Modelos de Regulación y Supervisión para Entidades Financieras No Fiscalizadas Ramiro Ortega Landa Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. 6 de octubre 2005.

1 Modelos de Regulación y Supervisión para Entidades Fina...
Author: Gregorio Vidal Santos
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1 Modelos de Regulación y Supervisión para Entidades Financieras No Fiscalizadas Ramiro Ortega Landa Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. 6 de octubre 2005

2 Temario: 1. Objetivo de la Presentación 2. Opciones de Marcos Regulatorios 3. Modelos de Supervisión 4. Evaluación Comparativa: Autorregulación – Supervisión Auxiliar Autorregulación – Supervisión Auxiliar 5. Conclusiones

3 1.Objetivos de la Presentación :  Explorar Diferentes Modelos de Regulación y Supervisión de Entidades Financieras no Fiscalizadas  Realizar Evaluación Comparativa entre Modelos de Supervisión Auxiliar y Autorregulación, y  Analizar la Pertinencia de la Aplicabilidad de estos Modelos

4 2. Opciones de Marcos Regulatorios Cinco Opciones de Regulación: a. Ley Bancaria / Instituciones Financieras b. Ley Especial – IMFs y CACs c. Disposiciones Financieras en Ley General – CACs d. Autorregulación en Estatutos o Convenios e. Ausencia de Regulación o Normatividad

5 a.Ley Bancaria / Instituciones Financieras Fortalezas: Marco normativo único Principios generales para la intermediación financiera Debilidades: Normas inapropiadas para las IMFs y las CACs Cobertura institucional incompleta

6 b. Ley Especial – IMFs y CACs Fortalezas: Soluciona el problema de no- inclusión IMFs y CACs Internaliza especificidades del sector Debilidades: Creación de Legislación Paralela Genera segmentación excesiva de los mercados Es preferible tener un solo marco normativo único para todos los integrantes del mismo mercado

7 c. Disposiciones Financieras en Ley General – CACs Fortalezas: Provee de marco legal mínimo Inicio de un proceso de ordenamiento y modernización Debilidades: Norma general no entra en aspectos específicos de intermediación Normas de Gestión de IMFs y CACs quedan separadas de las pautas de la legislación del sector Solo recomendable en periodos transitorios

8 d. Autorregulación en Estatutos o Convenios Fortalezas Comprende medidas de prudencia financiera para instituciones del propio sector: IMFs y CACs Complementa un marco regulatorio adecuado pero no exhaustivo Debilidades Puede ser insuficiente para consolidar régimen de disciplina financiera Acuerdos pueden reflejar solo “mínimos comunes denominadores” de las instituciones

9 e. Ninguna Regulación Prudencial Escenario de máximo riesgo Discrimina los intereses y derechos de los sectores más vulnerables – ahorristas – del mercado Maximiza las asimetrías de información

10 3.Modelos de Supervisión a. Supervisión Directa b. Supervisión Auxiliar c. Supervisión Delegada d. Supervisión Híbrida e. Autorregulación

11 a. Supervisión Directa Normas de regulación dictadas por el Estado Supervisión a cargo de un ente estatal: Superintendencia o Comisión Nacional u otra especializada * Ente regulador realiza la supervisión in situ (on- site) y extra situ (off-site) con personal propio Ejemplos: Bolivia, Ecuador, Costa Rica, etc *Colombia: Superintendencia de Finanzas Solidarias

12 b. Supervisión Auxiliar Normas de Regulación dictadas por el Estado Supervisión a cargo de una entidad privada independiente del sector o federaciones de CACs En algunos casos, regulador realiza supervisión extra situ (off-site), sanciones e intervenciones y el agente privado supervisión in situ (on-site) Costa Rica, El Salvador, México, Chile

13 Costa Rica (1994/95 - 1998) Leyes de 1994/95 CACs grandes incluidas en la supervisión Supervisor Principal: SUGEF Supervisor Auxiliar: AUDICOOP Propiedad de FEDECREDITO y de la CAJA CENTRAL Concluyó en 1998 Insostenibilidad financiera Supervisor Auxiliar

14 El Salvador Ley de 2000 CACs grandes incluidas en la supervisión Supervisor Principal: Superintendencia del Sistema Financiero SSF Supervisor Auxiliar: FEDECACES, FEDECREDITO

15 México Ley Entidades de Ahorro y Crédito Popular de 2001 Todas las EACPs (que califiquen) incluidas en la supervisión Supervisor principal: CNBV Supervisión Auxiliar: Federaciones - Supervisoras Confederación: Seguro de Depósitos Estatus: Habilitación de una entidades: FINE

16 Chile Acuerdo Ministerio de Economía / FECRECOOP - julio 2002 Todas las CACs (salvo 2 CACs con patrimonio inferior a 400.000 UF que ingresan al sistema de la SBIF) Supervisor principal: Ministerio de Economía Supervisor Auxiliar: FECRECOOP Instrumento de monitoreo: “Alerta Temprana” (FECRECOOP / DGRV )

17 c. Supervisión Delegada Normas de Regulación dictadas por el Estado Supervisión in situ (on-site) y extra situ (off- site), a cargo de un agente privado tanto además de sanciones e intervenciones Ejemplo: Brasil

