1 Metodología Tarifaria Acueducto y AlcantarilladoMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico –CRA- Metodología Tarifaria Acueducto y Alcantarillado Julio de 2004
2 Etapas: Presentación de propuesta regulatoria a los agentesCumplimiento de la Sentencia C-150 de 2003 respecto a participación ciudadana Discusión e incorporación de las propuestas recibidas Aprobación en Comité de Expertos de la propuesta regulatoria Información al Alto Gobierno y retroalimentación Decisión de Comisión
3 Alcances: La metodología de la CRA define un marco regulatorio para todas las empresas de acueducto y alcantarillado del país. Esta metodología busca, entre otros, impedir el traslado de ineficiencias a los usuarios y proteger la suficiencia financiera de las empresas Sin embargo, la fijación de las tarifas es responsabilidad de las autoridades tarifarias locales
4 Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMTSe mantiene una estructura con costos medios... Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMT Regulación Tarifaria
5 Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMTSe mantiene una estructura con costos medios... Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMT Costos Medios de Admon. (Corresponde al cargo fijo) Regulación Tarifaria
6 Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMTSe mantiene una estructura con costos medios... Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMT Costos Medios de Operación Regulación Tarifaria Regulación Tarifaria
7 Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMTSe mantiene una estructura con costos medios... Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMT Costos Medios de Inversión Regulación Tarifaria Regulación Tarifaria Regulación Tarifaria
8 Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMTSe mantiene una estructura con costos medios... Tarifa = CMA + CMO + CMI + CMT Costos Medios de Tasas Ambientales Regulación Tarifaria Regulación Tarifaria Regulación Tarifaria Regulación Tarifaria
9 REGIMEN TARIFARIO Regulación TarifariaDebe estar orientado por los siguientes criterios: Eficiencia económica Neutralidad 3. Solidaridad y redistribución de ingresos (Sentencia C-252/97) Suficiencia financiera Simplicidad Transparencia Integralidad de la tarifa Regulación Tarifaria
10 CMA Cargo Fijo Regulación Tarifaria
11 Costos Medios de Admon. Se establece una metodología por comparación entre empresas para hallar su eficiencia... Regulación Tarifaria
12 CTA Regulación TarifariaCostos Medios de Admon. (Hoy corresponde al cargo fijo) Se restan algunas cuentas del PUC. Artículo 7 Res 287 – 04 CTA CTAc Costos Totales Adtvos. Regulación Tarifaria
13 CUENTAS QUE SE INCLUYEN PARA EL CALCULO DEL CALas cuentas de la 51( gastos de admón.), excluyendo: Todas las cuentas relacionadas con los gastos pensiónales ( ). Sostenimiento de semovientes 5120 Impuestos contribuciones y tasas.
14 CUENTAS QUE SE INCLUYEN PARA EL CALCULO DEL CADe la 53- provisiones, depreciaciones y amortizaciones solo se incluyen. Depreciaciones de propiedad, planta y equipo. Amortización de prop. planta y equipo, excluyendo la semovientes. 5344- Amortización de bienes entregados a terceros. Amortización licencias Amortización software Amortizacion servidumbres. También se incluyen las cuentas operativas que incluya costos de la gestión comercial, tales como Toma de lecturas, Entrega de facturas
15 Costos Medios de Admon. (Hoy corresponde al cargo fijo)CTAc CTAc Se establecen grupos de empresas a comparar y unos criterios de comparación para todas CTAc CTAc De esta forma a algunas empresas se les reconoce sólo una porción de los gastos adtivos y a otras todos sus gastos adtivos CTAc CTAc Regulación Tarifaria
16 Costos Medios de Admon. (Corresponde al cargo fijo)La comparación se hace con base en costos del PUC Los impuestos pasan directamente a la tarifa El resultado de la comparación es un techo, las empresas pueden cobrar menos Entre y Mas de Ámbito de aplicación: Regulación Tarifaria
17 Formula tarifaria Acueducto: Alcantarillado: Regulación Tarifaria
18 CTAe:. Costo total eficiente de administración de acueducto yCTAe: Costo total eficiente de administración de acueducto y alcantarillado que corresponde a: De donde: ICTA = Valor mensualizado de impuestos (sin incluir tasas) Regulado en el Artículo 9 Resolución CTA DEA: Constituye un precio techo y esta dado por: Regulación Tarifaria
