1 Marco normativo para el transporte TERRESTRE de materiales peligrososJunio
2 Riesgos a la salud y al ambienteOrigen de la regulación y normatividad Riesgos a la salud y al ambiente Riesgos físicos De la Regulación Modelo de ONU, se elaboran los Reglamentos para el transporte de materiales peligrosos. Normas Oficiales Mexicanas (NOMs). Sistema global armonizado de clasificación y etiquetado de químicos (GHS). Normas Oficiales Mexicanas Autotransporte y transporte ferroviario Aéreo Marítimo
3 Marco Jurídico Ley General del Equilibrio EcológicoTRANSPORTE-SCT RESIDUOS-SEMARNAT USO DUAL –SEGOB y SSA Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Enero y Mayo.23.06) Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares (RAFSA) (Nov y Nov ) Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (LCPAF) (Dic y Oct.25.05) Normas Oficiales Mexicanas Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (RTTM Y RP) (Abr y Nov.28.06) Ley Federal para el Control de Substancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas (Junio 9.09) Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos (LFPQ) (Dic Reglamento de la LFPQ (Sep ) Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR) (Oct.8.03 y 22.Mayo.06) Reglamento de la LGPGIR (Nov.30.06) Normas Oficiales Mexicanas
4 REGULAR EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOSObjetivo REGULAR EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOS PELIGROSOS
5 Está reglamentado, a fin de:Prevenir accidentes que produzcan víctimas o daños en el medio ambiente. Proteger las vías generales de comunicación. Contar con procedimientos de seguridad para el manejo, transporte y confinamiento de materiales y residuos peligrosos. Los avances tecnológicos requieren cada vez más de la introducción de nuevas substancias peligrosas utilizadas en la producción de bienes y servicios que exige la vida moderna.
6 Contenido Especifica la forma en que se regulará el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos de acuerdo al riesgo de los mismos. Clasificación. Identificación Descripción. Disposiciones de seguridad
7 Cuando se presentan materiales peligrosos para su transporte:Deben tomarse medidas para identificar debidamente sus riesgos. Personas puedan estar en contacto. Marcas y etiquetas especiales indicativas de riesgo. Consignar la información en documentos de transporte de los riesgos de las materiales y residuos peligrosos. Colocar los carteles en las unidades de transporte. La autoridad debe asegurarse de que la expedición, aceptación y transporte se efectúa con seguridad Nadie podrá presentar, ni aceptar para el transporte, materiales peligrosos que no estén correctamente clasificados, envasados, embalados, marcados, etiquetados, rotulados Y descritos sus riesgos en un documento de transporte.
8 ¿Quién es? Autotransportista. Persona física o moral debidamente autorizada por la Secretaría, para prestar servicio público o privado de autotransporte de carga. Constructor o reconstructor de unidades. Persona física o moral que diseña, construye, reconstruye o repara unidades destinadas para el transporte de materiales y residuos peligrosos. Destinatario. Persona física o moral receptora de materiales y residuos peligrosos. Expedidor. Persona física o moral que fabrica, carga, despacha, embarca o envía substancias, materiales y/o residuos peligrosos a un destinatario en unidades debidamente autorizadas por la SCT.
9 ¿Qué es? Unidad. Vehículo para el transporte de materiales y residuos peligrosos, compuesto por unidades motrices y de arrastre. Unidad Motriz Unidad de Arrastre Ventear. Acción de liberar los gases y vapores acumulados en un recipiente, tanque o contenedor cerrado.
10 ¿Qué son los envases y embalajes? Envase Interior. Envase Exterior.Todo recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria. Envase Exterior. Se entiende aquel que contiene al envase primario y que le sirve de protección. Envase Interior Exterior La masa neta o capacidad, no excederá de 400 kg. ó 450 litros
11 ¿Qué es? Material peligroso. Substancia peligrosa.Aquellas substancias peligrosas, sus remanentes, sus envases, embalajes y demás componentes que conformen la carga que será transportada por las unidades. Substancia peligrosa. Todo aquel elemento, compuesto, material o mezcla de ellos que independientemente de su estado físico, represente un riesgo potencial para la salud, el ambiente, la seguridad de los usuarios y la propiedad de terceros; también se consideran bajo esta definición los agentes biológicos causantes de enfermedades. TODO INTERNO
12 Quién lo aplica? Corresponde a la Secretaría la aplicación de este Reglamento en vías generales de comunicación terrestres y sus servicios auxiliares y conexos. La Secretaría podrá celebrar acuerdos para la aplicación del Reglamento.
