FASE DE SELECCION.

1 FASE DE SELECCION ...
Author: Estela Narvaez
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1 FASE DE SELECCION

2 NORMATIVIDAD LEGAL PRINCIPAL1. NORMATIVA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: NUEVA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, APROBADA CON DECRETO LEGISLATIVO 1017, PUBLICADO EL 04 DE JUNIO 2008. REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, APROBADO CON D.S EF, PUBLICADO EL 1° DE ENERO 2009. LEY ( ), MODIFICA LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, artículos: 3°,9°,11°,19°,20°,22°,23°,27°,28°,32°,39°,41°,51°,52°,58°,60°,62°,63°,64°,68°,70° y 5° Disposición Complementaria Final MODIFICATORIAS EFECTUADAS AL REGLAMENTO: D.S EF ( ): Art. 19°, 24°, 44°-47°, 55°, 57°-59°, 71°,88°, 155°, 157°, 161°, 252° y 259°. D.S EF ( ): Art. 255°, 259°, 265° y 272° D.S EF ( ): Art. 43°, 63°, 69°, 97°-103°, 138°, 157°, 255°, 265°, 272° y 282° D.S EF ( ): Adicionan Art. 85ª, y modifican Art. 157° y 237°. D.S EF ( ): modifican más de 120 artículos del RLCE.

3 NORMAS DEL OSCE DIRECTIVA OSCE/CD, ELEVACION DE OBSERVACIONES A LAS BASES Y EMISION DE PRONUNCIAMIENTO. DIRECTIVA OSCE/CD, Disposiciones Aplicables al Registro de Información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) DIRECTIVA OSCE/CD, Aplicación de la modalidad Especial de Selección por Subasta Inversa DIRECTIVA OSCE/CD, Participación de proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado DIRECTIVA OSCE/CD, DISPOSICIONES SOBRE EL CONTENIDO DE LAS BASES ESTANDARIZADAS QUE LAS ENTIDADES DEL ESTADO UTILIZARAN OBLIGATORIAMENTE EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN QUE CONVOQUEN.

4 NORMAS DEL OSCE DIRECTIVA OSCE/CD, PLAN ANUAL DE CONTRATACIONES DIRECTIVA OSCE/CD, LINEAMIENTOS SOBRE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN POR LA MODALIDAD ESPECIAL DE SUBASTA INVERSA DIRECTIVA OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DE LA GARANTIA POR FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS DIRECTIVA OSCE/CD, LINEAMIENTOS PARA LA CONTRATACION EN QUE SE HACE REFERENCIA A MARCA O TIPO PARTICULAR. DIRECTIVA OSCE/CD, DISPOSICIONES SOBRE CERTIFICACION DE FUNCIONARIOS Y SERVIDORES QUE LABORAN EN EL ORGANO ENCARGADO.

5 PROCESOS DE SELECCION

6 PROCESOS DE SELECCIÓN Licitación Pública (LP) Concurso Público (CP)Adjudicación Directa (AD): Pública (ADP) Selectiva (ADS) Adjudicación de Menor Cuantía (AMC)

7 MONTOS PARA LOS PROCESOS DE SELECCIÓN 2012TIPO DE PROCESO BIENES SERVICIOS OBRAS LICITACIÓN PUBLICA >= a 400,000 >= a 1,800,000 CONCURSO PUBLICO >= a400,000 ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA < de 400,000 > de 200,000 < de 1,800,000 > de 900,000 SELECTIVA < = a 200,000 > =a 40,000 <= a 200,000 >= a 40,000 <= a 900,000 >= a 180,000 ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA < de 40,000 > de 10,950 < de 180,000 Artículo 13º de la Ley Nº Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012 S1. 10 / 17

8 PROCESOS DE SELECCION Plazos generales:Entre la convocatoria y presentación de propuestas, los plazos mínimos serán: LP y CP = 22 días hábiles AD = 10 días hábiles AMC = 02 días hábiles En el caso de AMC derivadas de LP, CP y AD declarados desiertos: 06 días hábiles Para el caso de ejecución y consultoría de obras AMC = 06 días hábiles. En el caso de AMC derivadas de LP, CP y AD desiertos: 08 días hábiles

