Modificaciones a la LOE Lorenzo Maeso García

1 Modificaciones a la LOE 12-2-2014 Lorenzo Maeso GarcíaL...
Author: José Antonio Suárez Cortés
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1 Modificaciones a la LOE 12-2-2014 Lorenzo Maeso GarcíaLA LOMCE Modificaciones a la LOE Lorenzo Maeso García

2 SUMARIO PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINARCapítulo I.- Principios y fines de la educación Capítulo II.- La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida Capítulo III.- Currículo y distribución de competencias Capítulo IV.- Cooperación entre Administraciones educativas

3 TÍTULO I.- LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓNCapítulo I.- Educación Infantil Capítulo II.- Educación Primaria Capítulo III.- Educación Secundaria Obligatoria Capítulo IV.- Bachillerato Capítulo V.- Formación Profesional Capítulo VI.- Enseñanzas artísticas Capítulo VII.- Enseñanza de idiomas Capítulo VIII.- Enseñanzas deportivas Capítulo IX.- Educación de personas adultas

4 TÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓNCapítulo I.- Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo Capítulo II.- Compensación de desigualdades en educación Capítulo III.- Escolarización en centros públicos y privados concertados Capítulo IV.- Premios, concursos y reconocimientos

5 TÍTULO III.- PROFESORADOCapítulo I.- Funciones del profesorado Capítulo II.- Profesorado de las distintas enseñanzas Capítulo III.- Formación del profesorado Capítulo IV.- Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado

6 TITULO IV.- CENTROS DOCENTESCapítulo I.- Principios generales Capítulo II.- Centros públicos Capítulo III.- Centros privados Capítulo IV.- Centros privados concertados

7 TÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROSCapítulo I.- Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros Capítulo II.- Autonomía de los centros Capítulo III.- Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos Capítulo IV.- Dirección de los centros públicos

8 TÍTULO VI.- EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOTÍTULO VII.- INSPECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO TÍTULO VIII.- RECURSOS ECONÓMICOS

9 Disposición adicional 2ª.- Enseñanza de ReligiónDisposición adicional 5ª.- Calendario escolar Otras disposiciones adicionales…. Derogaciones normativas

10 En la exposición hablaréDe alumnos como genérico (no alumnos y alumnas…) De profesores… De padres (no padres, madres, tutores legales…)

11 PREÁMBULO SE MODIFICA ENTERO.Es una declaración de intenciones y justificación de la Ley. El alumnado es el centro y la razón de ser de la educación… Todos los alumnos serán objeto de una atención en el desarrollo de la búsqueda de desarrollo del talento… Uno de los objetivos de la reforma…que ubiquen la educación en el centro de nuestra sociedad y economía… El aumento de la autonomía de los centros es una recomendación de la OCDE… Evaluación externa de los centros importante…de carácter formativo y diagnóstico… La tecnología…

12 TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO I. Principios y fines de la educaciónArtículo 1.- Principios Siguen iguales: calidad, equidad, orientación, flexibilidad… Se incluye el concepto “accesibilidad universal” Siguen: participación, prevención de conflictos… Se incluye el término “acoso escolar” Siguen: evaluación del sistema, cooperación de la administración… Se incluye “prevención de la violencia de género” Se modifica: el reconocimiento del papel que corresponde a los padres, madres y “tutores legales” como primeros responsables de la educación de sus hijos. Se añade: q).- “La libertad de enseñanza y de creación de centro docente, de acuerdo con el ordenamiento jurídico”

13 TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO I. Principios y fines de la educaciónArtículo 2.- Fines Siguen todos: desarrollo de la personalidad y capacidades, derechos y libertades, responsabilidad individual, formación para la paz, adquisición de hábitos intelectuales… Se añade el artículo 2 bis: Sistema educativo español …Es el conjunto de las Administraciones educativas, profesionales de la educación y otros agentes… El sistema Educativo Español contará entre otros con los siguientes instrumentos: Consejo Escolar del Estado, la Conferencia Sectorial de Educación, el Sistema de Información Educativa, el Sistema Estatal de Becas y ayudas al estudio. Se rige por los principios de calidad, cooperación, equidad, libertad de enseñanza, mérito, igualdad de oportunidades, no discriminación, eficiencia en la asignación de recursos públicos, transparencia y rendición de cuentas

14 Artículo 3.- Las enseñanzasTÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO II. La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida Artículo 3.- Las enseñanzas No se modifica: Ed. Infantil, Ed. Primaria, ESO, Bachillerato, FP, Ens. De idiomas, Ens. Artísticas, Ens. Deportivas, Ed. de personas adultas y Ens. Universitaria Primaria y ESO: Ed. Básica Secundaria: obligatoria y postobligatoria (Bach., FP, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y enseñanzas deportivas de grado superior) Todas se adaptarán al alumnado con n.e. apoyo educativo Nuevo: 10.- Los ciclos de Formación Profesional Básica tendrán carácter obligatorio y gratuito.

15 Artículo 4.- La enseñanza básicaTÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO II. La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida Artículo 4.- La enseñanza básica No se modifica: obligatoria y gratuita, 10 años de escolaridad, de 6 a 16 (posibilidad de permanecer hasta los 18), se adoptará la atención a la diversidad como principio fundamental, propiciar la educación permanente… Artículo 5.- El aprendizaje a lo largo de la vida No se modifica: posibilidad de formarse a lo largo de la vida…

16 TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO IIITÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO III. Currículo y distribución de competencias Artículo 6.- Currículo SE MODIFICA TOTALMENTE Currículo: objetivos, competencias o capacidades, contenidos, metodología, estándares y resultados de aprendizaje evaluables, criterios de evaluación. Contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos Se añade el 6 bis

17 6 bis: Distribución de competenciasTÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO III. Currículo y distribución de competencias 6 bis: Distribución de competencias 1.-Corresponde al Gobierno: ordenación general del sistema educativo, regulación…títulos, programación general de la enseñanza, alta inspección, el diseño del curriculo… 2.- En Educación Primaria, ESO y Bachillerato, las asignaturas se agruparán en 3 bloques: TRONCALES, ESPECÍFICAS Y DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA …a partir de aquí distribuye funciones del Gobierno (determinar contenidos, horarios mínimos…), del MECD en relación con las evaluaciones finales de ESO y Bachillerato (determinar contenidos, características de las pruebas y diseñar las pruebas), de las CCAA, de los Centros docentes… e).- el horario lectivo mínimo del bloque de asignaturas TRONCALES: se fijará en cómputo global para la Primaria, el primer ciclo de Secundaria Obligatoria, cuarto de Secundaria y Bachillerato. …Los títulos serán homologados por el Estado y expedidos por las Administraciones educativas

18 Artículo 7.- Concertación de políticas educativasTÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO IV. Cooperación entre Administraciones educativas Artículo 7.- Concertación de políticas educativas Sigue igual: por la Conferencia Sectorial de Educación Artículo 8.- Cooperación entre Administraciones Sigue igual: habrá coordinación con las Comunidades, corporaciones locales…

19 Artículo 9.- Programas de cooperación territorialTÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO IV. Cooperación entre Administraciones educativas Artículo 9.- Programas de cooperación territorial Se añade: 3.- En los programas de cooperación territorial se tendrá en cuenta, como criterio para la distribución territorial de los recursos económicos, la dispersión geográfica de la población y las necesidades educativas específicas que presenta la escolarización del alumnado de zonas rurales

20 Artículo 10.- Difusión de informaciónTÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO IV. Cooperación entre Administraciones educativas Artículo 10.- Difusión de información Sigue igual: Las Administraciones proporcionarán datos… Artículo 11.- Oferta y recursos educativos Sigue igual: El Estado, las Administraciones educativas…

