1 EL AVANCE DE LOS MECANISMOS DE DEMOCRACIA DIRECTA EN EL MUNDO Y LOS RETOS ACTUALES PRIMERA PARTE- FRANCISCO SOTO BARRIENTOS
2 La dicotomía participativa en la actualidad y su expresión en Chile Crece la abstención electoral y los partidos tradicionales pierden prestigio y apoyo En Chile (2016) más de doscientas mil personas se han organizado para discutir una nueva constitución, aún sin saber cuál será el futuro de este texto.
3 LA TESIS QUE DEFENDEREMOS Las democracias contemporáneas no pueden eludir la incorporación y activación de mecanismos de participación ciudadana, Estos son fundamentales para fortalecer la capacidad de respuesta a las demandas de la población Los procesos de participación son cada vez más complejos y requieren marcos teóricos distintos según el nivel normativo. Constitucional Legal Reglamentario
4 UE Integración europea Suiza América EUA Latinoamérica
5 LOS RETOS ACTUALES: 1. EL DERECHO A DECIDIR colectivos indígenas en Bolivia (2009) para evitar la construcción de una autopista que atravesaría el TIPNIS. El gobierno decía que todos los bolivianos tenían derecho a decidir sobre un asunto que afectaba a su desarrollo. Los indígenas decían que sólo a los habitantes de los territorios afectados les correspondía participar. Incluso la noción más delimitada de “habitante del territorio” implicaba una demarcación problemática. la demanda catalana de realizar un referéndum sobre su derecho a decidir (la independencia de España) El Tribunal Constitucional ha dicho, interpretando la constitución que a todos los españoles les correspondería decidir sobre la integridad territorial del país, mientras el gobierno catalán responde que Cataluña es una nación y es a los catalanes a quienes les corresponde decidir. El dilema no existió ni en Escocia (referéndum de 2014) ni en Quebec (1995). En que todos los actores acordaron más o menos rápidamente quien tenía derecho a participar en la toma de una decisión semejante (en ambos casos, el territorio definido como una nación sin estado). Integración europea: Esto ocurre especialmente cuando un referéndum realizado en un sólo país conduce a decisiones que afectan a toda la UE, debido al requisito de unanimidad para la entrada en vigencia de determinados tratados, como el de Constitución. En estos casos, más de un analista ha cuestionado la activación de consultas en un sólo país.
6 2. DELIMITAR DECISIONES: PREGUNTAS CLARAS PARA VOTANTES Se acusa a las consultas populares de crear polarización, por proponer opciones binarias. Formula suiza en que el parlamento puede presentar una contrapropuesta a iniciativas ciudadanas sometiéndose ambas a voto, e incluso una tercera, cuando se arriba a un acuerdo entre las partes. La misma amenaza de activar una consulta puede abrir procesos de negociación previos. Experiencia escosesa de 2014, ya que durante la campaña el gobierno de Reino Unido ofreció una serie de concesiones que podrían haber influido en que finalmente la ciudadanía se haya decantado de la secesión.
7 3. LAS GARANTÍAS A LA FORMACIÓN DE LA OPINIÓN PÚBLICA Es esencial que aquellos que van a tomar una decisión cuenten con la información completa que les permita entender el asunto en cuestión y las consecuencias de las decisiones que se tomarán. En Brasil, el 22 de diciembre de 2003 el presidente Lula da Silva firmó la Ley 10.826 que regulaba el uso de armas y munición, y establecía la prohibición de comercializar armas de fuego. La ley señalaba que entraría en vigencia si era aprobado en referéndum.
