1 LOMCE Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa BOE de 10 de diciembre de 2013 @CSIFEnsenanzCyL
2 En CSI·F somos conscientes de la necesidad y urgencia de una nueva Ley de Educación que corrija los errores y carencias de las anteriores leyes. Pero las propuestas que contiene la LOMCE son insuficientes para cubrir las necesidades del sistema educativo, sin olvidar la improvisación manifiesta plasmada en esta ley que se hace parcheando la LOE. Además consideramos errores graves: Aparecen defectos de la LOGSE que han supuesto consecuencias negativas para muchas generaciones: comprensividad, igualitarismo y promoción semiautomática. En relación con la promoción, se actúa de un modo timorato, permitiendo pasar al curso superior con tres asignaturas suspensas (como en la actualidad). El contexto y la situación en que pretende implantarse la LOMCE no son los mejores posibles, es más, parece ser un indicador del fracaso de la misma: un ERE a más de profesores (con la consiguiente reducción de la plantilla) a pesar del incremento de alumnos, el grave y continuo deterioro de las condiciones laborales y profesionales de los docentes, que ven aumentada su jornada laboral, sus funciones y sus responsabilidades al tiempo que se reducen sus salarios y sus expectativas de estabilidad y reconocimiento, etc. así lo indican. La Ley permanece sin una base firme y sin los apoyos fundamentales: ha faltado el diálogo, la participación y la búsqueda de consensos necesarios para llegar a un Pacto de Estado por la Educación que dote de estabilidad el sistema para varias generaciones. No va acompañada de una Memoria Económica suficiente, que garantice su correcta implantación y aplicación.
3 Echamos en falta la apuesta inequívoca por la Educación y la Enseñanza Públicas como garantía de cohesión social y de igualdad de oportunidades: una EDUCACIÓN PARA TODOS. Sin embargo en la Ley se apuesta por la equiparación de las dos redes, por sufragar con fondos públicos tantos centros de titularidad privada o empresarial como demanda exista, aumenta la temporalidad de los conciertos, etc. Desde CSI-F denunciamos enérgicamente la desconfianza que desde el Gobierno se tiene hacia la Educación Pública, reflejada en estas medidas. Rechazamos que en el futuro puedan concertarse unidades en la red privada (y por tanto pagarlas con dinero público) mientras se supriman unidades en la red pública, cuyos profesores y centros ya existen. No creemos que España pueda ni deba pagar dos veces un puesto escolar, y menos en la misma localidad. Por todo ello, rechazamos TOTALMENTE la LOMCE porque en absoluto cubre las expectativas de quienes llevamos tantos años trabajando para conseguir una Ley de Educación de Todos y para Todos, de largo recorrido y basada en el consenso y en la defensa de la enseñanza pública sin ambigüedades. Además de no resolver los problemas fundamentales de nuestra Educación, la Lomce funcionará como un apéndice de la LOE, sin entidad ni personalidad propia.
4 EDUCACIÓN PRIMARIA - Constará de seis cursos organizados en áreas, con carácter global e integrador Se trabajarán en todas las áreas la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las TICs, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional Se prestará atención personalizada, se harán diagnósticos precoces y se establecerán mecanismos de refuerzo para lograr el éxito escolar La evaluación será continua y global y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas Se podrá repetir una sola vez en la etapa, com un plan específico de refuerzo o recuperación.
5 ASIGNATURAS TRONCALES (Áreas) ASIGNATURAS ESPECÍFICAS (Áreas)EVALUACIÓN - Evaluación individualizada al finalizar 3º de E. Primaria, según dispongan las Administraciones educativas. *Se comprobará el dominio de destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas. * Si se suspende, hay que arbitrar medidas ordinarias o extraordinarias adecuadas. - Evaluación individualizada al finalizar 6º de E. Primaria: competencias en comunicación lingüística, matemática y ciencia y tecnología (así como los objetivos de etapa). * El Gobierno establecerá criterios de evaluación, características generales para todo el Estado. * El resultado se expresará en niveles, se hará constar en un informe que se entregará a los padres y tendrá carácter orientador. Servirá para establecer planes de éxito escolar. ASIGNATURAS TRONCALES (Áreas) ASIGNATURAS ESPECÍFICAS (Áreas) - Ciencias de la Naturaleza - Ciencias Sociales - Lengua castellana y Literatura - Matemáticas - Primera Lengua extranjera - Educación Física - Religión o Valores culturales y sociales - Una asignatura en función de la Administración educativa entre: - Educación Artística - Segunda Lengua extranjera - Religión (si no cursada) - Valores (si no cursada) ASIGNATURAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA Lengua y Literatura de la Comunidad Autónoma Otra más del bloque de asignaturas específicas no cursadas, de profundización o refuerzo de las troncales o una a determinar por la Administración.