19 CTADEA Regulación TarifariaCA: Costo promedio mensual administrativo de acueducto y alcantarillado al que se aplica DEA (sin impuestos) E: Porción de costos administrativos reconocidos considerando el puntaje de eficiencia y márgenes adicionales: PDEA: Puntaje de eficiencia comparativo resultante de la aplicación del modelo DEA, el cual se estimará para dos grupos de prestadores de acuerdo con el número de suscriptores: Regulación Tarifaria
20 Modelo DEA para CMA: Regulación Tarifaria Producto: 1/CTA Insumos:· 1/número de suscriptores de acueducto · 1/número de suscriptores de alcantarillado · 1/número de suscriptores de estratos 1 y 2 · 1/número de suscriptores micromedidos · Número de quejas y reclamos en facturación resueltos a favor del usuario. · Densidad · Número de suscriptores industriales y comerciales Regulación Tarifaria
21 Regulación Tarifaria Determinación del CMA para prestadoresque no presenten información: (Menor CMA de la muestra + ICTA) * 0.9 Determinación del CMA para personas que presten los servicios de ac. y alc. por separado: Se simulará una empresa prestadora de los dos servicios: Sumando costos totales administrativos Incluyendo los productos de cada una de ellas Asignado el porcentaje de ac. y alc. de la muestra Regulación Tarifaria
22 Costos Medios de Admon. (Hoy corresponde al cargo fijo)Anterior Actual Incluye porción corriente del pasivo pensionaI Excluye regulatoriamente la porción corriente del pasivo pensional. No existen límites para las prestaciones asociadas a los costos laborales No se establece un límite para este factor, pero sí criterios de eficiencia generales sobre el CMA Basado en costos reportados por las empresas a la CRA y la SSPD de 1996 Basado en los costos registrados en el PUC del 2002 y 2003 Los costos reportados por el prestador se llevaron directamente a la tarifa Parte de los costos se ajustan por parámetros de eficiencia comparativa calculada por la CRA y parte se llevan directamente a la tarifa (pass through) Costo medio de referencia Precio tope (el prestador puede aplicar un cargo fijo menor) Regulación Tarifaria
23 CMO Regulación Tarifaria
24 CMO Costos Medios de Operación Regulación Tarifaria CMO no comparadoCMO comparado Energía eléctrica y Químicos Costos muy particulares de cada empresa Los demás costos operativos Se comparan de la misma forma que en el CMA Estos también incluyen medidas de eficiencia Regulación Tarifaria
25 CMO definido por dos componentes: Uno particular y uno ComparadoFórmula tarifaria CMO definido por dos componentes: Uno particular y uno Comparado Acueducto: Alcantarillado: Regulación Tarifaria
26 Regulación Tarifaria CMO Particular Acueducto:CMO Particular Alcantarillado: Regulación Tarifaria
27 Regulación Tarifaria Apac: Agua producida en el sistema de acueductoAval: Sumatoria de vertimentos facturados por el prestador AFac: Agua facturada en el sistema de acueducto p*: Nivel máximo aceptable de pérdidas, definido por la CRA CE : Costo total de la energía para el servicio respectivo ac – al, definido en el Artículo 15. CIQ: Costo de insumos químicos Regulación Tarifaria
28 Regulación Tarifaria CTRal: Costo de tratamiento de aguas residualesEste costo podrá ser incluido en el estudio tarifario discriminando los siguientes elementos: - Costos de energía - Costos de insumos químicos - Costos de servicios personales - Otros costos de operación y mantenimiento ITO: Impuestos y tasas operativas para el servicio respectivo. Regulado en el Artículo 17 Resolución Regulación Tarifaria
29 Regulación Tarifaria IANC: Índice de agua no contabilizada0.57: Factor de ajuste por excedente de pérdidas comerciales del operador Regulatoriamente se prevé el cálculo del CMO para prestadores con contratos de suministro de agua en bloque Regulación Tarifaria
30 Regulación Tarifaria CMO ComparadoAl igual que en el CMA se establece un techo para el CMO de acuerdo con las siguientes fómulas tarifarias: Acueducto: Alcantarillado: Regulación Tarifaria
31 CO: Costos operativos descritos en el Artículo 19CTODEA: Costos de operación de acueduto y alcantarillado resultantes de la aplicación del modelo DEA: En donde: CO: Costos operativos descritos en el Artículo 19 PDEA: Puntaje de eficiencia comparativa máximo resultante de la aplicación del modelo DEA Regulación Tarifaria
32 COSTOS OPERACIONALES COMPARABLESIncluyen las siguientes cuentas de costos: 7505- Servicios personales 7510- Generales 7515-Depreciaciones 7517- Arrendamientos 7537- Consumos de insumos directos 7540- Ordenes y contratos de mantenimiento 7545- Servicios públicos 7550- Otros costos de operación de mantenimiento. 7560-Seguros 7570- Ordenes y contratos por otros servicios.
