I INTRODUCCION   El objetivo de este documento, pretende dar a conocer los principales puntos y si han existido cambios desde.

1 I INTRODUCCION   El objetivo de este documento, pretend...
Author: María Rosa Mora Torres
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1 I INTRODUCCION   El objetivo de este documento, pretende dar a conocer los principales puntos y si han existido cambios desde la reforma publicada el día 13 de marzo del 2003, basándonos solo en el capítulo VII sección 1 y sección 2 de la participación social en la educación de la ley general de educación básica y su última modificación el año 9 de abril del El cual contiene los principales temas de dicho capitulo:  

2 Antecedentes de la creación de dicha ley (Carlos Salinas de Gortari, 1988 – 1994)    Ley general de educación básica reforma publicada el día 9 de marzo del Capitulo VII de la participación social Sección 1.- De los padres de familia   Sección 2.- De los consejos de participación social  

3 LEY GENERAL DE EDUCACION BASICA Antecedentes su creación en el año de 1993 Carlos Salinas de Gortari presidente constitucional de los estados unidos mexicanos a sus habitantes sabed: que el H. congreso de la Unión se ha servido en dirigirme el siguiente DECRETO “EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DERCRETA: LA LEY GENERAL DE LA EDUCACION”, básica el 13 de julio de 1993 publicado en el diario de la federación.

4 Ley general de educación reforma publicada el día 13 de julio de 1993

5 CAPITULO VII DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION Sección 1CAPITULO VII DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION Sección 1.- De los padres de familia Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la tutela: I. Obtener inscripción en escuelas públicas para que sus hijas, hijos o pupilos menores de edad, que satisfagan los requisitos aplicables, reciban la educación preescolar, la primaria y la secundaria.

6 Participar a las autoridades de la escuela en la que estén inscritos sus hijas, hijos o pupilos, cualquier problema relacionado con la educación de éstos, a fin de que aquéllas se aboquen a su solución; Fracción reformada DOF

7 Las autoridades educativas promoverán, de conformidad con los lineamientos que establezca la autoridad educativa federal, la participación de la sociedad en actividades que tengan por objeto fortalecer y elevar la calidad de la educación pública, así como ampliar la cobertura de los servicios educativos

8 Sección 2.- De los consejos de participación social

9 Será responsabilidad de la autoridad de cada escuela pública de educación básica vincular a ésta, activa y constantemente, con la comunidad. El ayuntamiento y la autoridad educativa local darán toda su colaboración para tales efectos.

10 CONCLUSION Por último la ley general de educación y el principal capitulo en que nos basamos y que mencionamos nuevamente es, el capítulo VII, la participación social en la educación básica; desde la reforma modificada el 03 marzo de 2003, hasta su última reforma publicada 09-abril-2012, habiendo recabado la información necesaria podemos mencionar que en los últimos años no ha habido ninguna modificación por parte de los gobiernos involucrados y que en el capitulo ya mencionado se siguen tomando en cuenta los mismos artículos desde la creación de la misma.