6 EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA- Se organiza en dos ciclos (art. 26 bis): * Primer ciclo: 1º, 2º y 3º de ESO. * Segundo ciclo: 4º de ESO (carácter preparatorio para Bachillerato o FP). Temas transversales a tratar en todas las materias: comprensión lectora, expresión oral y escrita, comunicación audiovisual, uso de las TIC, emprendimiento y educación cívica y constitucional. 1º de ESO: se pueden agrupar las materias en ámbitos de conocimiento por razones pedagógicas. 4º de ESO Los centros podrán elaborar itinerarios para orientar a los alumnos en la elección correcta de materias. Se priorizará la comprensión y expresión oral en el aprendizaje dela lengua extranjera. Se darán alternativas metodológicas en la comunicación oral para alumnos con discapacidad. 2º y 3º de ESO habrá Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (antigua diversificación), para alumnos que presentan dificultades no causadas por falta de esfuerzo. Se desarrollan con metodología específica: organización de contenidos propios, actividades prácticas o materias diferentes. La finalidad de este programa es cursar 4º de ESO por la vía ordinaria y obtener el título. Para realizarlo, el equipo docente propone a los alumnos que hayan repetido al menos un curso en cualquier etapa y que no puedan pasar de 1º a 2º o de 2º a 3º. Excepcionalmente se puede repetir 3º de ESO en el PMAR si no se puede promocionar a 4º.
7 EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (I)Será continua, formativa e integradora y se persigue el logro de objetivos y competencias. Se promociona con dos materias suspensas (que no sean LC y MA) y excepcionalmente (ver art. 28) con tres y más, aunque sean LC y MA. * La Administración regulará las pruebas extraordinarias. Se podrá repetir el mismo curso una sola vez y es obligatorio seguir los programas de refuerzo, que se revisarán periódicamente y obligatoriamente al final de curso. Se podrá repetir dos veces como máximo dentro de la etapa (excepcionalmente una segunda vez como máximo en la ESO). *Se podrá repetir 4º si no se ha repetido ningún curso en ESO.
8 EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN (II)Certificado se estudios: si se ha cursado 1º, 2º y 3º o si desde 2º se pasa a FP Básica. Al finalizar cada curso de ESO se entregará un “consejo orientador” (logro de objetivos y competencias, propuesta del itinerario más adecuado, incorporación a un PMAR (P. de Mejora de Aprendizaje y Rendimiento). Prueba final en 4º de ESO. Se examinarán de: * Todas las materias troncales (en 4º incluye las de opción académica o aplicada). * Una materia de las asignaturas específicas de cualquier curso (No EF, Religión o Valores Éticos). Se podrán presentar por cualquiera de las 2 opciones –aunque no se haya cursado- o por ambas- recuérdese que dan paso a Bachillerato o FP- los alumnos que aprueben todo o tengan como máximo 2 asignaturas suspensas (o 3 que no sean LC y MA). Se podrá repetir la prueba para aprobar o subir nota. Da acceso a la obtención del título tras superar esta prueba con un 5 o más y tener una calificación en la ESO de 5 puntos (ponderación de 70% la media de ESO y 30% la calificación de la prueba). Título de Graduado en ESO Se obtiene tras la superación de la evaluación final de 4º. Permite el acceso a las enseñanzas posobligatorias. *Mediante diligencia o anexo reflejará si se ha subido nota en prueba extraordinaria o si se ha realizado en otra opción que la cursada (académica y/o aplicada) Quienes no obtengan el título, recibirán un certificado oficial (años cursados, objetivos y competencias). * La Administración puede establecer mediadas de atención personalizadas para los que no hayan pasado la evaluación final.
9 ASIGNATURAS TRONCALES 1º ESO 2º ESO 3º ESO 4º ESO. Enseñanzas Académicas: hacia el Bachillerato. 4º ESO. Enseñanzas aplicadas: hacia la FP. - Biología y Geología - Geografía e Historia - Lengua castellana y L. - Matemáticas - Primera Lengua extranjera - Física y Química - Matemáticas académicas o aplicadas (elección no vinculante para pasar a 4º). - Lengua Castellana y L. - Matemáticas orientadas a enseñanzas académicas - 1ª Lengua Extranjera Dos materias a elegir: -Física y Química -Biología y Geología -Latín -Economía - Lengua Castellana y L - Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas - Ciencias aplicadas a la Actividad Profesional - Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial - Tecnología ASIGNATURAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA Lengua y Literatura de la Comunidad Autónoma. Otra materia del área de específicas u otra que determinará la Administración educativa o el centro y que puede ser diferente en cada uno de los tres cursos.