21 Artículo 12.- Principios generalesTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO I: Educación Infantil Artículo 12.- Principios generales Sigue igual: 0-6 años, voluntario…

22 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO I: Educación InfantilArtículo 13.- Objetivos Sigue igual: Contribuir a desarrollar capacidades que permitan conocer su cuerpo, observar y explorar el entorno, desarrollar capacidades afectivas, relacionarse con los demás…

23 Artículo 14.- Ordenación y principios pedagógicosTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO I: Educación Infantil Artículo 14.- Ordenación y principios pedagógicos Sigue igual: dos ciclos (0-3/3-6), los contenidos en áreas correspondientes a ámbitos de experiencia, métodos basados en las experiencias, actividades y juego…

24 Artículo 15.- Oferta de plazas y gratuidadTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO I: Educación Infantil Artículo 15.- Oferta de plazas y gratuidad Sigue igual: segundo ciclo gratuito…

25 Artículo 16.- Principios generalesTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 16.- Principios generales Sigue igual: seis cursos, afianzar su desarrollo personal y bienestar, habilidades culturales, lectura, escritura, cálculo… La finalidad de Ed. Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de nociones básicas de la cultura, el hábito de convivencia…y los de estudio y trabajo, sentido artístico, creatividad, afectividad…(Se modifica el anterior)

26 Artículo 17.- Objetivos de educación primariaTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 17.- Objetivos de educación primaria Sigue igual: conocer valores y normas, desarrollar hábitos de trabajo, habilidades para la resolución de conflictos, conocer la lengua, valorar el entorno…resolución de problemas… Se incluye entre otros el concepto “espíritu emprendedor”, y “construcción de propuestas audiovisuales”

27 Artículo 18.- Organización.TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 18.- Organización. SE MODIFICA TOTALMENTE. LOE: 3 ciclos de 2 años Conocimiento del medio, Ed. Artística, Ed. Física, Lengua castellana y cooficial, Lengua extranjera, Matemáticas, Ed. para la ciudadanía (3º Ciclo), y posibilidad de 2ª Lengua extranjera en el tercer ciclo La acción tutorial orientará el proceso educativo.

28 Artículo 18.- Organización.TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 18.- Organización. Seis cursos, por Áreas TRONCALES (en todos los cursos): Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales, Lengua, Matemáticas, Primera Lengua extranjera ESPECÍFICAS (en todos los cursos): Educación Física, Religión o Valores Sociales y Cívicos, a elección de los “padres”. Según la oferta de los Centros o la Administración, una ESPECÍFICA: Educación artística, Segunda Lengua Extranjera, Religión, Valores Sociales y cívicos. Los alumnos deberán cursar la Lengua cooficial en las de libre configuración autonómica, así como otras que determinen La acción tutorial orientará el proceso educativo La comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las TIC, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las áreas (SE SUPRIME LA EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y LOS DERECHOS HUMANOS)

29 Artículo 19. Principios pedagógicosTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 19. Principios pedagógicos Se mantiene: atención a la diversidad, prevención de dificultades, educación en valores… Se añade: 4.- La lengua castellana o la cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizará la comprensión y la expresión oral. Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en especial aquél que presenta dificultades en su expresión oral.

30 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación PrimariaArtículo 20. Evaluación Se modifica totalmente

31 Artículo 20.- Evaluación durante la etapaTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 20.- Evaluación durante la etapa Será continua y global, y tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas Pasará al curso o etapa siguiente si se han logrado los objetivos y las competencias correspondientes. Podrá repetir una vez en la etapa con un plan específico de refuerzo y recuperación. Se atenderá especialmente a los resultados de 3º y final de etapa Los centros docentes realizarán una evaluación individualizada en 3º: expresión y comprensión oral y escrita, cálculo, problemas…Si es desfavorable el equipo docente deberá tomar medidas Se prestará especial atención a la atención personalizada de los alumnos, diagnósticos precoces y con necesidades de refuerzo… Si hay otra lengua junto al castellano, los alumnos podrán estar exentos de realizar la evaluación del área de Lengua cooficial y Literatura (según la normativa autonómica correspondiente)

32 Artículo 21.- Evaluación de diagnósticoTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 21.- Evaluación de diagnóstico SE SUPRIME TOTALMENTE Al finalizar el segundo ciclo (4º). Carácter formativo y orientador para centros y familias.

33 Artículo 21.- Evaluación final de Educación PrimariaTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO II: Educación Primaria Artículo 21.- Evaluación final de Educación Primaria Al finalizar 6º. A todos los alumnos. Se comprobará: comunicación lingüística, matemática, ciencia y tecnología y logro de objetivos de Etapa El Gobierno establecerá los criterios El resultado: un informe a los padres que tendrá carácter informativo y orientador para los centros, así como para los equipos docentes que cursen el siguiente curso Las Administraciones educativas podrán establecer planes específicos de mejora para los centros sostenidos con fondos públicos cuyos resultados sean inferiores a los establecidos

34 Artículo 22.- Principios generalesTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 22.- Principios generales No hay modificación: 4 cursos, de 12 a 16 años. Finalidad que se adquieran los elementos básicos de la cultura, consolidar hábitos de estudio,… Especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado Principio de educación común y atención a la diversidad Medidas: adaptaciones del currículo, integración de materias en ámbitos, agrupamientos flexibles, desdoblamientos de grupos, programas de refuerzo… Los centros tendrán autonomía para organizar los grupos Medidas de atención a la diversidad no discriminatorias

35 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoriaArtículo 23. Objetivos Sigue lo mismo: asumir deberes, desarrollar hábitos de estudio, respetar la diferencia de sexos, fortalecer capacidades afectivas…objetivos de las materias… Se incluye el artículo 23.bis. Ciclos de Educación Secundaria Obligatoria Se organizará en materias y comprende dos ciclos: 1º de tres cursos, y 2º de uno El segundo ciclo o 4º curso: carácter fundamentalmente propedéutico

36 Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y terceroTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 24. Organización de los cursos primero, segundo y tercero SE SUPRIME ENTERO Materias: Ciencias, EF, Ciencias Sociales, Lengua, y Lengua cooficial, Lengua extranjera, Matemáticas, Educación plástica y visual, Música, Tecnología. En cada uno de los cursos todos cursarán Ciencias, EF, Sociales, Lengua y Lengua cooficial, Lengua extranjera, Matemáticas En un curso: Educación para la ciudadanía (se suprime en la LOMCE)

37 Artículo 24.- Organización del primer cicloTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 24.- Organización del primer ciclo En 1º y 2º deben cursar las materias TRONCALES: Biología y Geología (1º), Física y Química (2º), Geografía e Historia, Lengua y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua extranjera en los dos En 3º las siguientes TRONCALES: Las mismas anteriores, sin Matemáticas Como optativa a elección de los “padres”: Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas o bien orientadas a las enseñanzas aplicadas… En cada curso de las ESPECÍFICAS: Educación Física y Religión o valores éticos, a elección de los “padres”…

38 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria…En función de la oferta de la Administración o de los centros entre 1 y 4 de las materias específicas : Cultura clásica, Educación Plástica, Iniciación a la Actividad emprendedora y empresarial, Música, segunda Lengua extranjera, Tecnología, Religión, Valores éticos (si no la han elegido antes) Deben cursar Lengua cooficial y Literatura en el bloque de asignaturas de libre configuración…pero pueden estar exentos (legislación autonómica)… Con el fin de facilitar el tránsito del alumnado de primaria a secundaria, los centros podrán agrupar las materias del primer curso en ámbitos de conocimiento.

39 Artículo 25.- Organización del 4º cursoTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 25.- Organización del 4º curso SE SUPRIME ENTERO EF, Ética, Ciencias Sociales, Lengua y la cooficial, Matemáticas, Primera Lengua extranjera. Además tres de: Biología y Geología, Educación Plástica, Física y Química, Informática, Latín, Música, Segunda Lengua extranjera, Tecnología Este curso carácter orientador para los estudios postobligatorios o la incorporación a la vida laboral.

