1 *EL ESTADO *EL GOBIERNO *FORMAS DE GOBIERNO ARGENTINOUNIDAD N° VII *EL ESTADO *EL GOBIERNO *FORMAS DE GOBIERNO ARGENTINO
2 ESTADO: ESTADO: CONCEPTO. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO.NACIÓN Y ESTADO. DISTINCIÓN CONCEPTUAL.
3 ESTADO CONCEPTO: Es una agrupación humana, fijada en un territorio determinado y en la que existe un orden social, político y jurídico orientado hacia el bien común, establecido y mantenido por una autoridad dotada de poderes de coerción, es la forma en la que esta organizado políticamente un país, puede considerarse también como la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población. Para que la agrupación humana que compone un Estado sea considerada como tal, debe estar permanentemente establecida en su suelo, suelo que se denomina patria; que deriva de dos vocablos latinos: terra patrum (tierra de los padres).
4 ELEMENTOS DEL ESTADO A) TERRITORIO B) POBLACIÓN C) PODER POLÍTICO
5 A)TERRITORIO Es la base física del Estado, es un lugar geográfico en el que habita permanentemente y de forma continuada una población determinada. Es el espacio donde tienen vigencia las normas e instituciones del Estado, estableciendo el límite geográfico de Derecho del Estado. Es un elemento constitutivo del Estado, si no existe el mismo, no existe el Estado.
6 LÍMITES DEL TERRRITORIOEl territorio es limitado por fronteras, que marcan el fin de la soberanía del Estado, consta de las siguientes partes: Espacio terrestre; Subsuelo; Espacio Aéreo; Espacio Marítimo.
7 ESPACIO TERRESTRE Incluye suelo, ríos y lagos interiores. La frontera en este caso puede ser de manera natural o artificial. Las primeras son aquellas consecuencias de accidentes geográficos, y las segundas consecuencias de tratados internacionales suscritos entre estados.
8 SUBSUELO Subsuelo: Es la zona subyacente al suelo territorial. Aunque su delimitación no es fácil, en un marco teórico quedaría limitada por un cono invertido que tiene su vértice en el centro de la tierra y su base en el suelo del Estado.
9 ESPACIO AÉREO Se considera perteneciente al estado lo que no se conceptúa como espacio ultraterrestre.
10 B)POBLACIÓN Es aquel grupo formado por personas que viven en un determinado lugar, la población desempeña, desde el punto de vista jurídico, un papel doble. Puede, en efecto, ser considerada como objeto o como sujeto de la actividad estatal.
11 C)PODER POLÍTICO El poder estatal es aquella facultad política correspondiente a los poderes públicos y que consiste en la capacidad de dirección superior de todos los asuntos que se incluyen en el ámbito político de un sistema en particular. Este poder estatal puede observarse desde distintas perspectivas: Internacional: Desde el ángulo externo, el poder estatal se percibe como poder nacional, y se conceptualiza como la suma de los atributos que puede movilizar un Estado frente a otros en situaciones de conflicto. Poder institucionalizado y formalizado: desde una perspectiva político‑jurídica se entiende al poder estatal institucionalizado como soberanía.
12 FINALIDAD DEL ESTADO La finalidad del Estado es la realización de objetivos comunitarios. El ejercicio del poder será legítimo si el bien que se persigue es el bien común; es decir que una orden para ser legítima (además de emanar formalmente del órgano competente) debe serlo en su sustancia. La finalidad del Estado se sostiene a partir del reconocimiento y del respeto de los derechos individuales y siempre será el interés colectivo.
13 CLASES DE ESTADOS De acuerdo a la forma de como cada gobierno ejerce el poder, existen varias clases de Estados: A) Estados Soberanos: Son los que están capacitados para manejar sus asuntos internos y externos con plena autonomía. Así pueden elegir su forma de gobierno y establecer sus propias leyes. Ejemplo: Argentina. B) Estados Semisoberanos: Son aquellos que sólo pueden ejercer su soberanía interna. No tienen soberanía externa, es decir, sus relaciones exteriores son llevadas a cabo por otros Estados. Ejemplo. La Federación Rusa. C) Estados Vasallos: Son aquellos que no están en capacidad de ejercer soberanía interna ni externa. No gozan de libertad y permanecen unidos a otros Estados. Eje. Islas Bermudas que dependen de Francia.
14 NACIÓN: CONCEPTO Nación es el conjunto de personas, por lo general nacen en el mismo lugar, que hablan el mismo idioma y tienen las mismas costumbres, formando de esta manera un pueblo o país. Tenemos dos tipos de Nación: A) Cultural B) Política
15 NACIÓN CULTURAL Se mantiene unida por las costumbres, tradiciones, la religión, el idioma y la conciencia nacional. Los elementos de la nación cultural por sí mismos no constituyen el carácter de una nación. El elemento dominante debe ser la convicción de una vida colectiva , es cuando la población siente que constituye un organismo o un grupo, distinto de cualquier otro, con vida propia, intereses especiales y necesidades.
