LEY DE MINERÍA Decreto Número 48-97

1 LEY DE MINERÍA Decreto Número 48-97Legislación Minera, ...
Author: Carlos Moya Romero
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1 LEY DE MINERÍA Decreto Número 48-97Legislación Minera, Régimen Fiscal y Legislación Ambiental Seminario de ASGMI, organizado por el SGM Ing. Francisco Nahoki Quan Geólogo Guillermo Scheel Alvarez Pachuca, Hidalgo, México 11 al 15 de julio de 2011 Ley de Minería de Guatemala

2 CONTENIDO DE LA PRESENTACIÓNAntecedentes Historia de la legislación minera Competencia 2. Marco Legal 3. Régimen Minero Tipos de licencia Aplicación de la Ley de Minería 4. Minería en Guatemala Régimen Financiero Régimen Ambiental 7. Iniciativa de Ley 8. Comparación Ley vigente y propuesta 9. Preguntas

3 HISTORIA DE LA LEGISLACIÓN MINERAGeneralidades incluye definiciones, qué minerales comprende la ley, y desaparece el EMA porque no es reconocido en la normativa ambiental, y se incorporan instrumentos que sí están reconocidos en la normativa ambiental

4 EMISIÓN DE NORMAS Edificio del Ministerio de Energía y MinasLos Ministerioes emiten los Reglamentos y normas de menor categoría, el MEM el Reglamento de la Ley de Minería, el MARN Edificio del Ministerio de Energía y Minas

5 MARCO LEGAL IMPORTANTES: OTRAS:Constitución Política de la República (año 1985) Artículo 39 Artículo 119 Artículo 121, literal d Artículo 125 Ley de Minería -95 artículos- (48-97) Reglamento de la Ley de Minería -47 artículos- (AG ) Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente (68-86) Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (AG ) Listado Taxativo de Proyectos, Obras, Industrias o Actividades (AG ) OTRAS: Reglamento de descargas de aguas residuales (AG ) Delegar a Gobernadores Departamentales la Supervisión e Inspección de las Operaciones Mineras (AG ) Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas (AG ) y su modificación (AG ) Ley del ISR Manual de Procedimientos de la DGM Manual de Funciones Ley de lo Contencioso Administrativo Código Penal, artículo 346 Ley de Áreas Protegidas Convenio OIT 169

6 MARCO LEGAL Constitución Política de la República:Artículo 39: “Se garantiza la propiedad privada como un derecho inherente a la persona humana” Artículo 119: “Es obligación del Estado crear las condiciones propias para promover la inversión de capitales nacionales e internacionales” Artículo 121: “Son bienes del Estado: El subsuelo, los yacimientos de hidrocarburos y los minerales, así como cualesquiera otras substancias orgánicas o inorgánicas del subsuelo” Artículo 125: “Se declara de utilidad y necesidad pública la explotación técnica y racional de los recursos no renovables del país”

7 MARCO LEGAL Ley de Minería:Artículo 2. Competencia. El Ministerio de Energía y Minas es el órgano del Estado encargado de formular y coordinar las políticas, planes y programas de gobierno del sector minero, de tramitar y resolver todas las cuestiones administrativas así como dar cumplimiento en lo que le concierne a lo dispuesto en esta ley y su reglamento Artículo 9. Solicitante de los derechos mineros. “Toda persona individual o jurídica, nacional o extranjera, podrá ser titular de derechos mineros, siempre y cuando cumpla con las disposiciones de esta ley y su reglamento”

8 MARCO LEGAL Ley de Minería:Artículo 19. Estudio de mitigación. Los titulares de licencias de reconocimiento o de exploración, deben presentar un estudio de mitigación, relacionado con las operaciones mineras que llevará a cabo en el área autorizada, el cual deberá ser presentado a la Dirección antes de iniciar las labores correspondientes y resolverse dentro del plazo de treinta días. Artículo 20. Estudio de impacto ambiental. Los interesados en obtener una licencia de explotación minera, deben presentar a la entidad correspondiente un estudio de impacto ambiental para su evaluación y aprobación, el cual será requisito para el otorgamiento de la licencia respectiva. Este estudio deberá presentarse a la Comisión Nacional del Medio Ambiente y cuando el área de explotación estuviere comprendida dentro de los límites de un área protegida también deberá ser presentado al Consejo Nacional de Áreas Protegidas. Dicho estudio deberá ser presentado antes de iniciar las labores correspondientes y resolverse dentro del plazo de treinta días. EMA no reconocido por el MARN, y critican al MEM por otorgar “licencias sin instrumento ambiental”

