GAI ORDENA / orden del día. HITZARMENA / Convenio A lo largo de sus más de 40 años de actividad ininterrumpida, Itxas-Alde ha pasado, de ser un pequeño.

1 GAI ORDENA / orden del día ...
Author: Silvia Coronel Soto
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1 GAI ORDENA / orden del día

2 HITZARMENA / Convenio A lo largo de sus más de 40 años de actividad ininterrumpida, Itxas-Alde ha pasado, de ser un pequeño grupo cultural compuesto de unos pocos chicos y chicas cuyo ámbito de actividad se circunscribía a plazas y espacios públicos de Bizkaia, a estar compuesto por más de 170 personas, que difunden la cultura vasca por numerosos países de diferentes continentes, organizan intercambios y festivales folklóricos internacionales, y presentan, además, espectáculos propios, de notable difusión y éxito de público. Itxas- Alde ha viajado, desde 1991, a más de 20 países extranjeros, desde Portugal, Italia, Noruega, Escocia o Bulgaria hasta Mexico, Costa Rica, Argentina, USA, Nepal o China, También organiza anualmente, este año será la XXVI edición, un Festival Folklórico Internacional de Folklore en Bakio, con extensiones a otras localidades, como Gautegiz- Arteaga, Derio, Forua u Ordizia.

3 HITZARMENA / Convenio Como grupo folklórico, participa, junto con el resto de las agrupaciones federadas de Busturialdea, Bizkaia y Euskal Herria. en las actividades de Euskal Herriko Dantzarien Biltzarra, y actúa también cuantas veces es requerido por otros agentes públicos y privados, para actos o celebraciones de diferente relevancia (inauguraciones, bodas, festivales benéficos, días de las ikastolas, etc), que le sirven, entre otros ingresos, para financiarse adecuadamente. Una de sus actividades más importantes y con mayor repercusión social son las actuaciones que presenta cada 15 de agosto, primeramente, al mediodía, frente a la Parroquia de Bakio, y, con posterioridad, a la noche, en el Polideportivo.

4 HITZARMENA / Convenio A pesar de la intensa actividad desarrollada por Itxas-Alde, reconocida y valorada muy positivamente por las instituciones y la población en general, este grupo no ha logrado solventar una grave carencia que tiene a lo largo de toda su existencia, y que está referida a los locales necesarios para el desarrollo de su labor. El depósito y guarda de sus cada vez más numerosos trajes, instrumentos musicales y resto de materiales se ha tenido que realizar en espacios no diseñados ni apropiados para ese fin; en el momento actual, se ubican en un local bajo cubierta, que tiene goteras y en otro semisótano, que se inunda periódicamente, al menos una vez al año. Del mismo modo, los ensayos y la preparación de las actuaciones del grupo se han efectuado siempre utilizando espacios en condiciones muy precarias: porche de la iglesia, pequeño local comercial arrendado, edificio escolar desalojado por su estado ruinoso, espacio multiuso y porche de la actual escuela… En este momento, los ensayos se tienen que realizar en la vía pública, concretamente en la plaza existente frente al Ayuntamiento y en los pequeños porches de que dispone la cercana escuela pública, siempre que los mismos se encuentren disponibles.

5 HITZARMENA / Convenio OBJETIVO: -Posibilitar mejores condiciones para el desarrollo de la actividad altruista que realiza Itxas-Alde. -Plasmas el apoyo del Ayuntamiento al trabajo que realiza. -Dar solución definitiva a la carencia del local. PASOS A SEGUIR : -Abrir un expediente para definir la cesión de los locales. - Descripción de los locales. -Justificar el interes publico de la cesión. -Redactar un convenio. -Llegar a un acuerdo las dos partes. -Derogar el acuerdo de pleno anterior que no consiguió el apoyo de la asociación. -Aprobar en pleno el nuevo convenio. -Firmar el convenio. -Redactar un decreto de alcaldía derogando el decreto de alcaldia 132/2015

6 Hitzarmena / Convenio De acuerdo al plano que se adjunta a este Convenio, los elementos que se adjudican a ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA son los siguientes: Espacio disponible “A” ….….. 145 m 2 aprox. Espacio disponible “D”.…….. 37 m 2 aprox. Espacio disponible “H”.…….. 35 m 2 aprox. Cláusula3.- Los espacios mencionados “A”, “D” y “H” se asignan, con carácter exclusivo, a las actividades de música, danza y folklore en general desarrolladas por ITXAS-ALDE EUSKAL KULTUR TALDEA, por lo que además del AYUNTAMIENTO DE BAKIO, solamente ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA contará con llaves de dichos espacios. Cláusula 4.- El acceso vinculado a “H” estará al servicio de las actividades de ITXAS- ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA. Cláusula 5.- La asociación también dispondrá tanto de la llave de la entrada “N” como de las entradas a los espacios “L” y “M”. Cláusula 6.- El presente convenio tendrá una duración de 20 años, renovable previo acuerdo de las partes, en tanto que la agrupación firmante continúe realizando sus actividades.

7 Hitzarmena / Convenio

8 Cláusula 7.- El AYUNTAMIENTO DE BAKIO se compromete, para el caso de que se viera obligado a dejar sin efecto, total o parcialmente este Convenio, por fuerza mayor debidamente justificada, a ceder el uso de otros locales municipales, de similares características y en igualdad de condiciones, a la agrupación afectada por la decisión municipal. Cláusula 8.-ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA no podrá, en ningún caso, ceder o permitir el uso de las dependencias mencionadas a terceros, sean personas físicas o colectivos. Cláusula 9.- Cualquier utilización excepcional que ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA pretendiera realizar de las dependencias cedidas y que no esté relacionado con sus fines y actividades deberá contar con el acuerdo previo del Ayuntamiento de Bakio, quien deberá ser informado de esta circunstancia. Cláusula 10.- El AYUNTAMIENTO DE BAKIO autoriza a ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA, y mientras el mismo continúe vigente, a que traslade su sede social al local mencionado.

