Norma Técnica “Contraste del Sistema de Medición de Energía Eléctrica” OBJETIVO Reglamentar el proceso de Contrastación del Sistema de Medición; así como.

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Author: Carlos Berrospi
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2 Norma Técnica “Contraste del Sistema de Medición de Energía Eléctrica” OBJETIVO Reglamentar el proceso de Contrastación del Sistema de Medición; así como regular las relaciones entre el Usuario, el Concesionario, el Contrastador, OSINERG e INDECOPI.

3 Norma Técnica “Contraste del Sistema de Medición de Energía Eléctrica” ALCANCE Esta Norma es aplicable:  Cuando el Usuario solicite al Concesionario la Contrastación del Sistema de Medición, por considerar que la medición de la máxima demanda, energía eléctrica o ambas, no corresponde al consumo real.  Cuando el Concesionario deba realizar la Contrastación de los Sistemas de Medición por iniciativa propia.  Cuando el OSINERG, por acciones propias de la fiscalización, requiera efectuar la Contrastación de los Sistemas de Medición.  Dentro de las mediciones referidas a la precisión de la medida de la energía tal como lo manda la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos.

4 Norma Técnica “Contraste del Sistema de Medición de Energía Eléctrica” Contrastación de Sistemas de Medición Los aspectos contenidos en la presente Norma se aplican a todo el Sistema de Medición. En todos los casos, la Contrastación debe ser realizada por un Contrastador. La Contrastación en laboratorio del Sistema de Medición, se hará de acuerdo a las prescripciones aplicables de las Normas Metrológicas Peruanas y/o Normas Técnicas Peruanas, según corresponda y, a falta de éstas, de acuerdo a las normas IEC (International Electrotechnical Commission), la ISO (International Organization for Standarization). Y en la situación que no existan ninguna de las anteriores, se utilizarán normas que sean de uso internacional.