San Salvador, Octubre 2014.. No es = Hábeas Data. Derechos y Garantías. D ERECHO F UNDAMENTAL -Indisponible. -Imprescriptible. -Universal. -Dimensión.

1 San Salvador, Octubre 2014. ...
Author: Emilio Cano Vargas
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1 San Salvador, Octubre 2014.

2 No es = Hábeas Data. Derechos y Garantías. D ERECHO F UNDAMENTAL -Indisponible. -Imprescriptible. -Universal. -Dimensión objetiva. a. Eficacia horizontal.c. Deberes de protección b. Carácter expansivo.d. Efecto de irradiación.

3 Derecho Implícito. Requiere anclaje cnl mínimo. (Medio ambiente, acceso a los recursos v. gr). Amp. 118-2002. Manifestación Intimidad. ¿Sólo datos íntimos? Inc. 36-2004. Concreción de la Dignidad. ¿Y las personas jurídicas tienen dignidad o personalidad?

4 Derecho Implícito. Amp. 934-2007. Concreción de la Seguridad Jurídica, es un derecho al control de los datos propios. Fundamento valorativo que da autonomía a la ADI con respecto a la intimidad y al “libre desarrollo de la personalidad”. La evolución era necesaria para actualizar las garantías con las cuales proteger al DF.

5 Toda persona, natural o jurídica. En relación con su información. INDATA, Arzobispado sobre información ajena ¿?. Plantean el amparo, no como titulares, sino como sujetos legitimados para activar las garantías. Class action. Que permite extender los efectos de la garantía hacia otros sujetos que se encuentran en la misma situación de vulnerabilidad.

6 Datos sensibles. Dato del latin datum (lo que se da). Antecedente necesario para llegar al conocimiento o para deducir consecuencias. -Preferencias de consumo.-Créditos. -Afiliación de asociaciones.-Descargas. -Record tributario.-Ubicación. -Expediente clínico.-Seguros.

7 ¿Qué vuelve sensible a un dato? Su uso. Se ha dado para una finalidad determinada y se usa para otra. V. gr. Declaraciones sobre colaborador que “admitió” demanda contra DICOM en 2001. Uso arbitrario, diferente al destino original o con efectos de crear perfiles virtuales. “información que fomenten prejuicios y discriminaciones” (Inc. 58-2007).

8 1. La facultad de conocer la existencia de bancos de datos automatizados. 2. La libertad de acceso a la información propia (si es ajena es otro DF). 3. La facultad de rectificación, integración y cancelación. 4. La de conocer la transmisión de los datos personales hacia terceros. 5. El “derecho al olvido” se ha caracterizado como principio. Búsquense en Google.

9 1. Reserva de Ley. 2. Proporcionalidad. (Límite a los límites libertad de empresa, políticas públicas, datos de otros). 3. Contenido esencial. 4. Razonabilidad.

10 -Amp. 118-2001. Desestimatorio porque la información era cierta y el titular pudo acceder a los datos. -Inc. 36-2004. Desestimatorio porque si existen garantías: el Amparo. -Amp. 934-2007. Estimatorio porque se han recolectado y transferido sin consentimiento y no se pueden actualizar.

11 -Inc. 58-2007. Desestimatorio por interpretación conforme a la Constitución. Si la recolección de datos es individualizada (censo = no anónima), es necesario que existan reglas efectivas que protejan la información personal con fines estadísticos para que esta se mantenga en secreto. Datos anónimos no (encuesta) no presente mayor problema.