13 Permiso Para transportar materiales y residuos peligrosos, es necesario que la Secretaría así lo establezca, en un PERMISO, otorgado a los transportistas. LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (EN ADELANTE LA SECRETARÍA), OTORGA EL PERMISO POR TIEMPO INDEFINIDO A:_LIDERAZGO AVANZADO EN TRANSPORTACIÓN S.A. DE C.V. PARA OPERAR Y EXPLOTAR EL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE CARGA ESPECIALIZADA EN SU CLASIFICACIÓN DE MATERIALES, RESIDUOS, REMANENTES Y DESECHOS PELIGROSOS POR LOS CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCIÓN FEDERAL, CON LOS VEHÍCULOS QUE SE DESCRIBEN EN LA ALTA QUE COMPLEMENTA AL PRESENTE. Art. 5o del RTTMyRP
14 PERMISO PARA TRANSPORTARCondiciones de la unidad para transportar residuos peligrosos PERMISO PARA TRANSPORTAR MATERIAL PELIGROSO PERMISO PARA TRANSPORTAR MATERIAL PELIGROSO PERMISO PARA TRANSPORTAR MATERIAL PELIGROSO PERMISO PARA TRANSPORTAR CARGA GENERAL PERMISO PARA TRANSPORTAR CARGA GENERAL PERMISO PARA TRANSPORTAR MATERIAL PELIGROSO
15 RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES¿Cuáles son las prohibiciones? Queda prohibido transportar en unidades que hayan sido autorizadas para transportar materiales y residuos peligrosos: ANIMALES RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES ALIMENTOS PERSONAS
16 Clasificación de Substancias VARIOS 1.1 Explosión 1.2 ProyecciónEXPLOSIVOS GASES COMPRIMIDOS, REFRIGERADOS, LICUADOS O DISUELTOS A PRESIÓN LÍQUIDOS INFLAMABLES 1.1 Explosión 1.2 Proyección 1.3 Incendio 1.4 Sensible 1.5 Poco sensible 1.6 Insensible 2.1 Inflamables 2.2 No inflamables, no tóxicos 2.3 Tóxicos OXIDANTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS SÓLIDOS INFLAMABLES TÓXICOS AGUDOS Y AGENTES INFECCIOSOS 5.1 Oxidantes 5.2 Peróxidos orgánicos 4.1 Inflamables 4.2 Combustión espontánea 4.3 Reacciona con el Agua 6.1 Tóxicos agudos 6.2 Agentes infecciosos NUEVA VARIOS CORROSIVOS RADIACTIVOS Actividad especifica mayor a 70 kBq/kg (2nCi/g) Causan lesiones graves a tejidos Vivos Representan riesgos distintos a los demás
17 TABLA 1. LISTADO POR ORDEN ALFABÉTICO.NOM-002-SCT/2011 Listado de Substancias y Materiales Peligrosos más Usualmente Transportadas TABLA 1. LISTADO POR ORDEN ALFABÉTICO. Nombre y descripción Clase o división No. ONU GASOLEO o COMBUSTIBLE PARA MOTORES DIESEL o ACEITE MINERAL PARA CALDEO, LIGERO 3 1202 PERÓXIDO DE HIDRÓGENO EN SOLUCIÓN ACUOSA con no menos de 20% y un máximo de 60% de peróxido hidrógeno (estabilizada según sea necesario). 5.1 2014 PERÓXIDO DE LITIO 1472 PERÓXIDO DE MAGNESIO 1476 PERÓXIDO ORGÁNICO TIPO B, SÓLIDO 5.2 3101
18 Disposiciones especialesTabla 2. Listado orden numérico de la NOM-002-SCT/2011 No. ONU Nombre y descripción Clase o división Riesgo secun dario Grupo de envase de las UN Disposiciones especiales Cantidades limitadas Bultos y RIG Cisternas portátiles (GE) Instrucciones de Envase Disposiciones especiales Instrucción para cisternas portátiles para las (1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) 1202 GASOLEO o COMBUSTIBLE PARA MOTORES DIESEL o ACEITE MINERAL PARA CALDEO, LIGERO 3 III 5 lts P001 IBC03 T2 TP1 1472 PERÓXIDO DE LITIO 5.1 1 kg P002 IBC06 B2 1476 PERÓXIDO DE MAGNESIO II 2014 PERÓXIDO DE HIDRÓGENO EN SOLUCIÓN ACUOSA con no menos de 20% y un máximo de 60% de peróxido hidrógeno (estabilizada según sea necesario). 8 I NINGUNA P501 T10 TP2 TP6 TP24 3101 PERÓXIDO ORGANICO TIPO B 5.2 122, 181, 195, 274 25ML P520
19 Titulo segundo: del envase y embalajeDisposiciones aplicables para los envases y embalajes, nuevos y reutilizables, empleados para el transporte de substancias o residuos.