40 Artículo 25.- Organización de 4º de la ESOTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 25.- Organización de 4º de la ESO Los padres podrán escoger cursar 4º por una de las dos opciones: ENSEÑANZAS ACADÉMICAS PARA INICIACIÓN AL BACHILLERATO ENSEÑANZAS APLICADAS PARA LA INICIACIÓN A LA FORMACIÓN PROFESIONAL

41 OPCIÓN DE ENSEÑANZAS ACADÉMICAS:TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria OPCIÓN DE ENSEÑANZAS ACADÉMICAS: TRONCALES: Geografía e Historia, Lengua, Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas, primera Lengua extranjera Al menos 2 materias de entre las siguientes troncales: Biología y Geología, Economía, Física y Química, Latín

42 OPCIÓN DE ENSEÑANZAS APLICADAS:TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria OPCIÓN DE ENSEÑANZAS APLICADAS: TRONCALES: Geografía e Historia, Lengua, Matemáticas orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, primera Lengua extranjera Al menos 2 de las troncales: Ciencias aplicadas a la actividad profesional, Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial, Tecnología

43 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoriaÉSPECÍFICAS: E.F., Religión o Valores éticos Entre 1 y 4 de las específicas: Artes Escénicas y Danzas, Cultura científica, Cultura clásica, Educación plástica y visual, Filosofía, Música, Segunda lengua extranjera, TIC, Religión, Valores éticos, Lengua cooficial…

44 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoriaLa comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las TIC, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las materias El alumnado deberá poder lograr los objetivos de etapa y las competencias tanto por una opción como por otra

45 Artículo 26.- Principios pedagógicosTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 26.- Principios pedagógicos Atención a la diversidad, desarrollo de las competencias básicas, con soluciones específicas para los alumnos con dificultades… Se añade: la lengua castellana o cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y expresión oral. Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la lengua extranjera para alumnado con discapacidad y dificultades en expresión oral

46 Artículo 27.- Programas de diversificación curricularTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 27.- Programas de diversificación curricular SE SUPRIMEN

47 Artículo 27.- Programas de mejora del aprendizaje y el rendimientoTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 27.- Programas de mejora del aprendizaje y el rendimiento El gobierno fijará las condiciones básicas para el programa…desde segundo curso Se utilizará una metodología específica a través de la organización de contenidos…con la finalidad de que los alumnos puedan cursar 4º por la vía ordinaria y obtengan el título de Graduado. El equipo docente podrá proponer a los padres la incorporación: alumnos que hayan repetido un curso en alguna etapa y una vez cursado 1º no estén en condiciones de promocionar o que una vez cursado 2º no estén en condiciones de promocionar. El programa para 2º y 3º o sólo 3º Los que habiendo cursado tercero no estén en condiciones de promocionar, podrán repetir excepcionalmente por este programa. Irán dirigidos estos programas a alumnos con dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo

48 Artículo 28.- Evaluación y promociónTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 28.- Evaluación y promoción SE SUSTITUYE

49 Artículo 28.- Evaluación y promociónTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 28.- Evaluación y promoción Continua, formativa e integradora Se adaptará a los alumnos con necesidades educativas especiales. Las decisiones de promoción: de forma colegiada Promoción: evaluación negativa en dos como máximo. De forma excepcional, con tres que no sean Lengua y Matemáticas a la vez, que el equipo docente considere que no le impide seguir con éxito el curso… Se regularán las condiciones para que haya pruebas extraordinarias Quienes promocionen con suspensas, deberán matricularse de éstas y seguir los programas de refuerzo que el equipo educativo marque, así como examinarse…

50 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria…podrán repetir el mismo curso una vez, y dos como máximo en la Etapa. Si es en 3º o 4º, podrá prolongarse un año el límite de edad. Excepcionalmente podrá repetir dos veces 4º si no ha repetido antes Las repeticiones en base a las condiciones y necesidades de los alumnos La administración establecerá medidas de apoyo educativo Después del primer ciclo o 2º curso si el alumno se incorpora a un ciclo de Formación Profesional Básica, se entregará un certificado de los estudios cursados.

51 Artículo 29.- Evaluación de diagnósticoTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 29.- Evaluación de diagnóstico Al finalizar 2º… SE SUPRIME

52 Artículo 29.- Evaluación final de ESOTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 29.- Evaluación final de ESO Al finalizar 4º, por la opción elegida: todas las materias de asignaturas troncales, una de las materias de asignaturas específicas (no EF, Religión o Valores éticos) Los alumnos se pueden examinar por cualquiera de las opciones, aunque no la haya seguido, o las dos Pueden presentarse si no tienen más de dos suspensas, o no son lengua y matemáticas a la vez El MECD establecerá los criterios de evaluación Si no se supera, se puede repetir, presentarse a otra opción… Al menos dos convocatorias: ordinaria y extraordinaria

53 Artículo 30.- Programas de cualificación profesional inicialTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 30.- Programas de cualificación profesional inicial SE SUPRIME

54 Artículo 30.- Propuesta de acceso a la Formación Profesional BásicaTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 30.- Propuesta de acceso a la Formación Profesional Básica El equipo docente podrá proponer a los padres a través del consejo orientador, la incorporación del alumno a un ciclo de Formación Profesional Básica… (según el artículo 41)

55 Artículo 31.- Título de Graduado en ESOTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 31.- Título de Graduado en ESO ANULADO

56 Artículo 31.- Título de Graduado en ESOTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO III: Educación Secundaria obligatoria Artículo 31.- Título de Graduado en ESO Habrá que superar la evaluación final: 70% calificaciones de la ESO, 30% en la evaluación final El título de Graduado permitirá acceder a las enseñanzas postobligatorias En el título figurará la calificación final de ESO y la opción del título Si no se obtiene el título: certificación Las Administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada a los que no obtengan el título por no superar la prueba

57 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 32.- Principios generales Se modifica: Podrán acceder quienes tengan el Graduado y hayan superado la evaluación final de la ESO Podrán permanecer en régimen ordinario 4 años

58 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 33.- Objetivos NO SE MODIFICA Ejercer la ciudadanía, consolidar una madurez personal, afianzar los hábitos de lectura y estudio, expresarse con fluidez…

59 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34.- Organización Artes Ciencias y Tecnología Humanidades y Ciencias Sociales SE SUPRIME

60 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34.- Organización general del bachillerato Modalidades: Ciencias, Humanidades y Ciencias Sociales, Artes El Gobierno regulará el régimen de reconocimiento recíproco entre estudios de Bachillerato, ciclos, enseñanzas de artes plásticas… En Lengua extranjera la lengua castellana o cooficial: sólo como apoyo. Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas para el alumnado con discapacidad, si tienen dificultades en la expresión oral (en la lengua extranjera)

61 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34. bis. ORGANIZACIÓN DE 1º TRONCALES EN CIENCIAS Filosofía, Lengua, Matemáticas, primera Lengua extranjera Al menos 2 materias de las troncales: Biología y Geología, Dibujo Técnico, Física y Química

62 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34. bis ORGANIZACIÓN DE 1º TRONCALES EN HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES Filosofía, Lengua, Primera lengua extranjera En Humanidades, Latín En Sociales: Matemáticas aplicadas a las CCSS Al menos dos de las troncales: Economía, Griego, Historia del mundo contemporáneo, Literatura universal

63 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34 bis ORGANIZACIÓN DE 1º TRONCALES EN ARTES Filosofía, Fundamentos del Arte, Lengua, Primera lengua extranjera Al menos 2 de las troncales: Cultura audiovisual, Historia del mundo contemporáneo, Literatura universal

