1 LECCIÓN I Proceso
2 PROCESO: Concepto ETIMOLOGÍA: Del latín Processus: avance, progreso, desenvolvimiento. Surge como consecuencia de la prohibición de la Autodefensa (Art. 15 C.N.) EL Proceso es un método de debate regulado por la ley, que se lleva a cabo ante un tercero imparcial, para que éste resuelva un conflicto de intereses Regulado por la ley: porque las normas del Proceso son de ORDEN PÚBLICO, las partes no pueden dejarla sin efecto ni darse el procedimiento que quieran.
3 PROCEDIMIENTO: ConceptoNo confundirlo con el Proceso. Es la serie de actos que realizan las partes y el juez en cada Proceso. En todo proceso siempre habrá un Procedimiento.
4 CLASES DE PROCESOS POR SU ESTRUCTURA: POR SU FINALIDAD:Ordinarios Especiales Sumarios POR SU FINALIDAD: Ejecutivos Declarativos Cautelares EN RELACIÓN AL CONTENIDO: Universales Singulares POR EL MEDIO DE EXPRESIÓN: Escrito Oral
5 SUJETOS DE LA RELACIÓN PROCESALPARTES: Actor, sujeto activo Demandado, sujeto pasivo JUEZ: Tercero imparcial, actúa en representación del Estado. TERCEROS QUE INTERVIENEN: Testigos, peritos
6 PARTES Toda persona física o jurídica que en nombre propio, o en cuyo nombre, se pretende la actuación de una norma legal (actor) y aquel respecto del cual se formula la pretensión (demandado) La calidad de parte se adquiere independientemente al Derecho substancial o de fondo. LOS ABOGADOS no son parte porque actúan en nombre y representación de sus mandantes. CAPACIDAD PARA SER PARTE: De Derecho CAPACIDAD PROCESAL: De hecho. “ Legitimatio ad processum” De las partes: Arts. 46 al 67 CPC
7 DEMANDA: Concepto Es el acto procesal introductivo de instancia, por el cual el actor somete su pretensión al Juez con las formas requeridas por la ley, pidiendo una sentencia favorable a su interés (COUTURE) Requisitos: Art. 215 CPC
8 CONTESTACIÓN: ConceptoEs la respuesta que da el demandado a la pretensión del actor, contenida en la demanda. FORMA: 235 CPC El demandado también puede reconvenir u oponer excepciones
9 JURISDICCIÓN Del latín Jurisdictio: Decir el DerechoArt. 5 C.O.J. “ La jurisdicción consiste en la potestad de conocer y decidir en juicio y de hacer ejecutar lo juzgado” Es un atributo de la Soberanía del Estado; todos los jueces tienen jurisdicción, pero no todos tienen competencia para conocer y decidir en un determinado asunto.
10 ELEMENTOS DE LA JURISDICCIÓNNotio Vocatio Coertio Judicium Imperium
11 COMPETENCIA Es la aptitud reconocida a ciertos jueces para ejercer Jurisdicción en determinados casos concretos. Relación GÉNERO – ESPECIE Nace por la DIVISIÓN DEL TRABAJO.
12 COMPETENCIA Por el TERRITORIO Por la MATERIA Por el VALOR O LA CUANTÍAPor el DOMICILIO Por el GRADO, EL TURNO Y LA CONEXIDAD