1 MÉTODOS Y TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN JURÍDICA TEMA 1: LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA.
2 Definición de Investigación Jurídica Es la actividad intelectual que pretende descubrir las soluciones jurídicas adecuadas para los problemas que plantea la vida social de nuestra época, cada vez más dinámica y cambiante, lo que implica también la necesidad de profundizar en el análisis de dichos problemas, con el objeto de adecuar el ordenamiento jurídico a dichas transformaciones sociales, aun cuando formalmente parezca anticuado. Este estudio nos permitirá encontrar soluciones a los cambiantes problemas del momento histórico y del ordenamiento jurídico en el cual nos ha tocado vivir., tomando siempre en cuenta la realidad social en la cual nos encontramos inmersos, de acuerdo con el planteamiento reciente.
3 ….Definición de Investigación Jurídica Por investigación jurídica debemos entender el conjunto de actividades tendientes a la identificación, individualización, clasificación y registro de las fuentes de conocimiento de lo jurídico en sus aspectos sistemático y filosófico. La investigación jurídica persigue identificar y caracterizar al objeto de conocimiento denominado derecho, y que en general los conocimientos jurídicos generalizados y válidos constituyen el destino de la ciencia del derecho.
4 Fuentes de la Investigación Jurídica Ley: representa la fuente jurídica formal por excelencia, y suele ser tomada como fuente única y exclusiva de la investigación jurídica. Jurisprudencia: es una fuente importante pues representa el criterio constante de los órganos jurisdiccionales (en nuestras facultades suele pensarse que es el criterio aislado, y a veces único, que emana de ciertas decisiones). Doctrina: es una fuente de consulta inevitable, debido a que comprende la opinión de personas calificadas que siempre, de una manera u otra, influyen sobre el estado actual o futuro del Derecho. Realidad social: es esta, tal vez, la fuente más importante, no obstante ser la más compleja, ya que su análisis implica un alto grado de abstracción presente, o sea, requiere que el investigador tenga una alta capacidad para separar y unir hechos, ya que lo que se analiza es el presente y los hechos que pueden dar lugar a futuros sistemas jurídicos o instituciones jurídicas.
5 El objeto de las ciencias del derecho en cuanto a elemento de conocimiento consiste en: La descripción de las normas jurídicas. El carácter verdadero o falso de los enunciados jurídicos. Los enunciados jurídicos regularmente son juicios hipotéticos que debidamente demostrados constituyen conocimiento sobre el derecho en cuanto a su carácter de verdad relativamente generalizada.
6 COMPARATIVO ENTRE EL OBJETO DEL DERECHO Y EL OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN JURÍDICA Objeto del derecho a) La norma jurídica prescribe una conducta determinada, lo cual constituye un supuesto que debe cumplirse. b) De conformidad con el extremo de la conducta, el supuesto es válido o inválido en razón de la manera en la que se producen los efectos de dicha conducta. c) Las normas jurídicas son establecidas por autoridad legítima y competente, dentro de una organización social y política, para establecerlas en un estado de derecho. d) El objeto de las normas lo constituyen mandatos y órdenes cuyo incumplimiento produce efectos específicos o sanciones. El objeto de la investigación jurídica, está constituido por: Las normas jurídicas Los contenidos de las normas Los valores que persigue la norma Las normas en el tiempo Las normas en el espacio El método científico de la investigación jurídica El ámbito de la investigación jurídica
7 Lenguaje Jurídico El lenguaje es un atributo humano, un instrumento en virtud del cual se expresan ideas. Se pueden utilizar palabras habladas y en consecuencia el lenguaje será oral; palabras escritas y el lenguaje será escrito o de naturaleza oral, o bien un conjunto de señales o movimientos del cuerpo y en consecuencia el lenguaje será mímico. El lenguaje como capacidad de comunicación de que gozan los individuos tiene dos partes, a saber; la lengua y el habla.
8 El lenguaje técnico Expresa el conjunto de ideas, reglas o prácticas que sirven para hacer bien las cosas y alude a instrumentos o acciones. Por ejemplo, la técnica de la destilación utiliza el término “alambique”, que es un vocablo que está significando a un instrumento específico que permite la realización de un fenómeno químico que es la destilación en virtud del cual, varios elementos líquidos de un compuesto se descomponen en sus integrantes.
9 El lenguaje jurídico Forma parte del lenguaje común de todas las personas, puesto que refleja situaciones o acciones que por necesidad expresan hechos o actos jurídicos: Arrendamiento Matrimonio Pensión alimenticia Delito Impuesto Sin embargo, hay otros vocablos tales como menor de edad; organismo; servidor público; padre; esposo; hijo que reflejan circunstancias en virtud de las cuales también se producen efectos de orden jurídico.
10 El lenguaje jurídico Por lo tanto, el lenguaje jurídico está reflejado de manera permanente en una realidad, pero también es una manera de plasmar la realidad misma. El objeto del lenguaje jurídico es el derecho, entendido éste como el conjunto de mandatos que han existido en todas las sociedades y cuyo objetivo es ordenar el agrupamiento social definiendo intereses, fines y objetivos diversos.
11 Los términos y conceptos jurídicos Los conceptos jurídicos son categorías, con las cuales es posible entender un orden jurídico o un sistema de derecho. A los conceptos jurídicos se les denomina también categorías jurídicas, porque constituyen elementos esenciales o fundamentales sin los cuales no existe un sistema jurídico. Como ejemplo de conceptos jurídicos se podrían citar: acto; hecho; deber; sanción; persona; apropiación; personalidad; supuesto; derechos objetivo y subjetivo, y acción.