33 SUB-CUENTAS EXCLUIDASDe las anteriores cuentas se excluyen las siguientes subcuentas: Costos pensiónales ( – y , ). Depreciaciones de edificaciones Depreciaciones de plantas, ductos y túneles. Depreciaciones de redes, líneas y cables. Productos químicos Gas combustible Carbón mineral Energia ACPM, fuel oil Toma de lecturas Entrega de facturas.
34 CUENTAS COSTOS EXCLUIDASNo se incluyen las siguientes cuentas: 7520- Amortizaciones 7525- Agotamiento 7530- Costo de bienes y servicios públicos para la venta. 7535- Licencias, contribuciones y regalías. 7542- Honorarios 7555- Costo de perdidas en servicios de prestación del servic. 7565- Impuestos y tasas
35 Modelo DEA para CMO: Regulación Tarifaria Producto: 1/CTO Insumos:1/ m3 producidos de acueducto 1/ m3 vertidos a la red de alcantarillado 1/ de m3 bombeados de acueducto y alcantarillado 1/ plantas efectivos 1/ Red total Indicador de calidad del agua cruda Regulación Tarifaria
36 Regulación Tarifaria Regulación TarifariaDeterminación del CMO para prestadores que no presenten información: (Menor CMO de la muestra + ICTA) * 0.9 Determinación del CMO para personas que presten los servicios de ac. y alc. por separado: Se simulará una empresa prestadora de los dos servicios: Sumando costos totales operativos Incluyendo los productos de cada una de ellas Asignado el porcentaje de ac. y alc. de la muestra Regulación Tarifaria Regulación Tarifaria
37 Costos Medios de OperaciónAnterior Actual No existen límites para las prestaciones asociadas a los costos laborales No se establece un límite para el factor prestacional, pero sí criterios de eficiencia generales sobre el CMO Basado en costos reportados por las empresas a la CRA y la SSPD Basado en los costos registrados en el PUC Los costos reportados por el prestador se llevan directamente a la tarifa Parte de los costos se ajustan por parámetros de eficiencia comparativa y otra parte se lleva directamente a la tarifa con criterios de eficiencia (químicos, energía consumida en bombeos e impuestos y tasas operativas). Costo medio de referencia Precio tope (el prestador puede aplicar un cargo fijo menor) Regulación Tarifaria
38 CMI Regulación Tarifaria
39 CMI VPIRER VA VPD CMIT Costos Medios de Inversión Regulación TarifariaValor presente de las inversiones en Reposición, Rehabilitación y Expansión VPIRER CMI Valor de los Activos VA Costos Medios de Inversión VPD Valor Presente de la Demanda Costo Medio de Inv. en Terrenos CMIT Regulación Tarifaria
40 VPIRER VA $ 10 años Un plan de inversiones se trae a valor presente...Valor en libros o con el efecto de la depreciación financiera Regulación Tarifaria
41 Regulación Tarifaria Fórmula tarifaria Donde:VPIRER: Valor presente de inversiones en expansión, reposición y rehabilitación del sistema de acuerdo con la actividad Únicamente se incluyen las inversiones planeadas para los activos regulados en el Artículo 27 Resolución 287 – 2004 (otros activos se pueden incluir previa justificación) Regulación Tarifaria
42 Regulación Tarifaria VPIRERPrestadores con mas de usuarios: corresponde al valor presente de todas las inversiones en reposición, expansión y rehabilitación en un horizonte de 10 años Para prestadores que atienden entre y usuarios: lo pueden calcular de la forma antes descrita o de la siguiente manera: a. Definir un componente de inversión en expansión con un horizonte de planeación entre 5 y 10 años b. Definir un componente de reposición y rehabilitación, tomando el VRA vigente, dividiendo por 40 años y calculando el valor presente de los primeros 10 años. Regulación Tarifaria
43 El valor presente de la demanda esta dado por:VPD El valor presente de la demanda esta dado por: Donde: VPFz: Valor presente del consumo facturado en el año z de proyección de demanda Regulación Tarifaria
44 El horizonte de proyección de la demanda es escogido por la persona prestadora en fución de la vida útil promedio de sus activos: Ai: Valor Histórico del activo i Ui:Vida útil teórica del activo i, la cual se encuentra regulada VTAsistema: Valor histórico del sistema existente Regulación Tarifaria
45 El costo medio de inversión en terrenos esta dado por:CMIT El costo medio de inversión en terrenos esta dado por: El valor de los terrenos (T) requeridos para la prestaciòn del servicio corresponde al valor de adquisiciòn del activo, ajustado por las variaciones en IPC sin incluir valorizaciòn r: Tasa de descuento n: Año de proyecciòn de la demanda (año base hasta HVPD) Regulación Tarifaria
46 Regulación Tarifaria VAEl valor de los activos (VA) se podrá determinar por medio del valor en libros o através de la depreciación financiera * EL valor en libros corresponde a la valoración histórica afectada por la depreciación, la inflación y las valorizaciones en el momento del cálculo * La depreciación financiera corresponde al efecto de las capitalizaciones por inversión considerando la tasa de descuento aplicada en la metodología anterior Regulación Tarifaria