8 4. QUIÉN DECIDE CÓMO Y CUÁNDO LA GENTE SERÁ CONSULTADA? Altman (2010) identifica que sólo la mitad de los MMD que se presentan se ganan. el referéndum obligatorio: incrementar los controles al poder. Aunque en el contexto latinoamericano los MDD han sido en ocasiones demonizados por sus potenciales usos plebiscitarios. Menem en Argentina en 1993, lo que dio lugar al Pacto de Olivos entre los principales partidos abriendo la puerta al reemplazo constitucional) de consultas populares para cambiar las instituciones introduciendo la reelección. El efecto de la activación de un MMD trae efectos insospechados: sortear los equilibrios entre poderes apelando a la legitimidad ciudadana para cambiar las reglas del juego. sortear la falta de marco legal para conducir procesos de reemplazo constitucional (El rol de los Tribunales superiores). Fundamentos de cuando llamar:
9 5. ¿CÓMO SE RECONCILIAN LAS DECISIONES TOMADAS CON OTROS MECANISMOS DE CONTROL DEMOCRÁTICO? Llevar definiciones complejas a soluciones bipolares a generado graves consecuencias A nivel de la UE los problemas han sido múltiples > rechazos franceses y los holandeses. Los líderes de la UE acordaron entonces el Tratado de Lisboa, esperando una masiva ratificación parlamentaria de los mismos. Esto era posible porque en la mayoría de los países el referéndum no era obligatorio.
10 SÍNTESIS De esta somera revisión podemos constatar que el referéndum se inserta en el contexto de democracias representativas, donde se utiliza en situaciones acotadas. Los MDD son un complemento importante para el sistema, pero no lo suplen, aunque en ocasiones suponen un freno a las opciones de los representantes. La toma de decisiones públicas requiere determinadas formas de ejercicio de la democracia basadas en la representación. La voluntad popular expresada en decisiones directas debe cumplir ciertas condiciones relacionadas con la definición de la pregunta y sus consecuencias pero también con el proceso de formación de la opinión pública. En este sentido, el protagonismo de los partidos políticos es fundamental, ya que activa una cadena de incentivos que permite la selección de representantes y la conformación de un debate que llevará, en definitiva, a la definición de políticas públicas y opciones normativas a través de las instituciones representativas. Las condiciones actuales de desprestigio de los representantes, desconexión entre ciudadanos y partidos, escasa responsabilidad de algunos medios de comunicación y proliferación de fuentes de información alternativas añaden complejidad a las consultas directas. Mecanismos de deliberación eventualmente combinables con otros mecanismos de consulta directa a la ciudadanía serían idóneos para producir decisiones con más argumentos y consecuentemente mayor legitimidad.
11 LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN PROCESOS CONSTITUYENTES SEGUNDA PARTE- FRANCISCO SOTO BARRIENTOS
12 EL TIEMPO Y LA FORMA DE LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA Durante los últimos treinta años, en más de la mitad del mundo, casi doscientas constituciones nacionales han sido reemplazadas, generando un debate sin precedentes sobre los procedimientos que deberían conducir la elaboración de una nueva constitución (Saati, 2015). Se abre la interrogante sobre el rol de la participación ciudadana en dichos procesos Sin embargo, más allá de unos pocos estudios de caso, la investigación sobre la participación se ha concentrado en los mecanismos de ratificación por vía de referendos y su incidencia en la legitimación del texto constitucional.
13 1.LOS PROCESOS PARTICIPATIVOS EX ANTES Este tipo de participación ciudadana tiene lugar en la etapa preliminar, a veces incluso antes de que efectivamente se esté en un proceso constituyente, ya que se busca instalar el tema en la agenda o activar los mecanismos institucionales que permitan dar inicio al proceso. la iniciativa popular de reemplazo constitucional (Condorcet). Los procesos informales: movimientos sociales, buscan instalar en la agenda nacional la necesidad de un cambio constitucional. Colombia (1990), Bolivia y Ecuador (desde 2000), Islandia (2008), Túnez (desde 2010), entre otras experiencias relevantes a considerar recientemente (PNUD 2015). Referendos no previsto Esta fue la alternativa para iniciar procesos de reemplazo constitucional en Latinoamérica (Venezuela, Ecuador y Bolivia) y supuso descansar en la iniciativa del Presidentes de la República, con la complicidad o el apoyo de los Tribunales supremos.
14 2. PROCESOS PARTICIPATIVOS GENERADOS DURANTE LA ELABORACIÓN DE UN TEXTO CONSTITUCIONAL Elección de representantes de la Asamblea: oportunidad para que los constituyentes participen en el debate público presentando y defendiendo sus ideas en torno al nuevo texto constitucional. Sudáfrica (1996), Uganda (1995), Italia (1947), Portugal (1978), Camboya (1993). Comisiones de expertos. Se observan experiencias donde las comisiones constituyentes desplegaron algún tipo de participación. Este fue el caso de Polonia (1997), Ruanda (2003), Angola (2010), y Marruecos (2011). Brasil: metodología participativa utilizada se le denomino “desde cero”, se construyen debates temáticos hasta consensuar formulas normativas. Asambleas Constituyentes: Colombia, Ecuador y Bolivia, donde los respectivos gobiernos coordinaron extensos diálogos ciudadanos tendientes a incorporar las demandas de los movimientos sociales. Pero también nos encontramos con procesos constituyentes fuertemente intervenida por el gobierno de turno, como fue el caso peruano (1993) o el venezolano (1999).
