1 ENTREGA – RECEPCIÓN Y PROBLEMAS LEGALES. BAJA CALIFORNIA, AGOSTO DE 2016. RAÚL H. ARGÜELLES.
2 QUÉ ES LA ENTREGA RECEPCIÓN? La Entrega-Recepción es un proceso legal administrativo de interés público, de cumplimiento obligatorio y formal, a través del cual los servidores públicos, al separarse de su cargo o comisión, preparan y entregan a quienes los sustituyen legalmente en sus funciones, un informe por escrito que contenga los asuntos de su competencia y los recursos humanos, materiales y financieros que les fueron asignados para el ejercicio de sus funciones, con el objeto de asegurar la continuidad de los planes y programas de trabajo, puede ser intermedio o final.
3 LEY DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS ASUNTOS Y RECURSOS PÚBLICOS PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. Artículo 4.- Para los efectos de esta ley, se entiende por:… …IV.- Entrega-Recepción.- El acto mediante el cual un servidor público que concluye su función hace entrega, a quien lo sustituya, de los recursos humanos, materiales y financieros que le hayan sido asignados;…
4 QUIENES ESTÁN OBLIGADOS? LERARPEBC. ARTICULO 6o.- Los titulares de los poderes del Estado y Municipios y los servidores públicos que ocupen cargos hasta el nivel de director de área o su equivalente en el sector paraestatal o paramunicipal, están obligados en los términos de esta Ley a entregar al servidor público entrante un informe resumido de su gestión y mediante acta administrativa, los asuntos y recursos a su cargo, debiendo remitirse para hacerlo, al reglamento y/o manual de normatividad y procedimiento que rija la materia; para la Entidad, dependencia o departamento de que se trate. ART. 8 (Decisión de los directores).
5 ARTICULO 13.- Una vez reconocida legalmente por la Autoridad Electoral competente, la autoridad pública entrante constituirá comisiones de enlace a más tardar 60 días antes de tomar posesión, para que en coordinación con la autoridad obligada a hacer la entrega, quien igualmente deberá constituir las comisiones correspondientes, inicien la transferencia de información sobre el estado en que se encuentren los asuntos relacionados con recursos financieros, humanos, y materiales.
6 La Contraloría Municipal es la autoridad competente en materia de Responsabilidad Administrativa, para vigilar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones contempladas en la Ley de Entrega Recepción; así como de dar el seguimiento correspondiente a las observaciones realizadas y en caso de que las mismas no sean solventadas, fincar las responsabilidades conducentes conforme lo establezcan las leyes de la materia. ART. 94. CONST. LOCAL “PRESIDENTES, REGIDORES Y SÍNDICOS DURANTE EL TIEMPO DE SU ENCARGO”
7 El Acta de Entrega Recepción, o la entrega de los asuntos en trámite; en ningún caso, exime de la responsabilidad en que haya incurrido el Servidor Público durante el desempeño de su encargo. (Art. 22 L.E.R.)
8 Los Servidores Públicos que incumplan con las obligaciones establecidas en la Ley de Entrega Recepción, se harán acreedores a las sanciones de índole administrativo que dispone la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y demás ordenamientos aplicables; sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o laborales en que pudieran incurrir durante el desempeño de su encargo.
9 El término para la aplicación de las sanciones administrativas a los servidores públicos con motivo del incumplimiento de la presente Ley, prescribirán de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado.
10 ACTAS ADMINISTRATIVAS. ACTAS CIRCUNSTANCIADAS.
11 ACTAS ADMINISTRATIVAS. DEFINICIÓN DE ACTA: A LA LUZ DEL DERECHO: ES LA RESEÑA ESCRITA FEHACIENTE Y AUTÉNTICA DE TODO ACTO PRODUCTOR DE EFECTOS JURÍDICOS. COMO PRINCIPIO GENERAL HABRÁN DE REFLEJAR SIEMPRE LA VERDAD, SERÁN DE CONTENIDO INALTERABLE Y RESPETARÁN UN FORMATO DE MODO, TIEMPO, LUGAR Y CIRCUNSTANCIAS.