9 MARCO LEGAL Ley de Protección y Mejoramiento del Medio AmbienteDecreto Número 68-86 Artículo 8: “Para todo proyecto, obra, industria o cualquier otra actividad…será necesario previamente a su desarrollo un estudio de evaluación del impacto ambiental” Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental AG Artículo 13: Equivalencia de los Instrumentos de Evaluación Ambiental. Para efecto de lo establecido en el artículo 8 del Decreto del Congreso de la República, Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente y sus Reformas, el estudio de evaluación del impacto ambiental a que hace referencia dicho artículo, equivaldrá a los instrumentos de evaluación ambiental contenidos en este Reglamento.

10 MARCO LEGAL Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental(AG ) Artículo 12: Instrumentos de Evaluación Ambiental. Son considerados instrumentos de evaluación ambiental los siguientes: Evaluación Ambiental Estratégica Evaluación Ambiental Inicial y Autoevaluación Ambiental Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Evaluación de Riesgo Ambiental Evaluación de Impacto Social Diagnóstico Ambiental Evaluación de Efectos Acumulativos

11 RÉGIMEN MINERO Existen tres tipos de Derechos Mineros:Licencias Mineras Existen tres tipos de Derechos Mineros: Licencia de Reconocimiento Licencia de Exploración Licencia de Explotación La licencia de explotación es para toda cantera o mina, sea una pequeña extracción de arena de río hasta una mina de oro Las operaciones mineras pueden iniciar directamente en cualquier tipo de licencia Derecho de prioridad En un mismo lugar no puede existir más de un derecho minero

12 COMPARACIÓN ENTRE TAMAÑOS DE LICENCIASRÉGIMEN MINERO COMPARACIÓN ENTRE TAMAÑOS DE LICENCIAS Reconocimiento: de 500 hasta 3,000 km2 Exploración hasta:100 km2 RECONOCIMIENTO: 500-3,000 km2, por 6 meses prorrogables a otros 6. EXPLORACION: 100 km2, por años con reducción de 50% de área en cada prórroga. EXPLOTACION: 20 km2, por 25 años, prorrogables a otros 25. Explotación hasta 20 km2

13 APLICACIÓN DE LA LEY DE MINERÍARÉGIMEN MINERO APLICACIÓN DE LA LEY DE MINERÍA La Ley aplica para: Personas individuales y jurídicas, nacionales o extranjeras La Ley aplica para: Operaciones mineras de reconocimiento, exploración y explotación minera No pueden optar por una licencia minera las personas que ocupan un cargo por elección, los Ministros y Viceministros, las personas que participan en el trámite de los expedientes mineros, y quienes estén insolventes con el Estado

14 APLICACIÓN DE LA LEY DE MINERÍAGeneralidades incluye definiciones, qué minerales comprende la ley, y desaparece el EMA porque no es reconocido en la normativa ambiental, y se incorporan instrumentos que sí están reconocidos en la normativa ambiental Exentos de licencia de explotación: materiales de construcción sin fines comerciales o industriales (para fines sociales o públicos como obras de las municipalidades, entidades estatales y entidades no gubernamentales)

15 Derechos Mineros (licencias)MINERÍA EN GUATEMALA LICENCIAS MINERAS Derechos Mineros (licencias) Reconocimiento 1 Exploración 139 Explotación 292 Cambia cada semana, propósito de presentar la minería en Guatemala es para resaltar la importancia de actualizar la Ley de Minería pero hacerla competitiva y cuidadosa del medio ambiente, para facilitar el trabajode las empresas, del Gobierno, y disminuir las críticas de la sociedad civil etc. Solicitudes 419

16 de exploración y explotaciónLICENCIAS MINERAS de exploración y explotación

17 SOLICITUDES MINERAS Recientemente han ingresado entre 50 y 100 nuevas solicitudes que no esán reflejadas en este mapa. Unos rodean los tres focos que son Marlin, Oasis y Cerro Blanco. Otros están ingresando para explorar las arenas del mar que presentan contenidos de Fe y Ti.