15 3. EL REFERÉNDUM DE RATIFICACIÓN procedimiento habitual en el proceso de diseño constitucional. La figura está contemplada en Suiza y en otras cartas europeas como la española (art.168.2 y 3), la francesa (art. 89), la irlandesa (art. 47), la danesa (art. 88) y la italiana (art.138). En Latinoamérica, la constitución uruguaya (art. 331, letras b), boliviana (art. 411.1) y la peruana (art. 206). Venezuela (1999), Ecuador (2008), Bolivia (2009) e Islandia (2012). Países que han elegido una comisión constituyente. Según un reciente informe del PNUD: “Este espacio de participación es de relevancia, puesto que constituirá un mecanismo de control ciudadano (accountability) sobre aquellos a quienes se les otorgó el mandato de ejercer el poder constituyente. Existe por tanto una intervención directa en el proceso, que en la mayoría de los casos es vinculante. No obstante, este tipo de participación no es sustitutivo de la deliberación pública que otros mecanismos pueden fomentar de mejor manera ya que no permite una incidencia en el contenido del texto constitucional. En tal sentido puede servir como un paso altamente deseable para finalizar un proceso constituyente con un alto grado de legitimidad, pero no asegura el involucramiento de la ciudadanía en las otras fases del proceso constituyente.” (PNUD 2015: 18) Méndez y Wheatley (2013: 434) afirman: “(…) hemos identificado un conjunto significativo de eventos en los que las constituciones fueron elaboradas por un organismo designado por la elite política de turno, posteriormente ratificada por un referéndum, y en el que el efecto de este proceso fue consolidar el control autoritario. Este hallazgo nos llevó a concluir que el uso de un referéndum no es necesariamente una característica de un proceso abierto y democrático.”
16 LA HOJA DE RUTA DEL PROCESO CONSTITUYENTE CHILENO El 13 de octubre de 2015: “un proceso constituyente abierto”, construcción de acuerdos de las personas sobre la futura constitución, registrando los acuerdos, acuerdos parciales o desacuerdos. “Bases Ciudadanas para la Nueva Constitución”, que “entregará” CCO. Tomando las conclusiones de este documento, la Presidenta de la República anunció que enviaría al Congreso, a inicios del segundo semestre del 2017, un proyecto de nueva constitución. De forma paralela, a fines del 2016 el gobierno enviaría un proyecto de reforma de la actual Constitución para que, por dos tercios de sus miembros en ejercicio, se establezca el procedimiento que hagan posible dictar una nueva Carta Fundamental. (i) Comisión Bicameral de Senadores y Diputados; (ii) Convención Constituyente mixta de parlamentarios y ciudadanos; (iii) Asamblea Constituyente; y (iv) Plebiscito, para que sea la ciudadanía la que decida entre las anteriores alternativas. El proyecto de constitución debería ser debatido por el Parlamento elegido en el 2017, utilizado el nuevo procedimiento de remplazo constitucional, definido a partir de las cuatro alternativas antes enunciadas, el que deberá establecer sus acuerdos por una mayoría de 3/5
17 LECCIONES Y RETOS DE LA PARTICIPACIÓN EN PROCESOS CONSTITUYENTES rol de las autoridades e iniciativa popular. De la participación reactiva a su inclusión en el diseño de un proceso constituyente. Un llamado de atención a las élites políticas. Sin embargo, la evidencia empírica sugiere que los procesos participativos no vinculantes también pueden incidir. Desde la teoría de la argumentación, Chambers (2012) distingue dos tipos de incidencia o “impacto”: la receptividad causal. La literatura jurídica y politológica tiende a considerar los resultados de los procesos participativos cuando éstos son vinculantes. “receptividad deliberativa”