1 II CICLO – AÑO 2014 TALLER NÚMERO 1:IV PLAN DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID CONVENIO MARCO SUSCRITO CON CEIM CONFEDERACIÓN EMPRESARIAL DE MADRID - CEOE II CICLO – AÑO 2014 TALLER NÚMERO 1: Evolución anual del riesgo laboral por atraco y otros procedimientos delictivos análogos.
2 Que es el IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid – 2.016
3 Que es el convenio marco suscrito con CEIM (Confederación Empresarial de Madrid) - CEOE
4 Que es el convenio entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y el Gremio de joyeros, plateros y relojeros de Madrid.
5 ACCIONES DE FORMACION AÑO 2014.4 Talleres
6 TALLER NÚMERO 1 Evolución anual del riesgo laboral por atraco y otros procedimientos delictivos análogos
7 OBJETIVO DEL TALLER: Dar a conocer a empresarios y trabajadores la evolución del atraco y sus repercusiones, en los último seis meses.
8 INTRODUCCION
9 Dos reflexiones: El que exista un riesgo de daño, no significa que se tenga que sufrir el daño, sino que se necesita mayor protección. Si quieren robar… No tienen porque conseguirlo.
10 El comercio y fabricación de joyería, platería y relojería, es una actividad de riesgo de robo.Que necesita mayor protección.
11 Nada hay que en tan poco tamaño, tenga mas valor.No se degrada. No se devalúa.
12 Cuanta mas belleza y glamour ,mas valor.
13 Cuando mas valor, mas riesgo.Cuanto mas riesgo, mas seguridad necesita.
14 Las joyas y los relojes de alta gama, siempre serán objetos de preferencia para los delincuentes.
15 Y una forma de conseguirlos, es el atraco a propietarios y trabajadores de establecimientos y locales.
16 Riesgos laborales por atraco.
17 El atraco está considerado como un riesgo laboral.Recordemos… El atraco está considerado como un riesgo laboral. La violencia externa o de terceros, está considerada un riesgo laboral emergente por la Agencia Europa de Seguridad y Salud en el Trabajo (Fuente Thomson Reuters – Lex Nova). El atraco es un riesgo laboral según: Sentencia del Tribunal Supremo de 20 de septiembre de 2007. Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de junio de 2008 Criterio Técnico nº. 87/2011 del Ministerio de Trabajo e Inmigración.
18 Artículo 14: Derecho a la protección frente a los riesgos laborales1. Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales.
19 Artículo 14: Derechos de los trabajadores a una protección eficaz:Información sobre sus riesgos laborales. Formación en materia preventiva. Consulta y participación. Paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente Vigilancia de su estado de salud
20 Artículo 14: Responsabilidades del empresario:Integración de la actividad preventiva en la empresa. Adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores Evaluación de riesgos (Inclusión del atraco como riesgo laboral) Información, consulta y participación y formación de los trabajadores. Actuación en casos e emergencia y de riesgo grave e inminente. Vigilancia de la salud Constitución de una organización y los medios necesarios en los términos de Servicios de prevención.
21 Artículo 15: Principios de la acción preventiva:Evitar los riesgos. Evaluar los riesgos que no se puedan evitar. Combatir los riesgos en su origen. Adaptar el trabajo a la persona. Tener en cuenta la evolución de la técnica. Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro. Planificar la prevención. Adoptar medidas que antepongan las protección colectiva a la individual. Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
22 ¿Cuándo se puede poner de manifiesto, el incumplimiento del deber de protección del trabajador, con motivo ocasión de un atraco?
23 Cuando un trabajador sufra un daño físico o psicológico y lo denuncie de forma personal, por medio de un abogado, o través de una organización sindical.
24 INDICE DE CONTENIDOS
25 Evolución anual de la incidencia en la actividad laboral, dentro del sector de joyería, platería y relojería, del atraco y otros procedimientos delictivos análogos. Evolución anual de riesgo laboral por atraco y otros procedimientos delictivos análogos de la mujer empresaria y trabajadora. Evolución anual del riesgo laboral por atraco y otros procedimientos delictivos análogos para el autónomo. Evolución anual del riesgo laboral por atraco y otros procedimientos delictivos análogos para el representante de joyería, platería y relojería.
26 (Desde el 28 de noviembre de 2013)¿Qué ha pasado en los últimos seis meses? (Desde el 28 de noviembre de 2013) Última Jornada del I ciclo del IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid.
27 Novedades: Nuevos atracos. Nuevas necesidades.Nuevo empleo de los ITD. Nuevas inspecciones policiales de las medidas obligatorias. Nuevo régimen sancionador.
28 2. Nuevos atracos.
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30 ¿Se ha cumplido esa opinión?
31 Diciembre 2013
32 Febrero 2014
33 Marzo 2014
34 Marzo 2014
35 Abril 2014
36 Abril 2014
37 Análisis Nº Fecha Establecimiento Personal joyería 1 Diciembre 2013Joyería Artiguez Madrid 1 hombre 2 Febrero 2014 Joyería Pº. Delicias 2 empleados 3 Marzo 2014 Joyería Royso Villaverde-Madrid 4 Joyería Grema Madrid. 1 hombre y 2 mujeres 5 Abril 2014 Hermida Joyeros Mujeres (Sin datos del número) 6 ? Alcobendas-Madrid.
38 3. Nuevas necesidades.
39 Botón de sospecha (Vigilante virtual)
40 4. Nuevo empleo de los ITD
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43 ¿Que son los ITD? Dispositivos Inmovilizadores Temporales Disuasivos.(Pistolas eléctricas TASER) TASER “Thomas A. Swift’s Electric Rifle”, fue diseñada por un inventor de Arizona (Estado Unidos).
44 Características: Son dispositivos NO letales.Inmovilizan temporalmente. Utilizan descargas eléctricas.
45 ¿Como son los ITD?
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49 ¿Cómo funcionan?
50 La TASER dispara dos dardos que contienen electrodos conectados con el arma mediante unos cables. El arma envía pequeñas descargas de electricidad a los electrodos que al ser insertados sobre la persona, interrumpen el funcionamiento de los nervios que controlan los músculos, provocando la parálisis temporal del individuo.
51 ¿Pueden ser considerados como un arma?
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54 ¿Dónde se pueden adquirir los ITD?
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58 ¿Solo las FFCC de seguridad pueden utilizar los ITD?Si los delincuentes las utilizan ilegalmente… ¿Por qué no se autoriza a los joyeros a que las utilicen legalmente?
59 5. Inspección de las medidas obligatorias de seguridad.
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61 Artículo 127.1.b Reglamento Seguridad Privada.Medidas obligatorias. Pulsadores antiatraco u otros medios de accionamiento del sistema de alarma que estarán instalados en lugares estratégicos Análisis de la norma: Al menos 2 pulsadores. Instalados, luego no de bolsillo o similares. (No hay pulsadores de bolsillo de Grado 3) Ubicados en lugares estratégicos.
62 Artículo 12.4 Orden INT/316/2011 Deberá ser considera alarma confirmada, la activación voluntaria de cualquier elemento destinado a este fin, tales como: Pulsadores de atraco o anti-rehén. Código de coacción mediante teclado. Contraseña pactada. Análisis de la aplicación: El pulsador de atraco, debería poder accionarse en caso de otros ataques, tales como alunizajes con maza o con coche. (Conviene hablarlo con la CRA)
63 6. Nuevo régimen sancionador.
64 Ley 5/2014 de Seguridad Privada.Artículo 59. Infracciones de los usuarios
65 Infracciones muy graves:b) La utilización de aparatos de alarmas u otros dispositivos de seguridad no homologados cuando fueran susceptibles de causar grave daño a las personas o a los intereses generales. a) Multa de a euros. c) La clausura, desde seis meses y un día a dos años, de los establecimientos que no tengan en funcionamiento las medidas de seguridad obligatorias. f) La falta de adopción o instalación de las medidas de seguridad que resulten obligatorias. h) La contratación o utilización a sabiendas de personas carentes de la habilitación o acreditación necesarias para la prestación de servicios de seguridad i) La comisión de una tercera infracción grave o de una grave y otra muy grave en el período de dos años, habiendo sido sancionado por las anteriores. k) Obligar a personal habilitado contratado a realizar otras funciones distintas a aquellas para las que fue contratado.
66 Infracciones graves: a) El incumplimiento de las revisiones preceptivas de los sistemas o medidas de seguridad obligatorias que tengan instalados. Multa de a euros. b) La utilización de aparatos de alarma u otros dispositivos de seguridad no homologados e) El anormal funcionamiento de las medidas de seguridad obligatorias adoptadas o instaladas cuando ocasionen perjuicios a la seguridad pública o a terceros.
67 Infracciones leves: a) La utilización de aparatos o dispositivos de seguridad sin ajustarse a las normas que los regulen, o cuando su funcionamiento cause daños o molestias desproporcionados a terceros. Apercibimiento. b) El anormal funcionamiento de las medidas o sistemas de seguridad que se tengan instalados. b) Multa de 300 a euros.
68 Artículo 64. Graduación de las sanciones.Para la graduación de las sanciones, los órganos competentes tendrán en cuenta: La gravedad y trascendencia del hecho. El posible perjuicio para el interés público. La situación de riesgo creada o mantenida para personas o bienes. La reincidencia. La intencionalidad. El volumen de actividad de la empresa del establecimiento contra el que se dicte la resolución sancionadora. La capacidad económica del infractor.
69 Artículo 65. Aplicación de las sanciones.Las sanciones previstas en esta ley podrán aplicarse de forma alternativa o acumulativa. 2. La aplicación de sanciones pecuniarias tenderá a evitar, que la comisión de las infracciones tipificadas, no resulte más beneficiosa para el infractor, que el cumplimiento de las normas infringidas.
70 CONCLUSIONES: El atraco es un riesgo laboral emergente.Los delincuentes han comenzado a emplear pistolas eléctricas. Este hecho, abre un nuevo escenario en el ámbito del riesgo, de la protección, y de la información y formación de los trabajadores en materia preventiva. Parece conveniente valorar , la posible solicitud de autorización, para que los joyeros pudieran disponer de pistolas eléctricas. La protección afecta a las medidas obligatorias de seguridad, lo cual cobra un mayor dimensión como consecuencia de la nueva Ley de Seguridad Privada, y de las inspecciones policiales.
71 GRACIAS POR LA ATENCIÓN PRESTADA