16 NACIÓN POLÍTICA Es definida por la soberanía constituyente de un Estado. La nación no se anula a pesar de ser dividida en varios Estados, y también muchas naciones pueden unirse para formar un País. El Estado es un forma política, adoptada por un pueblo con voluntad política, y la nación existe sin cualquier tipo de organización legal, sólo significa la sustancia humana que la forma, actuando en su nombre y por sus propios intereses.
17 Diferencia entre Nación y Estado.La Nación es la comunidad más amplia que existe y su finalidad es generar entre las personas un vínculo de unión. La Nación, además hace referencia a un conjunto de personas que se encuentran unidas por vínculos comunes como son la lengua, la raza, la cultura o la religión. En una Nación también se comparten las costumbres y tradiciones que van conformando su historia. El Estado, por su parte, hace referencia a una agrupación humana que habita en un territorio común y que está asociada bajo a una misma autoridad y bajo unas mismas normas que constituyen el gobierno. De acuerdo a la forma de como cada gobierno ejerce el poder, existen varias clases de Estados: A) Estados Soberanos. B) Estados Semisoberanos. C)Estados Vasallos.
18 GOBIERNO CONCEPTO: Es la autoridad gobernante de una unidad política, que tiene por objeto tanto dirigir, controlar y administrar las instituciones de un Estado, como regular una sociedad política y ejercer autoridad. El tamaño del gobierno variará de acuerdo con el tamaño del Estado, y puede ser local, regional y nacional.
19 Gobierno: Caracteres. Para que el gobierno pueda subsistir, deben desarrollarse algunos poderes o funciones: el poder ejecutivo, coordina y aprueba las leyes, el poder legislativo, crea leyes, y el poder judicial, se encarga que las leyes se cumplan. Es el más alto nivel de dirección y de administración ejecutiva, generalmente reconocido como el liderazgo de un Estado o una Nación. Está compuesto por los directores ejecutivos del Estado, como el presidente o el primer ministro, y por los ministros. Se encarga de recaudar un dinero obligatorio (impuestos) a todos los miembros del Estado, que sirve para crear, desarrollar y mantener empresas de servicios públicos y construir infraestructura.
20 FORMAS DE GOBIERNO Existen dos formas de gobierno: República.Monarquía. Dentro de uno de estos, el sistema de gobierno puede ser, el Parlamentarismo, Presidencialismo, Constitucionalismo o el Absolutismo.
21 DISTINTOS TIPOS DE GOBIERNOLa forma de gobierno es la manera de cómo se reparte la institución del poder en la sociedad y cómo es la relación entre gobernantes y gobernados. Distintos tipos de gobierno: A)Anarquismo: Es cuando existe la ausencia o la falta de gobierno. B) Democracia: cuando gobierna el pueblo. C)Dictadura: cuando un dictador gobierna con poder absoluto. D)Monarquía: cuando un rey o monarca gobierna. E)Oligarquía: cuando unos pocos gobiernan. F)Tiranía: cuando un tirano, amo y señor, gobierna con poder absoluto. G)Aristocracia: cuando muchos gobiernan pero con exclusión de algunos grupos; y otros.
22 DEMOCRACIA Concepto: es una forma de organización social que atribuye la titularidad del poder al conjunto de la ciudadanía. En sentido estricto es una forma de organización del Estado en la cual las decisiones colectivas son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que confieren legitimidad a sus representantes. En sentido amplio es un forma de convivencia social en los que los miembros son libres e iguales y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales.
23 FORMAS DE DEMOCRACIA DIRECTA: las decisiones las toma el pueblo soberano en asamblea. No existe representante del pueblo, sino, en todo caso, delegados que hacen de portavoces del pueblo, que únicamente emiten el mandato asambleario. La practicaron en la Atenas Clásica. SEMIDIRECTA O PARTICIPATIVA: el pueblo se expresa directamente en circunstancias particulares, a través de cuatro mecanismos: 1.-Referéndum: el pueblo elige “por un si o por no” sobre una propuesta. 2.-Plebiscito: El pueblo concede o no concede la aprobación final de una norma (Constitución, ley, tratado). 3.-Iniciativa popular: Un grupo de ciudadanos puede proponer la sanción o derogación de una ley.
24 FOMAS DE DEMOCRACIA INDIRECTA O REPRESENTATIVA: El pueblo se limita a elegir a sus representantes para que estos deliberen y tomen las decisiones con el poder que el pueblo le otorga por medio del voto. LA ARGENTINA: adopta una forma de democracia “indirecta o representativa y semidirecta o participativa”.