10 ASIGNATURAS ESPECÍFICAS1º, 2º y 3º de ESO 4º de ESO Todos los alumnos cursarán: - Educación Física - Religión o Valores éticos Según la oferta de la Administración y centros cursarán entre 1 y 4 de las siguientes asignaturas: - Cultura clásica - Educación Plástica y Visual y Audiovisual - Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial - Música Segunda Lengua extranjera Tecnología Religión (si no se ha elegido arriba) Valores éticos (si no se ha elegido arriba) Entre 1 y 4 de las siguientes materias: - Artes escénicas y Danza - Cultura científica - Filosofía - Segunda Lengua extranjera - Tecnologías de la Información y la Comunicación Valores Éticos (si no se ha elegido arriba) -Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada. Como se puede ver, si las administraciones autonómicas no lo impiden, un alumno puede pasarse toda la ESO sin haber cursado alguna o todas de estas asignaturas: Cultura clásica, Dibujo, Música, Segundo Idioma y Tecnología.
11 BACHILLERATO (I) - Se accede con:*Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. *Haber superado la evaluación final de 4º por la opción de Enseñanzas Académicas. La evaluación Continua y diferenciada según materias -el profesor tiene la última palabra-. Se puede promocionar a 2º de Bachillerato con 2 asignaturas suspensas, como máximo. * Hay que matricularse de las pendientes y se organizarán actividades de recuperación y evaluación de esas pendientes. Podrán repetir cada curso una sola vez y excepcionalmente, uno sólo de los cursos, una segunda vez, previo informe. Obtener el título: superar una evaluación final. Sólo se pueden presentar a ella los alumnos que hayan aprobado todo (sólo computan las materias que como mínimo deben cursar en cada curso). El MECD diseñará las pruebas. Hay que sacar 5. Se puede repetir la prueba para mejorar nota; se tiene en cuenta la nota más alta. Hay 2 convocatorias anuales. Las materias a examen serán: * Todas las troncales (en las que impliquen continuidad, sólo las de 2º). * Dos materias de opción del bloque de las troncales tanto de 1º como de 2º (las de continuidad, sólo 2º) * Una materia específica de cualquiera de los cursos (excepto E. Física y Religión).
12 BACHILLERATO (II) Título de BachillerSe obtiene con la superación de la prueba final de Bachillerato (ponderación: 60% la media del Bachillerato y 40 % la nota de la evaluación final). En el título aparecerá la modalidad cursada y la calificación final. Quienes no obtengan el título de Bachillerato, obtendrán un certificado, que habilita para cursar FP de Grado Medio o Superior ACCESO A LA UNIVERSIDAD: las Universidades podrán determinar la admisión a un Grado a los alumnos que: Hayan obtenido el título de Bachiller o equivalente exclusivamente por el criterio de la calificación final obtenida en el Bachillerato. Pueden fijar procedimientos de admisión de acuerdo a la normativa básica que establezca el Gobierno. Dichos procedimientos utilizarán alguno/-os de estos criterios de valoración: * Modalidad y materias cursadas en relación con la titulación elegida * Calificaciones en materias concretas * Formación académica o profesional complementaria * Estudios superiores cursados anteriormente. La ponderación de la calificación final de Bachillerato deberá tener: mínimo 60% del resultado final del proceso de admisión.
13 ASIGNATURAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA1º BACHILLERATO Modalidad de Ciencias Modalidad de Humanidades Modalidad de C. Sociales Modalidad de Artes ASIGNATURAS TRONCALES - Filosofía - Lengua C y Literatura I - 1ª Lengua extranjera I - Matemáticas I Al menos 2 materias a elegir entre: *Biología y Geología *Dibujo Técnico I *Física y Química - Lengua C. y Literatura I - Latín I *Economía *Griego I *Hª del Mundo Contemporáneo *Literatura Universal - Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales I - Fundamentos de Arte I *Cultura Audiovisual I ASIGNATURAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA - Lengua y Literatura de la Comunidad Autónoma. - Materias específicas , de ampliación de los contenidos del bloque de las troncales o específicas u otra que determinará la Administración o el centro.