18 PRODUCCION (año 2010) DE LOS 7 MINERALES MAS IMPORTANTESEn 2009, Marlin produjo 272,782 onzas de oro (0.27 Moz) que equivalen a 8.5 t. En 2009, la producción de oro de Latinoamérica ascendió a Moz que equivalen a t. Las ventas de Marlin corresponden al 1.68% de la producción latinoamericana. En 2009, la producción mundial de oro ascendió a 75.5 Moz, equivalen a 2,350 t. Las ventas de Marlin corresponden al 0.36% de la producción mundial.

19 MINERÍA EN GUATEMALA En los próximos 4 años, abren nuevos proyectos mineros: Desde 2008 nueva ley, pero definitivamenete prepararse con una normativa que se ajuste a los próximos años. No son proyectos iniciales, ya sse localizaron estes depósitos y están evaluados.

20 Regalías: 1% Distribución de regalías: Municipalidad: ½ % Estado: ½ %RÉGIMEN FINANCIERO Regalías: 1% Distribución de regalías: Municipalidad: ½ % Estado: ½ % Impuesto sobre la Renta, dos opciones: 5% y 31% Las empresas mineras prefieren el régimen del 5% IVA: 12% Sólo la mina Marlin está exenta del pago del IVA, por ser exportador IUSI: impuesto territorial

21 RÉGIMEN FINANCIERO Ejemplo de Sanciones: Presentación extemporánea de informes: US$ 50 Máxima sanción: US$ 1,600 Explotación ilegal: Entre US$ 1,600 y US$ 16,000 Ejemplo de Cánones: Licencia de Exploración: 1 km2: US$ 50 Licencia de Explotación: 1 km2: US$ 200 (ambos anuales)

22 RÉGIMEN AMBIENTAL En la Ley de Minería vigente, se mencionan 2 instrumentos ambientales: Estudio de Mitigación (EMA) y Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) El EMA lo aprueba el MEM y el EIA lo aprueba el MARN El EMA no es reconocido por el MARN Actualmente, el MEM aprueba los EMA pero en dos partes: Titulares pueden realizar actividades que no son ambientalmente impactantes Para las actividades ambientalmente impactantes, titulares deben presentar el EIA aprobado por el MARN Tiene razón, el ente regulador en materia ambiental es el MARN

23 RÉGIMEN AMBIENTAL No hay armonía entre Ley de Minería y la normativa ambiental, hace varios años que se realizan reuniones para resolver este problema El listado taxativo (AG ) surge de un Reglamento (ya derogado, AG ) de la ley ambiental (68-86) En el listado taxativo, los proyectos son clasificados en categorías en función del nivel de impacto ambiental potencial y riesgo ambiental Dentro de la categoría de tabulación EXPLOTACIÓN DE MINAS Y CANTERAS, la exploración minera que utiliza maquinaria, incluyendo perforación de pozos, tiene categoría A (alto impacto ambiental/riesgo ambiental). Proyectos en la categoría A deben presentar EIA. Diseño y operación de proyectos de extracción de minerales metalíferos también tiene categoría A Diseño y operación de proyectos de extracción a cielo abierto de piedras de construcción, piedras de talla, dolomita, arena y grava, mármol, caliza etc. y otros minerales no metálicos (divisiones 1410 y 1429) tienen categoría A Sin embargo, se argumenta que el listado taxativo surge de un Reglamento, que no es una ley ordinaria. También se argumenta que la ley más nueva es la que tiene validez, la ley de minería es del 1997 mientras que la ley ambiental es del La ley minera sería superior al listado taxativo.

24 RÉGIMEN AMBIENTAL La Unidad de Gestión Socio Ambiental (UGSA) es un órgano de apoyo técnico del MEM, reporta al Despacho Superior (Ministro) En el artículo 41 del Reglamento , el MARN está obligado a solicitar opinión del MEM en el caso de proyectos, obras, industrias o actividades relacionadas con las funciones y facultades del MEM. El MARN envía los EIA de proyectos mineros a la UGSA para escuchar opinión.