64 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34 bis ORGANIZACIÓN DE 1º Todos deben cursar: Educación Física Entre dos y tres de: Análisis Musical, Anatomía aplicada, Cultura Científica, Dibujo Artístico, Dibujo Técnico, Religión… La Administración o los centros podrán elaborar itinerarios para orientar a los alumnos en la elección de materias troncales

65 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34 c.- Organización de 2º MODALIDAD DE CIENCIAS TRONCALES: Historia de España, Lengua, Matemáticas, Primera Lengua extranjera Al menos 2 más de entre las troncales: Biología, Dibujo Técnico, Física, Geología, Química

66 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34 c.- Organización de 2º MODALIDAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES Historia de España, Lengua, primera Lengua extranjera Para Humanidades: Latín. Para Ciencias Sociales: Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales Al menos 2 de entre las troncales: Economía de la Empresa, Geografía, Griego, Historia del Arte, Historia de la Filosofía

67 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 34 c.- Organización de 2º MODALIDAD DE ARTES TRONCALES: Fundamentos del arte, Historia de España, Lengua, primera Lengua extranjera Al menos 2 de las troncales: Artes Escénicas, Cultura Audiovisual, Diseño

68 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOEn función de la regulación y programación de la oferta educativa…se cursarán entre 2 y 3 materias del bloque de específicas: Análisis musical, Ciencias de la Tierra y el medio ambiente, Dibujo Artístico, Historia de la Filosofía, Dibujo Técnico,Segunda Lengua Extranjera, Psicología, Imagen y sonido…(hay 15) Se podrán elaborar itinerarios…

69 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 35.- Principios pedagógicos Favorecerán la capacidad del alumno… NO SE MODIFICA

70 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 36.- Evaluación y promoción SE SUPRIME Y MODIFICA

71 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 36.- Evaluación y promoción Continua y diferenciada según las materias. El profesor decidirá Promocionarán con un máximo de 2 suspensas. Deberán matricularse en segundo de las suspensas de primero Pueden repetir una vez por curso. Excepcionalmente una segunda vez con informe del equipo docente, pero no puede superar los 4 cursos máximo Podrán realizar una prueba extraordinaria Las materias de segundo que impliquen continuidad estarán supeditadas a aprobar las de primero

72 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 36.bis. Evaluación final de Bachillerato Los alumnos realizarán una evaluación al final: Todas las troncales (si hay continuidad, la de 2º) Dos de opción cursadas en el bloque de troncales (si hay continuidad, la de 2º) Una de las específicas de cada uno de los cursos que no sean EF o Religión Se podrán presentar los que tengan todo aprobado Los que no la superen o deseen elevar su calificación final, la podrán repetir Se celebrarán al menos dos convocatorias anuales, una ordinaria y otra extraordinaria

73 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 37.- Titulo de Bachiller SE ANULA

74 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 37.- Título de Bachiller Hay que superar la prueba final y la calificación del Bachillerato: 60% calificaciones de Bachillerato, 40% en la evaluación final El título de bachiller faculta para acceder a distintas enseñanzas Si no se supera la prueba final: Certificado que surtirá efectos laborales y académicos

75 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 38.- Prueba de acceso a la Universidad SE SUPRIME

76 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IV: BACHILLERATOArtículo 38.- Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado desde el título de Bachillerato o equivalente Las universidades podrán determinar la admisión a los que tengan el título de Bachiller Además las Universidades podrán fijar procedimientos de admisión, teniendo en cuenta la nota del Bachillerato, pero también en base a: modalidad y materias cursadas, calificaciones obtenidas en materias concretas, formación académica o profesional complementaria, estudios superiores cursados con anterioridad. Podrán establecer de forma excepcional evaluaciones específicas, ponderando la nota de bachillerato al menos el 60%

77 Artículo 39.- Principios generalesTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 39.- Principios generales Comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan… SE MODIFICA, sobre todo: Comprende los ciclos de FP BÁSICA, de grado medio, y grado superior, con una organización modular, de duración variable Los títulos de FP estarán referidos, con carácter general, al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales,…serán los siguientes: Ciclos de Formación Profesional Básica Ciclos formativos de grado medio Ciclos formativos de grado superior Se prestará especial atención a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo

78 Artículo 40. Objetivos SE MODIFICATÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 40. Objetivos SE MODIFICA

79 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONALArtículo 40.- Objetivos Desarrollar las competencias propias de cada título profesional Comprender la organización y características del sector productivo Aprender por sí mismos y trabajar en equipo Trabajar en condiciones de seguridad y salud… Los ciclos de Formación Profesional Básica contribuirán además a que el alumnado adquiera o complete las competencias del aprendizaje permanente

80 Artículo 41.- Condiciones de accesoTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 41.- Condiciones de acceso SE MODIFICA

81 Artículo 41.- Condiciones de acceso y admisiónTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 41.- Condiciones de acceso y admisión El acceso a ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones: Tener cumplidos 15 años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los 17 Haber cursado el primer ciclo de la ESO sin estar en condiciones de promocionar a 4º o excepcionalmente haber cursado 2º de la ESO Haberlo propuesto el equipo docentes a los padres…

82 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONALEl acceso a ciclos formativos de Grado Medio requerirá el cumplimiento de al menos una de estas condiciones: Estar en posesión de al menos un título de: Graduado en ESO (con la evaluación final en la opción de Enseñanzas Aplicadas), Título Profesional Básico, título de Bachiller, título Universitario, título de Técnico o Técnico Superior de FP Estar en posesión del certificado acreditativo de haber superado todas las materias de Bachillerato Haber superado un curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio y tener 17 años el año de finalización del curso ??? Haber superado una prueba de acceso con 17 años en el año de superación de la prueba

83 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONALEl acceso a ciclos formativos de Grado Superior requerirá el cumplimiento de estas condiciones: Tener el título de Bachiller, un título universitario, un título de Técnico o Técnico Superior de FP,o de un certificado de haber superado todas las materias de Bachillerato o haber superado una prueba de acceso con 19 años el año de celebración de la prueba. Si la demanda supera la oferta, se podrán establecer procedimientos de admisión según las condiciones que establezca el Gobierno. Los que no superen la prueba, o desean elevar las calificaciones, la podrán repetir Se adaptarán las pruebas a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales

84 Artículo 42.- Contenido y organización de la ofertaTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 42.- Contenido y organización de la oferta SE MODIFICA

85 Artículo 42.- Contenido y organización de la ofertaTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 42.- Contenido y organización de la oferta Corresponde a las Administraciones educativas organizar la oferta El currículo incluirá una fase de formación en centros de trabajo (exentos los que acrediten experiencia laboral) Promoverá la integración de contenidos científicos, tecnológicos y organizativos, así como los de las materias instrumentales

86 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONALLos ciclos de Formación Profesional Básica garantizarán la adquisición de las competencias del aprendizaje permanente a través de los siguientes bloques comunes: De comunicación y ciencias sociales (Lengua, Lengua extranjera, Ciencias sociales, Lengua cooficial) De ciencias aplicadas (Matemáticas y Ciencias, ambas aplicadas al contexto personal y de aprendizaje en un campo profesional) Los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el trabajo en equipo. Tendrán especial consideración la tutoría y la orientación educativa y profesional Garantizarán al menos la formación necesaria para obtener una cualificación 1 del Catálogo Nacional de cualificaciones…

87 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONALLos ciclos de Formación Profesional Básica tendrán 2 años de duración Podrán permanecer en un ciclo de Formación Profesional Básica un máximo de 4 años Las Administraciones podrán ofertar en grado medio las siguientes materias voluntarias para facilitar la transición a otras enseñanzas (Comunicación en Lengua castellana, Comunicación en lengua extranjera, Matemáticas aplicadas, Lengua cooficial) Se podrán ofertar materias relacionadas con el campo o sector profesional cuya superación facilitará la admisión en los ciclos de grado superior Estas materias se podrán ofertar en la modalidad presencial o a distancia y no formarán parte del currículo de los ciclos de grado medio.