20 Instrucciones y uso de e/e, RIGS, grandes e/e, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles. Las disposiciones que enmarca esta NOM, permiten a los expedidores seleccionar el contenedor adecuado para cada material. NOM-002/1-SCT/2009 DOF
21 Identificación de Envases y EmbalajesTodos los envases y embalajes destinados a transportar materiales o residuos peligrosos, deben portar una etiqueta o etiquetas de riesgo. La masa neta o capacidad, no excederá de 400 kg. ó 450 litros NOM-003-SCT/2008 DOF
22 Etiquetas y Carteles. ó Cambios en el Sistemade Identificación de Riesgo Etiquetas y Carteles. ACTUALIZACIÓN ó 1 de enero, 2011. Obligatoria NOM-003-SCT/2008 DOF NOM-004-SCT/2008 DOF
23 Identificación de Riesgo Primario y SecundarioAntes Riesgo secundario. Peróxido de Bario UN 1449, 5.1, 6.1, II Riesgo primario. U N 4G/Y/100.0/S/95/MEX/ABC Ahora Peróxido de Bario UN 1449, 5.1, 6.1, II Debe colocarse en el ángulo inferior, la clase o división de riesgo (riesgo secundario). U N 4G/Y/100.0/S/95/MEX/ABC
24 Substancias peligrosas para el medio ambiente.Marcado Adicional Substancias peligrosas para el medio ambiente. Obligatoria En caso de requerirse, se identifica adicionalmente con marcas de seguridad NOM-003-SCT/2008 DOF NOM-004-SCT/2008 DOF
25 de Naciones Unidas (UN)Marcado de seguridad de Naciones Unidas (UN) Todo envase y embalaje deberá llevar marcas de seguridad, que certifiquen que están construidos conforme a las normas respectivas. 1A1/X 1,2/250/10/MEX/ELSA/NORMEX 294 un UN ACCESORIOS NOM-007-SCT2/2010, DOF
26 Métodos de Prueba de los Envases y Embalajes de las Substancias, Materiales y Residuos PeligrososPrueba de fuga Prueba de Apilamiento Prueba de caída Prueba hidráulica Prueba de vibración NOM-024-SCT2/2010, DOF
27 Título tercero características, especificaciones y equipamiento de los vehículosEste título tiene como propósito, establecer la forma en que se deberán de identificar los vehículos que serán utilizados para el traslado de las substancias, así como de las características y especificaciones que deben de cumplir éstos.
28 ¿Para qué se identifican los vehículos?Para identificar a distancia el riesgo potencial asociado al material o residuo peligroso transportado; por su color, forma y símbolo mediante el sistema de identificación de unidades (carteles). Ubicación del cartel NOM-004-SCT/2008 DOF
29 Queda prohibido el uso de carteles tipo revista o libro.Sistema de identificación de unidades (carteles) Placa naranja Cartel Porta carteles Queda prohibido el uso de carteles tipo revista o libro. (Números y pictogramas movibles o intercambiables que no permiten identificar el riesgo).