12 EXISTEN DIVERSOS TIPOS DEPENDIENDO DE EL ACTO QUE LES DE ORIGEN; SIN EMBARGO, ATENDIENDO A LA FORMA LAS CLASIFICAMOS EN DOS, MULTILATERALES O COLECTIVAS Y LAS CONSTITUTIVAS O CREADORAS. ACTAS ADMINISTRATIVAS.
13 ASPECTOS RELEVANTES DE LA LEY ESTATAL. LEY DEL RÉGIMEN MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. ARTÍCULO 38.- De los Informes de Gestión Municipal.- Durante el proceso de renovación de cada Ayuntamiento, los Munícipes salientes informarán sobre el estado del Gobierno Municipal a las personas electas para los mismos cargos, conforme a lo dispuesto por el reglamento correspondiente. En caso de omisiones o incumplimiento a esta provisión, el secretario fedatario del Ayuntamiento entrante levantará constancia de ello, notificando a las autoridades correspondientes.
14 LEY DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS ASUNTOS Y RECURSOS PÚBLICOS PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. ARTICULO 13.- Una vez reconocida legalmente por la Autoridad Electoral competente, la autoridad pública entrante constituirá comisiones de enlace a más tardar 60 días antes de tomar posesión, para que en coordinación con la autoridad obligada a hacer la entrega, quien igualmente deberá constituir las comisiones correspondientes, inicien la transferencia de información sobre el estado en que se encuentren los asuntos relacionados con recursos financieros, humanos, y materiales. ARTICULO 15.- Al término e inicio de un ejercicio constitucional el proceso de entrega y recepción deberá principiar una vez que la autoridad entrante estatal o municipal haya sido legalmente reconocida por el Comité Electoral correspondiente. ARTICULO 16.- Para llevar a cabo la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos estatales o municipales, los titulares salientes deberán llevar a cabo un acto formal, en el que se haga entrega del informe de la gestión realizada por los mismos y el acta administrativa, en la que en forma global conste el estado que guarda la administración, a los titulares entrantes.
15 De manera enunciativa, los formatos a utilizar como anexos son: I.Marco Jurídico. II.Estructura Orgánica. III.Recursos Humanos. IV.Recursos Materiales. V.Recursos Financieros. VI.Obras Públicas. VII.Derechos y Obligaciones. VIII.Relación de Archivo. IX.Aspectos Parlamentarios. X.Otros (Asuntos en trámite, formatos oficiales, etc.)
16 CONTENIDO BÁSICO DEL ACTA. A). DENOMINACIÓN. B). FOLIO ( SIEMPRE CONSECUTIVO). C). HORA, FECHA Y LUGAR DE ELABORACIÓN. D). MOTIVO DEL ACTA (ORDEN DEL DÍA, EN SU CASO). E). NOMBRE Y CARÁCTER DE QUIÉNES ASISTEN. F). DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE QUÓRUM. G). DELIBERACIÓN DE LOS PUNTOS TRATADOS. H). ACUERDOS ALCANZADOS. I). LAS FIRMAS DE QUIÉNES INTERVINIERON.
17 FORMALIDADES ESENCIALES: 1.- DEBERÁN LEVANTARSE EN EL MOMENTO DE SU CELEBRACIÓN. 2.- DEBERÁN NOMBRARSE TESTIGOS DE ASISTENCIA. 3.- SE IDENTIFICARÁ CLARAMENTE A QUIÉNES EN ELLA INTERVENGAN. 4.- DEBERÁN SER FIRMADAS POR LOS PARTICIPANTES O CONTENER ASENTADA LA RAZÓN DE LA NEGATIVA. 5.- CONSERVAR EN APÉNDICE O ANEXO LOS DOCUMENTOS QUE SE HAYAN EXHIBIDO DURANTE EL DESAHOGO. 6.- EN SU CASO SE ASENTARÁ LA FUNDAMENTACIÓN.
