1 I REUNION IBEROAMERICANA DE LA OMT SOBRE ECONOMIA COLABORATIVA EN EL ALOJAMIENTO TURISTICO. III Panel Radisson Montevideo Victoria Plaza Hotel Montevideo, Uruguay 4 y 5 de abril 2016.
2 DE QUE SE TRATA? DE SATISFACER AL TURISTA SU NECESIDAD DE HOSPEDARSE
3 Definición de turista OMT Un TURISTA es una persona que viaja a un destino principal distinto al de su entorno habitual, por una duración inferior a un año, con cualquier finalidad principal (ocio, negocios u otro motivo personal) que no sea la de ser empleado por una entidad residente en el país o lugar visitados si su viaje incluye al menos una pernoctación
4 Definición hospedaje LEGISLACION ARGENTINA: NO EXISTE DOCTRINA: Existe contrato de hospedaje cuando una persona da albergue a otra mediante una retribución, comprendiéndose o no la alimentación. “una de las partes se obliga a proporcionar por lo menos alojamiento a la otra, y ésta se obliga a pagar, por ello, un precio en dinero nacional o en moneda extranjeraCfr., LÓPEZ DE ZAVALÍA, Fernando J., Teoría de los contratos. 2ª edición, Zavalía, Buenos Aires, 2001, t. 3, pág. 497 Conforme al Diccionario Esencial de la Real Academia Española (Editorial Espasa, Madrid, 1997), hospedaje es el alojamiento y asistencia que se da a una persona. Significado de Alojar: 1. Albergar, acomodar, aposentar, cobijar, hospedar, guarecer.
5 DONDE HOSPEDARSE ALOJAMIENTO TRADICIONALECONOMIA COLABORATIVA
6 Definiciones: Diccionario Real Academia Española Economía “colaborativa”: no tiene definición ni es una clase Economía Ciencia que estudia los métodos más eficaces para satisfacer las nece- sidades humanas materiales, mediante el empleo de bienes escasos. Colaborativa: colaborar Contribuir ( ayudar con otros al logro de algún fin). Ayudar: poner los medios para el logro de algo Ayudar a la finalidad de satisfacer necesidades materiales mediante el empleo de bienes escasos
7 Definición economía colaborativa NO EXISTE EN LA LEGISLACION ARGENTINA Basada en el cuestionamiento abierto de la posesión de los bienes. Acceder a los bienes sin poseerlos. La propiedad lleva al hiperconsumo: consumimos mas de lo que necesitamos. Intercambiar bienes y servicios: Los sistemas de intercambio no son una novedad de la sociedad actual (TRUEQUE) Sí es novedoso la creación de nuevos modelos de negocio vinculados a este concepto y soportados sobre nuevas tecnologías
8 Economía Colaborativa (cont) Es habitual referirse al consumo colaborativo o participativo como la manera tradicional de compartir, intercambiar, prestar, alquilar y regalar redefinida a través de la tecnología moderna y las comunidades. De esta referencia se deriva que el consumo colaborativo o participativo no es ninguna idea nueva, sino una práctica que se beneficia de la tecnología actual para que el servicio sea mucho más eficiente y escalable.
9 Hiperconsumo vs. Consumo colaborativo
10 WEBS COLABORATIVAS = OTAS CONECTAN A QUIEN TIENE EL BIEN (HABITACION)CON AQUEL QUE NECESITA EL USO O DISFRUTE DE ESE BIEN (TURISTA)
11 Webs colaborativas
12 On Line Travel Agencies (OTAs)
13 Webs alojamiento.
14 Inversiones en webs colaborativas
15 Le ofrecen al propietario lo mismo que al hotelero ¿Por qué deberías alquilar tu espacio en xxxxxxx? Los anfitriones de 190 países acogen a los viajeros en sus hogares para conseguir dinero Publicar un anuncio es gratis Crear un anuncio es gratis y solo pagarás un 3 % como tarifa de servicio al confirmar una reserva. Intercambiar mensajes con los huéspedes te ayudará a seleccionar a aquellos que encajen mejor con tu alojamiento. Si quieres más información sobre ellos, puedes consultar sus perfiles y leer las evaluaciones que han recibido. Tú tienes el control Tú decides el precio, la disponibilidad y los requisitos de reserva para los huéspedes. Además, puedes establecer tarifas personalizadas para ganar más dinero durante la temporada alta. Cuentas con nuestro apoyo
16 Que le ofrecen al eventual huésped? Lo mismo que al huésped de un hotel El botón Solicita una reserva te permite enviar una solicitud de reserva al anfitrión con unas fechas específicas. El botón Reserva inmediata te permite confirmar la reserva al instante y bloquear las fechas correspondientes en el calendario del anfitrión Independientemente de si utilizas el botón Solicita una reserva o Reserva inmediata, te pediremos los datos de pago para poder tramitarla. Tramitaremos el pago y te enviaremos un correo electrónico en el que podrás encontrar tu recibo, los detalles del viaje PRECIOS EQUIVALENTES EN AMBOS SISTEMAS RESERVAS A EMPRESAS
17 Servicios que ofrecen en la web ECONOMIA COLABORATIVAHOTEL TRADICIONAL LIMPIEZA: COSTO ADICIONALLIMPIEZA INCLUIDA DESAYUNO OPTATIVO WI FI BAÑO CON ROPA y CAMA CON ROPA CHAMPU,SECADOR, PLANCHA,AMENITIES TV CALEFACCION / AIRE MAPA CON LOCALIZACION COMISION POR LA INTERMEDIACION DEL 6 al 12% al huésped y 3% al anfitrión COMISION POR INTERMEDIACION AL HOTELERO