30 Características y especificaciones de las unidades de transporteLos autotanques, unidades de arrastre, recipientes intermedios para granel (RIGs) y cisternas, deberán: Construirse de conformidad con las Normas Oficiales Mexicanas, según corresponda: NOM-020-SCT y NOM-057-SCT (Autotanques). NOM-030-SCT2/2009, NOM-032-SCT y NOM-046-SCT2/2010 (Cisternas). NOM-029-SCT (RIGs). Contar con aditamentos de emergencia y dispositivos de protección, a fin de brindar seguridad. Conservar el informe de los resultados de las pruebas a que hayan sido sometidos.
31 Adaptadores (salidas)Autotanques para gases comprimidos Dispositivos de alivio de seguridad Pasahombre Placa de especificación Rotogade PLACA Control remoto de emergencia Vapor Placa de riesgo Líquido Válvulas de bola Válvulas internas Adaptadores (salidas) NOM-020-SCT2/1995 DOF NOM-057-SCT2/2003 DOF
32 Placa técnica Para su identificación los Camiones, Unidades de Arrastre, Cisternas y RIGs, destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos tendrán una placa de metal inoxidable permanentemente fija en un lugar de fácil acceso para la inspección. NOM-023-SCT2/2011, DOF
33 Título cuarto de las condiciones de seguridadEstablece los vehículos destinados al transporte de las substancias se encuentren en buen estado físico y mecánico; así como la información y documentación con que deberán de contar en caso de emergencia, y demás documentación que debe llevarse en el traslado de los productos peligrosos.
34 Condiciones de seguridadLas unidades deberán: Someterse a inspecciones periódicas técnicas y de operación que realice la Secretaría o unidades de verificación acreditadas y aprobadas. En las inspecciones de operación, se supervisarán las condiciones mecánicas y de mantenimiento de la unidad. Los transportistas están obligados a llevar controles de mantenimiento preventivo y correctivo y un registro de los materiales transportados.
35 Acondicionamiento de la cargaAsegurar bien la carga Antes de iniciar la carga, verificar las condiciones de la unidad. Deberá ser cargado, distribuido y sujeto de tal manera que no ocasione daño por efectos de la vibración. Los embarques que no estén conforme a lo previsto en las Normas correspondientes, no deberán ser aceptados para su traslado. EXPEDIDOR TRANSPORTISTA
36 Compatibilidad y segregación Instrucciones de uso. 4.2 3Símbolo Significado. Espacio en blanco No hay restricción. Letra “X” No deben cargarse Letra “O” Separación mínima de 1.2 m NOM-010-SCT2/2009 DOF
37 Documentación Hoja de datos de seguridadContar con las autorizaciones correspondientes. La descripción e información complementaria del producto proporcionada por el fabricante de substancias o generador de residuos peligrosos .
38 Documento de embarque Es la información fundamental relativa a los riesgos de los materiales que se presentan para el transporte. Declaración de que el embarque puede ser aceptado para su transporte, toda vez que cumple con lo establecido en la reglamentación aplicable. Firma NOM-043-SCT/2003 DOF
39 Declaración de cumplimiento
40 Información de Emergencia en TransportaciónHoja de emergencia para el transporte de materiales y residuos peligrosos 1. RAZON SOCIAL Y DIRECCIÓN DE LA COMPAÑIA * FABRICANTE * IMPORTADOR * USUARIO * DISTRIBUIDOR * GENERADOR 2. TELÉFONOS DE EMERGENCIA Y FAX DEL EXPEDIDOR 3. NOMBRE DEL PRODUCTO O RESIDUO: COMERCIAL: QUÍMICO: 6. COMPAÑÍA TRANSPORTADORA 7. TELÉFONOS DE EMERGENCIA Y FAX 4. CLASIFICACIÓN 5. No. UN DEL MATERIAL 8. ESTADO FÍSICO 9. PROPIEDADES FÍSICO QUÍMICAS 10. AVISAR AL SISTEMA NACIONAL DE EMERGENCIA Y A LAS AUTORIDADES ESPECIFICAS DE MATERIALES PELIGROSOS: POLICÍA FEDERAL PREVENTIVA, BOMBEROS, CRUZ ROJA, ETC. 11. EQUIPO Y MEDIOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EN CASO DE ACCIDENTE: * PARE EL MOTOR * PONGA SEÑALES EN ZONA DE PELIGRO. * ALEJE A TODA PERSONA INNECESARIA DE LA ZONA DE PELIGRO. 