9 PROCESOS DE SELECCION Plazos generales:Entre la integración de bases y presentación de propuestas, los plazos mínimos serán: LP y CP = 05 días hábiles (mínimo) AD = 03 días hábiles (mínimo)

10 PROCESOS DE SELECCION - Consentimiento de Buena Pro: LP-CP- 2 ó más propuestas: 8 días hábiles - 1 sola oferta : Mismo día otorgamiento de buena pro AD - AMC - 2 ó más propuestas: 5 días hábiles

11 Normas dispuestas por la Ley de Contrataciones del Estado(Dec. Leg. 1017)

12 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓNPara acreditar el cumplimiento de los factores de evaluación, se solicitará los documentos estrictamente necesarios, tales como: copia de contratos, comprobantes de pagos, declaraciones juradas, constancias, certificaciones, catálogos, etc.. Para el caso de subasta inversa, no se aplicará puntajes ni bonificación alguna en la evaluación de propuestas económicas. 12

13 Factores de Evaluación Técnica Adquisición de Bienes Art. 44° Reg.Plazo de entrega Garantía Comercial del postor y/o fabricante Disponibilidad de Servicios y Repuestos Capacitación del personal Mejoras a las características técnicas y condiciones previstas en las Bases Experiencia del Postor: Monto acumulado en un período de hasta 08 años, hasta 5 veces el VR, con un máximo de 20 contrataciones, sin importar el número de documentos que las sustenten Cumplimiento de la Prestación: en función a Certificados o constancias de haber efectuado la prestación sin incurrir en penalidades. 13

14 Factores de Evaluación Técnica Servicios en General Art. 45° Reg.Factores Referidos al Postor Experiencia: Monto facturado en un período de hasta 08 años No mayor a 5 Veces el Valor Referencial Máximo 10 servicios Cumplimiento del servicio: Certificados o constancias que acrediten haber brindado el servicio sin incurrir en penalidades. Máximo 10 Factores Referidos al Personal Mejoras a las condiciones previstas en las Bases Otros, tales como: equipamiento, infraestructura 14

15 Factores de evaluación: Servicios en generalArt. 45º del Reglamento: Experiencia del postor: Actividad y/o especialidad Tiempo Máximo 8 años Hasta 5 veces el Valor Referencial Cumplimiento del servicio (10 servicios) Personal propuesto para la prestación del servicio Mejoras Otros factores referidos al objeto de la convocatoria tales como equipamiento, infraestructura

16 Factores de Evaluación Técnica para ObrasLP y ADP) Art. 47° Regto. Experiencia en obras en general: Ejecutados hasta en los últimos 10 años Hasta 5 Veces el Valor Referencial Experiencia en obras similares: Por un máximo acumulado equivalente al Valor Referencial. Cada obra mínimo 15% del VR Factores Referidos al Personal Propuesto Cumplimiento de ejecución de Obras: Certificados o constancias por ejecución de obras sin penalidad. Máximo 10, la acreditación será con copias de contratos y actas de recepción y conformidad. 16

17 EXPERIENCIA DE CONSORCIOSArt. 48° Regto. En la evaluación técnica de la propuesta, el consorcio podrá acreditar como experiencia la sumatoria de los montos facturados de aquellos integrantes que se hubieran comprometido a ejecutar conjuntamente el objeto materia de la convocatoria. (VER MODIFICACIONES)

18 EVALUACION ECONOMICA Art. 70° Regto.La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Oi Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta económica i Om = Propuesta económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje máximo de la propuesta económica

19 ETAPAS DE LOS PROCESOS DE SELECCIONCONVOCATORIA REGISTRO DE PARTICIPANTES PRESENTACION DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES ABSOLUCION DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES INTEGRACION DE LAS BASES PRESENTACION DE PROPUESTAS EVALUACION Y BUENA PRO

20 ETAPAS POSTERIORES DE LOS PROCESOS DE SELECCIONCONSENTIMIENTO DE BUENA PRO NOTIFICACION DE BUENA PRO AL POSTOR GANADOR SUSCRIPCION DE CONTRATO

21 CONCLUSION DE PROCESOS DE SELECCIONLos procesos culminan cuando se produce alguno de los siguientes eventos: Suscripción del contrato o perfeccionamiento de éste (O/C u O/S) Cancelación del proceso Se deja sin efecto el otorgamiento de la buena pro por causa imputable a la Entidad No se suscriba el contrato por las causales señaladas en el Art. 137° (Recorte presupuestas, desaparezca necesidad, etc).