18 Sitio de oferta “colaborativa”
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21 SITIO DE OFERTA
22 Sitio de oferta
23 Oferta establecimientos hoteleros y colectivos en Argentina
24 Turistas, pernoctes y gasto según tipo de hospedaje
25 Distribución porcentual del total de plazas por regiones. Año 2009 En la Argentina la oferta de plazas se concentra en la Región Buenos Aires (30% ), Patagonia (17%) y en Litoral (13%) Le siguen en importancia la Región C.A.B.A. (11% ), Centro (10%), Norte y Cuyo (9%). Cuadro 8: Distribución del total de establecimientos y plazas por región. Región Establecimientos Plazas TOTAL 12.227 564.368 1 Pcia. Bs. As. 2.861 170.756 2 Patagonia 2.806 95.891 3 Litoral 1.769 71.050 4 Cdad. Bs. As. 581 63.756 5 Centro 1.626 58.815 6 Norte 1.223 50.046 7 Cuyo 1.361 54.054
26 Obligaciones HOTELECONOMIA COLABORATIVA PAGO IMPUESTOSNO PAGO DE TASAS LOCALESNO PAGO 5 ENTIDADES DERECHOS AUTORNO EMPLEADOS REGISTRADOS CON CCTNO PAGO DE CARGAS SOCIALESNO ESTABLECIMIENTOS HABILITADOS CON CONTROL GUBERNAMENTAL NO REGISTRACION DE HUESPEDESNO CUMPLE NORMATIVA HIGIENE Y SEGURIDAD NO CODIGO DE HABILITACIONES, Y DE PLANEAMIENTO NO
27 Economía tradicional: beneficios a la sociedad Hotel servicio alojamiento tradicional Cliente paga precio Hotel Paga impuestos al Estado Estado financia educacion, justicia, seguridad, etc La sociedad recibe los beneficios de una actividad económica formal
28 Economía Colaborativa: beneficio individual Plataforma cobra las comisiones Huésped paga el precio y la comisión de la plataforma Propietario recibe precio y paga comisión a la plataforma
29 Alguna tímida legislación ARGENTINA Mendoza Res. 569/07 CABA Ley 4631/13 Bs. Aires Dec. 659/07 Río Negro Res.228/05 Bariloche Ord.1526 Pto. Madryn Colón Alta Gracia Santa Cruz Se EXIGE: Registración Habilitación Calidad Calif. y Categorización Control Cuadro tarifario PROHIBICION a intermediarios de comercializar oferta no registrada
30 Modificación Legislativa Nuevo código unificado: Deroga ley locaciones 23091 No define ni regula el contrato de hospedaje Solo regula el depósito en hoteles Nueva norma: Ley 27221 Artículo 1º – Los contratos de locación de inmuebles que se celebren con fines turísticos, descanso o similares y cuyo plazo sea inferior a tres meses conforme lo establecido en el inciso b), del artículo1.199, del Código Civil y Comercial de la Nación, se regirán por las normas aplicables al contrato de hospedaje.
31 Regulaciones locales Regulación de oferta de alojamientos: LOCAL La sanción de la ley 27221 permite ahora a los gobiernos locales regular la oferta de alojamientos temporarios sin la limitación anterior: YA NO SON LOCACION CIVIL, AHORA SE RIGEN POR LAS REGLAS APLICABLES AL HOSPEDAJE.
32 Ley 11683 PRINCIPIO DE LA REALIDAD ECONOMICA ARTICULO 2º Para determinar la verdadera naturaleza del hecho imponible se atenderá a los actos, situaciones y relaciones económicas que efectivamente realicen, persigan o establezcan los contribuyentes. Cuando éstos sometan esos actos, situaciones o relaciones a formas o estructuras jurídicas que no sean manifiestamente las que el derecho privado ofrezca o autorice para configurar adecuadamente la cabal intención económica y efectiva de los contribuyentes se prescindirá en la consideración del hecho imponible real, de las formas y estructuras jurídicas inadecuadas, y se considerará la situación económica real como encuadrada en las formas o estructuras que el derecho privado les aplicaría con independencia de las escogidas por los contribuyentes o les permitiría aplicar como las más adecuadas a la intención real de los mismos.
33 Realidad económica PRINCIPIO DE LA REALIDAD ECONOMICA ACTOS EFECTIVAMENTE PERSEGUIDOS POR LOS CONTRIBUYENTES DEJAR DE LADO LA FORMA O ESTRUCTURA JURIDICA DADA POR EL CONTRIBUYENTE ENCUADRAR LA REALIDAD EN LA ESCTRUCTURA ADECUADA A LA INTENCION REAL
34 Por que regularlos Porque generan un nuevo modelo de negocio que implica una Competencia Desleal con la industria tradicional al aplicar a similares actos económicos (brindar alojamiento) un ropaje diferente (economía colaborativa), no descripto explícitamente en la normativa, desarrollado a partir del crecimiento de internet y las nuevas tecnologías y que por no estar tipificado expresamente pretende excluirse de la aplicación de las normas fiscales, laborales, los sistemas de licencias o incluso los controles de calidad que debe cumplir el sector tradicional. Porque afectan a las ciudades como destino turístico Porque debe protegerse al consumidor Porque afectan la seguridad de quien se aloja Porque facilitan la comisión de ilícitos Porque afectan la base de sustentación de la sociedad PORQUE TODOS DEBEMOS SER IGUALES ANTE LA LEY
35 MUCHAS GRACIAS!!!