12. RIESGOS SI OCURRE ESTO 13. ACCIONES HAGA ESTO 14. INTOXICACION/EXPOSICIÓN 15. 16. CONTAMINACIÓN 17. 18. INFORMACIÓN MÉDICA 19. 20. DERRAMES/FUGAS 21. 22. FUEGO/EXPLOSIÓN 23. 24. NOMBRE FIRMA PUESTO TELÉFONO 25. ESTA HOJA DEBERÁ ESTAR EN UN LUGAR ACCESIBLE PARA SER USADA EN CASO DE EMERGENCIA Y DEBERÁ SER REQUISITADA EN SU TOTALIDAD. Firma obligatoria NOM-005-SCT/2008, DOF
41 Para efectos de clasificación consultar la NOM-002Cualquier edición es vigente NO DISPONIBLE EN MÉXICO PROHIBIDA SU VENTA Venta al público Donación Para efectos de clasificación consultar la NOM-002
42 Licencia Federal de Conducir Tipo “E” E
43 Bitácora de horas de servicio del conductorReglamento de Tránsito en Carreteras Federales Decreto que reforma y adiciona (29.III.00). Artículo 62-Bis. Debe contener lo siguiente: Nombre o razón social del permisionario y su domicilio; Tipo de servicio y modalidad; Marca, modelo y placas del vehículo; Fecha de elaboración de la bitácora; Nombre del conductor; Número de licencia del conductor y vigencia; Origen y destino, especificando la ruta a seguir. Horas: De salida y de llegada; De servicio conduciendo; De servicio sin conducir, a consecuencia de paradas no programadas; Fuera de servicio, y De descanso. Casos de excepción en los que el conductor pueda excederse de la jornada, y Firmas del conductor y del permisionario o de la persona que éste designe. No está sujeto a NOM, no existe formato específico.
44 Individual o en conjunto autotransportista - expedidor.Póliza de seguros Ampara los daños al ambiente que ocasione la carga por $ 900,000.00 Independiente del seguro por daños a terceros y/o responsabilidad civil Atentamente Aseguradora “ Individual o en conjunto autotransportista - expedidor.
45 Bitácora de inspección ocular diaria de la unidadSe libera el diseño del formato de la bitácora de inspección ocular diaria. Identificación de la empresa. Datos de la unidad y del conductor. Se precisan los componentes de la unidad que deben revisarse. NOM-006-SCT2/2011 DOF
46 Emergencia en TransportaciónSistema Nacional de Emergencia en Transportación En caso de accidente, el operador deberá aplicar las medidas de seguridad detalladas en la información de emergencia en transportación. En caso de emergencia química Derrame, Fuga, Fuego, Exposición o Accidente Llamar al SETIQ - Día y Noche (D.F.) Primera respuesta en la fase inicial de un incidente o accidente CENACOM en la República Mexicana Para llamadas originadas en la ciudad de México y el Área Metropolitana , , o FAX o Para llamadas originadas en cualquier otra parte, llame a , , o
47 Título quinto del tránsito en vías de jurisdicción federalTiene como propósito establecer las disposiciones que deberán de cumplir las unidades que transporten las substancias, al transitar por los caminos y puentes de jurisdicción federal.
48 Tránsito en Vías de Jurisdicción FederalDeterminar la ruta de transporte que presente las mejores condiciones de seguridad. No realizar paradas injustificadas. Abstenerse de circular por áreas centrales de ciudades y poblados. Utilizar libramientos periféricos cuando existan. No transportar personas ajenas a la operación. En caso de descompostura grave, la unidad deberá ser sustituida. No estacionarse cerca de fuego abierto. Cuando se requiera estacionamiento nocturno, colocar triángulos de seguridad enfrente y atrás.
