1 Procedimiento Civil Prof. Charles Zeno SantiagoLos Recursos Procedimiento Civil Prof. Charles Zeno Santiago
2 Nociones Generales Concepto1. Impugnar en un tribunal de jerarquía superior una sentencia, resolución u orden del TPI o decisión agencia administrativa. 2. Principio de impugnación 3. Mantener la “litis viva”.
3 Nociones Generales B. Propósito de Los Recursos 1. Corregir los errores de los tribunales inferiores o agencias administrativas. 2. Establecer la certidumbre jurídica. 3. Beneficia a todas las partes .[ R.52.(2)(h) R.P.C. 2009]
4 Nociones Generales C. Competencia Revisoria 1. Ley Jud. 2003, Arts , y “Autoridad conferida a un tribunal de jerarquía superior para revisar, revocar, anular, modificar o confirmar las sentencias o resoluciones de un tribunal de jerarquía inferior o de un organismo administrativo, cuando dichas decisiones son elevadas ante el organismo de jerarquía superior conforme a derecho”
5 Nociones Generales 3. Origen estatutario la revisión judicial.Excepto la revisión la administrativa de índole- constitucional
6 Nociones Generales Poderes Tribunales Revisorios -Revisar , revocar , anular , modificar o confirmar sentencias del TPI o agencias administrativas. -Ordenes de auxilio de jurisdicción.
7 Nociones Generales E. Clases de Recursos1) Apelación- Recurso de revisión obligatorio de toda sentencia final de un tribunal inferior. -Disponible ante TA y TS. - Véase , R (a) (c) R.P.C. 2009 2. Revisión- Recurso estatutario discrecional de toda sentencia de una agencia administrativa -Disponible ante TA, Ley Jud. 2003; Sec -TPI jurisdicción limitada por estatutos especiales jurisdicción
8 Nociones Generales 3.Certiorari- Recurso discrecional donde el tribunal revisor expide el auto para que un tribunal inferior le remita el expediente para corregir un error de derecho. -Disponible ante TA y TS [R. 52.1;52.2 (b)(c) R.P.C. 2009] y [ Ley Jud , arts (d) y (b) -Clásico no tenía termino. Eliminado por ley num. 151 de 18 de dic. De 1997 -Especial- Instrumenta la revisión discrecional luego expedido el auto. - Como regla general el término es de 30 días.
9 Nociones Generales 4- Certificación (R (d) y. Art (e) (f) de Ley Jud. 2003) (Ley núm. 18 de mayo de 2013) se enmienda seccs. (a),(d) y (e) del Art LJ 2003) a) Certificación Intrajurisdiccional-Someten al TS provenientes de tribunales inferiores sobre casos pendientes ante dichos foros en los cuales haya una cuestión novel, conflictos de decisiones en el TA, cuestiones de interés público al amparo de la constitución ELA o E.U. [R (d)]
10 Nociones Generales b)Certificación Interjurisdiccional- Provienen de los tribunales federales, estatales o territoriales de los Estados Unidos y procuran el esclarecimiento de una cuestión de derecho puertorriqueño para tomar la decisión sobre un caso o controversia ante el foro que certifica la cuestión al TS puertorriqueño. [R (d)]
11 Nociones Generales 5- Recurso Gubernativo- Permite a todo interesado que haya presentado un documento ante el Registro de la Propiedad, recurrir ante el TS contra la calificación final denegatoria del asiento solicitado hecha por el Registrador de la Propiedad. -Ley Hipotecaria 1979, Art. 76; 30 L.P.R.A. Sec Art (g) Ley Jud Registrador.
12 Nociones Generales Procedencia de los recursos-Regla general se recurre de sentencias finales. R.52.1 RPC 2009 _No se favorece la revisión de resoluciones interlocutorias _Excepto – R.52.1, RPC 2009 1)Resoluciones u órdenes bajo R. 56 y R. 57. 2)Denegatorias de mociones dispositivas. 3)Ordenes sobre admisibilidad testigos de hechos o peritos esenciales.
13 Nociones Generales 4)Asuntos relativos a privilegios evidenciarios.5)Anotaciones de rebeldía. 6)Casos de relaciones de familia. 7) Casos de interés público 8) Fracaso irremediable de la justicia
14 Nociones Generales G. Interrupción de los términos apelativos ante el TA 1) Moción de Reconsideración (R. 47 RPC 2009; R. 52.2(e) 2) Presentación de Moción de Determinaciones de Hechos y de Derecho (R RPC 2009; R 52.2(e) 3) Presentación de Moción de Nuevo Juicio (R. 48 RPC; R (e)
15 Nociones Generales H. Interrupción de los términos apelativos TS 1)Presentación de una Moción de Reconsideración ante el TA. (R (f))
16 Recursos ante TPI 1) Revisión decisiones administrativas del Secretario de Hacienda con relación a las leyes de Rentas Internas. -30 días jurisdiccional -Ley 247 de 25 de dic ; art. 5, 13 L.P.R.A. secs dic. secs. 261 2) Revisiones decisiones de la Comisión Estatal de Elecciones Elecciones. -10 días jurisdiccional - Art.1016 Ley Electoral; 16 L.P.R.A. Sec. 3016
17 Recursos ante TPI 3) Revisiones de decisiones de Comisión para Ventilar Querellas Municipales para suspender de empleo y sueldo a alcaldes -20 días termino jurisdiccional -21 L.P.R.A. Sec. 4856 4) Revisión de boleto administrativo conforme Ley de Vehículos y Transito de P.R.; Art. 5004 -30 días jurisdiccional –
18 Recursos ante TPI 5- Decisiones Ley Municipios Autónomos afecten funcionarios y organismos municipales -20 días jurisdiccional -21 L.P.R.A. Sec. 4702 6- Impugnación de Laudos de árbitros del Negociado Conciliación y Arbitraje Depto. Del Trabajo y Recursos Humanos. -30 días jurisdiccional -3 L.P.R.A. Sec. 2102
19 Competencia Tribunal ApelacionesI. Apelación -Sentencias finales en casos originados en el TPI [Art (a)] R 52.2 (a) (c) RPC Termino de 30 días AACNS - o 60 días AACNS término de si ELA, funcionarios o instrumentalidades públicas, o municipios sean partes. [52.2 (a) (c) RPC 2009] - 30 días casos de corporaciones públicas (c) RPC Se radica en el TPI o TA .
20 Competencia Tribunal de Apelaciones5. Si se radica en TA se notificara copia al TPI en 48 hrs. 6. Si se radica en TPI se notificara al TA dentro de 48 hrs. 7. Los términos de 48 hrs son de estricto cumplimiento [R.14 RTA] 8. Notificación a todas las partes dentro del término jurisdiccional del recurso mediante correo certificado o entrega personal. [R. 13 RTA) 9. Efecto de la presentación del escrito se suspenden escrito- Automáticamente todos los procedimientos en el TPI relacionados con la sentencia. [R RPC 1979; R. 18 TA]
21 Competencia TA 10) Excepto: no se suspende orden de Injunction, mandamus, cese y desista, alimentos, custodia, relaciones paterno filiales, salvo orden en contrario por el TA. R (d) 11) Procedencia de bienes susceptibles de deterioro o pérdida por el TA. R (a) 12) Legajo Expediente en apelación (R.77 TA) 13) Apéndice es parte de la apelación, so pena de desestimación.
22 Competencia TA A- Apelacion Confinados (R RTA) -Formaliza entregando copia del escrito a la autoridad que lo tiene bajo custodia dentro del término de apelar (30 días). - La autoridad está obligado a presentar inmediatamente en la Secretaria del TPI y copia ante el TA. - El secretario del TPI o del TA notificara al Fiscal de Distrito y al Procurador General. - La entrega al funcionario de la institución equivale a la presentación del escrito dentro del término establecido.
23 Certiorari Especiales1) Revisión de resolución u orden dictada por el TPI. 2) Revisión de resoluciones de jurisdicción voluntaria 3) Revisión de resoluciones dictada por TPI fundada en la Ley de Municipios Autónomos. 4) Revisión de resoluciones , ordenes o sentencias del TPI revisando laudos de arbitraje 5) Revisión de decisiones TPI originados en la Comisión Estatal de Elecciones.
24 Certiorari Resoluciones Interlocutorias-[Art (b) Ley Jud. 2003; R (e) P.C.; R TA] días notificación orden. -Termino cumplimiento estricto; - prorrogable si hay circunstancias especiales debidamente sustentadas en la solicitud -Puede recurrir de minuta . ( Véase Pueblo v. Pacheco Armand, 2000 JTS 18)
25 Certiorari Resoluciones Interlocutorias_No se favorece la revisión de resoluciones interlocutorias _Excepto – R.52.1, RPC 2009 1)Resoluciones u órdenes bajo R. 56 y R. 57. 2)Denegatorias de mociones dispositivas. 3)Ordenes sobre admisibilidad testigos de hechos o peritos esenciales.
26 Certiorari Resoluciones Interlocutorias4)Asuntos relativos a privilegios evidenciarios. 5)Anotaciones de rebeldía. 6)Casos de relaciones de familia. 7) Casos de interés público 8) Fracaso irremediable de la justicia
27 Certiorari Resoluciones Interlocutorias-No suspende los procedimientos en TPI -Si expide el auto el TA entrara en los meritos y se suspenderá los efectos salvo orden en contrario y casos de Injunction, mandamus, cese y desista, desista alimentos, custodia, paterno filiales custodia. Salvo orden contrario. _El TA tiene 60 días para resolver el recurso si se ordena la paralización de los procedimientos ante el TPI. R (b)
28 Certiorari Resoluciones InterlocutoriasRadicación en TPI o TA Notificación dentro de las 72 hrs. R. 33 RTA Notificación a todas partes; No ha lugar considerara resolución Sentencia la decisión si expidió el auto resolución
29 Certiorari resolución jurisdicción voluntaria-(R (e) 2 -Termino es de 30 días AACNS -Termino jurisdiccional
30 Certiorari revisión decisiones sobre Ley de Municipios Autónomos- R.32 B RTA -Termino de 10 días AACNS -Termino jurisdiccional –
31 Certiorari decisión TPI revisando Laudos de Arbitraje- R 32 (D) TA - 30 días AACNS - Término jurisdiccional
32 Certiorari revisión casos electorales- R.41; TA; Ley Jud. 2003, Art (d) -10 dias AACNS -Termino jurisdiccional
33 Otro Recurso TA Art. 4.002 y 4.006 Ley Jud. 2003; R 56 67 RTA © 56.A. Revisión Art y Ley Jud. 2003; R RTA © 56. Discrecional. La presentación no paraliza los efectos de la decisión No será obligatoria la comparecencia del ELA, salvo orden TA. Seguirá el procedimiento de la PAU. Ley 170 de 12 de agosto de 1988. Termino es de 30 días notificación. Termino jurisdiccional radicación escrito. Término cumplimiento estricto notificación partes.
34 Otros Mecanismos TA 1) Autos de mandamus y habeaus corpus en primera instancia y cualquier otro asunto por Ley . 2) Ordenes de Auxilio de jurisdicción (R 79 RTA) 3)Desistimiento (R 83 A RTA) 4) Notificación dentro del término fijado 5) Se puede radicar hasta las 12:00 pm en TA
35 Otros mecanismos TA 6) Desestimación [R. 83 B RTA] Fundamentos: -Falta de jurisdicción - Recurso fuera de término - No ha sido perfeccionado - No se presentó de buena fe o diligentemente -Frivolo - Académico
36 Cuando termina proceso en TA-Mandato [R 54.7 y 849E) RTA - Escrito que dirige el TA al TPI en el que le comunica su decisión final e instrucciones y a su vez devuelve el expediente original, cuando este haya sido elevado -Propósito Ejecución y solicitud de costas
37 Competencia del TS I. Apelación; [Art (b) Ley de Jud. 2003; R RPC Fundamentos: 1. Sentencias finales del TA en casos civiles en que se determine la inconstitucionalidad de una ley . [Art (b) Ley Jud. 2003] ley. 2.Conflictos entre sentencias del TA en casos civiles . [Art (b)]
38 Competencia TS Apelación; [Art (b) Ley de Jud. 2003; R RPC Recurso de revisión obligatoria - 30 días AACNS - o 60 días AACNS si ELA, funcionario, municipio o instrumentalidad, funcionario publico - Presenta 1 original y 9 copias en TS - Notifica al TA en 72 hrs. [R 53 (e) RTS] - Término 30 o 60 es uno jurisdiccional
39 Competencia TS - Debe notificar a todas las partes dentro termino jurisdiccional so pena de desestimación so pena de desestimación. - La presentación del escrito suspende los procedimientos tribunal inferior, salvo casos de mandamus, cese o desista, custodia, alimentos, relaciones paternas filiales. (R 17 presentación desista, custodia, alimentos, ©)
40 Competencia TS Certiorari Especiales 1. ConceptoRevisión de las demás sentencias o resoluciones del TA en los términos dispuestos en las reglas procesales o leyes especiales Recurso discrecional No paraliza los procedimientos salvo se expida el auto
41 Clases de Certiorari Especiales1) Revisión decisiones de TA en recursos de apelación [R 53.1 (d) -30 días o 60 días AACNS si ELA, instrumentalidades, funcionarios o Municipios -Jurisdiccional 2) Revisiones resoluciones TA en casos de Jurisdicción voluntaria [R 53.1 (d) (2)] -30 días
42 Clases de Certiorari Especiales3. Revisiones de resoluciones interlocutorias en recursos discrecionales [ R 53.1 (d) (3)] estricto cumplimiento 30 dias 4. Revisiones casos bajo Ley Municipios Autónomos Art Ley Jud. 2003; R 20.(a) (6) -10 dias -jurisdiccional
43 Clases de Certiorari Especiales5. Revisiones casos bajo la Ley Electoral de P.R.; Art (f); R. 20.(a) 6 -10 días -jurisdiccional 6) Revisiones sentencias TA en casos de revisiones agencias administrativas [R 20 (a) 6 RTS -30 dias AACNS -Termino jurisdiccional
44 Certificación I. Certificación Intrajurisdiccional (R.53.1 (f); R. 23 RTS (Ley núm. 18 de mayo de 2013) se enmienda seccs. (a),(d) y (e) del Art LJ 2003) A. Concepto -Someten al TS provenientes de tribunales inferiores sobre casos pendientes ante dichos foros en los cuales haya; 1) una cuestión novel; 2)conflictos de decisiones en el TA; 3)cuestiones de interés publico al amparo de la constitución ELA o E.U.
45 Certificacion B. Término -En cualquier momento motu proprio o a solicitud de parte. [R (d) y Art LJ 2003 (a),(d), (e) ] el TS puede atender asunto ante TA. - No obstante cualquier momento a solicitud ambas partes asuntos del TPI.[R (d) y Art LJ 2003 (a),(d), (e)] C. Efecto La presentación no interrumpe los procedimientos en TA pero este no podrá dictar sentencia, a menos que el TS deniegue la expedición del auto de certificación.
46 Certificación II. Certificación Interjurisdiccional [R 52.2 (d); R 25 RTS A. Concepto Proviene de los tribunales federales, estatales o territoriales de E.U. y procuran el esclarecimiento de una cuestión de derecho puertorriqueño para tomar la decisión sobre un caso o controversia ante el foro que certifica la cuestión al TS. Puertorriqueño.
47 Certificación Recurso discrecionalProviene de los tribunales federales, estatales o territoriales Somete una interrogante sobre derecho puertorriqueño Presentan alegatos El TS no está obligado a contestar
48 Recurso Gubernativo -[Art (g) Ley Jud. 2003; Ley Hipotecaria, 30 L.P.R.A. 2279] Hipotecaria A-Propósito -Recurso que permite recurrir ante TS contra calificaciones finales del Registrador de la propiedad denegando un asiento de presentación solicitado.
49 Recurso Gubernativo B. Procedimiento - Recalificación- 20 días de notificación de calificación - 10 días por el Registrador - Termino jurisdiccional - No exceda de 25 págs. - Notificación al Registrador dentro del término. - Prorrogados desde el día de presentación los términos de vigencia del asiento de presentación
50 Reglas misceláneas en TS- Ordenes de Auxilio de jurisdicción. (R 28 RTS) - Sustititucion de partes (R. 42 RTS) - Desistimiento [R. 32 (a)] - Desestimación [R. 32 (b)] - Reconsideración-10 días [R. 45 (b)] y no más de 10 días. - mandato