12 Los términos y conceptos jurídicos Por términos jurídicos se deben entender aquel conjunto de vocablos que correspondiendo de manera original al lenguaje común, el desarrollo científico o formal del derecho les otorga una connotación o significado específico en torno a un fenómeno estrictamente jurídico o del campo de las disciplinas del derecho. Por ejemplo, la palabra “acción”, en el lenguaje común y corriente significa la transitividad de lo realizado por un individuo sobre el entorno u otro individuo. Mientras que el término “acción”, jurídicamente hablando, es el derecho de acudir ante los tribunales para ejercer un derecho o potestad objetiva, y significa también, la vía a través de la cual se pretende afirmar o reconocer un derecho propio o exigir el cumplimiento de una determinada obligación.
13 La terminología jurídica Es una especie del género terminología técnica, e implica la acumulación de significados específicos que partiendo de un lenguaje común, expresan un concepto o una categoría lingüística que manifiesta una idea sobre un objeto jurídico. Por ejemplo, el término “prescripción”, que implica una orden o un requerimiento, tiene un arranque histórico especialmente en derecho romano, que se significaba por la determinación de la adquisición de un derecho por el transcurso del tiempo, y que los diferentes sistemas de derecho de tipo continental o romanístico han empleado de manera continua dándole un significado inequívoco.
14 Modelos de la investigación jurídica La norma (aspecto normativo del Derecho), de la investigación jurídica Los hechos (aspecto fáctico del Derecho) La valoración (aspecto axiológico del Derecho).
15 Modelos de Investigación Jurídica… HISTÓRICO-JURÍDICO: se refiere al seguimiento histórico de una institución jurídica (la familia, el contrato las patentes, la bioseguridad, el estado). JURÍDICO-COMPARATIVO: trata de establecer las semejanzas y/o diferencias entre instituciones jurídicas o sistemas jurídicos (semejanzas entre el derecho penal alemán y el derecho penal venezolano). Este modelo busca las similitudes y diferencias en normas jurídicas o instituciones formales entre dos sistemas jurídicos
16 Modelos de Investigación Jurídica… JURÍDICO-DESCRIPTIVO: consiste en aplicar "de manera pura" el método analítico a un tema jurídico, es decir, consiste en descomponerlo en tantas partes como sea posible. Esto implica que el tema debe ser, salvo que se persiga otro fin, muy bien delimitado (análisis de los requisitos para contraer matrimonio). Utilizando el método de análisis es posible descomponer un problema jurídico en sus diversos aspectos, estableciendo relaciones y niveles que ofrecen una imagen de funcionamiento de una norma o institución jurídica.
17 Modelos de Investigación Jurídica… JURÍDICO-EXPLORATORIO: se trata de abrir el camino para la realización de posteriores investigaciones (aspectos generales del derecho de autor). Se trata de dar pasos preliminares frente a un problema jurídico, resaltando sus principales facetas, pero sin penetrar en las raíces explicatorias del asunto. Son tesis que abren el camino para investigaciones más profundas
18 Modelos de investigación jurídica… JURÍDICO-PROYECTIVO: consiste realizar una especie de predicción sobre el futuro de algún aspecto jurídico (sostener que el Derecho Penal en un tiempo no lejano pasará a ser competencia de entes supranacionales). Este tipo de tesis hace en cierta forma una suerte de futurología de funcionamiento de una institución jurídica, partiendo de premisas actualmente vigentes. JURÍDICO-PROPOSITIVO: se caracteriza porque evalúa fallas de los sistemas o normas, a fin de proponer o aportar posibles soluciones.
19 Etapas de la investigación jurídica Primera etapa: Planeación y planteamiento del problema. Segunda etapa: Recopilación de información. Tercera etapa: Procesamiento de la información. Cuarta etapa: Interpretación de la información. Quinta etapa: Comunicación de resultados. A) La reseña crítica B) El informe científico C) La monografía Tesis de licenciatura Tesis de grado El artículo El ensayo
20 IV. PLAN DE LA COMUNICACIÓN DE RESULTADOS La base de la comunicación de resultados de una investigación de carácter monográfico en el ámbito jurídico, de tal manera que se sugiere que la estructura del plan para hacerlo contenga los siguientes elementos:
21 A. Introducción En esta parte del plan se realiza la exposición de la estructura científica, técnica y metodológica de la investigación realizada. B. Cuerpo del trabajo o desarrollo de la investigación En esta parte del plan se comprende propiamente el desarrollo de cada uno de los elementos que están incorporados en la introducción integrados organizadamente por la vía de su distribución en nomencladores, que permitan separar las diferentes partes de los procesos de investigación realizados.
22 C. Conclusiones Esta tercera parte de la estructura del plan de exposición deberá contener especialmente: 1) Los resultados de la prueba; 2) Las ideas esenciales obtenidas; 3) Los productos de la prueba de la hipótesis, o sea las soluciones logradas; 4) El señalamiento de los nuevos problemas fundamentales o secundarios que se susciten; 5) Los proyectos de reestructuración normativa, y 6) Las sugerencias o proyectos de establecimiento de normas en el ámbito legislativo o administrativo. El lenguaje utilizado para las conclusiones debe ser preciso, conciso y claro. No se permiten argumentaciones, sino que las conclusiones deberán ser expresadas en oraciones breves y concretas, ya sean afirmativas o negativas.
23 D. Aparato crítico Está compuesto fundamentalmente por los índices, las notas de pie de páginas, los índices o tablas de fuentes, los anexos documentales y los apéndices.