49 Título sexto de las obligaciones específicasObligaciones específicas de los expedidores, transportistas, destinatarios y conductores de los materiales o residuos peligrosos. De igual manera, se establece corresponsabilidad entre los que intervienen en el manejo y transporte de los productos considerados como peligrosos.
50 Obligaciones específicas del expedidor3221 1 2 3 4 Cerciorarse que los envases y embalajes cumplan con especificaciones de fabricación. Identificar envases, embalajes y unidades con etiquetas y carteles. Proporcionar Información de Emergencia en Transportación y Documento de Embarque. Indicar el equipo de seguridad. No efectuar el envío de materiales peligrosos que no cumplan con las especificaciones. Contar con las autorizaciones y documentación correspondientes. Proporcionar al destinatario datos relativos al embarque.
51 Obligaciones específicas del TransportistaAceptar embarques que cumplan con normatividad. No aceptar envases y embalajes fracturados. Proteger la carga de condiciones ambientales. Revisar que la unidad no cuente con elementos que deterioren la carga. Contar con unidades adecuadas. Unidades adecuadas Carteles Colocar razón social, dirección y teléfono de la empresa, y los teléfonos del Sistema Nacional de Emergencias. Encomendar los embarques sólo a conductores que posean licencia federal de conductor específica Tipo “E” Proporcionar capacitación y actualización de conocimientos a sus conductores.
52 Obligaciones específicas del ConductorContar con licencia federal específica Tipo “E”. Aprobar cursos de capacitación y actualización. Efectuar inspección ocular diaria de la unidad. Circular por la ruta que presente las mejores condiciones de seguridad. E Realizar las indicaciones de seguridad de la Información de Emergencia en Transportación. Colocar en una carpeta en un lugar visible los documentos requeridos para el embarque.
53 Corresponsabilidad Dentro de la esfera de sus responsabilidades, el Expedidor, Autotransportista y Destinatario, deberán: Acordar métodos de control previos por escrito. Contar con la documentación indicada en el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, además de toda aquella necesaria para el envío. Determinar la ruta de transporte que presente mejores condiciones de seguridad. Vigilar que en caso de transvase o transbordo, se efectúe conforme al Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales Peligrosos.
54 Depósito de Vehículos Artículo 46-A del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares Bajo ninguna circunstancia se permitirá el depósito de vehículos que transporten materiales, residuos, remanentes y desechos peligrosos. Quedan exceptuados de esta disposición los vehículos que transporten envases y embalajes, así como tanques portátiles que puedan transvasarse y/o transbordar a otros vehículos.
55 Métodos de envase y embalajeNormas Recientemente Actualizadas NOM-002-SCT/2011 Listado de las substancias y materiales peligrosos más usualmente transportados. Estatus. Se publicó como definitiva en el DOF el 27 de enero de 2012 y entrará en vigor el 29 de marzo de 2012. Se incluye información relativa a los métodos de envase y embalaje de las columnas 8 y11. Se clasifican 18 nuevas substancias relativas a substancias tóxicas agregadas a la 16ava edición de la ONU. Se incorporan 116 nuevas entradas en las cuales algunas substancias fueron objeto de reclasificación por parte de la ONU. Métodos de envase y embalaje
56 Normas Recientemente ActualizadasNOM-006-SCT2/2011 Aspectos básicos para la revisión ocular diaria de la unidad destinada al autotransporte de materiales y residuos peligrosos. Publicada como definitiva en el DOF el 22 de agosto de 2011. Entró en vigor el 20 de octubre de 2011. Se reestructuró por temas: Se libera el diseño del formato de la bitácora de inspección ocular diaria. Identificación de la empresa. Datos de la unidad y del conductor. Se precisan los componentes de la unidad que deben revisarse. Establece la información básica y las especificaciones para la revisión ocular diaria de la unidad destinada al autotransporte de substancias, materiales o residuos peligrosos por parte de los auto transportistas para asegurarse que éstas se encuentran en buenas condiciones mecánicas y de operación. NOM-006-SCT2/2011 DOF