25 GOBIERNO FEDERAL Así como la democracia es una forma de estado caracterizada por una particular relación entre los elementos población y poder, la estructura federal también es una forma de estado, pero caracterizada por una particular vinculación entre los elementos territorio y poder. Es la forma de estado que realiza división, la descentralización política con base física, geográfica o territorial del poder entre los Estados integrantes, entidades autónomas e independientes una de otras pero que forman a su vez un Estado Federal con un gobierno central en el que delegan la soberanía. Características del sistema Federal: - Un Gobierno Central (o federal): que ejerce su poder en todo el territorio nacional, y se ocupa de los asuntos que le interesan a toda la Nación. - Gobiernos Provinciales (o locales): que ejercen su poder sobre el territorio correspondiente a sus respectivas provincias, y se ocupan de los asuntos de interés local
26 FORMA DE GOBIERNO ARGENTINOArtículo 1º.- “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución.” Este sistema, en la estructura de la Constitución, admite la existencia de distintos entes territoriales con poder político, en sus respectivas jurisdicciones.
27 LAS PROVINCIAS: CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICALas provincias son: Entidades políticas con individualidad propia que componen el estado federal argentino, que no son soberanas según los artículos 5º y 31º de la CN, y son autónomas según los artículos 5º, 122º y 123º de la CN. Las provincias son históricamente preexistentes al estado federal (existían 14 cuando dieron origen a la federación ejerciendo el poder constituyente originario abierto de 1853 – 1860, hoy son 23 y una ciudad estado). Los estados miembros características: para que sea federal se deben dar los requisitos de estados autónomos no soberanos. - Autonomía política: - auto normatividad constituyente: darse su propia constitución, forma de estado, garantías, etc. - autocefalía: elegir sus propias autoridades. - Autarquía: administración propia. - Competencias judiciales propias. - Autoridades políticas. - No tienen poder de secesión.
28 ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LAS PROVINCIASArtículo 5º.- “Cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional; y que asegure su administración de justicia, su régimen municipal, y la educación primaria. Bajo de estas condiciones el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.”
29 ATRIBUCIONES DE LAS PROVINCIASLas provincias dictan sus constituciones que ya no están sujetas a la revisión política por parte del Congreso Federal, pero sí al control de constitucionalidad de la Corte Suprema y a la eventual intervención federal para restablecer la forma republicana de gobierno
30 OBLIGACIONES DE LAS PROVINCIASSISTEMA DE GOBIERNO. DECLARACIÓN DE DERECHOS. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. RÉGIMEN MUNICIPAL. EDUCACIÓN PRIMARIA.
31 SITEMA DE GOBIERNO El sistema de gobierno que estructuren las provincias debe ser representativo y republicano. Es decir que deben asegurar la participación popular en la elección de las autoridades, garantizando el derecho al sufragio. El sistema republicano les exige organizar la división de las funciones en diferentes órganos; el control del poder; la periodicidad en los cargos; la responsabilidad de los funcionarios, pero no les impone un solo modelo de república democrática.
32 DECLARACIÓN DE DERECHOSLa obligación de las provincias de sancionar sus constituciones de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías de la Constitución Nacional.
33 RÉGIMEN MUNICIPAL El régimen municipal garantiza otro modo de descentralización territorial y otro núcleo de poder en el sistema federal. La naturaleza del municipio –ente autárquico o autónomo- fue material de discusión jurisprudencial. A partir de 1994 la cuestión se resolvió constitucionalmente pues las provincias asumieron una nueva obligación en materia de organización del régimen municipal dado que, en concordancia con el art. 123 de la Constitución Nacional, ese régimen debe asegurar la autonomía y su alcance debe comprender el orden institucional, político, administrativo y financiero. “Artículo 123.- Cada provincia dicta su propia constitución, conforme a lo dispuesto por el Artículo 5° asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.”
34 FACULTADES EXCLUSIVAS DE LAS PROVINCIASArtículo “Se dan sus propias instituciones locales y se rigen por ellas. Eligen sus gobernadores, sus legisladores y demás funcionarios de provincia, sin intervención del Gobierno federal.” Artículo “Cada provincia dicta su propia constitución, conforme a lo dispuesto por el Artículo 5° asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero.” Artículo “Las provincias podrán crear regiones para el desarrollo económico y social y establecer órganos con facultades para el cumplimiento de sus fines y podrán también celebrar convenios internacionales en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación y no afecten las facultades delegadas al Gobierno federal o el crédito público de la Nación; con conocimiento del Congreso Nacional. La ciudad de Buenos Aires tendrá el régimen que se establezca a tal efecto. Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio.”
35 FACULTADES DE LAS PROVINCIAS TÁCITAMENTE NO DELEGADASArtículo “Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación”.