9 Hitzarmena / Convenio Cláusula 11.- El AYUNTAMIENTO DE BAKIO cede los espacios mencionados con las necesarias condiciones para su uso, con los servicios de agua y electricidad y con un sistema de protección anti-intrusión en funcionamiento. Con anterioridad al inicio de la utilización, se revisará el estado general por parte de representantes del Ayuntamiento y de la agrupación firmante de este Convenio, y se acordarán, si fuera necesario, los trabajos de acondicionamiento a realizar por el Ayuntamiento, de forma previa a la ocupación. Cláusula 12.- El AYUNTAMIENTO DE BAKIO efectuará las labores y obras necesarias para garantizar las condiciones técnicas de seguridad y salubridad y corregir las deficiencias que hayan sido detectadas, fruto de su propia inspección o de las informaciones que le hubieran sido comunicadas por cualquier medio, El AYUNTAMIENTO DE BAKIO podrá acceder, en todo momento, a cualquiera de las dependencias para realizar dichos trabajos, así como para ejecutar los referidas el mantenimiento general. Cláusula 13.- ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA, se compromete a informar al Ayuntamiento de cuantas incidencias, deficiencias o daños relativos a la seguridad y salubridad del propio inmueble tenga conocimiento o hayan podido detectar, a fin de que puedan corregirse por parte de aquél a la mayor brevedad posible, evitando mayores daños o el deterioro progresivo de la construcción

10 Hitzarmena / Convenio Cláusula 14.- Los locales que el AYUNTAMIENTO DE BAKIO cede a ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA se encuentran libres de cualquier elemento no estrictamente constructivo del edificio, por lo que todos los muebles, enseres y equipamientos que ITXAS- ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA utilice o sitúe en los mismos serán de su propia aportación. Cláusula 15.- El mobiliario, los enseres y el equipamiento en general que ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA utilice y coloque en los locales asignados estarán situados de manera que permitan el acceso a los elementos de control y manejo de las instalaciones e infraestructuras(electricidad, agua, climatización, telefonía, etc.), así como a todos los que pudieran ser externos al edificio, pero cuyos mandos y elementos de control se encuentren en su interior. Del mismo modo, garantizará que todos los recorridos de acceso y evacuación de las dependencias permanezcan plenamente operativas y sin obstáculos. Cláusula 16.- El AYUNTAMIENTO DE BAKIO, como propietario del inmueble, sufragará todos los costos propios de mantenimiento y consumos de los suministros y servicios exteriores (agua, gas, electricidad, saneamiento…).ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA, por su parte, se responsabilizará de la limpieza de las dependencias que le corresponden, así como de la del mobiliario, enseres y equipamiento que utilicen y coloquen en las mismas y su mantenimiento.

11 Hitzarmena / Convenio. Cláusula 17.- El AYUNTAMIENTO DE BAKIO no tendrá responsabilidad alguna sobre los daños o perjuicios que las actividades de la agrupación firmante de este Convenio pudiera ocasionar a sus propios integrantes o a terceros. Del mismo modo, ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA, no tendrá responsabilidad alguna sobre los daños o perjuicios que el estado o las características de la construcción pudiera ocasionar a sus integrantes o a terceros. Cláusula 18.- El AYUNTAMIENTO DE BAKIO, a petición de la agrupación firmante o por iniciativa propia, acordará con ella las obras o trabajos de mejora o adecuación así como su programación. Cláusula 19.- La cesión de los locales regulada en el presente Convenio es compatible con cualquier subvención o ayuda, pública o privada, que, tanto el AYUNTAMIENTO DE BAKIO respecto del inmueble y de los muebles, enseres y equipos de su propiedad, como ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA, respecto de sus actividades, muebles, enseres y equipamientos propios, pudieran obtener.

12 Hitzarmena / Convenio. Cláusula 20.- El control y seguimiento del cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio se efectuará mediante reuniones entre las partes, que se convocarán, a iniciativa de alguna/s de ellas, y salvo casos de urgencia, al menos con una semana de antelación. En cualquier caso, se realizará, al menos, una reunión general al año entre el AYUNTAMIENTO DE BAKIO, e ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA para examinar la aplicación del Convenio en el año inmediatamente anterior, estudiar las nuevas necesidades que, en su caso, pudieran surgir a la agrupación, con su implicación económica para el Ayuntamiento de Bakio, y las posibilidades técnicas y financieras de llevarlas a cabo en el año siguiente, debatir los términos del Convenio, si resultara preciso, y tomar en consideración cualquier otro aspecto de interés. En principio, y salvo acuerdo en otro sentido, esta reunión anual se celebrará dentro del mes de septiembre de cada ejercicio. Cláusula 21.- Como muestra de conformidad, los representantes del AYUNTAMIENTO DE BAKIO e ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA firman el presente documento, por duplicado, en cada una de las páginas referidas a los antecedentes, cláusulas y plano. Cláusula 22.- Este convenio entrará en vigor a los 15 dias hábiles posteriores a la firma por parte del AYUNTAMIENTO DE BAKIO e ITXAS-ALDE EUSKAL KULTURA TALDEA.