NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws) NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws) NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws)

1 NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws) NCB...
Author: José Ignacio Hidalgo Molina
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1 NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws) NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws) NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws) 3.2 Presentación NCBTO-2014-4D-JUST1030-3018ONL (Special Penal Laws) Saida Gomez

2 Violencia doméstica. En todo el mundo —tanto en los países ricos como en los pobres— las mujeres son víctimas de maltrato, trata de personas, violaciones y asesinatos. Estos abusos de los derechos humanos no sólo infligen graves daños y sufrimiento a las personas; también desgarran sociedades enteras. Explica el caso de violencia doméstica de la noticia. Domingo, 15 de Junio 2014 Comunidad Valenciana Noticias internaconales. El tribunal Supremo de justicia, dio a conocer el veredicto de un acto que se llevo a cavo en la comunidad de valencia España. El TSJ confirma la pena de 18 años de cárcel a un hombre que mató a golpes a su expareja en 2010. El juicio por esta causa se celebró en 2013 con jurado popular, que emitió un veredicto de culpabilidad tras la vista oral. Con esta decisión, el TSJ valenciano desestima el recurso interpuesto por el acusadoa golpes a su expareja

3 ¿Por qué se le puede aplicar la ley de violencia doméstica en el caso que tú traes en la noticia? Porque es un delito, porque se respaldan los derechos de la victima, porque todos tenemos derecho a la vida libre. Porque no podemos justificar lo que esta mal llamándolo bueno o aceptable. LEY ORGÁNICA 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA: Ley 27/2003, de 31 de julio, reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica. En España, hasta la actual Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (en adelante, LOVG), no ha existido un concepto de referencia unívoco de violencia contra las mujeres.Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

4 Explica qué es para ti violencia doméstica. Violencia domestica es para mi: Todo lo que va en contra, atenta y desestima al genero mas fr á gil. Es il ó gico e irracional que en pleno siglo 21 no hemos podido erradicar este mal, una de las razones pienso es por que el hombre no ha aprendido a valorar del todo al otro ser humano que tiene a su lado, otro, la falta de concientizaci ó n, y digo concientizaci ó n por que va mas profundo a la conciencia. Todos estamos concientes de lo que esta mal y lo hacemos, unos m á s al extremo pero casi todos con un sentido detr á s de la acci ó n; ejem: La gente se pasa la luz roja, los stop en las esquinas, el l í mite de velocidad etc, todo esto es violaci ó n. No quiz á s como domestica pero la consecuencia por una de estas accione tambi é n causa traumas en la comunidad.

5 ¿Qué factores existen para que ocurra violencia doméstica y maltrato a menores? Son muchos por mencionar en este (fenómeno multi-casual) por muchas razones y factores que ocurren en el cerebro del individuo, en la familia, la sociedad, y su entorno, el auto-control de impulso, la carencia afectiva, la incapacidad de maduración adulta, enfermedad crónica, acumulación de tensión, anestesias rutinarias etc. También podemos mencionar que en ciertas ocasiones el maltrato al menor ocurre porque: Se quedan solos en casa, la madre entra atrabajar horarios extensos, niños hiperactivos, padres adolescentes, negligencia, abandonos etc. son factores prestos para los depredadores.

6 ¿Qué cambios entiendes que se le pueden hacer a ambas leyes? Establecer medidas de protección integral con campanas informativas, cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a sus víctimas. Fortaleciendo el sentido de la sensibilización ciudadana (talleres, pancartas, numero de información donde llamar) para que no tengan miedo a reportar, denunciar y ayudar a otra mujer que se encuentra en esta situación. Revisiones constantes sobre las leyes laborales para que se descubra si en el ámbito laboral también hay victimas escondidas. Es responsabilidad del gobierno actuar con prontitud y mantener una nutrida educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.

7 ¿Qué tipo de maltrato o de violencia doméstica ocurrieron en los hechos de tu caso en la noticia? Hubo espionaje, intimidación, golpes, victimacion, violencia domestica, uso de arma y muerte. Los hechos ocurrieron la noche del 15 al 16 de junio de 2010, cuando el acusado entró en el bar y, por sorpresa, abordó a la mujer, que en ese momento limpiaba la cocina. El asesino, un ciudadano alemán residente en Pilar de la Horadada (Alicante) golpeó en la cabeza a la víctima con un objeto contundente en reiteradas ocasiones hasta la muerte.