47 CMI para prestadores con menos de 8.000 suscriptores* Podrán aplicar la metodología antes descrita o emplear la tabla indicada en el Artículo 33 Resolución 287 – 2004 * Para el servicio de alcantarillado, el CMI podrá corresponder al 40% del valor obtenido en la tabla del Artículo 33 Regulación Tarifaria
48 Costos Medios de InversiónAnterior Actual Recuperación de la inversión en un horizonte de largo plazo (mínimo 30 años) Recuperación de la inversión a lo largo de la vida útil de cada sistema de acuerdo con rangos establecidos por la CRA y el valor de los activos No se define un listado de activos a incluir dentro del CMI Se establece un listado de activos a incluir en el CMI. si el prestador requiere incluir un activo por fuera del listado, deberá justificarlo ante la CRA El plan de inversiones debe estar soportado por un estudio de factibilidad El plan de inversiones debe estar soportado además, por un análisis de costo mínimo y un análisis de cuello de botella, como una señal de eficiencia a las inversiones El plan de inversiones considera únicamente las expansiones El plan de inversiones considera las expansiones, rehabilitaciones y reposiciones necesarias para la prestación del servicio Regulación Tarifaria
49 Regulación para operadores con menos de2.500 suscriptores: Adicionalmente podrán utilizar la metodología para las otras personas usando un PDEA igual a 1 CMA: CMO: Regulación Tarifaria
50 CMT Costos Medios de Tasas Ambientales Regulación Tarifaria
51 COSTOS MEDIOS DE TASAS AMBIENTALESSe considera como un componente adicional en la tarifa a partir de los lineamientos del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrllo Territorial Regulación Tarifaria
52 NORMATIVIDAD Decreto 2811 de Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de protección al medio ambiente. Art La utilización del agua con fines lucrativos por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dará lugar la cobro de tasas. La utilización del agua con fines lucrativos por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dará lugar la cobro de tasas. fijadas por el gobierno Nacional que se destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos naturales.
53 NORMATIVIDAD Ley 9 de 1979. Dicta medidas sanitariasTítulo II Suministro de agua. Art. 69 Toda agua para consumo humano debe ser potable cualquiera que sea su procedencia.
54 NORMATIVIDAD Ley 99 de Se reordena el sector público encargado de la gestión del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el SINA. Art. 42. Tasa retributivas y compensatorias. Art. 43 Tasa por utilización del aguas. ARTICULO 42. Tasas Retributivas y Compensatorias. La utilización directa o indirecta de la atmósfera, del agua y del suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agrícolas, mineros o industriales, aguas negras o servidas de cualquier origen, humos, vapores y sustancias nocivas que sean resultado de actividades antrópicas o propiciadas por el hombre, o actividades económicas o de servicio, sean o no lucrativas, se sujetará al pago de tasas retributivas por las consecuencias nocivas de las actividades expresadas. También podrán fijarse tasas para compensar los gastos de mantenimiento de la renovabilidad de los recursos naturales renovables. Queda así subrogado el artículo 18 del Decreto número 2811 de 1974. PARAGRAFO. Las tasas retributivas y compensatorias solamente se aplicarán a la contaminación causada dentro de los límites que permite la ley, sin perjuicio de las sanciones aplicables a actividades que excedan dichos límites. ARTICULO 43. Tasas por Utilización de Aguas. La utilización de aguas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dará lugar al cobro de tasas fijadas por el Gobierno Nacional que se destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos, para los fines establecidos por el artículo 159 del Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, Decreto 2811 de El Gobierno Nacional calculará y establecerá las tasas a que haya lugar por el uso de las aguas. PARAGRAFO. Todo proyecto que involucre en su ejecución el uso del agua, tomada directamente de fuentes naturales, bien sea para consumo humano, recreación, riego o cualquier otra actividad industrial o agropecuaria, deberá destinar no menos de un 1% del total de la inversión para la recuperación, preservación y vigilancia de la cuenca hidrográfica que alimenta la respectiva fuente hídrica. El propietario del proyecto deberá invertir este 1% en las obras y acciones de recuperación, preservación y conservación de la cuenca que se determinen en la licencia ambiental del proyecto.