14 1º BACHILLERATO . ASIGNATURAS ESPECÍFICAS.Para todos los alumnos -Educación Física -A elegir entre 2 y 3 entre: *Análisis Musical I *Anatomía Aplicada *Cultura Científica *Dibujo Artístico I *Dibujo Técnico I (salvo si se cursó en las materias de opción de las troncales) *Lenguaje y Práctica Musical *Religión *Segunda Lengua Extranjera I *Tecnología Industrial I *Tecnologías de la Información y Comunicación I *Volumen *Una materia del bloque de asignaturas troncales no cursada
15 ASIGNATURAS TRONCALES2º BACHILLERATO Modalidad de Ciencias Modalidad de Humanidades Modalidad de C. Sociales Modalidad de Artes ASIGNATURAS TRONCALES - Lengua castellana y Literatura II - 1ª Lengua extranjera II - Hª de España - Matemáticas II - Al menos 2 materias entre: *Biología *Geología *Dibujo Técnico II *Física *Química - Latín II -Al menos 2 materias entre: *Economía de la Empresa *Griego II *Geografía *Hª del Arte *Hª de la Filosofía - Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II - Fundamentos de Arte II *Cultura Audiovisual II *Diseño *Artes Escénicas 2º BACHILLERATO. ASIGNATURAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA - Lengua y Literatura de la Comunidad Autónoma. - Alguna de entre las materias específicas, Educación Física, materias del bloque de las específicas no cursadas, ampliación de las materias del bloque de las troncales o específicas o materias a determinar (por la administración autonómica)
16 2º BACHILLERATO. ASIGNATURAS ESPECÍFICAS. Para todos los alumnos.A elegir entre 2 y 3 asignaturas entre las siguientes: *Análisis Musical II *Ciencias de la Tierra y del Medio Ambiente *Dibujo Artístico II *Dibujo Técnico II *Fundamentos de Administración y Gestión *Hª de la Filosofía *Hª de la Música y la Danza *Imagen y Sonido *Psicología *Religión *Segunda Lengua Extranjera II *Técnicas de expresión gráfico-plástica *Tecnología Industrial II *Tecnologías de la Información y Comunicación II *Una materia de ampliación de los contenidos de alguna de las materias troncales *Una materia de las troncales no cursada
17 FORMACIÓN PROFESIONAL (I)FP básica Ciclos Formativos de Grado Medio Ciclos Formativos de Grado Superior Se regulará la correspondencia a efectos de convalidación, de los certificados de profesionalidad regulados en el art de Ley 56/2003, de 16 de diciembre, con los títulos de FP a través de las unidades de competencia acreditadas. Y el régimen de convalidaciones y equivalencias entre los ciclos de G. Medio y Superior con el resto de enseñanzas y estudios oficiales. Organización modular Duración variable Integra contenidos teóricos y prácticos Títulos referidos al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales Currículo adaptado al Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional
18 FORMACIÓN PROFESIONAL (II)FINALIDADES Preparar para la actividad en un campo profesional Facilitar la adaptación a las modificaciones laborales Contribuir al desarrollo personal y a ser un ciudadano democrático Progresar en el sistema educativo y en el sistema de FP para el empleo, y para el aprendizaje a lo largo de la vida. La ley añade un artículo con 10 OBJETIVOS para toda la FP (art. 40) y uno más para FP Básica y G. Medio El currículo incluye una FASE DE FORMACIÓN PRÁCTICA en los centros de trabajo * Exenta para los que demuestren experiencia profesional que se corresponda a los estudios) Promoverá la integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos del campo profesional, las materias instrumentales y garantizará la adquisición y ampliación de competencias necesarias para el desarrollo profesional, personal y social. LA EVALUACIÓN Se hará por módulos profesionales o por materias y bloques. Hay que aprobar todo. LA FP DUAL : acciones e iniciativas formativas en corresponsabilidad con las empresas. Su objeto: la cualificación profesional armonizando proceso de aprendizaje en centros educativos y centros de trabajo. La Administración regulará condiciones y requisitos básicos.