88 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONALSE AÑADE: Artículo 42.bis.- Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español La formación profesional dual del sistema educativo español es el conjunto de acciones e iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la cualificación profesional de las personas armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo El gobierno regulará las condiciones y requisitos básicos

89 Artículo 43.- Evaluación SE MODIFICATÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 43.- Evaluación SE MODIFICA

90 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONALArtículo 43.- Evaluación La evaluación, por módulos profesionales y, en su caso, por materias o bloques La superación de los ciclos requerirá la evaluación positiva en todos los módulos y en su caso materias y bloques que los componen

91 Artículo 44.- Títulos y convalidacionesTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 44.- Títulos y convalidaciones SE MODIFICA

92 Artículo 44.- Títulos y convalidacionesTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL Artículo 44.- Títulos y convalidaciones Los alumnos que superen un ciclo de Formación Profesional Básico recibirán el título Profesional Básico correspondiente. Permitirá el acceso a los ciclos formativos de grado medio Podrán con el título obtener el Graduado en la ESO por cualquiera de las dos opciones a las que se refiere el artículo 29.1, por la superación de la evaluación final de la ESO en relación con las materias del bloque de asignaturas troncales. Las personas mayores de 22 años que tengan acreditadas las unidades de competencia profesional por certificados de profesionalidad de nivel 1 o por la evaluación y acreditación establecido, recibirán el título Profesional Básico.

93 TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO V: FORMACIÓN PROFESIONAL los alumnos que superen los ciclos formativos de Grado Medio recibirán el título de Técnico Permitirá el acceso, previa superación de un procedimiento de admisión, a los ciclos formativos de grado superior. Los que superen los ciclos formativos de Grado Superior obtendrán el título de Técnico Superior El título de Técnico Superior dará acceso, previa superación de un proceso de admisión, a los estudios universitarios de grado. Los alumnos con Técnico Superior podrán obtener el Bachiller por la superación de la evaluación final del Bachillerato en relación con las asignaturas troncales de la modalidad en base a la opción que escoja. Los que no superen un ciclo en su totalidad, recibirán un certificado académico de los módulos superados…que tendrán efectos académicos y de acreditación parcial de las competencias profesionales.

94 Son enseñanzas artísticas:TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VI: ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Artículo 45.- Principios NO SE MODIFICA Son enseñanzas artísticas: Las elementales de música y danza Las artísticas profesionales: son las de música y danza, así como los grados medio y superior de artes plásticas y diseño Las enseñanzas artísticas superiores: música, danza, arte dramático, conservación y restauración de bienes culturales, estudios superiores de diseño y de artes plásticas, entre los que se incluyen cerámica y vidrio.

95 Artículo 46.- Ordenación de las enseñanzasTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VI: ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Artículo 46.- Ordenación de las enseñanzas Sólo se modifica que el currículo será definido en el procedimiento del apartado 3 del artículo 6.bis de esta ley orgánica Artículo 47.- Correspondencia con otras enseñanzas NO SE MODIFICA: se facilitará la posibilidad de cursarlas simultáneamente con la ESO

96 Artículo 48.- OrganizaciónTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VI: ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Sección Primera. Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza Artículo 48.- Organización NO SE MODIFICA: las enseñanzas de música y danza se organizarán en 6 cursos Artículo 49.- Acceso NO SE MODIFICA: Música y danza por una prueba específica

97 Artículo 50.- TitulacionesTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VI: ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Sección Primera. Enseñanzas elementales y profesionales de música y danza Artículo 50.- Titulaciones SE MODIFICA: La superación de las Enseñanzas Profesionales de Música o danza: título de Técnico Con el título de Técnico pueden lograr el Bachiller por la superación de la evaluación final del Bachillerato en relación con las materias troncales…

98 Sección segunda. Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VI: ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Sección segunda. Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño Artículo 51.- Organización NO SE MODIFICA Artículo 52.- Requisitos de acceso Artículo 53.- Titulaciones Sólo se modifica: el título de Técnico permitirá el acceso directo a cualquiera de las modalidades de Bachillerato (antes sólo a la de Artes)

99 Sección Tercera. Enseñanzas artísticas superiores TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VI: ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Sección Tercera. Enseñanzas artísticas superiores Artículo 54.- Estudios superiores de música y danza Artículo 55.- Enseñanzas de arte dramático Artículo 56.- Enseñanzas de conservación y restauración de bienes culturales Artículo 57.- Estudios superiores de artes plásticas y diseño En todas se modifica que conducirán al Título Superior de la especialidad que corresponda, en el nivel 2 del marco español de cualificaciones, y será equivalente al título universitario de Grado.

100 Artículo 58.- Organización de las enseñanzas artísticas superioresTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VI: ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS Artículo 58.- Organización de las enseñanzas artísticas superiores En conservatorios, o escuelas superiores…fomentarán fórmulas de colaboración con las universidades… Se modifica que estos convenios en base a la LO 6/2001 de Universidades

101 Artículo 59.- OrganizaciónTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VII: ENSEÑANZAS DE IDIOMAS Artículo 59.- Organización Será requisito imprescindible tener 16 años cumplidos SE MODIFICA Las enseñanzas de idiomas tienen por objeto capacitar al alumnado para el uso adecuado de los diferentes idiomas…y se organizan en los niveles siguientes: básico, intermedio y avanzado. Se corresponderá con los niveles A, B y C del Marco Europeo, y se subdividen en los niveles A1,A2,B1,B2,C1,C2

102 Artículo 60.- Escuelas oficiales de idiomasTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VII: ENSEÑANZAS DE IDIOMAS Artículo 60.- Escuelas oficiales de idiomas NO SE MODIFICA Las enseñanzas se impartirán en las escuelas de idiomas los niveles intermedio y avanzado… Artículo 61.- Certificados Artículo 62.- Correspondencia con otras enseñanzas SE MODIFICA: El gobierno determinará, previa consulta a las CCAA, las equivalencias entre los títulos de las enseñanzas de idiomas y el resto de los títulos de las enseñanzas del sistema educativo

103 Artículos 63, 64, 65. LO MÁS SIGNIFICATIVO:TÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO VIII: ENSEÑANZAS DEPORTIVAS Artículos 63, 64, 65. LO MÁS SIGNIFICATIVO: Siguen los principios generales (63) Se estructuran en grado medio (con Graduado) y grado superior (con Técnico deportivo en la especialidad y además Bachiller, Técnico Superior, Título universitario o certificado acreditativo de haber superado todas las materias de Bachillerato) 64.- Organización. En algunas modalidades o especialidades, superar una prueba, acreditar méritos deportivos, o las dos cosas Grado medio: Técnico Deportivo. Acceso a Bachillerato Grado superior: Técnico Deportivo superior en la especialidad. Acceso a la Universidad

104 Artículo 66.- Objetivos y principiosTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IX.- EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS Artículo 66.- Objetivos y principios SE INCLUYE: Adquirir, ampliar y renovar los conocimientos, habilidades y destrezas necesarias para la creación de empresas y para el desempeño de actividades e iniciativas empresariales.

105 Artículo 67.- OrganizaciónTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IX.- EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS Artículo 67.- Organización NO SE MODIFICA Artículo 68.- Enseñanza básica MODIFICADO. Artículo 68.- Enseñanzas obligatorias Corresponde a las Administraciones organizar periódicamente pruebas para que las personas mayores de 18 años puedan obtener el título de graduado en ESO Para las personas que superen los 17 años las Administraciones educativas podrán establecer programas formativos dirigidos a la obtención del título de Técnico Profesional Básico.