55 NORMATIVIDAD Decreto 3100 de por el cual se reglamentan las tasas retributivas por la utilización directa del agua como receptor de los vertimientos puntuales. (deroga el Decreto 901 de 1997) Art 5. Tarifa mínima. El MAVDT establecerá anualmente, mediante resolución, el valor de la tarifa mínima de la tasa retributiva para los parámetros sobre los cuales se cobrará dicha tasa. Art 5. Tarifa mínima. El MAVDT establecerá anualmente, mediante resolución, el valor de la tarifa mínima de la tasa retributiva para los parámetros sobre los cuales se cobrará dicha tasa, basados en los costos directos de remoción de las sustancias nocivas presentes en los vertimientos de agua, los cuales forman parte de los costos de recuperación del recurso afectado. Paragrafo. Las tarifas mínimas establecidas en la Resolución 372 de 1998 continuaran vigentes hasta tanto el MAVDT la modifique o sstituya.
56 NORMATIVIDAD Art. 18 Sujeto pasivo. Están obligados al pago de la tasa retributiva todos los usuarios que realicen vertimientos puntuales y generen consecuencia nociva, de acuerdo a lo establecido en el decreto 3100 de 2003. Cuando el usuario vierte a una red de alcantarillado, la autoridad Ambiental competente cobrará la tasa únicamente a la entidad que presta dicho servicio, sin perjuicio de lo consagrado en el artículo 113 del decreto 1594 de 1984.
57 NORMATIVIDAD Decreto 155 del 22 de enero de Por el cual se reglamenta el artículo 43 de la ley 99 de 1993 sobre tasas por utilización de aguas. Art4. Sujeto pasivo Art 6. Base gravable Art. 7. Fijación de la tarifa TUA = TM x FR Art. 8. Tarifa mínima (TM) Art. 9 Factor regional (FR)
58 NORMATIVIDAD Resolución MAVDT 240 de Por la cual se establecen las bases para el cálculo de la depreciación y se establece la tarifa mínima de la tasa por utilización de aguas. Art. 1. Bases para el cálculo de la depreciación para la determinación de la tarifa mínima de la tasa por uso. Art. 2. Tarifa mínima Art. 4. Valor de la Tarifa mínima. 0.5 $/m3. Art. 5 La tarifa mínima se ajustará anualmente con el IPC
59 Costo Medio Generado por Tasas Ambientales (CMT)Acueducto. Tasa por uso del agua. Alcantarillado. Tasa retributiva.
60 TASA POR USO DEL AGUA AcueductoCMTac = TU/(1 – p*) TU : Tasa por uso ($/m3) P* : Nivel máximo de pérdidas establecido por la CRA
61 TASA RETRIBUTIVA AlcantarilladoA. Sin caracterización de vertimientos CMTalsc = MPsc / AVsc CMTalsc : Costo medio de la tasa retributiva para suscriptores sin caracterización. MPsc : Art 16 Decreto 3100/03 Monto a cobrar por tasa retributiva MPsc = ΣCi xTmi x Fri AVsc: Sumatoria de volúmenes vertidos, facturados por el prestador, asociados al consumo de acueducto y fuentes alternas de suscriptores sin caracterización.
62 TASA RETRIBUTIVA AlcantarilladoMPsc = ΣCi xTmi x Fri Ci : Carga contaminante de la sustancia i estimada para los usuarios sin caracterización Tmi : Tarifa mínima del parámetro i al momento de la presentación del estudio. Fri : Factor regional del parámetro i (i = 1)
63 TASA RETRIBUTIVA AlcantarilladoB. Con caracterización de vertimientos CMTalcj = MPcj / AVcj CMTalcj : Costo medio de la tasa retributiva para suscriptores con caracterización. MPsc : Art 16 Decreto 3100/03 Monto a cobrar por tasa retributiva MPcj = ΣCij xTmi x Fri AVcj: Sumatoria de volúmenes vertidos, facturados por el prestador, para el suscriptor j con caracterización.