ÍNDICE Introducción 2. Política y organización preventiva.

1 Gestión de la prevención de riesgos laborales en la peq...
Author: Ana Isabel Figueroa Navarrete
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1 Gestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa

2 ÍNDICE Introducción 2. Política y organización preventiva

3 1. Introducción 1. Objetivos2. Elementos fundamentales del sistema preventivo 3. Criterios de valoración

4 Objetivos El objetivo es facilitar el diseño de las actuaciones y procedimientos que permitan conformar el Sistema de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa, basándose en: La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, la Ley 54/2003 de Reforma, El RD 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, el RD 171/2004 en materia de coordinación de actividades empresariales y los reglamentos específicos en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Este texto se dirige especialmente a la pequeña y mediana empresa, PYME.

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6 Elementos fundamentales del sistema preventivoPolítica preventiva Organización preventiva Evaluación de los riesgos Planificar las actividades preventivas Fase de ejecución Auditoría interna

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8 2. Política y organización preventivaGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 2. Política y organización preventiva

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10 Política preventiva ¿Qué es?Consiste en una declaración de principios y compromisos. Es definir la política empresarial en materia de prevención de riesgos laborales.

11 Política preventiva FormaEs previo a la planificación Debe ser aprobada por la Dirección y contar con el apoyo de los trabajadores o de sus representantes. No es obligatoria hacerlo por escrito pero es recomendable. Debe ser clara y sencilla. Debe divulgarse a todos los miembros de la organización a proveedores, e incluso clientes.

12 La Política preventiva y el artículo 15 de la LPRLSea cual sea la política preventiva no debe olvidar los principios marcados en el articulo 15 de la LPRL.

13 Artículo 15 de la LPRL Evitar los riesgosEvaluar los riesgos que no se puedan evitar Combatir los riesgos en su origen Adaptar el trabajo a la persona Tener en cuenta la evolución de la técnica Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún riesgo  Planificar la prevención Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual Dar las debidas instrucciones a los trabajadores

14 Acciones para que la política sea efectiva:Visitar habitualmente los lugares de trabajo Promover y participar reuniones periódicas   Observar a los trabajadores   Interesarse por los accidentes laborales acaecidos Hacer que la gente se sienta querida tras el accidente, especialmente cuando se encuentra en proceso de recuperación. Hacer campañas periódicas Dar ejemplo Asumir un liderazgo participativo

15 Vinculación con otras políticasLa política preventiva se debe vincular con la de calidad y medio ambiente. La vía de integración de sistemas es conveniente por motivos de: racionalización simplificación de procedimientos la propia sinergia mutua que generan.

16 Ejemplo

17 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (1)Con el objeto de alcanzar los niveles más altos de Seguridad y Salud declaramos los siguientes principios básicos de nuestra política: Estamos al servicio de nuestros clientes, comprometidos con la sociedad, el medio ambiente y la salud de nuestros trabajadores, respetando el marco legal y normativo establecido para cada caso.

18 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (2)Asumimos la necesidad de una mejora continua en la calidad de nuestros productos y servicios, de nuestros procesos y de nuestras condiciones de trabajo. Ello lo logramos con el trabajo bien hecho a la primera y asegurando que ninguna tarea sea realizada sin las debidas medidas de seguridad.

19 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (3)Los accidentes de trabajo o cualquier lesión generada en el mismo son fundamentalmente fallos de gestión y por tanto son evitables mediante una gestión adecuada que permita adoptar las medidas para la identificación, evaluación y control de los posibles riesgos

20 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (4)Las personas constituyen el valor más importante que garantiza nuestro futuro. Por ello deben estar cualificadas e identificadas con los objetivos de nuestra organización y sus opiniones han de ser consideradas. Todas las actividades las realizamos sin comprometer los aspectos de Seguridad y Salud por consideraciones económicas o de productividad

21 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (5)Para llevar a cabo estos principios, se asumen los siguientes compromisos: Todo el personal con mando asegura unas correctas condiciones de los trabajadores a su cargo. Para ello, muestra interés y da ejemplo como parte de su función.

22 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (6)La empresa promueve y establece los medios necesarios para que la comunicación de deficiencias y/o sugerencias de mejora sean analizadas y, de ser posible, aplicadas. El espíritu de innovación y de mejora continua es fundamental para el futuro de nuestra empresa.

23 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (7)Establecemos cauces de intercambio de información y de cooperación entre nuestro personal y también con nuestros clientes y proveedores para mejorar continuamente el modo de seleccionar nuestros suministros, de realizar nuestro trabajo, de elaborar nuestros productos y de prestar nuestros servicios.

24 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (8)Informamos y formamos a los trabajadores sobre los riesgos inherentes a su trabajo, así como de los medios y las medidas a adoptar para su prevención. Para ello, disponemos de los procedimientos necesarios para el desarrollo de las diferentes actividades preventivas. Analizamos todos los accidentes con potencial de daño e iniciamos su corrección de inmediato.

25 NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS (9)Nuestra empresa asume lo expuesto anteriormente como garantía de pervivencia y crecimiento de la misma. La Dirección de la empresa

26 Comentario (1) Lo primero que se hace es dar un título al documento:NUESTROS PRINCIPIOS Y COMPROMISOS A continuación marca el fin que persigue y los principios para conseguirlo: Con el objeto de alcanzar los niveles más altos de Seguridad y Salud declaramos los siguientes principios básicos de nuestra política:

27 Comentario (2) Después asume unos compromisos, es decir, se obliga a:Para llevar a cabo estos principios, se asumen los siguientes compromisos: En último lugar señala el quién: La Dirección de la empresa

28 Organización preventivaEs el segundo punto. Es establecer un modo de actuación. Es la respuesta a la exigencia de la integración de la prevención. Para ello se requiere una definición de funciones preventivas a todos los niveles. Es recomendable que se haga por escrito con vistas a facilitar la asunción y control de su cumplimiento.

29 EJEMPLO

30 DIRECCIÓN 1. Establecer y documentar los principios y objetivos de Prevención de Riesgos Laborales. 2. Establecer la estructura organizativa necesaria y obligatoria para la realización de las actividades preventivas.

31 DIRECCIÓN 3. Designar una persona en materia de Seguridad y Salud, en calidad de staff de la Dirección, que coordine y controle las actuaciones y mantenga informada a la organización de lo más significativo en esta materia. Se contratará a un servicio de prevención ajeno la realización de prestaciones cuando sea necesario por carencia de medios propios o porque la reglamentación lo establezca (realización de mediciones).

32 DIRECCIÓN 4. Establecer las competencias y las interrelaciones de cada departamento en materia de prevención de riesgos laborales. 5. Asignarlos recursos necesarios, tanto humanos como materiales, para conseguir los objetivos establecidos. 6. Promover y participar en reuniones periódicas para analizar y discutir temas de seguridad y salud, y procurar tratar también estos temas en las reuniones normales de trabajo.

33 DIRECCIÓN 7. Visitar periódicamente los lugares de trabajo para poder estimular comportamientos eficientes, detectar deficiencias y trasladar interés por su solución. 8. Realizar periódicamente auditorías y revisiones de la política, organización y actividades de la empresa, revisando los resultados de la misma.

34 DIRECCIÓN 9. Mostrar interés por los accidentes laborales acaecidos y por las medidas adoptadas para evitar su repetición. 10. Consultar a los trabajadores en la adopción de decisiones que puedan afectar a la seguridad, salud y condiciones de trabajo. 11. Aprobar los procedimientos de las diferentes actividades preventivas y las instrucciones de trabajo.

35   MANDOS INTERMEDIOS 1. Elaborar y transmitir los procedimientos e instrucciones referentes a los trabajos que se realicen en su área de competencia.   2. Velar por el cumplimiento de dichos procedimientos e instrucciones por parte de los trabajadores a su cargo, asegurándose que se llevan a cabo las tareas con las debidas condiciones de seguridad.  3. Informar a los trabajadores de los riesgos existentes en los lugares de trabajo y de las medidas preventivas y de protección a adoptar.

