ESTRATEGIAS DE COMERCIALIZACIÓN POR MEDIO DEL USO DE MARCAS PARA EMPRESAS DEL SECTOR ALIMENTICIO “Criterios de protección y registro de marcas” Enfocaremos.

1 ESTRATEGIAS DE COMERCIALIZACIÓN POR MEDIO DEL USO DE MA...
Author: Peppi Macho
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1 ESTRATEGIAS DE COMERCIALIZACIÓN POR MEDIO DEL USO DE MARCAS PARA EMPRESAS DEL SECTOR ALIMENTICIO “Criterios de protección y registro de marcas” Enfocaremos la cuestión en aquellos criterios que habitualmente se tienen como meta para registrar y proteger el activo marcario de uma empresa. Todo el análisis tiene como finalidad inmediata la protección más adecuada de los activos intangibles de la empresa y la correcta asignación de capital para su mantenimiento y defensa.

2 ”Marcas de productos y marcas institucionales” Por una parte, el análisis debe dividirse en lo que implica la marca institucional de la empresa y por outra, en aquellas marcas que identifican a los productos y/o servicios específicos que aquella elabora y presta, respectivamente. Esta separación es importante, dado que la marca institucional merece la más sólida protección, pues es muy comum que siga a todos los productos y/o servícios de la empresa junto con las otras marcas que se apliquen, en cada caso, a cada producto o servício en especial. Este criterio de protección y defensa de las marcas es común en casi todas las empresas y se complementa con otros criterios y circunstancias propios de la naturaleza de los productos o servicios de que traten.

3 “ Canales de comercialización” El segundo criterio se refiere a la técnica y canales de comercialización del producto o servicio de que se trate. En este sentido existen canales de comercialización directos y otros de oferta de productos para el consumo masivo. |Cuando el sistema de comercialización es directo, sin publicidad, el criterio de registro de las marcas es tenue. El criterio es distinto cuando los productos o servicios se comercializan por intermedio de terceros, en competencia con otras marcas en anaqueles de comercios y/o supermercados y su publicidad es abierta y profusa (como en periódicos, revistas, etc.). En este caso, la marca desempeña un papel fundamental em la decisión del consumidor al elegir el producto y por ello debe protegerse fuertemente.

4 “ La posible notoriedad de una marca” Si en los últimos años los productos de su empresa se vendieron por millones de unidades, demonstrando que la marca que los identifica se há utilizado intensamente, gozando de un gran prestigio dentro del público consumidor, estaremos hablando de uma marca notoriamente conocida. |De acuerdo al artículo 6 bis del Convenio de Paris, el titular de la marca notoria puede conseguir: a) que no se conceda un registro conflictivo; b) que se declare la nulidad de un registro conflictivo; y c) que se ordene el cese del uso de las marcas que se constituyen la integridad de la marca, o finalmente la reprodución o imitación de una parte esencial de la marca.

5 “ Diversificación de las actividades, publicidad” Finalmente hay que tener en cuenta los futuros planes de la empresa en cuanto a la diversificación de productos, tanto alimenticios o de outra indole, así como la licencia de la marca para productos diversos. En dichos casos, es aconsejable contar com los medios económicos sificientes para proteger, además de la marca, también a aquellos signos distintivos más importantes de la empresa, tales como persobaje, slogan, etc.

6 Estrategias de protección internacional de marcas” Podemos contar con los tratados internacionales que tienem por objeto la protección de las marcas/facilitación de trámites de protección, tales como: - CUP – Convenio de Paris; - Marca Comunitaria – donde los estados miembros dan protección igualitaria a los nacionales y o los otros estados miembros; - Protocolo de Madrid – sistema de registro único de marcas con efecto en todos los países miembros, económico, simplificado, rápído, centralizado en la oficina de OMPI em Ginebra; - Arreglo de Niza/Acuerdo de Viena – ambos para operacionalizar mejor los procesos de pedidos de marcas en el mundo

7 ADEMÁS DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES QUE PUEDEN PROTEGER LA EXCLUSIVIDAD DEL TITULAR DE LA MARCA, LE CORRESPONDE AL PROPIO TITULAR HACER BUEN USO DE SUS MARCAS, NO INTERRUMPIENDO LA UTILIZACIÓN DESPUÉS DE LA CONCESIÓN DE LA MARCA, NO INTERRUMPIENDO DURANTE MÁS DE 5 AÑOS O 3 AÑOS DEPENDIENDO DEL PAÍS, O NO DEBE ATRASAR EL USO EN ESTOS PERÍODOS.