57 Normas Recientemente ActualizadasNOM-011-SCT2/2012 Condiciones para el Transporte de Substancias y Materiales Peligrosos envasadas y embaladas en Cantidades Limitadas. La NOM definitiva se publicó en el DOF el 5 de julio de 2012 y entrará en vigor el 3 de septiembre del mismo año. El uso de una etiqueta para indicar que se transportan cantidades limitadas. Se aclara la utilización del Documento de Embarque de las Substancias y Materiales Peligrosos, en la transportación de cantidades limitadas de productos peligrosos. Se elimina el término residuos, ya que éstos por sus características deben transportarse cumpliendo todas las disposiciones normativas El cumplimiento de la marca de cantidades limitadas, entrará en vigor el 1º de enero NOM-002-SCT/2011 Columna 7a y 7b CANTIDADES LIMITADAS NOM-011-SCT2/2012 DOF 57
58 Normas Recientemente ActualizadasNOM-023-SCT2/2011 Información técnica que debe contener la placa que portarán los autotanques, recipientes metálicos intermedios para granel (RIG) y envases de capacidad mayor a 450 litros que transportan materiales y residuos peligrosos Establece qué tipo de información deben contener las placas de identificación que portarán las unidades, contenedores cisterna y recipientes intermedios para granel, destinados al transporte terrestre de las substancias, materiales y residuos peligrosos que transiten por las Vías Generales de Comunicación Terrestre. Publicada como definitiva en el DOF el 14 de septiembre de 2011. Entró en vigor el 12 de noviembre de 2011. NOM-023-SCT2/2011 DOF
59 Normas Recientemente ActualizadasNOM-029-SCT2/2011 Especificaciones para la construcción y reconstrucción de recipientes intermedios para graneles (RIGs) destinados al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos. Estatus. Se publicó en el DOF como definitiva el 17 de enero de 2012 y entró en vigor el 17 de marzo de 2012. Se incluyó el símbolo para RIGs apilables y no apilables. En caso de RIGs compuestos el recipiente interior de plástico llevará en su marcado el tipo de RIG, grupo de envase correspondiente y el mes y año de fabricación. Se precisa la documentación que deben presentar las personas morales interesadas en obtener aprobación como Laboratorio de Ensayo (Prueba) para llevar a cabo la evaluación de la conformidad de esta NOM. …kg máx RIGS NO APILABLES RIGS APILABLES 59 NOM-029-SCT2/2011 DOF
60 Normas Recientemente ActualizadasNOM-051-SCT2/2011 Especificaciones para la clasificación de las substancias infecciosas y especificaciones especiales y adicionales para la construcción y ensayo (prueba) de los envases y embalajes que transporten substancias infecciosas de la división 6.2 categoría “A”. Estatus. El 8 de diciembre de 2011 se publicó en el DOF, misma que entró en vigor el 6 de febrero de 2012. Se incorporaron aspectos de clasificación y de categorización de los agentes infecciosos de la clase 6.2 “A” de acuerdo con la 16ª edición del Reglamentación Modelo de la ONU. 60 NOM-051-SCT2/2011 DOF
61 Norma en Revisión y ActualizaciónSe integró un grupo de trabajo para revisar, analizar y en su caso, elaborar y/o modificar la NOM-019-SCT2/2004. Durante el período que se informa se han llevado a cabo 2 reuniones de trabajo, el 29 de marzo y el 13 de junio de 2012, con la participación de: Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental (SEMARNAT) Dirección General de Inspección de Fuentes de Contaminación (PROFEPA) Nacional de Prevención de Desastres (CENAPRED) Cámara Nacional de Autotransporte de Carga (CANACAR) Asociación Nacional de la Industria Química (ANIQ) Nacional de Carrocerías, S. A. de C. V. (NACASA) Grupo KUO, S. A .B. de C .V. Kansas City Southern de México, S.A. de C.V. Departamento de Ingeniería Sanitaria y Ambiental División de Ingenierías Civil y Geomántica Facultad de Ingeniería, UNAM. Grupo Transportes INTERMEX. S.A. de C.V. (INTERMEX) TUV Rheinland Autotransportes Parada Hermanos. Lavado Ecológico de Autotanques, S..A de C.V., (LEASA) UTLX Carrostanques Servicios, S.A. de C.V.