36 MANDOS INTERMEDIOS 4. Analizar los trabajos que se llevan a cabo en su área los detectando posibles riesgos o deficiencias para su eliminación o minimización. 5. Vigilar con especial atención aquellas situaciones críticas que puedan surgir, ya sea en la realización de nuevas tareas o en las ya existentes, para adoptar medidas correctoras inmediatas. 6. Investigar todos los accidentes e incidentes ocurridos en su área de trabajo, de acuerdo con el procedimiento establecido.

37 MANDOS INTERMEDIOS 7. Formar a los trabajadores para la correcta realización de las tareas que tengan asignadas y detectar las carencias al respecto. 8. Aplicar en la medida de sus posibilidades las medidas preventivas y sugerencias de mejora que propongan sus trabajadores. 9. Y en general cumplir y hacer cumplir todos los procedimientos de este Manual que les atañen y objetivos establecidos

38 TRABAJADORES 1. Conocer y cumplir toda la normativa, procedimientos e instrucciones que afecten a su trabajo, en particular a las medidas de prevención y protección. 2. Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad.

39 TRABAJADORES 3. Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados. 4. No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar.

40 TRABAJADORES 5. Comunicar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención, y, en su caso, al servicio de prevención acerca de cualquier situación que considere pueda presentar un riesgo para la seguridad y salud.

41 TRABAJADORES 6. Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo.

42 TRABAJADORES 7. Cooperar con sus mandos directos para poder garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo.

43 TRABAJADORES 8. Mantener limpio y ordenado su entorno de trabajo, localizando los equipos y materiales en los lugares asignados. 9. Sugerir las medidas que considere oportunas en su ámbito de trabajo para mejorar la calidad, la seguridad y la eficacia del mismo. Otras funciones que la organización crea conveniente.

44 RECUERDA El empresario debe decidir sobre la modalidad preventiva ajustándose al RSP El empresario debe consultar a los representantes de los trabajadores.

45 ACTIVIDAD ¿En qué artículos de la LPRL se habla del derecho de consulta? Compara el anterior documento y los deberes establecidos en la LPRL para los trabajadores.

46 Registros documentales

47 Reglamentarios Conciertos con Servicios de Prevención ajenos (art. 31 LPRL y art. 10.1, 12.1, 15.4, 16 y 20.1 RSP). Nombramiento de los órganos formales de la prevención en la empresa, certificado de la formación específica recibida y funciones (art. 30 y 31 LPRL y capítulos III y VI RSP).

48 Reglamentarios Justificante de que los trabajadores designados o miembros del Servicio de Prevención propio están en la plantilla de la empresa. Consulta de la modalidad preventiva a los trabajadores (art. 18 LPRL y 33 LPRL). Consulta a los representantes de los trabajadores sobre los elementos fundamentales del sistema preventivo (organización preventiva, evaluación de riesgos, planificación preventiva, etc.).

49 Recomendables Política preventiva definida por escrito.Información sobre medios técnicos de los que dispone el Servicio de Prevención propio. Actas de reuniones en las que se reflejen los compromisos adquiridos en la adopción de mejoras preventivas. Actas de reuniones del Comité de Seguridad y Salud. Procedimiento de comunicación de riesgos y sugerencias de mejora.

50 CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN:Política y organización preventiva

51 1. Se ha elaborado una política preventiva de acuerdo con un estudio inicial y con objetivos estratégicos a conseguir y se ha definido un sistema preventivo con los procedimientos necesarios. NO Es muy conveniente que exista una política que recoja los valores esenciales de la prevención, sea conocida por todos los miembros de la empresa, habiendo sido consultados los trabajadores en la configuración del sistema preventivo y los procedimientos necesarios (art.33 LPRL). 2. Se ha definido una política empresarial en materia de prevención de riesgos, en la que quedan reflejados los principios o criterios de actuación. No es obligatoria su existencia escrita pero es muy recomendable dado su carácter de compromiso colectivo. 3. Se han establecido unos objetivos periódicos medibles. Es necesario fijar unos objetivos aportando para ello los medios necesarios, así como efectuar un seguimiento de las actividades necesarias para alcanzarlos (art.9 RSP). 4. Se han fijado las funciones y responsabilidades del personal con mando sobre prevención. Es necesario que se integre la prevención en las distintas Unidades de forma que se ejerzan las actividades basándose en la necesidad de protección de los trabajadores. Se vigilará y evaluará el cumplimiento de tales funciones (art.30 y 31 LPRL y art. 13 y cáp. VI RSP).

52 5. El empresario revisa su política y su sistema preventivo.NO Es conveniente que el empresario lleve a cabo un control y una actualización, tanto de la política como de su sistema preventivo. 6. Se ha establecido una organización adecuada de la prevención de acuerdo con las distintas modalidades posibles según los términos establecidos legalmente. En función del tamaño de la empresa es necesario implantar una determinada modalidad preventiva (cap. III RSP). 7. Se han constituido los órganos formales de participación y representación en materia de prevención establecidos legalmente: Persona designada/Servicio de Prevención, Delegado de prevención, Comité de seguridad y salud en el trabajo. Se constituirán en función del tamaño y de las características de la empresa y se les facilitarán los medios necesarios para que puedan actuar correctamente (art.34,35 y 38 LPRL). 8. Cuando se recurra a un Servicio de prevención ajeno, los conciertos o contratos cubren todas aquellas actividades preventivas legalmente exigibles. Los Servicios de prevención ajenos cubrirán las actividades que no realice la empresa con medios propios, controlando que su ejecución se ajuste a lo concertado (Cap.3 RSP).

53 9. Se dispone de una persona designada para ejercer funciones preventivas y de coordinación que actúe como nexo de unión entre el Servicio de prevención ajeno (si lo hubiese) y la empresa. NO Es muy conveniente la existencia de una persona designada con la capacitación necesaria para agilizar la comunicación y la implantación de medidas preventivas en la empresa, aunque se haya concertado totalmente la prevención con un Servicio ajeno. 10 Todos los miembros de los órganos preventivos disponen de la información y formación necesarias, y son consulta- dos en todo lo relativo al Sistema. Además de facilitar la información y formación específica requerida se debe contar con la opinión de los representantes de los trabajadores (art.18 y 33 LPRL). 11 Se dispone de los recursos necesarios (materiales, tiempo, etc.) para desarrollar las actividades preventivas. Es necesario disponer de los recursos idóneos en función de las necesidades planteadas (art.30 LPRL y art.13 RSP). 12 El empresario consulta regularmente a los trabajadores o sus representantes facilitando su participación en el desarrollo de los elementos fundamentales de su sistema preventivo. El empresario deberá consultar a los trabajadores y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y salud en el trabajo (art.18 y 34 LPRL) para conseguir una mejor selección de las medidas a adoptar y una mayor implicación del personal. 13 Está establecida una vía ágil de comunicación de sugerencias de mejora por parte de los trabajadores. A través de las reuniones habituales de trabajo documentadas o de procedimiento escrito de comunicación se facilitará que las ideas de los trabajadores puedan ser atendidas debida- mente, promoviendo el necesario espíritu de innovación.

54 3. Plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgosGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 3. Plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgos

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56 ÍNDICE Introducción Criterios de actuación Registros documentales

57 INTRODUCCIÓN

58 LPRL Art. 16 INTRODUCCIÓN La prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta a través de la implantación y aplicación de un Plan de prevención de riesgos laborales.

59 Partes del Plan de PrevenciónINTRODUCCIÓN Este Plan de prevención de riesgos laborales deberá incluir: la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos en la empresa, en los términos que reglamentariamente se establezcan.

60 Instrumentos esenciales del Plan de prevenciónINTRODUCCIÓN Instrumentos esenciales del Plan de prevención Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva.

61 EVALUACIÓN INTRODUCCIÓN En este tema se va a tratar el primero de los instrumentos, es decir, la evaluación de riesgos, y en temas posteriores se verá el segundo, la planificación preventiva.

62 Definición de evaluaciónINTRODUCCIÓN Es la actividad que debe llevarse a cabo inicialmente y cuando se efectúen determinados cambios, para poder detectar los riesgos que puedan existir en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa.