25 INICIATIVA DE LEY Pueden presentar un proyecto de ley:Los diputados al Congreso El Organismo Ejecutivo La Corte Suprema de Justicia La Universidad de San Carlos de Guatemala El Tribunal Supremo Electoral Se han presentada varios proyectos de ley, como modificaciones a la Ley de Minería o completamente nuevas propuestas Vamos a revisar el último proyecto en discusión por el Organismo Ejecutivo

26 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVALa Dirección (DGM), encargada de registrar información sobre licencias nuevas y caducadas, y sobre áreas con potencial minera, en la ley 48-97 La DGM, encargada de llevar registros de solicitudes y licencias a través del SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE MINAS Y CANTERAS

27 ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVATambién se define al CONSEJO INTERINSTITUCIONAL con funciones de asesor, para el fortalecimiento del control de la explotación de minas y canteras No existe la figura de CONSEJO INTERINSTITUCIONAL o equivalente en la ley 48-97

28 LICENCIAS MINERAS Existen 3 tipos de licencias mineras: RECONOCIMIENTO EXPLORACIÓN y EXPLOTACIÓN en la ley 48-97 Ahora, el Estado de Guatemala puede ejecutar operaciones de exploración y explotación minera

29 LICENCIAS MINERAS El Estado podrá ejecutar las operaciones de explotación y explotación minera directamente o por medio de contratistas, también podrá participar como socio de cualquier persona individual o jurídica en operaciones de explotación minera En lugares con mucha conflictividad social, la empresa se dedica a lo que pueden hacer muy eficientemente, por la globalización, conseguir los técnicos y las técnicas, apropiadas para cada situación que se tenga que resolver. Mientras que el Estado se dedica o es responsable de las relaciones públicas de la empresa a nivel local y nacional, a los monotoreos ambientales, etc. Estos proyectos podrían no realizarse o llevarse a cabo, sin la imagen o garantía que le proporcionaría al proyecto la participación directa de instituciones del Estado.

30 Porcentaje de regalías: Todos pagan 1% en la ley 48-97IMPUESTOS Y REGALÍAS Materiales de Construcción / Rocas Decorativas: % Metales Básicos: % Metales Preciosos: 6% Piedras Preciosas: 12% Tierras Raras: % Porcentaje de regalías: Todos pagan 1% en la ley 48-97 Resultado de benchmarking y controles mejorados

31 IMPUESTOS Y REGALÍAS Treinta cinco por ciento (35%) al Estado.Distribución de las regalías: Treinta cinco por ciento (35%) al Estado. - 28% al Gobierno de la República (Financiamiento del Presupuesto General del Estado) - 2% al MEM - 2% al MARN - 2% al MSPAS - 1% a la Dirección General de Minería Cuarenta por ciento (40%) al Consejo Departamental de Desarrollo en donde se encuentre la explotación minera - 20% al municipio donde se encuentre la explotación minera - 20% en porcentajes iguales al resto de municipios del Departamento donde se encuentra la explotación minera Veinticinco por ciento (25%) al resto de Consejos Departamentales de Desarrollo, los que a su vez lo invertirán en cantidades iguales en todos los municipios El mero municipio donde se realiza la explotación, si la regalía fuera de 5%, ahora le correspondería 1%, i.e. duplica su ingreso por regalías

32 En la ley 48-97: 1. No está mencionado el término CIERRE TÉCNICOLa propuesta incluye: 1. Se obliga al titular a dejar en condiciones aptas para uso normal las áreas trabajadas 2. Titular obligado a cumplir con “obligaciones” de orden ambiental que se sean exigidas 3. MEM y MARN emiten dictámenes de cumplimiento de actividades y responsabilidades sobre el cierre técnico El finiquito es conveniente para ambas partes.

33 La propuesta incluye: 1. El MSPAS debe realizar un diagnóstico de salud de las comunidades en el área de influencia del proyecto minero 2. Este PERFIL EPIDEMIOLÓGICO establece una línea base 3. MSPAS llevará monitoreo permanente y reportará algún impacto de la minería sobre la salud SALUD En la ley 48-97: 1. No está mencionada la palabra SALUD 2. Sí aparecen los términos RIESGO, PELIGRO INMINENTE PARA LA VIDA, y SEGURIDAD en algunos artículos

34 PROTECCIÓN AMBIENTAL Y CONSULTANo existe un TITULO con este nombre en la ley 48-97 Antes del otorgamiento y 3 meses después de presentada la solicitud de licencia minera, debe realizarse el proceso de consulta de buena fe según el Convenio 169 (ratificado por Guatemala en 1996) Después de otorgada la licencia, se debe mantener un diálogo permanente con los Consejos de Desarrollo

35 PREGUNTAS Es esta Ley una buena ley?Es necesario hacerle modificaciones o emitir una nueva ley? Cual es la mayor falencia de la Ley? Se pueden realizar trincheras y perforaciones sin instrumento ambiental aprobado? Cual es el precio de un EIA? Cual es el costo de una licencia minera?

36 Gracias por su atención