22 REGIMEN DE NOTIFICACIONESTodos los actos realizados durante el desarrollo de los procesos de selección, se entenderán notificados el mismo día de su publicación en el SEACE.

23 Integración de Bases Art. 59° Rgto.Una vez absueltas las consultas y observaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía, ni modificadas por autoridad administrativa alguna. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal podrá declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. (*) (*) Dicha competencia aplica al Titular Entidad durante un Recurso de Apelación, según Art. 114° RLCE, 2° párrafo, numeral 3. Integración de bases En esta etapa se incorporan todas las modificaciones que se dieron como consecuencia de la absolución de consultas y de la absolución de las observaciones. Cuando se integran las bases, se establecen las reglas definitivas del proceso que obliga a todos los postores y al Comité Especial. Es importante señalar, que para efectos de la integración de las bases se tiene que establecer un nuevo texto de las mismas. No es suficiente publicar aquello que se haya cambiado, sino también establecer un nuevo texto para incorporar todas las modificaciones y correcciones que se hayan dado. El Comité Especial no podrá continuar con el proceso de selección si no publicó las bases integradas en el SEACE bajo sanción de nulidad. 23

24 Plazos para Integración de BasesArt. 59° Rgto. No hubo observaciones: Día siguiente vencido plazo para absolver observaciones Si hubo observaciones: Día siguiente vencido plazo para solicitar elevación base Se solicitó elevación : Dos días hábiles de notificado pronunciamiento. Integración de bases En esta etapa se incorporan todas las modificaciones que se dieron como consecuencia de la absolución de consultas y de la absolución de las observaciones. Cuando se integran las bases, se establecen las reglas definitivas del proceso que obliga a todos los postores y al Comité Especial. Es importante señalar, que para efectos de la integración de las bases se tiene que establecer un nuevo texto de las mismas. No es suficiente publicar aquello que se haya cambiado, sino también establecer un nuevo texto para incorporar todas las modificaciones y correcciones que se hayan dado. El Comité Especial no podrá continuar con el proceso de selección si no publicó las bases integradas en el SEACE bajo sanción de nulidad. 24

25 Presentación de PropuestasActo Público (LP, CP y ADP) Acto Privado (ADS y AMC) Sobres a presentar: propuesta técnica y propuesta económica. Propuesta Técnica: Original y copias; Propuesta Económica: solo original Convocatoria – Presentación de propuestas LP y CP: No menor de 20 días ADP y ADS: No menor de 10 días MC (Obras y Consultoría):No menor de 6 días Integración – Presentación de Propuestas LP y CP: No menor de 05 días ADP y ADS: No menor de 3 días 25

26 Contenido de las PropuestasSobre Nº 1, Propuestas Técnica Documentos Obligatorios (RTM) Formatos Constancia RNP Sobre Nº 2, Propuesta Económica Formato de la oferta económica. La propuesta no debe mayor del monto del V.R. en el caso de bienes y servicios, no hay limite inferior.

27 Presentación de PropuestasAcreditación de Representantes: En caso de persona natural carta poder simple En caso de personas jurídicas la acreditación de representantes legales: copia simple del documento registral vigente; en caso de apoderados: carta poder simple más copia del documento registral vigente del representante legal Presentación de Documentos Documentos que sustenten cumplimiento de RTM o factores de evaluación, se presentarán en idioma castellano ó traducción efectuada por traductor público juramentado. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable. VER COMENTAR MODIFICACIONES Convocatoria – Presentación de propuestas LP y CP: No menor de 20 días ADP y ADS: No menor de 10 días MC (Obras y Consultoría):No menor de 6 días Integración – Presentación de Propuestas LP y CP: No menor de 05 días ADP y ADS: No menor de 3 días 27

