1 INFORME PERICIAL Lic. Oscar Javier Segovia caceres
2 CODIGO PROCESAL PENAL Artículo 214 – Pericia: Se podrá ordenar una pericia cuando para descubrir o valorar un elemento de prueba sea necesario poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o técnica. La prueba pericial deberá ser practicada por expertos imparciales, objetivos e independientes.- Artículo 215 - Calidad habilitante: Los peritos deberán ser expertos y tener título habilitante en la materia relativa al punto sobre el que dictaminarán, siempre que la ciencia, arte o técnica estén reglamentadas. En caso contrario deberá designarse a persona de idoneidad manifiesta.- Artículo 223 - Dictamen pericial: El dictamen será fundado y contendrá una relación detallada de las operaciones practicadas y sus resultados, las observaciones de las partes o de sus consultores técnicos y las conclusiones que se formulen respecto de cada tema estudiado, de manera clara y precisa. Los peritos podrán dictaminar por separado cuando exista diversidad de opiniones entre ellos. El dictamen se presentará por escrito firmado y fechado, sin perjuicio del informe oral en las audiencias.-
3 CODIGO PROCESAL CIVIL Art.343.- Procedencia. Será admisible la prueba pericial cuando la apreciación de los hechos controvertidos requiera conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, industria o actividad técnica.- Art.351.- Idoneidad. Si la profesión estuviere reglamentada, los peritos deberán tener títulos habilitantes en la ciencia, arte, industria o actividad técnica especializada a que se refieran las cuestiones acerca de las cuales deban expedirse. Podrá también proponerse como perito a una persona jurídica o entidad especializada. En caso contrario, o cuando no hubiere en el lugar del proceso perito con título, podrá ser nombrada cualquier persona idónea. Art. 358.- Forma de presentación del dictamen. El dictamen se presentará por escrito, con copias para las partes, a su costa. Contendrá las explicaciones detalladas de las operaciones técnicas realizadas y de los principios científicos en que los peritos funden su opinión. Los peritos que concordaren podrán presentarlo en un único texto. Los otros lo harán por separado, aunque lo redactaren en el mismo documento.
4 CARATULA - IDENTIFICACION Encarnación, 15 de marzo de 2015 Objeto:Elevar Dictamen Pericial Al:Abog. José Martínez, Juez Juzgado Penal de Garantías Nº 2 Circunscripción Judicial de Itapúa El que suscribe RAMON PAREDES, con Matrícula CSJ Nº 1345, Perito en Documentología, tengo el agrado de dirigirme a V.S., a objeto de elevar “Dictamen Pericial” para el cual fui designado en relación a la causa caratulada “RAMONA ORTIGOZA S/ PRODUCCION DE DOCUMENTO NO AUTENTICOS”.-
5 DICTAMEN PERICIAL I - OBJETO DE LA PERICIA. II - ELEMENTOS OFRECIDOS. III - OPERACIONES REALIZADAS. 3.1 - FUNDAMENTE TÉCNICO CIENTÍFICO. 3.2 - EQUIPOS TÉCNICOS EMPLEADOS. 3.3 - OPERACIONES TÉCNICAS REALIZADAS CON LOS RESULTADOS OBTENIDOS. IV - CONCLUSION. V - ANEXOS (FOTOGRAFÍAS, PRUEBAS LABORATORIALES, GRÁFICOS, PLANOS, ETC.)
6 I – OBJETO DE LA PERICIA En este primer apartado se realiza un resumen de lo que se va a hacer en este dictamen pericial, o mejor dicho, se describe “los puntos de pericia”. Los puntos de pericia contienen las “instrucciones” para el perito. Por ejemplo: “DETERMINAR LA AUTENTICIDAD O NO DE LOS BILLETES PROPORCIONADOS, QUE SERÁN EL OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN”.
7 II – ELEMENTOS OFRECIDOS Aquí se hace un inventario del material recibido y es recomendable detallar en qué estado se encontraba inicialmente, la fecha de recepción, y todos aquellos detalles que creamos oportunos, para dejar constancia o documentar el estado de los mismos.- Por ejemplo: Para cumplimentar con los puntos de la presente pericia, se recibió en fecha 03/03/15, los siguientes elementos a estudiar: M1 - Billete de papel moneda del “Banco Central del Paraguay” de valor nominal “Cincuenta mil guaranínes” (50000 Gs) y de número de serie xxxxxx. De xx cm de ancho y xx cm de alto. En adelante identificado como “Billete 1” (ver anexo 1). También se puede mencionar estado de conservación, o si presenta alguna, mancha, escrito, marca, perforación, rotura, falta del material, etc.-
8 III – OPERACIONES REALIZADAS FUNDAMENTO TÉCNICO CIENTÍFICO Se hace mención de los “conocimientos a ser empleados” principios, leyes y teorías en la que se basan la pericia a realizar, es decir, el “sustento o fundamento técnico científico” del trabajo pericial, debe estar relacionado directamente con los “puntos de pericia”.- Por ejemplo: - Disciplina a la cual pertenece, de acuerdo a la “tarea pericial” - - Reseña histórica del “papel moneda”.- - Proceso de fabricación del papel moneda.- - Las características que presenta o debe presentar de acuerdo a la moneda, nacionalidad, valor nominal, serie, año de emisión, etc.- - Medidas de seguridad, descripción, tipos, ubicación, como puede ser detectado, etc.-
9 III – OPERACIONES REALIZADAS Aparte de detallar tanto los conocimientos que se han empleado, también se debe detallar el “material o equipo técnico” que se ha utilizado para la elaboración del informe.- Por ejemplo: Elementos Ópticos: lentes de aumento, lupa simple, lupa binocular, microscopio, etc.- Lumínicos: luz blanca (normal), luz U.V.- Métricos: reglas, etc.- Otras Tecnologías: tipo y marca de cámaras fotográficas, ordenador, software, etc.-
10 III – OPERACIONES REALIZADAS Por último se debe describir la “tarea técnica realizada” y los resultados obtenidos de cada uno.- Por ejemplo: - Toma de medidas con la ayuda de reglas milimetradas.- - Observación macro y con lentes de aumento de los “elementos” sometidos a estudio, para la verificación de los mecanismo de seguridad.- - Observación con ayuda de elementos de lumínicos adecuados, luz blanca, UV, por transparencia, para la constatación de los fondos de seguridad.- - Tomas fotográficas para la captación o fijación de los mismos.- - Comparación con especímenes.- - Procesamiento de datos en el ordenador.-
11 IV - CONCLUSION Debe ser clara, directa y breve, pues el examen, en este caso, habla por sí solo.- No se busca repetir todo lo que se ha encontrado durante la fase de resolución, sino exponer un resultado positivo o negativo, respondiendo de forma lo más directa posible a la cuestión que se nos plantea con el objeto de la pericia (en este caso, determinar la autenticidad o falsedad de los billetes).- Por Ejemplo: Teniendo en cuenta la requisitoria pericial, los fundamentos técnicos – científicos, la operaciones realizadas y los resultados obtenidos, se emite la siguiente conclusión: “EL BILLETE PAPEL MONEDA “ES GENUINO”, DEBIDO A QUE CUENTA CON LOS SISTEMAS DE SEGURIDAD PROPIOS DE UN BILLETE AUTÉNTICO”.-
12 ANEXO El anexo es muy importante, porque viene a ser el punto de apoyo indispensable para todas las conclusiones a las que hemos llegado en la fase de resolución.- En este caso es un reportaje fotográfico que muestras las pruebas, pero puede adjuntarse información en otros formatos (por ejemplo audiovisual).-