106 Artículo 69.- Enseñanzas postobligatoriasTÍTULO I: LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN CAPÍTULO IX.- EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS Artículo 69.- Enseñanzas postobligatorias SE MODIFICA: Las Administraciones educativas organizarán periódicamente pruebas para la obtención del título de Bachiller y los títulos de FP Para presentarse a las pruebas para el título de Bachiller se requiere 20 años, 18 para el título de Técnico y 20 para el de Técnico Superior ( o 19 para los que tengan el de Técnico) Artículo 70.- Centros. NO SE MODIFICA

107 TÍTULO II. - EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO ITÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I.- ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO Artículo 71.- Principios SE MODIFICA: Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional… Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por TDAH, por sus altas capacidades, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar…puedan alcanzar el máximo desarrollo… Artículo 72.- Recursos NO SE MODIFICA

108 NO SE MODIFICA: discapacidad y trastornos de conducta TÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I.- ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO Sección primera. Alumnado que presenta necesidades educativas especiales Artículo 73.- Ámbito NO SE MODIFICA: discapacidad y trastornos de conducta Artículo 74.- Escolarización NO SE MODIFICA Artículo 75.- Integración social y laboral

109 Sección segunda. Alumnado con altas capacidades intelectualesTÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I.- ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO Sección segunda. Alumnado con altas capacidades intelectuales Artículo 76.- Ámbito Se modifica: corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias…que permitan al alumnado desarrollar al máximo sus capacidades Artículo 77.- Escolarización NO SE MODIFICA

110 Artículo 78.- Escolarización Artículo 79.- Programas específicosTÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I.- ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO Sección tercera. Alumnos con integración tardía en el sistema educativo español Artículo 78.- Escolarización NO SE MODIFICA Artículo 79.- Programas específicos

111 TÍTULO II. - EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO ITÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO I.- ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO SE AÑADE: Sección cuarta. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje Artículo 79 bis. Medidas de escolarización y atención Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesaria para identificar al alumnado con dificultades específicas de aprendizaje y valorar de forma temprana sus necesidades. La escolarización…principios de normalización e inclusión… La identificación, valoración e intervención de las necesidades educativas, se realizará de la forma más temprana posible.

112 TÍTULO II. - EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO IITÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO II.- COMPENSACIÓN DE LAS DESIGUALDADES EN EDUCACIÓN Artículo 80.- Principios NO SE MODIFICA Artículo 81.- Escolarización Artículo 82.- Igualdad de oportunidades en el mundo rural Artículo 83.- Becas y ayudas al estudio

113 Artículo 84.- Admisión de alumnosTÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO III.- ESCOLARIZACIÓN EN CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS Artículo 84.- Admisión de alumnos Se modifican algunos aspectos. Los más significativos: Aquellos centros que tengan reconocida una especialización curricular o que participen en una acción destinada a fomentar la calidad podrán reservar al criterio del rendimiento académico del alumno hasta un 20% de la puntuación a las solicitudes de admisión en enseñanzas postobligatorias No constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciada por sexos… En ningún caso la elección de enseñanza diferenciada por sexos podrá implicar discriminación, ni será una desventaja a la hora de suscribir conciertos Prioridad los alumnos de centros adscritos Prioridad cuando haya traslado de la unidad familiar por movilidad forzosa de los padres o cambio de residencia por actos de violencia de género

114 Artículo 86.- Igualdad en la aplicación de las normas de admisiónTÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO III.- ESCOLARIZACIÓN EN CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS Artículo 85.- Condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas postobligatorias NO SE MODIFICA SUSTANCIALMENTE: En la admisión a ciclos de grado medio o superior…cuando no existan plazas, en base al artículo 41 (las normas generales) Artículo 86.- Igualdad en la aplicación de las normas de admisión NO SE MODIFICA SUSTANCIALMENTE Las familias podrán presentar al centro en que deseen escolarizar a sus hijos las solicitudes de admisión, que en todo caso deberán ser tramitadas…

115 Artículo 87.- Equilibrio en la admisión de alumnosTÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO III.- ESCOLARIZACIÓN EN CENTROS PÚBLICOS Y PRIVADOS CONCERTADOS Artículo 87.- Equilibrio en la admisión de alumnos …para la escolarización…alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, las Administraciones educativas deberán reservarle hasta el final del período de preinscripción y matrícula una parte de las plazas de los centros públicos y privados concertados. Sólo se modifica que se podrá incrementar también el 10 % para atender necesidades inmediatas de escolarización del alumnado de incorporación tardía, debido a traslado de la unidad familiar o movilidad forzosa de los padres. Artículo 88.- Garantías de gratuidad NO SE MODIFICA

116 TÍTULO II. - EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO IVTÍTULO II.- EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN CAPÍTULO IV.- PREMIOS, CONCURSOS Y RECONOCIMIENTOS NO SE MODIFICA

117 TÍTULO III.- PROFESORADO CAPÍTULO I.- FUNCIONES DEL PROFESORADOArtículo 91.- Funciones del profesorado NO SE MODIFICA

118 TÍTULO III. - PROFESORADO CAPÍTULO IITÍTULO III.- PROFESORADO CAPÍTULO II.- PROFESORADO DE LAS DISTINTAS ENSEÑANZAS NO SE MODIFICAN los artículos 92 a 99

119 TÍTULO III.- PROFESORADO CAPÍTULO III.- FORMACIÓN DEL PROFESORADONO SE MODIFICAN los artículos

120 TÍTULO III. - PROFESORADO CAPÍTULO IVTÍTULO III.- PROFESORADO CAPÍTULO IV.- RECONOCIMIENTO, APOYO Y VALORACIÓN DEL PROFESORADO NO SE MODIFICAN los artículos

121 TÍTULO IV.- CENTROS DOCENTES CAPÍTULO I.- PRINCIPIOS GENERALESNO SE MODIFICAN sustancialmente los capítulos: 107: Régimen jurídico. Sigue igual 108.- Clasificación de los centros. Sigue igual 109.- Programación de la red de centros Incluye “tutores legales” Indica que las Administraciones educativas programarán la oferta educativa…teniendo también en cuenta las consignaciones presupuestarias y el principio de economía y eficiencia en el uso de los recursos públicos Artículo Accesibilidad. No se modifica

122 TÍTULO IV.- CENTROS DOCENTES CAPÍTULO II.- CENTROS PÚBLICOSArtículo Denominación de los centros públicos NO SE MODIFICA Se añade el 111.bis: Tecnologías de la Información y Comunicación Se identificarán los tipos básicos de información utilizados en las Administraciones educativas para la gestión…(compatibilidad…), y potenciación en los centros. El MECD ofrecerá plataformas digitales…Se promoverá el uso de las TIC en el aula… Artículo Medios materiales y humanos Artículo Bibliotecas escolares

123 TÍTULO IV.- CENTROS DOCENTES CAPÍTULO III.- CENTROS PRIVADOSArtículo Denominación NO SE MODIFICA Artículo Carácter propio de los centros privados

124 SE MODIFICA TOTALMENTETÍTULO IV.- CENTROS DOCENTES CAPÍTULO IV.- CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS Artículo Conciertos SE MODIFICA TOTALMENTE Los centros privados que ofrezcan enseñanzas declaradas gratuitas en esta Ley y satisfagan necesidades de escolarización, podrán suscribir conciertos. Tendrán preferencia los que atiendan poblaciones escolares de condiciones económicas desfavorables o que realicen experiencias de interés pedagógico Corresponde al Gobierno establecer los aspectos básicos del concierto: tramitación, obligaciones, singularidades…DURACIÓN MÍNIMA 6 AÑOS EN PRIMARIA, 4 EN LOS OTROS. El concierto establecerá derechos y obligaciones recíprocos Se podrán concertar con carácter preferente los Ciclos de Formación Profesional Básica. El concierto para las enseñanzas postobligatorias tendrá carácter singular

