE JUEGO EN EUSKADI*BH Hostelería *BS Salón
19 Director de Juego y EspectáculosMoltes gràcies Muchas gracias Eskerrik asko Aitor Uriarte Unzalu Director de Juego y Espectáculos