19 FP BÁSICA Enseñanzas organizadas en bloques comunes:2 años de duración (máximo 4 años). Se puede repetir 2 veces. Condiciones de acceso: - Tener entre 15 y 17 años. Haber cursado Primer ciclo de ESO sin estar en condiciones de promocionar a 4º (excepcionalmente en 2º de ESO) - Propuesta del equipo docente. Proporciona una CUALIFICACIÓN DE NIVEL 1 del Catálogo N. de Cualificaciones P. (art. 7 Ley 5/2002, de 19 de junio) El Título Profesional Básico permite el acceso a los Ciclos Formativos de FP de Grado Medio. * Este título lo pueden obtener los mayores de 22 años que tengan acreditadas unidades de competencia profesional incluidas en el Titulo profesional Básico, bien a través de certificados de profesionalidad de nivel 1 o por el procedimiento de evaluación o acreditación que se regule * Se podrá obtener el título de Graduado en ESO por la superación de la evaluación final de ESO en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales. * Se considera superada la etapa aprobando todos los módulos, materias y bloques. * Si no se superan los ciclos de FP Básica se recibe un certificado académico de los módulos profesionales y, en su caso, de los bloques y materias superadas con efectos académicos y de acreditación parcial acumulable a las competencias profesionales adquiridas. Enseñanzas organizadas en bloques comunes: Bloque de Comunicación y C. Sociales Bloque de C. Aplicadas - Lengua castellana y en su caso Lengua cooficial. - Lengua Extranjera - Ciencias Sociales - Matemáticas aplicadas - Ciencias aplicadas
20 FP DE GRADO MEDIO Condiciones de acceso (una de las siguientes condiciones): - Título de Graduado en ESO y haber superado la evaluación final de ESO por la opción de Enseñanzas Aplicadas. - Título Profesional Básico - Título de Bachiller - Título universitario - Título de Técnico o Técnico Superior - Certificado de haber superado todas las materias de Bachillerato. - Superación del curso de formación específico (o de una prueba de acceso) y tener 17 años. - Excepcionalmente, superación de una prueba específica de admisión (si demanda supera la oferta). - Materias voluntarias (no forman parte del currículo, pueden ser a distancia o presencial): facilitan la transición a otras enseñanzas: *Comunicación en lengua castellana (y, en su caso, cooficial). * Comunicación en Lengua extranjera. * Matemáticas aplicadas. * Los centros pueden ofertar otras materias voluntarias relacionadas con el campo profesional y su superación facilitará la admisión en G. Superior. El título de Técnico de Grado Medio permite el acceso a: - Ciclos Formativos de Grado Superior tras superar una prueba de admisión. - Título de Bachiller tras la superación de la evaluación final de Bachillerato (sólo de las troncales) El título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño permite el acceso directo a cualquier modalidad de Bachillerato. *Se considera superada la etapa aprobando todos los módulos y, en su caso, materias y bloques. *Si no se superan los ciclos de FP de Grado Medio se recibe un certificado académico de los módulos profesionales y en su caso bloques o materias superados, que tendrá efectos académicos y de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas.
21 FP GRADO SUPERIOR Condiciones de acceso (una de las siguientes condiciones): *Título de Bachiller *Título de Técnico (otorgado al finalizar el Grado Medio) *Título de Técnico Superior *Título universitario *Certificado acreditativo de haber superado todas las materias de Bachillerato. *Superar una prueba cuando se tengan 19 años mínimo (se puede repetir para subir nota) *Procedimientos de admisión a un centro concreto cuando la demanda supere la oferta de plazas. El gobierno establecerá la posibilidad de exención de todas o parte de las pruebas El título de Técnico de Grado Superior permite el acceso a: *Estudios universitarios de Grado tras superar una prueba de admisión *Título de Bachiller, tras la superación de la prueba final de Bachillerato (asignaturas troncales). *Se considera superada la etapa aprobando todos los módulos y, en su caso, materias y bloques. *Si no se superan los ciclos de FP de Grado Superior se recibe un certificado académico de los módulos profesionales y en su caso bloques o materias superados, que tendrá efectos académicos y de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales.
22 ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES- Música o Danza (la edad mínima para acceder a estos estudios será de 16 años). - Arte Dramático. - Conservación y Restauración de Bienes culturales. - Artes Plásticas (Diseño y Vidrio) y Diseño. El título de cada una de ellas será equivalente al título universitario de Grado (Nivel 2 del Marco español de cualificaciones). Las Administraciones educativas podrán adscribir centros de Enseñanzas Artísticas mediante convenio a las universidades.
23 EOI Las enseñanzas de idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas, fuera de las etapas ordinarias del sistema educativo. Se organizan en los niveles siguientes: - Básico. Nivel A (A1 y A2). - Intermedio. Nivel B (B1 y B2). - Avanzado. Nivel C (C1 y C2). El Gobierno determinará, previa consulta con las CCAA, las equivalencias entre los títulos de las enseñanzas de Idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del Sistema Educativo.