125 Artículo 117.- Módulos de conciertoTÍTULO IV.- CENTROS DOCENTES CAPÍTULO IV.- CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS Artículo Módulos de concierto NO SE MODIFICA: Salarios Cantidades para otros gastos Cantidades para el pago de los conceptos de antigüedad del personal docente Los salarios del personal docente: pago delegado… Sólo se modifica: La Administración no podrá asumir alteraciones en los gastos de personal y costes laborales del profesorado, derivadas de convenios colectivos que superen el porcentaje de incremento global…a que hace referencia el apartado 3 de este artículo(según módulos)

126 Artículo 118.- Principios generalesTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO I.- PARTICIPACIÓN EN EL FUNCIONAMIENTO Y EL GOBIERNO DE LOS CENTROS Artículo Principios generales NO SE MODIFICA Artículo Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados SE MODIFICA (No sustancial) Las Administraciones educativas garantizarán la intervención de la comunidad educativa en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos… Los profesores participarán en la toma de decisiones pedagógicas Los padres y alumnos podrán participar en el funcionamiento…a través de sus asociaciones Los centros tendrán al menos el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores como Órganos colegiados.

127 Artículo 120.- Disposiciones generalesTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO II.- AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Artículo Disposiciones generales Dispondrán de autonomía para elaborar, …ejecutar su proyecto educativo y de gestión… SE AÑADE… Las Administraciones educativas potenciarán y promoverán la autonomía de los centros… Las Ad. Educativas aplicarán medidas correctoras a los centros sostenidos con fondos públicos que no alcancen los niveles adecuados Los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización, normas de convivencia, ampliación del calendario escolar o del horario lectivo…según la normativa

128 Artículo 121.- Proyecto educativoTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO II.- AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Artículo Proyecto educativo Recogerá los valores, objetivos y prioridades de actuación. Incorporará la concreción curricular… SE AÑADE: Los centros establecerán sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos… Corresponde a las Ad. Educativas promover la especialización curricular de los IES … El proyecto educativo de los centros docentes con especialización curricular deberá incorporar los aspectos específicos que definan el carácter singular del centro

129 TÍTULO V. - PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROSTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO II.- AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Artículo 122.-Recursos SE MODIFICA Los centros estarán dotados de recursos educativos, humanos y materiales necesarios para ofrecer una enseñanza de calidad Las Ad. Educativas podrán asignar mayores dotaciones a determinados centros en razón de los proyectos que así lo requieran dependiendo de la población que escolarizan. Los centros docentes públicos podrán obtener recursos complementarios, previa aprobación del Director…No podrán venir de las asociaciones de padres, madres y de alumnos.

130 TÍTULO V. - PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROSTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO II.- AUTONOMÍA DE LOS CENTROS SE AÑADE EL 122.bis: Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes Se promoverán las acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros por el refuerzo de su autonomía y la potenciación de la función directiva Las acciones de calidad partirán de una consideración integral del centro…los centros podrán presentar una planificación estratégica El proyecto educativo de calidad supondrá la especialización de los centros docentes, que podrá comprender, entre otras, actuaciones tendentes a la especialización curricular, a la excelencia, a la formación docente, a la mejora del rendimiento escolar, a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, o a la aportación de recursos didácticos o plataformas digitales compartidas Las acciones de calidad deberán ser competitivas El director del centro dispondrá de autonomía para llevarlo a cabo

131 TÍTULO V. - PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROSTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO II.- AUTONOMÍA DE LOS CENTROS SE AÑADE EL 122.bis: Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes Para la realización de las acciones de calidad, el director dispondrá de las siguientes facultades: Establecer requisitos y méritos específicos para los puestos ofertados de personal funcionario docente, así como para la ocupación en puestos en interinidad.(principios de mérito y capacidad) Rechazar, mediante decisión motivada, la incorporación a puestos en interinidad de personal docente procedente de las listas centralizadas. Refrendado por la Administración educativa. Cuando el puesto se encuentre vacante sin estar cubierto de manera definitiva y exista financiación adecuada…proponer de forma motivada la prórroga en comisión de servicios…o el nombramiento… La actividad realizada por el personal en las acciones de calidad con una valoración positiva deberá serle reconocida en la provisión de puestos de trabajo y a efectos de carrera profesional

132 TÍTULO V. - PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROSTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO II.- AUTONOMÍA DE LOS CENTROS Artículo Proyecto de gestión de los centros públicos NO SE MODIFICA Artículo Normas de organización y funcionamiento SE MODIFICA, HASTA EL TÍTULO Art Normas de organización, funcionamiento y convivencia Los centros elaborarán un plan de convivencia que incorporarán a la PGA… Las normas de convivencia y conducta de los centros serán de obligado cumplimiento, y deberán concretar derechos y deberes de los alumnos y las medidas correctoras…tendrán un carácter educativo y recuperador…deben ser proporcionales Las decisiones por las faltas leves serán inmediatamente ejecutadas En los procedimientos los hechos constatados por profesores y miembros del equipo directivo tendrán valor probatorio y disfrutarán de presunción de veracidad “iuris tantum”… Art Programación General Anual

133 Artículo 127.- Competencias del Consejo escolarTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO III.- ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE DE LOS CENTROS PÚBLICOS SECCIÓN PRIMERA. CONSEJO ESCOLAR Sección primera. Consejo Escolar Artículo Composición del Consejo Escolar Sólo se modifica el apartado d: un número de profesores que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo “elegidos por el Claustro y en representación del mismo” Artículo Competencias del Consejo escolar SE MODIFICA En vez de “aprobar y evaluar” los proyectos del centro, sólo “evaluar” “informar” sobre la admisión de alumnos. No “decidir” En casi todos los artículos: “evaluar, conocer, participar, informar, conocer, proponer…” Introduce “resolución pacífica de conflictos” y “prevención de violencia de género” en proponer las medidas que favorezcan la convivencia “Informar” las directrices para la colaboración con otras administraciones…en vez de “fijar”

134 Artículo 127.- Competencias del Consejo escolarTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO III.- ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE DE LOS CENTROS PÚBLICOS SECCIÓN PRIMERA. CONSEJO ESCOLAR Artículo Competencias del Consejo escolar Más en concreto: Evaluar los proyectos y normas Evaluar la PGA Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección Participar en la selección del director del centro Informar sobre la admisión de alumnos y alumnas Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. El Consejo Escolar podrá revisar y proponer medidas, a instancia de padres, madres o tutores legales las medidas disciplinarias adoptadas por el director, en conductas que perjudiquen gravemente la convivencia del centro

135 Artículo 127.- Competencias del Consejo escolarTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO III.- ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE DE LOS CENTROS PÚBLICOS SECCIÓN PRIMERA. CONSEJO ESCOLAR Artículo Competencias del Consejo escolar Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres, la no discriminación… Promover la conservación y renovación de instalaciones y del equipo escolar Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evaluación del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas Elaborar propuestas e informes…

136 Sección segunda. Claustro de profesores Artículo 128.- Composición TÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO III.- ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Y DE COORDINACIÓN DOCENTE DE LOS CENTROS PÚBLICOS SECCIÓN PRIMERA. CONSEJO ESCOLAR Sección segunda. Claustro de profesores Artículo Composición NO SE MODIFICA Artículo Competencias Sección Tercera. Otros órganos de coordinación Artículo Órganos de coordinación docente