28 Presentación de PropuestasPresentación de Documentos Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridad pública en el extranjero, el postor podrá presentar copia simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior presentación, previa a la firma del contrato. Dichos documentos deberán estar debidamente legalizados por el Consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea favorecido con la Buena Pro. Convocatoria – Presentación de propuestas LP y CP: No menor de 20 días ADP y ADS: No menor de 10 días MC (Obras y Consultoría):No menor de 6 días Integración – Presentación de Propuestas LP y CP: No menor de 05 días ADP y ADS: No menor de 3 días 28

29 Limites Mínimos y Máximos de las Propuestas EconómicasBienes y Servicios Límite mínimo: No hay Límite máximo 100% Obras Límite mínimo 90% Límite máximo 110% Consultoría

30 CONSORCIOS Art. 48 Podrán acreditar como experiencia, la sumatoria de los montos facturados, previamente ponderados de aquellos integrantes que se hubieran comprometido a ejecutar conjuntamente el objeto materia de convocatoria. La ponderación se efectuará en consideración a la promesa formal de consorcio, según el porcentaje de las obligaciones asumidas por c/u El OSCE aprobará las directivas sobre documentación válida y método de evaluación

31 SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS I – Art. 68° del RGTO.1. Se adiciona que en caso que algún postor haya omitido la presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los RTM, el Comité Especial podrá otorgar un plazo entre uno (1) o dos (2) días para que el postor subsane dicha omisión, siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con “anterioridad” a la fecha establecida para la presentación de propuestas.

32 SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS II – Art. 68° del RGTO.El plazo otorgado por el Comité Especial se computará de la siguiente forma: a) Cuando la presentación de propuestas se realiza en acto público, desde el día siguiente de efectuado el requerimiento al postor en el mismo acto. b) Cuando la presentación de propuestas se realiza en acto privado, desde el día siguiente de notificado el requerimiento al postor en el SEACE.

33 SUBSANACIÓN DE PROPUESTAS III – Art. 68° del RGTO.En ambos casos (notificación en el mismo acto público o desde el día siguiente de registrado el requerimiento en el SEACE), la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del error o la omisión dentro del plazo previsto. La presentación de los documentos a ser subsanados se realiza a través de la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, a efectos de evidenciar el cumplimiento del plazo otorgado por el Comité Especial. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida.

34 CALIFICACION DE PROPUESTASArtículo 71.- Evaluación de propuestas La evaluación de propuestas se sujeta a las siguientes reglas: 1. Etapa de evaluación técnica: a) El Comité Especial evaluará cada propuesta de acuerdo con las Bases y conforme a una escala que sumará cien (100) puntos. b) Para acceder a la evaluación de las propuestas económicas, las propuestas técnicas deberán alcanzar el puntaje mínimo de sesenta (60), salvo en el caso de la contratación de servicios y consultoría en que el puntaje mínimo será de ochenta (80). Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa.

35 CALIFICACION DE PROPUESTASArtículo 71.- Evaluación de propuestas 2. Etapa de evaluación económica: El puntaje de la propuesta económica se calculará siguiendo las pautas del artículo 70°, donde el puntaje máximo para la propuesta económica será de cien (100) puntos. 3. Determinación del puntaje total: Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. Tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre cien (100) puntos. El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:

36 Cálculo del Puntaje Total Coeficientes de PonderaciónPTPi = C1PTi + C2PEi Bienes, Servicios y Obras 0.60 < C1 < 0.70 0.30 < C2 < 0.40 Servicios de Consultoría 0.70 < C1 < 0.80 0.20 < C2 < 0.30 C1 + C2 = 1.00 36