24 Escolarización en centros públicos y privados-concertadosLa admisión de alumnos se llevará a cabo como se venía haciendo con la LOE. Pero hay un dato diferenciador: Los centros que tengan reconocida una especialización curricular podrán reservar al criterio de rendimiento académico del alumno hasta un 20% de la puntuación asignada (para enseñanzas postobligatorias). “No constituye discriminación la organización de la enseñanza diferenciada por sexos…” Y añade que esto no supondrá una desventaja a la hora de suscribir conciertos. Los centros docentes deberán ser informados de las solicitudes de admisión que les afecten.
25 Centros privados-concertadosDuración mínima del concierto: 6 años en Educación Primaria y 4 años para el resto de los casos. Las Administraciones educativas podrán concertar con carácter preferente los ciclos de FP Básica Las Administraciones educativas podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Las vacantes del personal docente que se produzcan en los centros concertados se anunciarán públicamente. El titular del centro, junto con el Director, procederá a la selección del personal
26 Autonomía de los centrosLas Administraciones educativas: Potenciarán y promoverán la autonomía de los centros: se adecuarán sus recursos materiales, económicos y humanos a los planes de trabajo y organización. Publicarán los resultados obtenido. Los centros: Deberán rendir cuentas de los resultados obtenidos. En el ejercicio de su autonomía pueden llevar a cabo experiencias nuevas en: * Planes de trabajo * Formas de organización * Normas de convivencia * Ampliación de calendario escolar * Ampliación del horario lectivo de áreas o materias - Especialización curricular de IES: el Proyecto educativo deberán incorporar los aspectos específicos que definan el carácter singular del centro.
27 Autonomía de los centros. Recursos y calidad de los centros.Las administraciones educativas podrán asignar mayores dotaciones de recursos a centros (públicos o privados- concertados) por los proyectos que así lo requieran o por razones de especial necesidad. Los centros podrán recibir recursos complementarios (depende de cada Administración). Se fomentará el refuerzo de la autonomía de los centros y la potenciación de la función directiva como apuesta por la calidad de los centros. PROYECTO EDUCATIVO DE CALIDAD: supondrá la especialización de los centros docentes: Especialización curricular La excelencia La formación docente La mejora del rendimiento escolar La atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo La aportación de recursos didácticos a plataformas digitales compartidas. LAS ACCIONES DE CALIDAD EDUCATIVA deberán ser competitivas y supondrán autonomía para los centros en gestión de recursos humanos, materiales y financieros.
28 Calidad de los centros: El DirectorEl Director dispondrá de autonomía para adaptar los recursos humanos a las necesidades del centro: Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario docente e interino. Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos de interinidad de personal docente procedente de las listas centralizadas. Esto será corroborado por la administración. Prórroga en comisión de servicios del funcionario de carrera o nombramiento del mismo funcionario interino, mientras este puesto se encuentre vacante. El Director tendrá que rendir cuentas de la gestión de los recursos humanos.
29 Organización, funcionamiento y convivencia de los centros-Los centros elaborarán un plan de convivencia que se incluirá en la PGA: * Derechos y deberes de los alumnos * Medidas correctoras aplicables: - Falta grave: expulsión, temporal o definitiva del centro - Falta leve será llevada a cabo de forma inmediata Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento. Los miembros del equipo directivo y del profesorado SERÁN CONSIDERADOS AUTORIDAD PÚBLICA.
30 Órganos colegiados y de coordinación docenteCONSEJO ESCOLAR Pierde competencias: ya no aprueba los proyectos y PGA, no decide sobre la admisión de alumnos y ya no fija las directrices para la colaboración con diferentes organismos. CLAUSTRO DE PROFESORES - No se modifica nada de la LOE
31 LA DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS (I)COMPETENCIAS DEL DIRECTOR Las que tenía con la LOE Aprobar la PGA del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y organización docente. Decidir sobre la admisión de alumnos Aprobar la obtención de recursos complementarios Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales, con otros centros, entidades u organismos. REQUISITOS PARA SER CANDIDATO A DIRECTOR Antigüedad de 5 años como funcionario de carrera. Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera al menos 5 años Estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado el curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva. Estas certificaciones tendrán validez en todo el territorio nacional. Presentar proyecto de dirección.
