JURISTAS OPINAN SOBRE LA CONTRATACIÓN ECONÓMICA ACTUAL. ¿Se cumplen los lineamientos del VI Congreso del Partido? Prof. Osvaldo M. Álvarez Torres.

1 JURISTAS OPINAN SOBRE LA CONTRATACIÓN ECONÓMICA ACTUAL...
Author: Celia Camacho Belmonte
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1 JURISTAS OPINAN SOBRE LA CONTRATACIÓN ECONÓMICA ACTUAL. ¿Se cumplen los lineamientos del VI Congreso del Partido? Prof. Osvaldo M. Álvarez Torres

2 “La negociación debe hacerse entre los directivos y especialistas más preparados de cada entidad, para poder profundizar sobre determinados extremos, para eliminar posturas contractuales arrogantes y abusivas de entidades únicas en la oferta de determinados servicios”. “Están faltando cosas como el importantísimo apoyo administrativo a la labor del jurista, crearle las condiciones, darle a esta especialidad la importancia y nivel requeridos”. Lic. Mercedes Cárdenas Jiménez Asesora Jurídica TRD Caribe

3 “ En la contratación y en otras decisiones importantes, sean asuntos civiles, administrativos, económicos, mercantiles, laborales, tributarios, entre otros propios de la gestión empresarial o de la presupuestada, se adoptan decisiones, que con alguna frecuencia no tienen en cuenta el consejo legal.” “ ….hay que eliminar como obligatorio el uso de proformas de contratos, que se elaboran en los niveles superiores de las empresas, o de entidades administrativas, desconocedoras de las peculiaridades del negocio jurídico que surgirá del contrato. Las proformas solo pueden usarse, como guías para la redacción de los contratos.” “Uno tiene que ganarse el espacio, demostrar calificación y capacidad, por lo que a pesar de las diferencias que antes he consignado, he trabajado como Abogado. No obstante, es urgente el reconocimiento de la profesión de abogado empresarial, de lo contrario es mejor que deje de existir.”

4 “ El asesoramiento legal a estas nuevas formas económicas es conveniente preverlo en la Legislación reguladora que se apruebe, para que los juristas que decidan o que tengan determinado interés, puedan ser contratados como asalariados de una o varias de esas formas de producción o servicios, perteneciendo o no a la ONBC, a las Consultorías Jurídicas o laborando como Asesores Jurídicos de entidades, en igualdad de condiciones que los que teniendo igual condición no lo quieran hacer. Eso es garantizar el ejercicio del pluriempleo, que tan difícil es su realización en la actualidad. De igual forma, se le puede permitir a los juristas que se asocien a esas formas económicas, para realizar entre otras tareas las de la presunción legal, independientemente de que laboren como Asesores Jurídicos en entidades estatales o de otra naturaleza. Para ello hay que adecuar las regulaciones vigentes, sobre todo el Decreto-Ley 81 sobre el ejercicio de la abogacía y su regulación complementaria a la actualidad.”

5 “…. la figura del jurista empresarial, que por su formación dispone de agudeza para resumir criterios y opiniones, de igual manera puede formular observaciones al negociador principal sobre actitudes de los integrantes del equipo de la contraparte, debe estar debidamente instruido de forma previa del asunto a negociar y de la Legislación vigente en la materia, además de la situación del mercado y de las posibles propuestas de la contraparte, y debe ser conjuntamente con un representante de la contraparte negociadora, uno de los redactores del contrato que se elaborara para dejar formalizado el negocio.” Esp. Jorge S. Sánchez Rodríguez Abogado ARTEX Varadero

6 “Las Consultorías Jurídicas Estatales: si a estas áreas de trabajo las potenciaran mucho, pero mucho más, si contaran con el equipamiento material necesario, si existiera la voluntad política de priorizarlas, pudieran hacer 300 veces más de lo que hacen, y eso sería todo un aporte a favor del país y de sus trabajadores”. “No es posible, en este campo, hacer más con menos. No es viable trabajar en este sentido, como hasta ahora se ha hecho, con mucho sacrificio y prácticamente sin nada. Si no entendemos críticamente este mensaje cualquier esfuerzo futuro que se quiera hacer será en vano. Si ahora con el nuevo rumbo que deberán adoptar estas áreas de trabajo como empresas de subordinación local la visión no cambia, estas estructuras estarán predestinadas a fracasar.” YORDANIS ÁLVAREZ ALZAR. JEFE DPTO. CONSULTORÍAS JURÍDICAS ESTATALES DIRECCIÓN PROV. JUSTICIA LAS TUNAS.

7  “Mientras el abogado empresarial no vea el contrato como un “acto creador” cada vez que se enfrente a una nueva relación jurídica, jamás podrá hacer del contrato una herramienta idónea para alcanzar la eficacia económica.”  “Ningún abogado empresarial que se precie, puede seguir aferrado a las llamadas proformas como el único modo facilitador y “fácil” para hacer llevadera la tarea cotidiana de la concertación de contratos.”  “Mientras sea el plan quien rija el contrato y no el contrato el plan, no habrá cambio.”  “Mientras los abogados empresariales se jacten de superdotados protectores de normas obsoletas, embrolladores y exigentes de documentos inútiles, que también piden “auditores”, no habrá cambio.”

8  “Mientras el abogado empresarial siga dependiendo de una “evaluación” de su incapaz jefe, que muchas veces subvalora su función y desempeño, y limita al abogado a acudir en denuncia a otras instancias (donde pueda sentirse debidamente protegido), cuando le señala las faltas y ese jefe persiste en el actuar ilícito, no habrá cambio.”  “Mientras el abogado empresarial no mantenga una vertical y consecuente conducta de búsqueda y actualizaciones periódicas sobre el tráfico comercial, la jurisprudencia (nacional o extranjera) y hurgue en el mundillo cambiante de la doctrina, tanto del derecho económico y mercantil, como de otras instituciones afines, y la del tronco (el derecho común), no habrá cambio.” M. sC. Cándido Maimot Laffita Abogado A.E.I

9 “Las Empresas están cada vez más lejos de tener la autonomía que necesitan, los contratos se han esquematizado y burocratizado cada vez un poco más, existe muy poco margen que te permita de verdad negociar un Contrato y obtener algo equitativo, cumplible y que satisfaga a ambas partes, muy poco a la autonomía de la voluntad o casi nada, las penalizaciones inoperantes, por no decir ridículas, no guardan relación con lo que el contrato afecta.” “Las reclamaciones, lentas e improductivas, no resuelven el problema de fondo, proveedores cuasi exclusivos que prácticamente imponen contratos de adhesión leoninos y en derecho a veces inservibles, pero lo tomas o lo dejas.”

10 “ Creo que la primera medida, es que se permita a las Empresa y a la Contratación la autonomía que necesitan para poder moverse y desempeñar su rol, los malos abogados cuando eso sea el ejercicio diario, o se superan, o se decantan por sí solos, pero hoy por hoy la preparación, los eventos dan bagaje cultural, pero inaplicable.” M. sC. Magaly Rodríguez Suárez Abogada EPEP.- Varadero.

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