63 ACTIVIDAD Busca en el reglamento los artículos dedicados a la evaluación y busca en que momentos debe hacerse según el reglamento.

64 Responsabilidad y consultaINTRODUCCIÓN Responsabilidad y consulta Es responsabilidad de la Dirección de la empresa. Debe consultarse a los trabajadores o a sus representantes sobre el método empleado para realizarla. Deberá ajustarse a los riesgos existentes.

65 Actividades previas a la evaluaciónINTRODUCCIÓN Actividades previas a la evaluación Es recomendable examinar: los accidentes, enfermedades y demás daños derivados del trabajo que hayan acontecido en los últimos años y de los que se tenga constancia.

66 OBJETIVO INTRODUCCIÓN Minimizar y controlar los riesgos que no han podido ser eliminados. Establecer las medidas preventivas pertinentes Establecer las prioridades de actuación en función de las consecuencias que tendría su materialización y de la probabilidad de que se produjeran.

67 PERSONAL Y PROCEDIMIENTOINTRODUCCIÓN PERSONAL Y PROCEDIMIENTO Debe ser realizada por personal debidamente cualificado Su procedimiento de actuación debe ser consultado con los representantes de los trabajadores

68 Criterios de actuación

69 Criterios de actuaciónPERSONAL (1) La evaluación de riesgos es una tarea que debe ser llevada a cabo: por personas que tengan la formación legalmente requerida que sean: trabajador designado por la Dirección de la empresa formen parte del Servicio de prevención propio formen parte del Servicio de prevención ajeno.

70 Criterios de actuaciónPERSONAL (2) La evaluación deberá realizarse con la participación del personal expuesto a los riesgos con la finalidad de recoger su opinión y poder contrastar con lo observado.

71 Criterios de actuaciónPERSONAL (3) Aunque la actividad evaluadora sea realizada por un servicio de prevención ajeno, es importante que una persona de la empresa esté implicada en el seguimiento y control de tal actividad.

72 Criterios de actuaciónIntegración (1) El análisis de riesgos antes del inicio de cualquier actividad debería ser reflexión obligada y base consustancial de la propia calidad del trabajo a realizar y difícilmente ello puede ser transferido a personal ajeno.

73 Criterios de actuaciónIntegración (2) La reunión inicial del mando intermedio con sus trabajadores para verificar que éstos conocen los riesgos a los que pueden estar expuestos y las medidas preventivas a adoptar en una nueva actividad o tarea es algo básico para evitar accidentes, fallos y errores.

74 Criterios de actuaciónIntegración (3) La evaluación inicial tiene valor cuando va asociada a la planificación preventiva y se convierte en un elemento de gestión ante los riesgos identificados o que puedan surgir ante posibles cambios.

75 Revisión de la evaluación (1)Criterios de actuación Revisión de la evaluación (1) La evaluación inicial deberá ser revisada cuando: Se introduzca algún cambio en las condiciones de trabajo, tanto en la organización como en la introducción de nuevas tecnologías, productos, equipos, etc.

76 Revisión de la evaluación (2)Criterios de actuación Revisión de la evaluación (2) La evaluación inicial deberá ser revisada cuando: Se produzcan daños en la salud de los trabajadores o se aprecie que las medidas de prevención son inadecuadas o insuficientes.

77 Revisión de la evaluación (3)Criterios de actuación Revisión de la evaluación (3) La evaluación inicial deberá ser revisada cuando: Si legalmente hay establecida una periodicidad de evaluación para determinados riesgos, o se ha llegado a ese acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. En todo caso es aconsejable que periódicamente (cada 2 o 3 años) se proceda a su actualización.

78 Trabajadores especialesCriterios de actuación Trabajadores especiales Se tendrán en cuenta siempre, en la evaluación de riesgos, aquellos que puedan afectar a: trabajadores especialmente sensibles los menores, las mujeres embarazadas y los minusválidos.

79 FASES DE LA EVALUACIÓN Deberían considerarse tres fases: Preparación,Criterios de actuación FASES DE LA EVALUACIÓN Deberían considerarse tres fases: Preparación, Ejecución y Registro documental.

80 Preparación Habría que determinar:Criterios de actuación Preparación Habría que determinar: Quién va a realizar la evaluación ( el servicio de prevención si existe, los trabajadores designados, etc.) y proporcionarle la formación, la información y los medios para llevarla a cabo de manera eficaz. Cómo va a realizarla, qué procedimiento va a seguir, qué plazo tiene para concluirla, etc. Qué mecanismos de control va a aplicar para comprobar que la evaluación realizada es operativa y eficaz.

81 Ejecución Habría que revisar con especial atención:Criterios de actuación Ejecución Habría que revisar con especial atención: Las instalaciones, las máquinas, los equipos, las herramientas y los productos empleados. El entorno del lugar de trabajo. La formación del personal y las pautas de comportamiento a la hora de realizar las tareas. La adecuación de las medidas preventivas y de los controles existentes.

82 Registro documental En la última fase.Criterios de actuación Registro documental En la última fase. En aquellos puestos en los que deban adoptarse medidas preventivas o de control, éstas deberán quedar debidamente registradas especificando: de qué puesto de trabajo o tarea se trata, qué riesgos existen, a qué trabajadores afecta, cuáles han sido los resultados de la evaluación y cuáles son las medidas preventivas que deben adoptarse con indicación de plazos y responsables. Deberá comprobarse que dichas medidas se llevan a cabo en los plazos establecidos y que resultan eficaces.

83 Criterios de actuaciónInformación Una vez concluida la evaluación se deberán mostrar los resultados a los trabajadores afectados para que estén debidamente informados sobre los riesgos existentes y las medidas que deben adoptar para evitarlos. Para ello sería recomendable disponer de las correspondientes hojas informativas por puesto de trabajo o tarea.

84 Método de evaluación a aplicarCriterios de actuación Método de evaluación a aplicar Cuando no esté expresamente determinado por algún reglamento específico, como el del ruido, será acorde con métodos o criterios como: Guías del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo Guías del Ministerio de Sanidad y Consumo, Guías de Instituciones competentes de las CC.AA., Normas UNE, Normas Internacionales y Guías de entidades de reconocido prestigio.

85 Registros documentales

86 Reglamentarios (1) Plan de prevención de riesgos laborales (art. 16 LPRL y 23 RSP). Evaluación de los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo, incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores (art. 16 y 23 LPRL y capítulo II RSP). Procedimientos de evaluación de carácter general y específicos aplicados (art. 5 y 7 RSP).

87 Reglamentarios (2) Certificados de calibración de equipos utilizados en mediciones, cuando éstas hayan sido realizadas con medios propios. Certificados de la calificación de los técnicos que han realizado la evaluación (art. 4 y capítulo VI RSP). Revisiones de actualización de la evaluación de riesgos (art. 16 LPRL y art. 6 RSP).

88 4. Medidas/actividades para eliminar o reducir los riesgosGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 4. Medidas/actividades para eliminar o reducir los riesgos

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90 4. Medidas/actividades para eliminar o reducir los riesgosÍNDICE 4. Medidas/actividades para eliminar o reducir los riesgos Prevención en el origen. Protección colectiva. Protección individual Criterios de actuación Registros documentales Reglamentarios Información, formación de los trabajadores Recomendables

91 Prevención en el origen. Protección colectiva. Protección individual

92 ETAPAS Evaluación de riesgos. Planificar la acción preventiva.Implantar las medidas pertinentes Marcar el plazo Designar responsables Dar los recursos humanos y materiales necesarios para su ejecución.

93 CARACTERÍSTICAS Integrada.Programada para un período de tiempo determinado. Priorizada en su desarrollo en función de la magnitud de los riesgos detectados y del número de trabajadores que se vean afectados.

94 TIPOS Se pueden distinguir tres tipos de actuaciones preventivas, las cuales deberán quedar debidamente registradas: Las medidas materiales para eliminar o reducir los riesgos en el origen Las acciones de información y formación Los procedimientos para el control de los riesgos

95 Las medidas materiales para eliminar o reducir los riesgos en el origenSerán prioritarias respecto a las medidas de protección cuyo objetivo es minimizar sus consecuencias. La protección colectiva es a su vez prioritaria frente a la protección individual.