32 LA DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS (II)PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DEL DIRECTOR A través de concurso de méritos. Habrá una comisión de selección constituida por: * Administración educativa * Representantes del centro: con una representación mayor del 30% y menor del 50%, de los cuales el 50% de los representantes pertenecerán al Claustro de profesores. -Tendrá que haber participación también de los Consejos Escolares. Se valorará de forma especial la experiencia previa en un equipo directivo NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR Por un periodo de 4 años Podrá renovarse por periodos de igual duración, previa evaluación positiva.
33 EVALUACIÓNDEL SISTEMA EDUCATIVOEVALUACIONES INDIVIDUALIZADAS Los criterios de evaluación serán comunes para el conjunto del Estado. Las pruebas serán estandarizadas Se diseñarán de modo que permitan establecer valoraciones precisas y comparaciones equitativas Se realizará el seguimiento de la evaluación de los resultados obtenidos a lo largo del tiempo. Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro. DIFUSIÓN DEL RESULTADO DE LAS EVALUACIONES Los resultados de las evaluaciones serán puestos en conocimiento de la comunidad educativa mediante indicadores comunes para todos los centros docentes españoles. El Gobierno establecerá las bases para la utilización y acceso público de los resultados de las evaluaciones.
34 DISPOSICIONES ADICIONALESENSEÑANZA DE RELIGIÓN Corresponde a las respectivas autoridades religiosas: La determinación del currículo los estándares de aprendizaje Las decisiones sobre la utilización de los libros de texto y materiales didácticos y su supervisión y aprobación CALENDARIO ESCOLAR Mínimo de 175 días lectivos. Se incluirán los días dedicados a: * Evaluación individualizada de 3º de Primaria. * Evaluación final de Primaria * Evaluación final de ESO * Evaluación final de Bachillerato.
35 NUEVAS DISPOSICIONES ADICIONALESDISPOSICIÓN ADICIONAL TRIGÉSIMA SÉPTIMA Las administraciones educativas podrán incorporar expertos con dominio de lenguas extranjeras como profesorado de programas bilingües: - Para cada curso escolar - Será una medida excepcional: mientras exista insuficiencia de personal docente con competencias lingüísticas suficientes. - Este profesorado podrá ser nacional o extranjero DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA Las evaluaciones finales para la obtención de títulos oficiales serán realizadas en la forma que determine por las Administraciones educativas. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA PRIMERA En el currículo de las diferentes etapas de la educación básica se tendrá en consideración el aprendizaje de la prevención y resolución pacífica de conflictos DISPOSICIÓN ADICIONAL CUADRAGÉSIMA SEGUNDA El CIDEAD impartirá enseñanza a distancia en todo el territorio nacional. El Gobierno establecerá una regulación específica.
36 DISPOSICIONES ADICIONALESDISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. El título de Graduado en ESO permitirá acceder a las enseñanzas postobligatorias Los alumnos que hayan superado los módulos obligatorios de un PCPI podrán acceder a los ciclos de Grado Medio Se aceptará como Título de Bachiller el expedido tras cursar BUP Los alumnos que hayan superado las PAU mantendrán la nota obtenida en su momento según los criterios y condiciones que establezca el Gobierno. Quienes hayan obtenido el título de Bachiller antes de la implantación de la evaluación final de Bachillerato y no hubieran superado ninguna prueba de acceso ala universidad: podrán acceder directamente a las enseñanzas oficiales de grado, aunque deberán superar los procedimientos de admisión fijados por las Universidades. DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA El Ministerio promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales curriculares para la educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos.
37 DISPOSICIONES TRANSITORIASDISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA El tener la certificación acreditativa de haber superado el curso de formación de función directiva no será requisito imprescindible durante los cinco años siguientes a la fecha de entrada en vigor de la LOMCE DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA - Los centros privados a los que en el 2013 se les haya denegado el concierto educativo o reducido las unidades concertadas por el único motivo de ofrecer educación diferenciada por sexos podrán solicitar que se les aplique lo indicado en el artículo 84.3 de la LOMCE para el resto del actual periodo de conciertos. - Plazo para pedirlo: 2 meses desde su entrada en vigor.