37 OTORGAMIENTO BUENA PROPOSTOR PUNTAJE TCO. ECO. PPT PPE TOTAL C1 C2 A B C D C1 = 0.60 C2 = 0.40

38 SOLUCIÓN EN CASO DE EMPATEArt. 73° Rgto.: 1. En AD y AMC, a favor de las MYPES integradas por personas con discapacidad o a los consorcios conformados en su totalidad por estas empresas, siempre que acrediten tener tales condiciones de acuerdo con la normativa de la materia; o 2. En AD y AMC, a favor de las MYPES o a los consorcios conformados en su totalidad por éstas, siempre que acrediten tener tal condición de acuerdo con la normativa de la materia; o 3. A favor del postor con mejor puntaje económico, en el caso de bienes u obras; o el mejor puntaje técnico, tratándose de servicios; o 4. A prorrata entre los postores ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que el objeto de la contratación sea divisible y aquellos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato. Este criterio no será de aplicación para el caso de consultoría en general, consultoría y ejecución de obras; o 5. A través de sorteo en el mismo acto. NOTA: Cuando el otorgamiento de la Buena Pro se desarrolle en acto privado, la aplicación de los dos últimos criterios de desempate requiere de la citación oportuna a los postores que hayan empatado, pudiendo participar el veedor del Sistema Nacional de Control.

39 OTORGAMIENTO BUENA PROPOSTOR PUNTAJE TCO. ECO. PPT PPE TOTAL C1 C2 A B C D C1 = 0.60 C2 = 0.40

40 BASE LEGAL: D. LEG. 1017 D. S EF DIRECTIVA OSCE/CD

41 La Subasta inversa CONCEPTO:Es la modalidad de selección a través de la cual las Entidades eligen al proveedor de bienes o servicios comunes teniendo en consideración únicamente a los precios ofrecidos mas no a las características técnicas del bien o servicio requerido, dado que estas se encuentran predeterminadas en las Fichas Técnicas respectivas. Puede ser Presencial o Electrónica CONCEPTO:

42 BIENES O SERVICIOS COMUNESLa Subasta inversa BIENES O SERVICIOS COMUNES Son aquellos respecto de los cuales existe más de un proveedor, tienen patrones de calidad y de desempeño objetivamente definidos por características o especificaciones usuales en el mercado o han sido estandarizados como consecuencia de un proceso de homogenización aprobados al interior del Estado, de manera tal que el factor diferenciador entre ellos es el precio

43 Lista de Bienes y Servicios Comunes Total de Bienes Comunes: 1401Alimento Para Animales Alimentos Y Bebidas Para Personas Bienes De Activo Fijo No Catalogados Por Sbn Cocina Y Comedor Combustibles, Carburantes Y Lubricantes Construcciones : Materiales, Rptos Y Acc. Incluye Sanitarios Electricidad : Materiales Y Accesorios Electronica : Materiales Elevacion, Generac, Distrib, Y Cont, De La Electricad : Rptos. Y Accesorios Filatelia Y Numismatica : Materiales, Accesorios Y Repuestos Fisica Y Quimica : Materiales, Productos Y Reactivos Labor. Y Gabinete: Implem., Rptos. Acc. Y Materiales Maquinaria, Vehiculos Y Otros SOAT Medicamentos (Excepto Petitorio Nacional) Medicinas Oficina : Utiles Y Materiales Pinturas, Barnis, Pegam. Y Ot. Revestim : Prod.Y Acces Proces. Autom. De Datos : Rptos, Accesorios Y Materiales Ropa De Cama Y Equipo De Campaña Seguridad: Repuestos, Accesorios Y Protectores Seguros Simbolos, Distintivos, Condecoraciones Y Objetos Decorativos Telas Y Materiales Textiles. Incluye Vestuario Telecomunicaciones Transporte Terrestre: Repuestos Y Accesorios Zapateria Y Talabarteria: Prod., Materiales., Acc. Y Rptos Ventajas Permite obtener el resultado definitivo de un proceso de selección en 8 días Es realizada por cada Entidad y no requiere de intermediarios El bien debe cumplir exactamente lo señalado en su Ficha Técnica y las condiciones de entrega de la Entidad Sólo admite recurso de revisión ante el Tribunal Controversias contractuales pueden solucionarse en base a Dictamen de Perito.