8 “ Señalización de marca registrada” Para poder enjuciar al contrafactor de marca y consecuentemente defender sus derechos marcarios, le corresponde al titular señalar en los embalajes de sus productos, en los catálogos de productos y campañas en general, los símbolos ® y ™. Los países que exigen tales señales como condición para ejercer sus derechos judicialmente son: Chile, China, Costa Rica, Haiti, Honduras, México, Nicaragua y Perú. En los demás países el uso es opcional y utilizarlos sin tener su marca debidamente concedida es crimen de falsedad ideológica/crimen de competencia desleal.

9 VIGIAR MARCAS DE TERCEROS EVITANDO CONTRAFACCÍON DE SU MARCA, EVITANDO DE ESTA FORMA PÉRDIDAS. PARA LA DEFENSA DE SU MARCA, PROCEDER CON OPOSICIONES Y NULIDADES EN EL ÁMBITO ADMINISTRATIVO, NOTIFICACIÓN Y ACCIONES JUDICIALES, O TAMBIÉN MEDIACIÓN O ARBITRAJES.

10 ANTES DE DEPOSITAR O UTILIZAR UNA MARCA, LA BÚSQUEDA DE ANTERIORIDAD ES IMPRESCINDIBLE PARA EVITAR FUTUROS PERJUICIOS

11 CUIDADOS PARA MANTENER LA MARCA: PRORROGACIÓN USO CONTINUO VIGILANCIA DE LAS ACCIONES DE TERCEROS EVITÁNDOSE APROPIACIÓN IMPROPIA DE SU MARCA EN CASO DE MARCA MIXTA, TENER CUIDADO PARA NO MODIFICAR EL LOGOTIPO Y DISEÑOS INVOLUCRADOS EN LA MARCA EN USO, PUES SE CORRE EL RIESGO DE ANULAR LA PROTECCIÓN DEPOSITADA/REGISTRADA ANTERIORMENTE

12 CURIOSIDADES AL RESPECTO DE PRORROGACIONES: Generalmente ocurre 10 años después de la conceción del registro de la marca, pudiendo ser prorrogable sin limitación de veces pago de quinquenios (por ejemplo, eN España se exige) Prueba de uso, generalmente de 5 años ( CORÉIA DO SUL, RÚSSIA, ALEMANIA, FRANCIA, BENELUX, PORTUGAL, SUECIA, NORUEGA, DINAMARCA, AUSTRIA) -declaración de uso em 5 años (por ejemplo em Portugal); -intención de uso (por ejemplo em Estados Unidos – por 6 meses hasta 24 meses)

13 Prorrogaciones concedidas a partir del septimo año de la concesión, siguiendo la próxima de 14 años, asi como en JORDANIA, SINGAPUR, HONG KONG, MALAYSIA Prorrogaciones de 15 años LÍBANO, IRAQUE, ISRAEL, VENEZUELA, CANADÁ Prorrogación de 20 años ECUADOR, ITALIA, SUÍZA Prorrogación que exige el registro en el país de orígen: Emirados Árabes

14 PARA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: PODER JUDICIAL, ARBITRAJE, MEDIACIÓN Es importante destacar que em la OMC - |Organización Mundial del Comercio, existe un órgano de disolución de conflictos por medio de OSC (Órgano de Solución de Controvérsias), no obstante, sólo los países miembros pueden apelar, debiendo las personas físicas y jurídicas hacerse representar por sus Estados. Por lo tanto, con la aplicabilidad de registros adecuados y con los tratados internacionales, con una posición de vigilante y buen uso de las marcas, se podrá garantizar amplia protección internacional de las marcas para promover una comercialización/exportación segura en lo que concierne a la protección dada por la propiedad intelectual y de saludable competencia.

15 |Gracias por la atencion Contacto: [email protected]@itelefonica.com.br Teléfono: 55 11 3719 0898 (San Pablo-Brasil) NOTA: ESTA PRESENTACIÓN, ASÍ COMO TAMBIÉN TODAS LAS OPINIONES DERIVADAS DE ELLA Y RELACIONADAS AL TEMA ABORDADO, APENAS REFLEJAN LA VISIÓN PERSONAL Y LA EXPERIENCIA PROFESIONAL DE LA CONFERENCIANTE Y NO SE DEBEN INTERPRETAR COMO UNA DECLARACIÓN O DIVULGACIÓN DE POLÍTICAS CORPORATRIVAS DE SADIA S.A.