96 Las acciones de información y formaciónSirven para lograr comportamientos seguros y fiables de los trabajadores respecto a los riesgos a los que potencialmente puedan estar expuestos.

97 Los procedimientos para el control de los riesgosConstituyen un conjunto de actividades para el control periódico de: las condiciones de trabajo la actividad de los trabajadores el estado de salud de los trabajadores revisiones periódicas control de riesgos higiénicos control de riesgos ergonómicos vigilancia de la salud etc.

98 Criterios de actuación

99 La planificación Recogerá las medidas de prevención y de protección que debe adoptar la empresa Priorizará estas medidas en función de la gravedad de los riesgos existentes. Para la selección de estas medidas deben aplicarse los principios de la acción preventiva establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

100 RECUERDA Artículo 15: Principios de la acción preventivaEl empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales: Evitar los riesgos Evaluar los riesgos que no se puedan evitar Combatir los riesgos en su origen Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud Tener en cuenta la evolución de la técnica Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual Dar las debidas instrucciones a los trabajadores

101 Medidas de prevención Son aquellas que eliminan o disminuyen el riesgo en su origen minimizando la probabilidad de que el acontecimiento no deseado se materialice.

102 Medidas de protección Son las que actúan fundamentalmente evitando o disminuyendo las consecuencias de los accidentes. Medidas de protección colectiva (barandillas, redes de protección, apantallamientos, etc.) Equipos de protección individual. Las medidas de protección se seleccionarán basándose en su fiabilidad y procurando que no dificulten o entorpezcan el trabajo a realizar.

103 EPIs. Prioridad Los equipos de protección individual (EPl) nunca serán prioritarios frente a otros tipos de medidas.

104 EPIs. Selección Será necesario efectuar un análisis de necesidades para seleccionar los más idóneos y que dispongan a su vez de la certificación correspondiente, con marcado CE.

105 EPIs. Clases Clase I: son para proteger ante riesgos de escasa importancia (algunos tipos de guantes como los empleados en jardinería, etc.); Clase III: para riesgos que puedan generar daños irreversibles (cinturones de seguridad frente a caídas de altura,protecciones frente a riesgos de electrocución, etc.); Clase II, para las otras situaciones.

106 EPIs. Gratuidad El empresario deberá proporcionar gratuitamente a los trabajadores los EPI necesarios para el desarrollo de sus actividades, acompañados de las instrucciones de uso necesarias.

107 EPIs. Información Los trabajadores deberán ser debidamente informados, mediante normas de utilización, sobre cómo, cuándo y dónde deben emplearlos.

108 EPIs. Uso Se deberá comprobar que los trabajadores hacen buen uso de los mismos y que los mantienen en buen estado.

109 EPIs. Registro Se debería llevar un registro personalizado de la entrega de los EPI necesarios.

110 Normalización de actividadesComplementariamente a estas medidas existe la normalización mediante la cual se pretende regular los comportamientos de los trabajadores especialmente cuando de ellos se deriven situaciones que entrañen riesgos. Para ello, una primera actividad será identificar aquellas tareas que han de ser normalizadas.

111 Normalización Se trata de establecer las normas y métodos de trabajo que faciliten la interrelación correcta entre la persona y la máquina. Las instrucciones escritas de trabajo que integren los aspectos de seguridad en tareas críticas son del todo necesarias.

112 Señalización Finalmente y como complemento a las anteriores medidas existe la señalización. Sirve: para facilitar la información necesaria y con la suficiente antelación para que las personas puedan actuar ante situaciones en que es necesario advertir de peligros, conocer la obligatoriedad de uso de equipos de protección personal y localizar medios de lucha contra incendios, de primeros auxilios y vías de evacuación o prohibiciones en general.

113 Causas de accidentes y lucha contra los mismos

114 Causas de siniestrabilidad. Accidentes mortalesLos equipos de elevación y transporte son los causantes del mayor número. Excepción del sector de la construcción en donde lo son las caídas por trabajos en altura.

115 Causas de siniestrabilidad. Accidentes gravesLos atrapamientos en máquinas y equipos. Los golpes por objetos y herramientas

116 Agentes materiales peligrososLos productos metálicos o empaquetados en proceso de manipulación Las superficies de tránsito o de trabajo.

117 Medios de lucha Una buena política de gestión y control de los equipos y herramientas. El orden y la limpieza en las superficies de trabajo y vías de circulación.

118 Programa de orden y limpieza1. Eliminar lo innecesario y clasificar lo útil. 2. Acondicionar los medios para guardar y localizar el material fácilmente. 3. Evitar ensuciar actuando en el origen y limpiar siempre con inmediatez. 4. Favorecer el orden y la limpieza mediante señalización y medios adecuados. 5. Gestionar debidamente el programa mediante la formación y el control periódico.

119 Equipos de trabajo nuevosDeberán disponer: Del marcado CE. Del correspondiente manual de instrucciones en castellano.

120 Equipo de trabajo con riesgo específicoDeberá utilizarse solamente por los trabajadores que han sido específicamente formados para la utilización del mismo. Los trabajos de reparación y mantenimiento serán realizados por aquellos trabajadores específicamente capacitados para ello.

121 Equipo de trabajo. Mantenimiento y controlLos equipos de trabajo deberán ser mantenidos y controlados conforme a las disposiciones del RD 1215/1997.

122 Registros documentales

123 Reglamentarios Planificación de la actividad preventiva, incluidas las medidas de protección y prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse (art. 16 LPRL). Proyectos de instalaciones y equipos y las correspondientes autorizaciones reglamentarias (Reglamentos de Seguridad Industrial afectados y RD 486/1997).

124 Reglamentarios Manuales de instrucciones de máquinas y equipos de trabajo suministrados por los fabricantes (RD 1435/1992). Registros industriales y certificados de inspección de Organismos de control autorizados, en instalaciones y equipos sometidos a reglamentación de Seguridad Industrial.

125 Reglamentarios Declaraciones de conformidad de equipos sometidos a directivas específicas. Declaraciones CE de conformidad de máquinas y equipos de trabajo (RD 1435/1992 y RD 56/ 1995). Registro de revisiones y comprobaciones de determinados equipos de trabajo (art. 4 RD 1215/ 1997).

126 Reglamentarios Fichas de datos de seguridad de sustancias y preparados peligrosos (RD 363/1995 y RD 255/ 2003). Declaraciones de conformidad CE de EPI (RD 1407/1992). Folletos informativos de EPI (RD 1407/1992).

127 Recomendables Justificantes de entrega de los equipos a los trabajadores. Justificantes de información y formación a los trabajadores en el manejo de equipos. Instrucciones de trabajo en tareas críticas y normas de seguridad. Criterios de aplicación de la señalización en los lugares de trabajo.

128 Información, formación de los trabajadores

129 Derecho del trabajadorLa información, la formación y la participación en materia de Prevención de Riesgos Laborales constituyen tres derechos fundamentales de los trabajadores.

130 Bidireccional La información ha de ser bidireccional.Los trabajadores tienen el deber de informar de inmediato de los riesgos a: su superior jerárquico los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención su servicio de prevención.

131 Formación. Obligación, tiempo y modo.Todo el personal de la empresa debe recibir una formación suficiente en materia preventiva. Dentro de su jornada laboral. En el momento de su contratación. Cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñen Cuando se introduzcan nuevas tecnologías Cuando haya cambios en los equipos de trabajo Independientemente de la modalidad o duración de su contrato.

132 Formación. Fines Con la formación se pretende desarrollar las capacidades y aptitudes de los trabajadores para la correcta ejecución de las tareas que les son encomendadas.

133 Criterios de actuación

134 Responsabilidad de la informaciónLa responsabilidad de informar al personal de la empresa recae sobre el empresario, aunque éste podrá delegar esa función en quien se determine.