44 INAPLICACION DE SUBASTA INVERSAExcepción 1 → Cuando el bien se encuentre en el Catálogo de Convenios Marco Excepción 2: Uso de otro procedimiento que la Entidad considere más eficiente, previa aprobación de OSCE. Autorización previa del OSCE para convocar proceso tradicional Condiciones mas ventajosas para la Entidad que sean: Objetivas Demostrables y Sustanciales

45 LA SUBASTA INVERSA Ficha técnica ConvocatoriaCOMITE ESPECIAL Tres miembros LP, CP ADS, ADP AMC (Electrónico) BASES Condiciones mínimas Ficha técnica Convocatoria Registro de Participantes Presentación de propuestas, Puja y Buena Pro Proforma del contrato: Plazos, forma y lugar para la entrega.

46 Subasta Inversa Presencial ETAPAS DE Proceso de SelecciónCONVOCATORIA ACTO PÚBLICO 1 Otorgamiento de Buena Pro Mín.8 o 5 días 3 Puja 2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Presentación de Propuestas ** No se consideran las etapas de Consulta ni Observación a las Bases. 46

47 PRESENTACION DE PROPUESTAS:La Subasta inversa PRESENTACION DE PROPUESTAS: SOBRE DE HABILITACION SOBRE DE PROPUESTA ECONOMICA

48 SOBRE DE HABILITACION CONCEPTO:Constituye el conjunto de documentos exigidos por el comité especial a los postores, para que queden habilitados en la medida que lo hayan cumplido, así como aquellos documentos de carácter facultativos indicados en las bases. CONCEPTO:

49 SOBRE DE HABILITACION CONTENIDO:a) Declaración Jurada conforme a lo establecido en el acápite i, literal a), numeral 1 del artículo 42 del Reglamento; b) Promesa formal de consorcio, de ser el caso; c) Copia simple de aquellos documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Entidad por tener estricta relación con la habilitación de un postor para cumplir con el objeto de la contratación, incluyendo aquellos exigidos expresamente por la ficha técnica como parte del sobre de habilitación. En el caso de procesos convocados según relación de ítems, el sobre de habilitación podrá ser presentado por cada ítem o podrá contener la documentación correspondiente a todos los ítems a los que se presenta el postor, siempre que dicha documentación se encuentre debidamente identificada y sea posible vincularla con el ítem al cual se presente. CONTENIDO:

50 PROPUESTA ECONOMICA La propuesta económica se presentará en sobre cerrado, indicará el precio ofertado en función al valor referencial total del proceso o del ítem al cual se presenta el postor, según corresponda, y deberá expresarse hasta con dos (2) decimales. En ningún caso, podrá exceder el valor referencial total del proceso o del ítem respectivo. Asimismo, en los procesos convocados bajo el sistema de contratación a precios unitarios, tarifas o porcentajes, el postor deberá adjuntar el detalle de precios unitarios.

51 PROPUESTA ECONOMICA La propuesta económica deberá incluir todos los conceptos a que se refiere el artículo 63 del Reglamento. En caso de procesos de selección según relación de ítems, los postores deberán presentar por cada ítem el sobre que contenga la propuesta económica. Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más de una propuesta para un mismo ítem o proceso de selección.

52 ACTO PUBLICO PERIODO DE PUJA:El Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio a dar inicio a la puja, realizando lances verbales, y luego a los demás postores siguiendo la secuencia de menor a mayor precio. En caso de haberse producido un empate en el monto de las propuestas económicas, el Comité Especial realizará el sorteo respectivo entre ellos, para determinar el orden de los lances. Los lances verbales que se efectúen durante el período de puja deberán contemplar necesariamente el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento. PERIODO DE PUJA:

53 ACTO PUBLICO PERIODO DE PUJA:Los postores pueden realizar las coordinaciones internas que consideren pertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallan en plena competencia, cualquier comunicación o coordinación entre ellos que sea detectada por el Comité Especial y el Notario Público o Juez de Paz, será considerada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados. Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres (3) minutos para dar una respuesta; de no hacerlo, se le tendrá por desistido. PERIODO DE PUJA:

54 ACTO PUBLICO PERIODO DE PUJA:Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente su desistimiento. Una vez desistido, el postor no podrá volver a efectuar lances en las rondas sucesivas. De otro lado, si el lance no respeta el decremento mínimo previsto en las Bases, el Comité Especial debe indicarle al postor que su lance no es válido y que puede efectuar otro lance, siempre que no hayan transcurrido los tres (3) minutos. No cabe la rectificación de un lance válido, debiendo el Comité Especial sólo tomar en cuenta el primer lance realizado. El período de puja culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego de que todos los demás postores que participaron en dicho período hayan desistido de seguir efectuando nuevos lances. PERIODO DE PUJA:

55 Otorgamiento de la buena pro:Una vez culminado el período de puja, se establecerá el orden de prelación de los postores en función al último precio ofrecido, incluyendo aquellos que no participaron de la puja. No se asignarán puntajes ni bonificaciones. Sólo en el caso que se haya otorgado un plazo para la subsanación del sobre de habilitación, se suspenderá el acto público hasta el día siguiente en que se venza el plazo concedido por el Comité Especial, fecha en la cual se reanudará el acto público. Si vencido el referido plazo, el postor no ha cumplido con efectuar la subsanación, el Comité Especial lo descalificará. Consentida la Buena Pro el procedimiento de suscripción y ejecución contractual se rige por lo dispuesto en la Ley y el Reglamento.

56 Otorgamiento de la buena pro:Se otorgará la Buena Pro al postor que haya ofrecido el precio más bajo. En caso de empate, el único supuesto de desempate es el sorteo en el mismo acto público. A efectos de impugnar el otorgamiento de la Buena Pro, el postor deberá dejar expresa constancia de dicha intención. Tratándose de ítems, el postor deberá identificar cuáles son los ítems que impugnará. En el caso de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, el plazo para interponer el recurso de apelación es de cinco (5) días hábiles.

57 CASO PRACTICO

58 RECURSO DE APELACION

59 RECURSO DE APELACION PLAZOS PARA IMPUGNAR:08 días hábiles, salvo en AD y AMC: 05 días hábiles En relación de Items, el VR total del proceso determinará ante quién se presentará el Recurso de Apelación. Se impugnará ante la Entidad: VR = 600 UIT Se impugnará ante el Tribunal: VR Mayor a 600 UIT

60 RECURSO DE APELACION Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal. En aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley, el Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

61 ACTOS IMPUGNABLES Los actos dictados por el Comité Especial o el órgano encargado de las contrataciones, según corresponda, durante el desarrollo del proceso de selección. Los actos expedidos luego de haberse otorgado la Buena Pro y hasta antes de la celebración del contrato. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuación del proceso de selección, distintos de aquellos que resuelven recursos de apelación, tales como nulidad de oficio, cancelación u otros.

62 ACTOS NO IMPUGNABLES 1. Las actuaciones y actos preparatorios de la Entidad convocante, destinadas a organizar la realización de procesos de selección. 2. Las Bases del proceso de selección y/o su integración. 3. Las actuaciones materiales relativas a la programación de los procesos de selección en el SEACE y las referidas a la inscripción de participantes. 4. Los actos que aprueban la exoneración del proceso de selección.

63 GARANTIAS EN IMPUGNACIONES3% del V.R. del proceso de selección y en relación de Items, etapas, tramos o paquetes, será el mismo porcentaje del Items, etapas, tramos o paquetes. En ningún caso será menor al 50% UIT Garantía ante la Entidad, deberá tener vigencia mínima 20 días calendarios y 30 días calendarios cuando sea ante el Tribunal. En ambos casos debe ser renovada hasta que queda agotada la vía administrativa.

64 EXONERACIONES

65 CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA I Art. 128° del RGTO.En virtud de acontecimientos catastróficos, o de situaciones que afecten la defensa o seguridad nacional, o de situaciones que supongan el grave peligro de que alguno de los supuestos anteriores ocurra, la Entidad deberá contratar en forma inmediata lo estrictamente necesario para prevenir los efectos del evento próximo a producirse, así como para atender los requerimientos generados como consecuencia directa del evento producido.