137 Artículo 131.- El equipo directivo NO SE MODIFICA TÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo El equipo directivo NO SE MODIFICA Artículo Competencias del Director SE MODIFICA Se recogen todos los apartados de la LOE, pero se añade (lo que “tenía” el Consejo Escolar: Aprobar la PGA, los proyectos y normas… Decidir sobre la admisión de alumnos Fijar las directrices de colaboración con otras administraciones… Aprobar la obtención de recursos complementarios…

138 Artículo 132.- Competencias del DirectorTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Competencias del Director EN CONCRETO: Ostentar la representación del centro… Dirigir y coordinar todas las actividades del centro… Ejercer la dirección pedagógica… Garantizar el cumplimiento de las leyes… Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro Favorecer la convivencia en el centro…imponer las medidas disciplinarias… Impulsar la colaboración con las familias…

139 Artículo 132.- Competencias del DirectorTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Competencias del Director Impulsar las evaluaciones internas del centro Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo Escolar y del Claustro de profesores… Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros… Proponer a la Administración educativa el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo, previa información al Claustro y Consejo Escolar Aprobar los proyectos y normas a los que se refiere el capítulo II del título V (autonomía de los Centros)

140 Artículo 132.- Competencias del DirectorTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Competencias del Director Aprobar la programación general anual Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas Aprobar la obtención de recursos complementarios Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con las Administraciones locales… Cualesquiera otras que le sean encomendadas por la Administración educativa

141 Artículo 133.- Selección del director SE MODIFICATÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Selección del director SE MODIFICA Es una copia. Simplemente se quita: dicho proceso deber permitir seleccionar a los candidatos más idóneos profesionalmente y que obtengan el mayor apoyo de la comunidad educativa. Artículo Requisitos para ser candidato a director: Es copia, aunque se añade: “estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva” Se anula: estar prestando servicios en un centro público, en alguna de las enseñanzas de las del centro al que se opta…

142 Artículo 134.- Requisitos para ser candidato a director:TÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Requisitos para ser candidato a director: EN CONCRETO: Tener una antigüedad de al menos cinco años como funcionario de carrera en la función pública docente Haber impartido docencia directa como funcionario de carrera, durante un período de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro al que se opta Estar en posesión de la certificación acreditativa de haber superado un curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo

143 Artículo 135.- Procedimiento de selecciónTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Procedimiento de selección SE MODIFICA Sigue: se convocará concurso de méritos y establecerán criterios de selección La selección será realizada por una comisión: representantes de la Administración, y entre el 30 y 50% por representantes del centro. De éstos al menos el 50% profesores. La Administración determinará el número total de vocales La selección se basará en los méritos académicos y profesionales de los aspirantes, la valoración del proyecto de dirección, y la experiencia y valoración positiva de trabajo previo desarrollado como cargo directivo y de la labor docente realizada como profesor Se valorará de forma especial la experiencia previa en un equipo directivo, la situación de servicio activo, el trabajo previo y las labores docentes desarrolladas en el centro cuya dirección se solicita…así como la participación en acciones de calidad…

144 Artículo 136.- NombramientoTÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Nombramiento SE MODIFICA. No habla del programa de formación inicial La administración educativa nombrará director por 4 años El nombramiento podrá renovarse por períodos de igual duración, previa evaluación positiva del trabajo desarrollado al final de los mismos. Los criterios de esta evaluación serán públicos. La Administración podrá fijar un límite máximo para la renovación

145 Artículo 137.- Nombramiento con carácter extraordinario TÍTULO V.- PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS. CAPÍTULO IV.- DIRECCIÓN DE LOS CENTROS PÚBLICOS Artículo Nombramiento con carácter extraordinario NO SE MODIFICA: La Administración, por un período máximo de 4 años Artículo Cese del director NO SE MODIFICA: final mandato, renuncia motivada, incapacidad, revocación motivada Artículo Reconocimiento de la función directiva NO SE MODIFICA

146 TÍTULO VI.- EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOArtículo Finalidad de la evaluación SÓLO SE SUPRIME: La finalidad de la evaluación no podrá amparar que los datos puedan ser utilizados para valoraciones individuales de los alumnos o para establecer clasificaciones de los centros. Artículo Ámbito de la evaluación NO SE MODIFICA: alumnos, profesores, procesos educativos, función directiva, funcionamiento de los centros docentes, la Inspección y la propia Administración Artículo Organismos responsables de la Evaluación SE MODIFICA, pero sólo para indicar que el responsable es el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, y no el Instituto Nacional de Evaluación y Calidad

147 TÍTULO VI.- EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOArtículo Evaluación general del sistema educativo SE MODIFICA. En esencia, para señalar que es el Instituto Nacional de Evaluación Educativa, y no el Instituto de Evaluación Artículo Evaluaciones generales de diagnóstico SE MODIFIFICA hasta el título Artículo Evaluaciones individualizadas Los criterios de evaluación, comunes para el conjunto del Estado. Serán estandarizadas (3º, 6º, ev. final Secundaria, ev. Final Bachillerato) y se diseñarán por el MECD para establecer valoraciones precisas y comparaciones equitativas, así como el seguimiento de la evolución a lo largo del tiempo. Las pruebas serán aplicadas y calificadas por profesorado de la función pública docente externo al centro (4º Secundaria, Final Bachillerato) Las autoridades educativas establecerán medidas…para que se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales

148 TÍTULO VI.- EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOArtículo Evaluación de los centros NO SE MODIFICA Artículo Evaluación de la función directiva Artículo Difusión del resultado de las evaluaciones SE AÑADE: Los resultados de las evaluaciones serán puestos en conocimiento de la comunidad educativa sin identificación de datos de carácter personal y previa consideración de los factores socioeconómicos y socioculturales del contexto El MECD publicará periódicamente las conclusiones de interés general

149 TÍTULO VII.- INSPECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVOArtículo Inspección del sistema educativo NO SE MODIFICA CAPÍTULO I.- ALTA INSPECCIÓN NO SE MODIFICAN SUS ARTÍCULOS CAPÍTULO II.- INSPECCIÓN EDUCATIVA

150 TÍTULO VIII.- RECURSOS ECONÓMICOSNO SE MODIFICAN SUS ARTÍCULOS

151 Disposición adicional 2ª.- Enseñanza de ReligiónSólo se modifica que el currículo y los estándares de aprendizaje serán competencia de las respectivas autoridades religiosas

152 Disposición adicional 5ª.- Calendario escolar175 días mínimos…se modifica que los días de evaluaciones diagnósticas…se incluirán.

153 Las restantes disposiciones adicionales…No son sustantivas las modificaciones: acceso a la función docente, cuerpos de catedráticos, equivalencias titulaciones del profesorado, ingreso y promoción interna,… Quizá importante la de títulos y estudios anteriores a la entrada en vigor de la presente ley

154 Derogaciones normativasAlgo la LODE del 85 (facultades del director, consejo escolar….) IMPORTANTE: Disposición final quinta: Calendario de implantación 1º,3º,5º de Primaria: (14-15) 2º,4º 6º Primaria, curso siguiente (15-16) 1º 3º ESO: (15-16) 2º y 4º ESO curso siguiente…(16-17) Evaluación final ESO en 2017 sin efectos académicos. Sólo una convocatoria Bachillerato: 1º (15-16) 2º Bachillerato (16-17) Evaluación final 2017 únicamente para acceso a la Universidad, pero no para el título

155 IMPORTANTE: Disposición final quinta: Calendario de implantaciónCiclos de Formación Profesional Básica: el primer curso. Se suprime PCPI Segundo curso: 15-16 Ciclos Formativos de Grado Medio: 15-16

156 Universidad, acceso al Grado:Quienes accedan antes al curso 17-18: PAU Quienes accedan en el curso o posteriores: artículo 38 Luego explica el calendario con Bachillerato Internacional, Técnico Superior…

157 Entrada en vigor: 20 días de su publicación.30 Diciembre 2013

158 Muchas gracias por su atención