135 Contenido de la información (1)Inicial sobre aquellos aspectos de índole general del centro de trabajo que puedan afectar a su seguridad y salud en el trabajo. Actuación correcta frente a emergencias y riesgos graves e inminentes. Riesgos específicos que afectan a su puesto de trabajo y tareas a realizar, así como de las medidas de prevención y protección pertinentes.

136 Contenido de la información (2)Ajustada a su la normativa específica. Si se trata de un equipo o producto, ésta habría de realizarse teniendo en cuenta, en su caso, la información proporcionada por el fabricante, importador o suministrador del mismo. Cuando se produzcan cambios que afecten a su puesto de trabajo o a las tareas que realizan. Resultados de la vigilancia de su salud.

137 Modo de comunicación del trabajadorEs necesario disponer de un mecanismo ágil de comunicación para un aprovechamiento generalizado de las sugerencias e ideas de los trabajadores a través de: Reuniones periódicas de trabajo. Sencillo procedimiento documental.

138 Formación. 3 pasos. El empresario deberá establecer un plan formativo.Los mandos pueden apoyarse con trabajadores cualificados que actúen como monitores. Deberían determinarse los trabajos que solo puedan ser efectuados por trabajadores con conocimientos especializados e incluso con autorización.

139 Formación. Requisitos Que se realice a partir de una evaluación de necesidades y de una planificación. Que sea activa y basada preferentemente en los procedimientos de trabajo establecidos. Que sea continuada e impartida en lo posible con medios propios, en especial por el personal con mando directo, o concertada con servicios ajenos cuando sea necesario.

140 Formación. VerificaciónMediante la observación del trabajo se podrá verificar periódicamente la eficacia de la acción formativa.

141 Registros documentales

142 Reglamentarios Certificados de cualificación de las personas con funciones preventivas en la empresa (Cap. VI del Reglamento de Servicios de Prevención). Justificantes de formación de los trabajadores contratados a Empresas de Trabajo Temporal (RD 216/1999).

143 Recomendables Justificantes de acciones formativas específicas en materia de Prevención de Riesgos Laborales recibidas por los trabajadores tanto propios como ajenos y acreditación de la formación recibida por dichos trabajadores para poder ocupar un puesto de trabajo o tarea con riesgos. Registros de la información suministrada a los trabajadores sobre los riesgos generales y específicos a los que están expuestos. Actas de reuniones de trabajo en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Procedimientos para la información y formación de los trabajadores en prevención de riesgos laborales, así como para el control de su eficacia.

144 5. Actividades para el control de riesgosGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 5. Actividades para el control de riesgos

145 Índice Revisiones periódicas Control de riesgos higiénicosControl de riesgos ergonómicos y psicosociales Vigilancia de la salud

146 Índice. Revisiones periódicasCriterios de actuación a) Planificación b) Ejecución. c) Control. Inspecciones reglamentarias de seguridad industrial Revisiones periódicas de equipos de trabajo Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajo Observaciones del trabajo Registros documentales Reglamentarios Recomendables

147 Índice. Control de riesgos ergonómicos y psicosocialesCriterios de actuación Registros documentales Reglamentarios Recomendables Vigilancia de la salud Registros documentales 

148 Revisiones periódicas

149 El control Debe ser: Sirve para prevenir los riesgos derivados de:periódico de las condiciones de trabajo Y de la actividad de los trabajadores. Sirve para prevenir los riesgos derivados de: deterioros o desviaciones a lo previsto.

150 Necesidad de las revisiones periódicasLa seguridad puede verse alterada y pueden realizarse actuaciones inseguras que llegarían a convertirse en hábitos si no se controlan debidamente.

151 Conocimiento = SeguridadSi se conocen los estándares establecidos y los parámetros de medida los propios trabajadores puedan ser capaces por ellas mismas de identificar fácilmente toda desviación que pueda ser fuente de peligro.

152 Medidas necesarias para el autocontrolInformación y formación. Cuestionarios de chequeo específicos.

153 Diálogo contra fiscalidadLos mandos directos deben: revisar lo establecido de acuerdo con un procedimiento. aprovechar tal actividad como vía de diálogo.

154 Revisiones = compromisoLas actividades de revisión demuestran el compromiso de la dirección con la seguridad.

155 Criterios de actuación

156 Revisiones informalesLas realizadas por los mandos y trabajadores al mismo tiempo que llevan a cabo la actividad propia de su puesto de trabajo. No son sistemáticas. Requieren un esfuerzo adicional. Son muy válidas.

157 Revisiones programadasLas revisiones del trabajo tienen que formar parte del sistema de gestión de los puestos de trabajo. Por tanto deben ser: programadas, organizadas y evaluadas.

158 Etapas en las revisionesA) Planificación. B) Ejecución. C) Control

159 a) Planificación Elegir las personas que han de llevar a cabo la revisión. Deberán: poseer un nivel suficiente de formación para entender el funcionamiento de lo que deba analizarse saber aplicar la técnica de revisión establecida. disponer de información respecto a lo observado. tener un conocimiento previo de los posibles riesgos a través de un análisis documental o estadístico.

160 a) Planificación Es conveniente confeccionar un cuestionario de chequeo de los puntos a inspeccionar.

161 b) Ejecución. Se registran los datos para su posterior estudio.No basta con detectar aspectos deficientes y determinar las causas, sino que también se deberán proponer medidas correctoras.

162 b) Ejecución. Los mandos intermedios deben ser los responsables.

163 c) Control. La aplicación de las medidas correctoras requiere siempre un seguimiento y control de su aplicación y eficacia.

164 TIPOS DE REVISIONES PÈRIÓDICAS

165 TIPOS DE REVISIONES PERIÓDICASInspecciones reglamentarias de seguridad industrial Revisiones periódicas de equipos de trabajo Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajo Observaciones del trabajo

166 Inspecciones reglamentarias de seguridad industrialDerivan de requisitos legales Deben ser llevadas a cabo por empresas acreditadas. Ejemplos: instalación eléctrica, instalación de gases, almacenamiento de productos químicos peligrosos, aparatos a presión, montacargas, grúas, vehículos, etc. OJO a los plazos.

167 Revisiones periódicas de equipos de trabajo

168 Revisiones periódicas de equipos de trabajo (1)Debe existir un programa de mantenimiento y de revisiones. Se tendrán en cuenta: los requisitos legales las instrucciones de los fabricantes y suministradores.

169 Revisiones periódicas de equipos de trabajo (2)Deberán ser llevadas a cabo por personal competente. Los resultados deberán documentarse.

170 Revisiones periódicas de equipos de trabajo (3)Pueden realizarse revisiones específicas.

171 Revisiones periódicas de equipos de trabajo (4)La tendencia generalizada es que las revisiones de control de equipos sean preferiblemente realizadas por el propio personal competente e implicado en su utilización, lo que contribuye a acrecentar el conocimiento de los mismos y de sus potenciales factores de riesgo.

172 Revisiones periódicas de equipos de trabajo (5)La utilización de cuestionarios de chequeo específicos para cada uno de los diferentes equipos a controlar es una herramienta básica.

173 Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajo

174 Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajoLos lugares de trabajo deben ser periódicamente revisados, poniendo un especial énfasis en el orden y la limpieza de los mismos.

175 Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajoSe deberá velar para que los trabajadores dispongan de los medios adecuados y de la formación para que puedan mantener su ámbito físico de trabajo en correcto estado.

176 Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajoLos mandos deberían ser los implicados en llevar a cabo estas revisiones.

177 Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajoDeberán fomentar con su actitud la creación de nuevos hábitos de trabajo, estableciendo junto con los trabajadores una serie de normas de actuación.

178 Revisiones periódicas generales de los lugares de trabajo  Podría ser útil aplicar sistemáticamente un formulario

179 Observaciones del trabajoDebiera revisarse periódicamente la manera de realizar las tareas con vistas a su mejora, especialmente si éstas pueden entrañar riesgos o problemas de cierta importancia.