38 CALENDARIO DE APLICACIÓN (Disposición final 5ª) IEDUCACIÓN PRIMARIA Curso 14/15 1º, 3º y 5º de Primaria Primera evaluación en 3º de Primaria Curso 15/16 2º, 4º y 6º de Primaria Primera evaluación en 6º de Primaria ESO Curso 15/16 - 1º y 3º de ESO Curso 16/17 2º y 4º de ESO Primera evaluación final de Secundaria: * No tendrá efectos académicos * Sólo se realizará una convocatoria BACHILLERATO Curso 15/16 - 1º de Bachillerato Curso 16/17 2º de Bachillerato Primera evaluación final de Bachillerato: * Se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad * En este curso su superación no será necesaria para obtener el título de Bachiller. * Se realizarán dos convocatorias
39 CALENDARIO DE APLICACIÓN (Disposición final 5ª) IIFP BÁSICA Curso 14/15 1º de FP Básica Durante este curso los alumnos que superen los módulos de carácter voluntario obtendrán el título de Graduado de ESO (en cursos posteriores deberán realizar la evaluación final de ESO). Curso 15/16 - 2º de FP Básica FP de GM Curso 15/16 - Modificaciones introducidas en el currículo. Curso 16/17 - Nuevas condiciones de acceso y admisión. ENSEÑANZA DE ADULTOS Aparece como “se podrán establecer” Curso 14/15 Currículos específicos. Programas para obtener el título de Técnico Profesional Básico (+17 años). Cambios de enseñanza a distancia: admisión y obtención del título.
40 CALENDARIO DE APLICACIÓN (RESUMEN)E. PRIMARIA E. SECUNDARiA BACHILLERATO FP CURSO 14/15 1º, 3º Y 5º EVALUACIÓN DE 3º 1º FP BÁSICA SE ACABA OFERTA DE PCPI LOS ALUMNOS QUE SUPEREN LOS MÓDULOS VOLUNTARIOS OBTENDRÁN EL TÍTULO DE GRADUADO EN ESO CURSO 15/16 2º, 4º Y 6º EVALUACIÓN DE 6º 1º Y 3º 1º 2º DE FP BÁSICA MODIFICACIONES EN CURRICULO DE CICLOS DE G. MEDIO SÓLO EL PRIMER CURSO CURSO 16/17 2º Y 4º LA EVALUACIÓN FINAL EN 4º NO TENDRÁ EFECTOS ACADÉMICOS Y NO HABRÁ PRUEBA EXTRAORDINARIA 2º LA EVALUACIÓN FINAL DE BACHILLERATO SÓLO SE TENDRÁ EN CUENTA PARA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD PERO NO PARA EL TITULO DE BACHILLERATO. TAMBIÉN SE TENDRÁ EN CUENTA PARA OBTENER ESTE TÍTULO LOS EL DE TÉCNICO O TÉCNICO SUPERIOR DE FP O EL TÍTULO PROFESIONAL DE MÚSICA O DANZA NUEVAS CONDICIONES DE ACCESO Y ADMISIÓN CURSO 17/18 LOS MATRICULADOS ANTES DE ESTE CURSO DEBEN SUPERAR LA PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD DE LA LOE (ART. 38). QUIENES ACCEDAN EN ESTE CURSO Y POSTERIORES, YA ACCEDERAN A LA UNIVERSIDAD CON LA NUEVA REDACCIÓN DEL ART. 38 DE LA LOMCE
41 CALENDARIO DE APLICACIÓN (Disposición final 5ª) IIIACCESO Y ADMISIÓN A LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO Alumnos que hayan obtenido el título de Bachiller o equivalente Antes al curso 2017/2018: superar PAU En el curso 2017/2018 y posteriores: artículo 38 Alumnos titulados en Bachillerato europeo o internacional Curso 2014/2015 y posteriores: artículo 38 y disposición adicional trigésimo tercera Alumnos procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que haya acuerdos internacionales Curso 2014/2015 y posteriores: artículo y disposición adicional trigésimo tercera Alumnos en posesión de titulaciones de Técnico Superior y Técnico Deportivo Superior o títulos equivalentes al título de Bachiller realizados en Estados que no son miembros de la Unión Europea o no tengan acuerdos internacionales Curso 2014/2015 y posteriores: disposición adicional trigésima sexta
42 CALENDARIO DE APLICACIÓN (Disposición final 5ª) IVNOVEDADES DE APLICACIÓN INMEDIATA Planes de actuación para el desarrollo de altas capacidades intelectuales Necesidades educativas especiales Actividad física y dieta equilibrada Discapacidad Garantía de utilización del castellano como lengua vehicular junto a las lenguas oficiales Autoridad del profesorado Igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género Acciones de calidad Enseñanzas artísticas Enseñanzas de idiomas Aprendizaje por competencias
43 LOMCE Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa BOE de 10 de diciembre de 2013 @CSIFEnsenanzCyL