18 7.- SE CONCEDERÁ EL USO DE LA PALABRA A QUIÉNES INTERVIENEN. 8.- EN TODO MOMENTO SE ASENTARÁN: MODO, TIEMPO, LUGAR Y CIRCUNSTANCIAS. 9.- SE ASENTARÁN CON TODA CLARIDAD LA HORA DE INICIO Y DE FINALIZACIÓN. 10.- DEBERÁN CONTENER LOS NOMBRES Y FIRMAS AUTÓGRAFAS DE LOS PARTICIPANTES; AL MARGEN Y AL CALCE.
19 ACTA DE ENTREGA RECEPCIÓN. REQUISITOS DE FORMA: Utilizar papel oficial del Ayuntamiento. Las hojas se enumerarán en forma consecutiva. En cada hoja se terminará el último renglón con guiones, con la frase “Pasa al folio número _____”. Al inicio de la siguiente hoja se empezará el renglón con guiones, con la frase “Viene del folio número ____”. Dejar un margen izquierdo de 4 centímetros para las rúbricas y 2 centímetros para el margen derecho.
20 Deberá tenerse cuidado de que las firmas no queden en una hoja por separado. Cuando la hoja se haya terminado y únicamente falten las firmas, en el último renglón se anotará “Firmas al reverso”; y en el reverso anotar “Viene del anverso”. Mecanografiar y/o capturar a renglón seguido y sin sangría. Emplear mayúsculas y minúsculas.
21 Asentar los números con letra. El acta no debe contener abreviaturas, borraduras o enmendaduras. No dejar espacios, cancelar con guiones los espacios sobrantes del renglón; así como los renglones no utilizados. Corregir los errores testando, antes del cierre del acta; si los hubiere. Al margen de cada hoja se rubricará por los que en ella intervengan.
22 Se firmará en todas sus hojas por: el Funcionario Municipal saliente, el entrante, los Síndicos saliente y entrante; y por dos testigos. Todos los anexos del acta, deben foliarse. Si alguno de los anexos no fuera sujeto de información, se anotará en el acta correspondiente, que éste es no aplicable, además de incluirse el formato con la leyenda “no aplica”.
23 ALGUNOS PROBLEMAS... 1.- FALTANTES. 2.- NEGATIVA A ENTREGAR. 3.- USO DE RECURSOS DESPUÉS DE LA TOMA DE POSESIÓN. 4.- OCULTAR INFORMACIÓN. 5.- NO PRESENTARSE.
24 CUAL ES EL MOMENTO ADECUADO PARA ACTUAR: A)Durante la celebración del acto de entrega recepción. B) Habiendo tomado posesión.
25 EN CASO DE ENCONTRAR PROBLEMAS EN LA ENTREGA RECEPCIÓN SE PODRÁN IMPONER: SANCIONES ADMINISTRATIVAS. AMONESTACIÓN. MULTA. DESTITUCIÓN. INHABILITACIÓN. SANCIONES PRIVATIVAS DE LA LIBERTAD.
26 EN QUÉ CASOS SE PUEDE EJERCITAR ACCIÓN PENAL? EJERCICIO INDEBIDO Y ABANDONO DEL SERVICIO PÚBLICO. ABANDONO DE FUNCIONES. ABUSO DE AUTORIDAD. COALICIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS. INFIDELIDAD EN LA CUSTODIA DE DOCUMENTOS Y VIOLACIÓN DE SECRETOS. USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS. ENCUBRIMIENTO POR FAVORECIMIENTO.
27 GRACIAS POR SU ATENCIÓN. PERTENEZCO A UNA GENERACIÓN QUE QUISO CAMBIAR AL MUNDO, FUI APLASTADO, DERROTADO, PULVERIZADO, PERO SIGO SOÑANDO QUE VALE LA PENA LUCHAR PARA QUE LA GENTE PUEDA VIVIR UN POCO MEJOR Y CON UN MAYOR SENTIDO DE IGUALDAD.” José Alberto Mujica Cordano. Ex Presidente de Uruguay. RAÚL H. ARGÜELLES. [email protected]