180 Observaciones del trabajoMediante las observaciones los mandos deberían asegurarse de que el trabajo se está realizando de forma segura y de acuerdo con lo establecido, a fin de mejorar lo relativo a la información y formación y a las instrucciones de trabajo.

181 Registros documentales

182 Reglamentarios Resultado de los controles de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadores (art. 23 LPRL). Registro de revisiones de determinados equipos de trabajo (art. 4 RD 1215/1997). Certificados de inspección de Organismos de control autorizados para los equipos sometidos a reglamentación oficial.

183 Recomendables Programa de mantenimiento preventivo de instalaciones, máquinas y equipos. Programa de revisiones de orden y limpieza y condiciones generales de los lugares de trabajo y procedimiento de actuación. Programa de observaciones de trabajo y procedimiento de actuación.

184 Control de riesgos higiénicos

185 Control de riesgos higiénicosCriterios de actuación Registros documentales Reglamentarios Recomendables

186 Definición Los riesgos higiénicos son aquellos derivados de la exposición a agentes químicos, físicos o biológicos potencialmente generadores de enfermedades, patologías o lesiones.

187 Factores a tener en cuentaEn la mayoría de circunstancias sus efectos aparecen en función de: la dosis recibida por los trabajadores en su trabajo cotidiano los niveles de contaminación a los que han estado expuestos el tiempo de exposición.

188 Mediciones ambientalesLa evaluación de los riesgos higiénicos se suele basar en la realización de mediciones ambientales de los niveles de contaminación.

189 Después de la medición la comparaciónEstas mediciones tienen que compararse con: estándares de referencia reglamentarios o, en su defecto, con los límites de exposición profesional para agentes químicos editados por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo que permiten estimar la probabilidad de daños.

190 Personal La realización de tales mediciones corresponde a personal con formación superior en Prevención de Riesgos Laborales.

191 Mediciones/comparaciones/ salud/medidas preventivasLos resultados de los estudios ambientales deben contrastarse con los resultados de la vigilancia de la salud, y posteriormente aplicar las medidas preventivas pertinentes y los correspondientes programas de control.

192 Protocolos higiénicosEn España los riesgos higiénicos que disponen de reglamentación específica que establece los protocolos de control son: exposición a ruido, exposición a agentes químicos, biológicos, cancerígenos y específicos, como cloruro de vinilo y amianto, y exposición a radiaciones.

193 Para la evaluación se tendrá en cuenta lo siguiente: (1)Recopilación y análisis de las lesiones y enfermedades que hayan ocurrido en el pasado. Análisis bibliográfico de riesgos higiénicos específicos de la actividad. Verificación del cumplimiento de la legislación vigente.

194 Para la evaluación se tendrá en cuenta lo siguiente: (2)Aplicación de medidas de prevención para evitar o minimizar la exposición. Utilización de procedimiento específico de evaluación por parte de expertos en la materia y emisión del correspondiente informe en el que se prioricen las actuaciones a realizar.

195 Criterios de actuación

196 Tipos de riesgos higiénicosLos riesgos higiénicos pueden ser de tres tipos: Físicos (ruido, vibraciones, calor, radiaciones), Químicos (polvo, humo, fibras, gases y vapores) Biológicos (virus, bacterias, hongos).

197 Información necesaria (1)Actividad de la empresa, procesos que desarrolla y productos que manipula.

198 Información necesaria (2)Fuentes de generación y emisión de contaminantes al medio ambiente: instalaciones, equipos y operaciones.

199 Información necesaria (3)Transformaciones que sufren los productos y posible formación de: gases, vapores, polvo, etc.

200 Información necesaria (4)Métodos de trabajo establecidos. Trabajadores expuestos: número, sexo, edad y especialmente sensibles.

201 Información necesaria (5)Tiempo diario de exposición y ocasionalidad de los trabajos.

202 Información necesaria (6) Medidas de prevención y protección existentes y su grado de control: sistemas de aislamiento, ventilación, EPI, etc. 

203 Eliminación Una vez identificados los factores de riesgo se intentará eliminarlos (por ejemplo, sustituyendo lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, etc.) y se llevará a cabo la evaluación pertinente. (Critica esta diapositiva)

204 Se debe Estimar la exposición. Efectuar las mediciones.

205 Comparación Una vez se disponga de esta información se compararán los resultados obtenidos con los valores límite de exposición.

206 Medidas Si los valores límite pueden ser superados, habrá que adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición y establecer los debidos métodos de vigilancia.

207 Para ello habrá que: (1) Tener una correcta vigilancia de la emisión de contaminantes para su minimización. Tener disponibles las listas y fichas de seguridad de todos los productos químicos y demás agentes contaminantes existentes.

208 Para ello habrá que: (2) Disponer de un programa de formación e información de los trabajadores expuestos. Tener equipos de protección adecuados y controlada su eficacia.

209 Para ello habrá que: (3) Cumplir con los procedimientos de trabajo establecidos. Disponer de un programa de mediciones y vigilancia ambiental cuando sea necesario en función de los resultados de la evaluación

210 Registros documentales

211 Reglamentarios Informes de resultados de mediciones y controles higiénicos, cuando éstos sean necesarios, realizados por personal competente (art. 23 LPRL). Certificados de calibración de equipos utilizados en las mediciones.

212 Reglamentarios Programa periódico de control ambiental de riesgos higiénicos (Reglamentos específicos).

213 Reglamentarios Registros de control biológico y de salud de los trabajadores expuestos a riesgos higiénicos (art. 23 LPRL). Fichas de datos de seguridad de sustancias y preparados peligrosos (RD 363/1995 y RD 255/ 2003.)

214 Recomendables Programa de verificación de la eficacia de las medidas de prevención y protección.

215 Recomendables Prescripciones técnicas, programa de revisiones y manuales de instrucciones de equipos que sean fuentes de generación de contaminantes.

216 Control de riesgos ergonómicos y psicosociales

217 Factores a analizar. Carga físicaLa fatiga La posición Los desplazamientos Las posturas La carga física El confort.

218 Factores a analizar. Carga mentalExigencias en el tratamiento de la información. Estrés y otras consecuencias sobre la salud.

219 Factores a analizar. OrganizaciónLa insatisfacción Falta de autonomía Rutina excesiva Inadecuación del contenido del trabajo a las capacidades de las personas Relaciones interpersonales horizontales y verticales tensas.

220 Criterios de actuación

221 Factores a evitar Que las personas puedan prolongar excesivamente su trabajo en una misma posición; Debería alternarse en lo posible el estar de pie y sentado; Las sillas estarán ergonómicamente diseñadas.

222 Factores a evitar Los movimientos repetitivos. (mecanización)Desplazamientos innecesarios (racionalización en la distribución de equipos y trabajos a realizar) Posiciones forzadas

223 Factores a evitar Minimizar las cargas de trabajo. ¿Cómo?Empleando útiles y sistemas de transporte mecánicos, adiestrando a las personas en su manejo, técnicas de levantamiento de cargas.

224 PVDs Los trabajos con pantalla de visualización de datos están regulados (RD 488/1997).

225 Equipo de trabajo Debe ser adecuado a sus usuarios, así como del nivel de competencia requerido.

226 Riesgos psicosocialesCabe incluir en este apartado los trabajos a turnos, aislados o nocturnos como potenciales fuentes de problemas.

227 Satisfacción en el trabajoEs un valor intrínseco al trabajo. Todo lo que favorezca el enriquecimiento del trabajo, siempre de acuerdo con el interés que se despierte en el propio trabajador, contribuirá a su satisfacción.

228 Otros factores El liderazgo del personal con mandoEl trabajo en equipo Una gestión por procesos en la que todas las tareas sean reconocidas útiles La comunicación

229 Registros documentales

230 Reglamentarios Evaluación de riesgos, con atención a la carga física, carga mental y organización del trabajo en actividades o tareas que lo requieran y la consiguiente planificación preventiva (art. 16 LPRL y capítulo II RSP).

231 Recomendables Análisis del perfil del puesto de trabajo ante potenciales riesgos ergonómicos y psicosociales. Estudios ergonómicos y psicosociales en actividades con problemática específica.