8 ¿Qué alternativas tú crearías para minimizar el problema social de violencia doméstica y maltrato de menores? Articulo 3.11.4. ONU-Consideraciones sobre la imposición de multas en asuntos de violencia doméstica. La legislación ha de establecer que: No se impongan multas en asuntos de violencia doméstica si ello puede provocar dificultades económicas a la superviviente o sus hijos; y que Si se ha de imponer una multa, que ésta se combine con el tratamiento y la supervisión del autor del delito a través de la libertad condicional. 1.- Psicoterapia o tratamientos para que el hombre aprenda ha hablar y a escuchar, exprese sus temores de incompetencia, temor, y poder para que no cause daño ni ejerza la violencia como pretexto escapatorio. 2.- Que acepte ser independiente, que la desigualdad no hace inferior a nadie.

9 http://www.youtube.com/watch?v=5OuhdYNoj84&feature=player_embeddedhttp://www.youtube.com/watch?v=5OuhdYNoj84&feature=player_embedded. http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=tFfJm4yXNzA http://www.youtube.com/watch?v=XgAi7sVikgo&feature=player_embedded http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=T3kjZUMgzhI Información anexa. Agenda Pública / Impacto Social La ley de violencia de género Casi nueve años después la aprobación de La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, María Macías hace un repaso de los logros conseguidos, las críticas recibidas, y cuál es la línea que pueden seguir las posibles mejoras a implementar. “No castiga la Ley Integral al hombre por ser hombre, sino que considera de mayor reproche la actitud del varón que, siendo o habiendo sido su marido o estando o habiendo estado ligado a ella por una relación de afectividad, aun sin convivencia, somete a la mujer a una situación de desigualdad y discriminación. La causa justificativa viene de la mano de una realidad social que pone de manifiesto cómo la violencia del hombre contra la mujer en el ámbito de la pareja, a diferencia del supuesto contrario, constituye un problema de primera magnitud en nuestro país que reclama políticas de igualdad dirigidas a corregir esa situación asimétrica de dominio del hombre sobre la mujer, siendo estas más del 90% de las víctimas de violencia doméstica”.

10 En muchos países se ha promulgado legislación sobre violencia doméstica pero la ley continúa sin aplicarse. Véase, por ejemplo, África en favor de los derechos de la mujer ¡Ratificar y respetar! Relación de reclamaciones, de 2010 (en inglés). España, Chile, Guayanas, Brasil, India etc., han fijado leyes para que se haga un pare a este síndrome mundial. 3.2.5. Tribunales especializados Recomendación. La legislación ha de: Establecer la creación de tribunales especializados o procedimientos judiciales especiales que garanticen la tramitación oportuna y eficiente de asuntos de violencia contra la mujer; y Velar por que el personal asignado a tribunales especializados reciba formación especializada y que existan medidas para minimizar el estrés y la fatiga de dichos trabajadores. África en favor de los derechos de la mujer ¡Ratificar y respetar! Relación de reclamaciones

11 Refencias: http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/06/06/valencia/1402047149_418926.html http://www.eldiario.es/agendapublica/impacto_social/leyviolenciagenero_0_179532676.html http://www.un.org/womenwatch/daw/vaw/handbook/Handbook-for-legislation-on-VAW- %28Spanish%29.pdfhttp://www.un.org/womenwatch/daw/vaw/handbook/Handbook-for-legislation-on-VAW- %28Spanish%29.pdf Para más información: http://www.un.org/womenwatch/daw/egm/vaw_legislation_2008/vaw_legislation_2008.htm http://www.un.org/womenwatch/daw/egm/vaw_legislation_2008/vaw_legislation_2008.htm La lista completa de las políticas nominadas, así como las y los miembros del jurado, está disponible en http://www.worldfuturecouncil.org/fpa_2014.html (únicamente en inglés). - See more at: http://www.unwomen.org/es/news/stories/2014/6/25-policies-nominated-for-future- policy-award-2014#sthash.qGtxlPUC.dpufhttp://www.unwomen.org/es/news/stories/2014/6/25-policies-nominated-for-future- policy-award-2014#sthash.qGtxlPUC.dpuf Carr, A. (ed.) (2000) What Works with Children and Adolescents? A Critical Review of Psychological Interventions with Children, Adolescents and their Families. London: Brunner-Routledge. Rutter, M. & Taylor (eds) (2002) Child and Adolescent Psychiatry (4th edn). London: Blackwell. Scott, A., Shaw, M. & Joughin, C. (2001) Finding the Evidence: A Gateway to the Literature in Child and Adolescent Mental Health (2nd edn). London: Gaskell.