18 Brasil Norma de 1999 Todas las CACs incluidas en la supervisión Supervisor: Banco Central do Brasil Supervisor Auxiliar: Cooperativas Centrales Cooperativas de Segundo Grado (30) Auditoría, capacitación, fondos de protección de depósitos Estatus: Parcialmente implementado

19 d. Supervisión Híbrida Normas de Regulación dictadas por el Estado Supervisión grupo de importancia económica de IMFs y CACs a cargo de ente estatal Supervisión de grupo de medianas y pequeñas IMFs y CACs cargo de un agente privado, con competencias bien definidas Modelo mixto de supervisión directa y delegada Modelo mixto de supervisión directa y delegada Ejemplos: Perú, Guatemala Ejemplos: Perú, Guatemala

20 4. Evaluación Comparativa: Autorregulación Fortalezas y Debilidades del Modelo

21 Autorregulación en Estatutos o Convenios Fortalezas Puede ser una fase inicial o piloto antes de optar por regulación plena Alternativa para visualizar la legislación bancaria para la IMF o CAC y el legislador - regulador Recomendable a posteriori se promulgue regulación adecuada y se realice plena supervisión basada en la experiencia

22 Autorregulación en Estatutos o Convenios Autorregulación en Estatutos o Convenios Debilidades Puede ser insuficiente para consolidar régimen de disciplina financiera Modelo carece de facultad legal imponer sanciones, salvo las contractuales Adhesión voluntaria puede incrementar fragmentación de un mercado disperso

23 Autorregulación en Estatutos o Convenios Diseño deberá resolver, entre otros: Naturaleza de Institución ejecutora Constitución de fondo de protección a depósitos Caja Central o Fondo de liquidez Definición de Principios y Estatutos Marco para las IMFs o CACs o Convenios Marco Estandardización de sistemas de elaboración y reporte de información, indicadores de monitoreo, etc Sistema de calificación y ranking para autoridades, clientes, socios y público usuario.

24 4. Evaluación Comparativa: Supervisión Auxiliar

25 Un Sistema de Supervisión Auxiliar Requiere: Voluntad política para sancionar un marco jurídico y normativo Superintendencia: - Es responsable final de la supervisión (asimetrías de responsabilidad) - Debe velar por la calidad de la supervisión del supervisor auxiliar. Definiciones de Costos de Supervisión Auxiliar

26 Factores Críticos para Ambos Modelos: Estandarización de los sistemas operacionales de las entidades y control interno estructurado ($$$) Personal capacitado y competente ($$$) Estructura que evite los conflictos de interés Presupuesto de ingresos que asegure la continuidad de la función ($$$$$) Sistemas de seguimiento de tecnologías adecuadas ($$)

27 Autorregulación: Bolivia En 1995 se inicia el proceso de formalización / transformación - (regulación y supervisión por la SBEF) de las ONGs en FFPs (DS 24000) En 1999 el proceso se extiende a las CACs (DS 24439) En 2000 al sistema Mutualista (DS 25903) Mediante regulación – supervisión se produce de facto la separación entre entidades comerciales y aquellas sin fines de lucro Las ONGs financieras con el liderazgo de FINRURAL iniciaron en 1999 un proceso de análisis estratégico de opciones El proceso culmina en 2004 con la suscripción del Acta de Adhesión por 16 ONGs conformando el sistema de autorregulación

28 ELEMENTOS DISITINTIVOS: ELEMENTOS DISITINTIVOS: Alcance: Alcance: SOLO ONGs financieras Adhesión Adhesión : Voluntaria 16 IMFs Normativa Consejo de Normas Normativa : Observancia de Basilea I y otras normas especiales: Consejo de Normas Supervisión: Consejo de Valoración Supervisión: Consejo de Valoración Rating: MicroRate (USA), Planet (FR) Microfinanza (IT) Rating: MicroRate (USA), Planet (FR) Microfinanza (IT) Difusión: Publicación de resultados – transparencia Autorregulación: Bolivia

29 Normativa Normativa : Consejo de Normas: Consejo de Normas: Técnico – Profesional Cinco- miembros ( antes Directorio ASOFIN ) Observancia de Basilea I Observancia de Basilea I y otras normas especiales: Cartera Agropecuaria Cartera Agropecuaria a partir del 2004 en plena observacia Norma sobre Gobernabilidady Regimen de Propiedad en elaboración Norma sobre Gobernabilidad y Regimen de Propiedad ( en elaboración ) Autorregulación: Bolivia

30 Supervisión Supervisión : Consejo de Valoración ( desempeño ) Cinco miembros Independientes (2), Gobierno (1),Cooperación Internacional (1), Finrural (1) Elementos valorativos: Informes de Auditoría Externa: Cumplimiento de normas (Basilea I y del Consejo de Normas) Informes de Auditoría Concurrente Externa (desde Oct 05) Ratings: Parámetros Internacionales Resultados: 2004 12 ONGs socias – 3 en adecuación - Autorregulación: Bolivia

31 Conclusiones: ¿Cuál es momento adecuado para adoptar algún modelo en esta línea? ¿Alguno de los modelos “puros” resuelve en realidad nuestras necesidades? ¿Qué tan estáticos son estos modelos respecto a una realidad tan dinámica? autorregulación supervisión auxiliar o delegada? ¿Un modelo “exitoso” de autorregulación concluye con la supervisión auxiliar o delegada?

32 Gracias....