232 Vigilancia de la salud

233 Esta vigilancia de la salud servirá para:Identificar problemas tanto a nivel individual como colectivo. Planificar correctamente la acción preventiva aportando criterios para la priorización de las intervenciones. Evaluar y controlar la eficacia de las medidas preventivas existentes.

234 Recuerda Existirá una evaluación inicial, evaluaciones periódicas y evaluaciones después de ausencias prolongadas por motivos de salud,. Algunas de estas evaluaciones están reguladas por normativa específica.

235 Recuerda En la vigilancia de la salud deben tenerse en cuenta:las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o lactancia, a los menores y a cualquier otro trabajador que sea especialmente sensible a determinados riesgos.

236 Criterios de actuación

237 1. Determinación de objetivosDivididos en: Individuales (detección precoz de los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores, propuesta de medidas preventivas especiales para el trabajador, etc.) Colectivos (detección de nuevos riesgos, evaluación de la eficacia de las medidas preventivas propuestas, etc.).

238 2. Determinación de actividadesMovilización y/o coordinación de los recursos técnicos, económicos y humanos necesarios. La principal actividad ligada a la vigilancia de la salud son los exámenes médicos cuyo contenido deberá estar ajustado al riesgo o riesgos inherentes al puesto de trabajo.

239 3. Realización Por el equipo encargado.Deberá estar compuesto como mínimo por: un/a médico/a especialista en medicina del trabajo o diplomado/a en medicina de empresa un/a enfermero/a diplomado/a en enfermería de empresa. Se deberían utilizar, en caso de existir, los protocolos editados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

240 4. Elaboración de conclusiones y recomendacionesA partir del análisis de los resultados de los controles de la salud tanto a nivel individual como colectivo.

241 5. Evaluación del programaAlcance. Efectividad Revisión Perfeccionamiento

242 Registros documentales

243 Reglamentarios Documentación sobre la práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores y conclusiones en términos de aptitud obtenidas de los mismos (art. 23 LPRL).

244 Reglamentarios Relación de todas las enfermedades profesionales y accidentes de trabajo que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo (art e) LPRL).

245 Reglamentarios Memoria y programación anual de la actividad sanitaria del servicio de prevención (art del Reglamento de Servicios de Prevención).

246 Reglamentarios Consulta a los representantes de los trabajadores sobre el plan de reconocimientos médicos (art. 18 LPRL). Comunicación a los trabajadores afectados de los resultados de los reconocimientos médicos (art. 22 LPRL).

247 Reglamentarios Informe de los representantes de los trabajadores por el que se exceptúan de su carácter voluntario ciertos controles del estado de la salud (art. 22 LPRL). Acreditación del personal sanitario (art. 22 LPRL).

248 Reglamentarios Garantía de protección de datos de carácter personal relativos a la vigilancia de la salud.

249 Reglamentarios Solicitud de inscripción del fichero de vigilancia de la salud en el registro general de protección de datos. Documentación requerida de la normativa específica.

250 Recomendables Consentimiento de los trabajadores cuando la vigilancia de la salud sea voluntaria. Protocolos y procedimientos de vigilancia de la salud en caso de no existir o no utilizar los protocolos establecidos por el ministerio de sanidad.

251 Recomendables Listado de puestos de trabajo que, en virtud de una posible repercusión sobre la salud de terceros, requieran, para su desempeño, unas condiciones mínimas por parte del trabajador que vaya a desempeñarlo.

252 6. Actuaciones frente a cambios previsiblesGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 6. Actuaciones frente a cambios previsibles

253 Índice Modificaciones y adquisiciones.Contratación de personal. Cambio de puesto de trabajo. Coordinación interempresarial. Contratación de trabajos

254 Índice Modificaciones y adquisiciones Criterios de actuaciónRegistros documentales • Reglamentarios • Recomendables Contratación de personal. Cambio de puesto de trabajo Coordinación interempresarial. Contratación de trabajos

255 Modificaciones y adquisiciones

256 sean seguras y que el trabajo se realiza correctamente.Objetivo Garantizar que las sustancias, los equipos y las instalaciones que se adquieren, diseñan, modifican o instalan en la empresa sean seguras y que el trabajo se realiza correctamente.

257 Requisitos de solicitudEl solicitante de un nuevo equipo y la persona designada en la empresa para la realización de las compras deberán conocer los requisitos de seguridad exigibles, asegurándose de que se cumple con la normativa legal en cada caso y escogiendo además aquellos equipos que mejor se adapten al trabajo, con criterios ergonómicos.

258 EPIs Los equipos de protección individual (EPI) han de ser seleccionados cumpliendo las prescripciones legales para la función a la que van destinados.

259 Requisitos de diseño, instalación y modificaciónConsideraciones de seguridad, tanto las de legislación aplicable como las internas Realizar inspecciones durante las fases de instalación o modificación al objeto de corregir desviaciones sobre las especificaciones consideradas.

260 Antes de la puesta en marchaEs un momento especialmente crítico Se comprobarán las medidas de seguridad asegurándose de que no queda ningún riesgo residual.

261 Criterios de actuación

262 Marcado CE y manual de instruccionesEn el caso de las máquinas nuevas se comprobará que disponen del marcado CE y que van acompañados de la consiguiente declaración CE de conformidad y del manual de instrucciones originales y en castellano.

263 Productos químicos Habrá que verificar que disponen de correcto etiquetado y envasado y van acompañados de la ficha de seguridad, también en castellano.

264 EPI Respecto a la adquisición de EPI es necesario asegurarse de que disponen de marcado CE acompañado del folleto informativo en castellano, se puede requerir al fabricante o su representante la declaración de conformidad CE del mismo.

265 Diseño, instalación y modificación de instalaciones y equiposSe deberán identificar: legislación aplicable, ubicación más segura, posibles riesgos asociados a las fases de instalación. Entre otras disposiciones legales cabe destacar lo dispuesto en el RD 486/1997 sobre seguridad y salud en los lugares de trabajo y los RD 1435/1992 y 56/1995 sobre seguridad de las máquinas.

266 Registros documentales

267 Reglamentarios Declaración CE de conformidad de máquinas (RD 1435/1992 y RD 56/1995). Manuales de instrucciones de máquinas en castellano (RD 1435/1992 y RD 56/1995).

268 Reglamentarios Fichas de datos de seguridad de sustancias y preparados peligrosos (RD 363/1995). Proyectos de instalaciones y equipos y las correspondientes autorizaciones (RD 486/1997).

269 Reglamentarios Registros industriales y certificados de inspección de Organismos de control autorizados, en los equipos sometidos a reglamentación oficial. Declaraciones de conformidad CE de EPI (RD 1407/1992). Folleto informativo de EPI en castellano (RD 1407/1992).

270 Recomendables Procedimiento de adquisición de máquinas y equipos y productos químicos. Procedimiento de diseño de nuevas instalaciones y equipos.

271 Recomendables Procedimiento de modificación de instalaciones y equipos. Justificantes de entrega personalizada de EPI y de información/formación para su utilización.

272 7. Actuaciones frente a sucesos previsiblesGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 7. Actuaciones frente a sucesos previsibles

273 Índice Emergencias. Riesgo grave e inminente. Primeros auxiliosCriterios de actuación Registros documentales • Reglamentarios: • Recomendables: Investigación de accidentes y otros daños para la salud • Reglamentarios • Recomendables

274 Emergencias. Riesgo grave e inminente. Primeros auxiliosRegistros documentales

275 Reglamentarios: Plan de Emergencia (art. 23 LPRL).

276 Recomendables: Instrucciones en el manejo de equipos y medios de lucha contra incendios y otras intervenciones previsibles en el Plan de Emergencia. Normas de actuación en primeros auxilios y registro de curas practicadas. Carteles o tarjetas personalizadas con informaciones básicas: teléfonos de emergencias y normas de actuación.