66 CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA II Art. 128° del RGTO.Los acontecimientos catastróficos son aquellos de carácter extraordinario, ocasionados por la naturaleza o por la acción u omisión del obrar humano, que generan daños afectando a una determinada comunidad. Las situaciones que afectan la defensa o seguridad nacional están dirigidas a enfrentar agresiones de orden interno o externo que menoscabe la consecución de los fines del Estado.

67 CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA III Art. 128° del RGTO.Se ha precisado que una vez realizada la contratación por situación de emergencia, la Entidad deberá convocar los respectivos procesos de selección para atender las necesidades que no estén directamente relacionados con la situación que sustentó la exoneración. Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, las razones que motivan la contratación definitiva deben encontrarse fundamentadas en el o los informes previos a la autorización de la exoneración.

68 CAUSAL DE EXONERACIÓN: SITUACIÓN DE EMERGENCIA IV Art. 128° del RGTO.Toda contratación realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la entrega del bien o la primera entrega en el caso de suministros, o del inicio de la prestación del servicio o del inicio de la ejecución de la obra. Para tal efecto, la Entidad debe incluir el proceso en su Plan Anual de Contrataciones, así como elaborar y publicar en el SEACE la resolución o acuerdo correspondiente y el informe a que se refiere el mencionado artículo 133°. Adicionalmente, debe cumplir con formalizar las actuaciones de la fase de actos preparatorios y del perfeccionamiento del contrato que resulten aplicables.

69 CAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE I Art. 129° del RGTO.La situación de desabastecimiento se configura ante la ausencia inminente de determinado bien o servicio, debido a la ocurrencia de una situación extraordinaria e imprevisible, que compromete la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. La necesidad de los bienes o servicios debe ser actual e imprescindible para atender los requerimientos inmediatos.

70 CAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE II ArtCAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE II Art. 129° del RGTO. No puede invocarse la existencia de una situación de desabastecimiento en las siguientes contrataciones: En contrataciones bajo la cobertura de un tratado o compromiso internacional que incluya disposiciones sobre contrataciones públicas, cuando el desabastecimiento se hubiese originado por negligencia, dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad.

71 CAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE III ArtCAUSAL DE EXONERACIÓN: DESABASTECIMIENTO INMINENTE III Art. 129° del RGTO. No puede invocarse la existencia de una situación de desabastecimiento en las siguientes contrataciones: En contrataciones bajo la cobertura de un tratado o compromiso internacional que incluya disposiciones sobre contrataciones públicas, cuando el desabastecimiento se hubiese originado por negligencia, dolo o culpa inexcusable del funcionario o servidor de la Entidad.

72 PROVEEDOR ÚNICO DE BIENES O SERVICIOS QUE NO ADMITE SUSTITUTOS – ArtPROVEEDOR ÚNICO DE BIENES O SERVICIOS QUE NO ADMITE SUSTITUTOS – Art. 131° RGTO. se encuentran incluidos en esta causal los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación

73 SERVICIOS PERSONALÍSIMOS – Art. 132° RGTO.Solamente para la contratación de personas naturales

74 LIMITACIONES A LAS CONTRATACIONES EXONERADAS –Art. 136° RGTO.Situación de emergencia y desabastecimiento inminente NO serán aplicables las contrataciones complementarias. Asimismo, bajo dichos supuestos, de ser necesario prestaciones adicionales se requerirá previamente la emisión de un nuevo acuerdo o resolución de exoneración.

75 REQUISITOS PARA SUSCRIBIR EL CONTRATOArt. 141 En el caso de las contrataciones exoneradas por causales de situación de desabastecimiento y situación de emergencia no serán aplicables las contrataciones complementarias. Asimismo, bajo dichos supuestos, de ser necesario prestaciones adicionales se requerirá previamente la emisión de un nuevo acuerdo o resolución de exoneración.

76 Consorcios Art. 145 En el caso de las contrataciones exoneradas por causales de situación de desabastecimiento y situación de emergencia no serán aplicables las contrataciones complementarias. Asimismo, bajo dichos supuestos, de ser necesario prestaciones adicionales se requerirá previamente la emisión de un nuevo acuerdo o resolución de exoneración.

77 ÁNGEL MANUEL CARRILLO LÉVANO MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN Teléfonos: / RPM # Correo Electrónico: