1 Salud Mental y Derecho. Panorama ActualDra. Magdalena Beatriz Giavarino.
2 “Salud Mental: Sí a la atención, no a la exclusión”(Lema del Día Mundial de la Salud Organización Mundial de la Salud)
3 DOCUMENTOS INTERNACIONALES
4 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre aprobada por la IX Conferencia Internacional Americana. Bogotá – Colombia Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Suscripto en Nueva York, Estados Unidos de América. Convención Americana sobre los Derechos Humanos suscripta en San José de Costa Rica 1971- Declaración de los Derechos del Retrasado Mental- Aprobada por la Asamblea General de Las Naciones Unidas. (Resolución Nº 2856 ) – (XXVI)
5 1975- Declaración de los Derechos de los Impedidos – Aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas Resolución Nº 3447 (XXX) 1975 Resolución Nº 1921 (LVIII) del Cosejo Económico y Social de la O.N.U. “Prevención de la incapacitación y rehabilitación de la persona incapaz” “(Prevention of disability and rehabilitation of disabled parsons)” Protocolo de San Salvador. Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Adoptado en San Salvador, El Salvador Convención sobre los Derechos del Niño. Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Nueva York, Estados Unidos de América.
6 1991 Principios para la protección de los enfermos mentales yel mejoramiento de la atención de la salud mental. Adoptados por la Asamblea General – O.N.U. - Resolución 46/119. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo. Aprobada por la Resolución de la Asamblea General 61/106 2008/9 – “Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en condiciones de Vulnerabilidad” aprobadas por la Asamblea Plenaria de la XIV Edición de la Cumbre Judicial Iberoamericana (2008) en Brasilia – República Federativa de Brasil. Adhesión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por Acordada de fecha 24 de febrero de 2009
7 LEGISLACIÓN NACIONAL http://www.redetel.gov.ar/Normativa/Archivos
8 Código Civil (arts. 31; 51; 52; 53; 54; 56; 59; 140 a 152 bis, 155; 468 a 494, entre otras normas puntualmente referidas a determinados actos jurídicos). - Proyecto de Unificación de los Códigos Civil y Comercial (arts. 27, 30, 32, 34, 35,36). (1998) Ley Nº – Programa de Asistencia Primaria de Salud Mental. 2001
9 Legislaciones Provinciales
10 1991- Río Negro: “Salud Mental1991- Río Negro: “Salud Mental. Tratamiento y Rehabilitación de las personas con sufrimientos mentales. 1992 – Santa Fé “Ley de Salud Mental” - Ley Nº 1994 – Entre Ríos “Salud Mental” – Ley Nº 8.806 1999 – San Juan “Salud Mental” – Ley Nº 6.976
11 LEGISLACIÓN LOCAL
12 Constitución de la C. A. B. AConstitución de la C.A.B.A. – Libro Primero – Título Segundo: Políticas Especiales – Capítulo Segundo: Salud – Internación de Personas en establecimientos de Salud Mental. - Ley Nº – Ley de Salud Mental – Ley Nº 448
13 JURISDICCIONES
14 Programa o Plan de Salud MentalJurisdicciones Ley de Salud Mental Programa o Plan de Salud Mental Cdad. Aut. de Bs. As. 448 Buenos Aires 8.388 Catamarca Chubut Córdoba Corrientes Jujuy Salta 6.302 Formosa Santiago del Estero Tucumán La Rioja Mendoza San Juan 6.976 San Luis Santa Fé 10.772 Misiones Entre Ríos 8.806 La Pampa Neuquén Río Negro 2.440 Santa Cruz Tierra del Fuego
15 Proyectos de Ley sobre Salud MentalProvinciales: Buenos Aires Mendoza San Luis Misiones Tierra del Fuego Nacionales: 3 Proyectos iniciados en Cámara de Diputados. 3 Proyectos iniciados en Cámara de Senadores.
16 JURISPRUDENCIA
17 A – “T.R.A. s/internación” – competencia Nº 1511.XL – CSJN: 27/12/2005B – “Hermosa, Luis Alberto s/insania-proceso especial” - Competencia Nº 602.XLII – CSJN: 12/08/2007. C – “Amaya, Mauricio Javier s/internación”- Competencia Nº 515.XLIII – CSJN: 18/12/2007.
18 D – “Duarte, J. A. s/internación” - Competencia Nº 1128D – “Duarte, J.A. s/internación” - Competencia Nº 1128.XLIII – CSJN: 05/02/2008. E – “R.M.J. s/insania” – Competencia Nº 1195 XLII – CSJN: 19/02/2008. F – “G.O.H. y A.S.B. c/ S, M.B. s/guarda con fines de adopción” – Competencia Nº 1169 L XLIII – CSJN: 28/05/2008
19 “Que la debilidad jurídica estructural que sufren las personas con padecimientos mentales de por sí vulnerables a los abusos, crea verdaderos “grupos de riesgo” en cuanto al pleno y libre goce de los derechos fundamentales, situación que genera la necesidad de establecer protección normativa eficaz, tendiente a la rehabilitación y reinserción del paciente en el medio familiar y social en tanto hoy nadie niega que las internaciones psiquiátricas que se prolongan innecesariamente son dañosas y conllevan, en muchos casos, marginación, exclusión y maltrato y no es infrecuente que conduzcan a un “hospitalismo” inevitable. En esta realidad, el derecho debe ejercer una función preventiva y tuitiva de los derechos fundamentales de la persona con sufrimiento mental, cumpliendo para ello un rol preponderante, la actividad jurisdiccional.”CSJN: (R; MJ s/insania)