277 Investigación de accidentes y otros daños para la saludRegistros documentales

278 Reglamentarios Modelos oficiales de notificación de accidentes. Copias de las notificaciones remitidas a la autoridad laboral de los daños para la salud de los trabajadores producidos con motivo del desarrollo de su trabajo (art.23 LPRL y Orden TAS/2926/2002). Relación de accidentes y enfermedades profesionales con incapacidad laboral superior a un día (art. 23 LPRL). Resultados de las investigaciones de accidentes realizadas (art LPRL). Medidas preventivas aplicadas.

279 Recomendables Índices estadísticos de siniestralidad (de frecuencia, de gravedad, de duración media, etc.) y su evolución. Procedimiento documental de investigación de accidentes aplicado a los accidentes acontecidos.

280 8. Documentación del sistema preventivoGestión de la prevención de riesgos laborales en la pequeña y mediana empresa 8. Documentación del sistema preventivo

281 Índice Criterios de actuación Registros documentales ReglamentariosRecomendables

282 Introducción Es esencial, para la calidad y seguridad de procesos, productos y servicios, el establecer por escrito los vínculos existentes entre los tres sistemas: Prevención de Riesgos Laborales, Calidad y Medio Ambiente, procurando por motivos de racionalización y simplificación que el sistema documental sea unitario.

283 Introducción La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tras la Ley 54/2003 de Reforma, establece en su artículo 23, de forma genérica, la documentación mínima que cualquier empresa debe elaborar y mantener a disposición de la autoridad laboral.

284 Introducción Esta documentación debe estar recogida en el Plan de prevención de riesgos laborales y debe incluir la descripción del Sistema a implantar y las actividades para lograrlo.

285 Introducción Tal como expresa la LPRL debe incluir, la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios para realizar la acción preventiva.

286 Criterios de actuación

287 Documentación exigible legalmenteLa documentación genérica exigible legalmente, de acuerdo con el citado artículo 23 de la LPRL, es la siguiente: Plan de prevención; Evaluación de riesgos; Planificación de la acción preventiva; Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores; y Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con incapacidad superior a un día.

288 Estructura del sistema documentalDebería basarse en los cuatro siguientes niveles: Manual de Prevención. Procedimientos del Sistema de Gestión. Instrucciones de Trabajo y Normas de seguridad. Registros. Son documentos o datos que recogen los resultados de las actividades preventivas realizadas.

289 Manual de Prevención Describe la política, el sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales, la organización preventiva y una síntesis de las principales actividades.

290 Procedimientos del Sistema de GestiónDescriben las distintas actividades del sistema de gestión, indicando su objetivo y alcance, qué hay que hacer, quién es el responsable de hacerlo y qué registros hay que cumplimentar para evidenciar lo realizado. Es recomendable que las actividades preventivas se procedimenten por escrito a fin de facilitar su proceso de aprendizaje, implantación y control, siendo necesario que se recojan por escrito aquellos procedimientos y datos básicos de la actividad realizada y sus resultados siempre que: Lo exija la normativa directa o indirectamente, obligando a la empresa a tener una determinada documentación a disposición de terceras partes. Sea absolutamente imprescindible para el control y desarrollo de la actividad. El mayor tamaño de la empresa y la actividad que ésta desarrolla con sus consiguientes riesgos son factores a tener en cuenta.

291 Instrucciones de Trabajo y Normas de SeguridadEspecifican cómo llevar a cabo un trabajo o tarea, especialmente si éstas entrañan riesgos significativos. Son necesarias en tareas críticas que son aquellas que por sus consecuencias o por su ocasionalidad puedan conducir a errores por acción u omisión que es necesario evitar.

292 Registros Son documentos o datos que recogen los resultados de las actividades preventivas realizadas.

293 Intemporal y transitoriaTanto el Manual como los Procedimientos son un tipo de documentación con un carácter más intemporal, es decir, son documentos cuyo contenido y objetivos son generales, siendo vigentes desde su última actualización. De ahí que deba estar a disposición de todos los usuarios y trabajadores, en lugares bien definidos; se incluiría en este tipo de documentación la Reglamentación vigente, el Plan de emergencia, las Normas generales de trabajo y el Programa Anual. En el otro tipo de documentación, más transitoria que la anterior, recogería los registros y los resultados de la planificación de la actividad preventiva. Su localización también debería quedar definida.

294 Principal problema El principal problema para una pyme puede ser que la gestión documental se derive en ineficaz por una burocracia innecesaria. La documentación será sólo la necesaria y lo más sencilla posible, actualizándola, distribuyéndola y utilizándola como herramienta de trabajo para el aprendizaje y el autocontrol.

295 Etapas Elaboración del documento o registro Codificación RevisiónAprobación Distribución Revisión y actualización

296 Elaboración del documento o registro (1)Deberá definirse un responsable para su elaboración en función del tipo de documento, contenido y área de la empresa a la que afecte. Los documentos deben ser nominados e identificados mediante código y en los mismos deberá figurar su autor y la fecha de realización, siguiendo cuando exista un formato establecido.

297 Elaboración del documento o registro (2)La estructura para la realización de un procedimiento será la siguiente: Objeto: expone brevemente los objetivos que se quieren lograr con ese procedimiento. Alcance: define a qué procesos, departamentos, etc. afecta y, en su caso, a cuáles excluye. Responsables e involucrados: aquellas personas afectadas por el procedimiento. Desarrollo/Metodología: forma de llevar a la práctica la actividad. Registros/Formularios/Anexos: relación de indicadores y elementos documentales a utilizar en el desarrollo del procedimiento, incluyendo una muestra de cada uno de ellos. Finalmente, cabe comentar que los procedimientos deberían, en la medida de lo posible, establecer los criterios de evaluación de la calidad del trabajo realizado.

298 Codificación Los documentos deberán ser codificados de manera que puedan ser identificados. En la práctica, a la hora de archivar la documentación es muy útil utilizar hojas impresas o fotocopiadas unidas por anillas, pudiendo de esta manera reemplazar fácilmente las hojas obsoletas cuando se producen revisiones o suplementos.

299 Revisión Una vez elaborado el documento debe ser revisado por otra o la misma persona que lo elaboró, indicando en el documento la fecha, el número y el responsable de la revisión. Dado que los representantes de los trabajadores deben ser consultados sobre las diferentes actividades preventivas y sobre los elementos fundamentales del sistema, sería recomendable que los representantes de los trabajadores revisaran los procedimientos previa su aprobación.

300 Aprobación El documento deberá ser aprobado por un responsable autorizado, que en principio será la Dirección de la empresa.

301 Distribución Los documentos deberán estar disponibles en aquellos lugares donde sea necesaria su utilización. Hay dos tipos de distribución de documentos: Copias controladas, para las cuales se establece una lista de distribución en la que se especifica las copias de los documentos que han sido distribuidas, los destinatarios y la versión vigente; la entrega de estas copias se realiza con acuse de recibo Copias no controladas, que son aquellas que no requieren su actualización.

302 Revisión y actualizaciónPeriódicamente y especialmente cuando se produzcan cambios o modificaciones del sistema, deberá cuestionarse la vigencia de los documentos y proceder a su actualización si fuese necesario. Se deberá seguir el mismo circuito comentado anteriormente.

303 Archivo centralizado Todos los documentos del sistema preventivo estarán recogidos en un archivo centralizado en el que se especifique para cada uno de ellos, debidamente codificados, fechas y responsables de elaboración y la aprobación y las revisiones previstas de los mismos.

304 Registros documentales ReglamentariosPlan de prevención de riesgos laborales (art. 16 y 23 LPRL). Evaluación de riesgos, incluido el resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y la actividad de los trabajadores (art. 23 LPRL). Planificación de la acción preventiva, incluidas las medidas de protección y prevención a adoptar, y en su caso, material de protección que deba utilizarse (art. 23 LPRL y art. 8 y 9 RSP). Práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores (art. 23 LPRL). Relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales con incapacidad superior a un día (art. 23 LPRL).

305 Registros documentales RecomendablesManual de Prevención Procedimientos del Sistema de Gestión, además de los reglamentarios Instrucciones de trabajo y Normas de Seguridad Registros documentales de las diferentes actividades preventivas Reglamentación sobre prevención de riesgos laborales que afecte a la organización.