1 SERVICIO AL CLIENTE R EGLAMENTO S OBRE E L U SO D E A CUEDUCTOS Y A LCANTARILLADO S ANITARIO D E P UERTO R ICO 21 DE JUNIO DE 2016
2 PROPÓSITO DE LA REVISIÓN DEL REGLAMENTO 6685 Atemperar los reglamentos relacionados al uso sobre los servicios de acueducto y alcantarillado sanitario: – Núm. 5000 - Reglamento para Aplicar una Tarifa Análoga a la Residencial, a las Iglesias y Organizaciones de Bienestar Social. – Núm. 5129 - Código sobre Tomas o Descargas Clandestinas, Hurto de Agua, Manipulación de Contadores u otros Accesorios Propiedad de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados. – Núm. 6685 – Reglamento sobre los Servicios de Agua y Alcantarillado de Puerto Rico.
3 BASES PARA LA REVISIÓN DEL REGLAMENTO 6685 Iniciativas para aumentar los ingresos. Recomendaciones del Informe Raftelis. Viabilizar la implementación de nuevas tecnologías.
4 TRASFONDO El Reglamento 6685 conocido como “Reglamento sobre los Servicios de Agua y Alcantarillado de Puerto Rico” fue creado en virtud de las disposiciones contenidas en la Ley de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico. Aprobado el 19 de julio de 2003, mediante resolución 1970 de la Junta de Directores de Autoridad.
5 DEROGACIONES Capítulos 6 y 7 del Reglamento 6685 “Reglamento sobre los Servicios de Agua y Alcantarillado de Puerto Rico”. Reglamento 5129: “Código Sobre Tomas o Descargas Clandestinas, Hurto de Agua, Manipulación de Contadores u Otros Accesorios Propiedad de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados”. Reglamento 5000 “Reglamento para Aplicar una Tarifa Análoga a la Residencial, a las Iglesias y Organizaciones de Bienestar Social”.
6 CAMBIOS SIGNIFICATIVOS
7 Reglamento sobre el Uso de los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Puerto Rico NOMBRE O TÍTULO
8 REORGANIZACIÓN Mediante la presente revisión se organizan las responsabilidades, derechos y obligaciones de la Autoridad y los clientes: – CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES – CAPÍTULO II - CONDICIONES DEL SERVICIO – CAPÍTULO III - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CLIENTES, USUARIOS Y PÚBLICO EN GENERAL
9 REORGANIZACIÓN – CAPÍTULO IV - NORMAS PARA LA MEDICIÓN Y LA FACTURACIÓN DE SERVICIO DE ACUEDUCTO Y/O ALCANTARILLADO SANITARIO A CONDOMINIOS Y COMPLEJOS MULTIUNIDADES – CAPÍTULO V - ESPECIFICACIONES PARA CONTADORES Y MEDIDORES DE FLUJO – CAPÍTULO VI – PROHIBICIONES – CAPÍTULO VII - ACCIONES PARA REQUERIR EL CUMPLIMIENTO – CAPÍTULO VIII - DISPOSICIONES ADICIONALES
10 CAMBIOS SIGNIFICATIVOS Multas Administrativas – Residencial Primera incidencia –$250.00 a $1,000.00. Segunda incidencia – $1,000.01 a $2,500.00. Tercera incidencia y subsiguientes – $2,500.01 a $5,000.00. – Comercial Primera incidencia – $1,000.00 a $3,000.00. Segunda incidencia – $3,000.01 a $4,500.00. Tercera incidencia y subsiguientes – $4,500.01 a $5,000.00.
11 CAMBIOS SIGNIFICATIVOS – Industrial Primera incidencia – $2,500.00 a $4,500.00. Segunda incidencia y subsiguientes –$4,500.01 a $5,000.00. – Se establece base para determinar la cuantía de acuerdo a la severidad. Ajuste por Salidero Oculto – Se ajusta 100% alcantarillado – Se elimina ajuste del 50% de pérdida de agua.
12 OTROS CAMBIOS Se le da la potestad a la Autoridad a eliminar acometidas con dos años o más de desuso – Artículo 2.06. Se establecen los servicios temporeros para construcción y para oficinas de los proyectos de construcción – Artículo 2.12. Se establecen los Centros de Llenado Municipal (jirafas)- Artículo 2.14. Se establece diferencia entre fianza y depósito. La fianza aplicará cuando el consumo sea igual o mayor a 250 metros cúbicos de consumo – Artículo 2.15.
13 OTROS CAMBIOS Medición y facturación independiente por el servicio de alcantarillado sanitario – Artículo 2.24. Se reglamentan los planes de pagos – Artículo 2.32. Se reglamentan los sistemas para riego – Artículo 2.34. Se reglamenta el agua a granel – Artículo 2.35.
14 OTROS CAMBIOS Se reducen a tres las alternativas para facturar a los condominios y multiunidades: – Alternativa uno – con un solo contador. – Alternativa dos – contadores individuales. – Alternativa tres –contador maestro y subcontadores con sistema AMR. Se incluye el Capítulo V – Especificaciones de contadores y medidores de flujo. – Se incluye artículo 5.02 - sobre la localización de los contadores para:
15 OTROS CAMBIOS Condominios y multiunidades. “Walk-ups” Áreas urbanas Urbanizaciones Áreas rurales – Se reglamenta la lectura automática de contadores y medidores de flujo (AMR) – Artículo 5.04. Para condominios y multiunidades o donde los contadores queden en propiedad privada.
16 COMITE AD HOC
17 REVISION COMITE AD HOC Se aclararon dudas relacionadas al borrador del Reglamento presentado el 14 de marzo 2016. Se atendieron los señalamientos hechos por los miembros del Comité AD HOC Reglamento. Se realizaron enmiendas a raíz de las discusiones de los términos señalados y algunos fueron explicados.
18 FORMATO DE PRESENTACIÓN Las recomendaciones de los integrantes del Comité se presentaron en orden, en formato de dos columnas por hoja: – Primera columna presentaba el texto original del borrador del Reglamento y las dudas de los integrantes del Comité. – Segunda columna presenta los cambios realizados y la aclaración de las dudas expuestas.
19 RECOMENDACIONES GENERALES Texto original o dudas: Acueducto y/o Alcantarillado sanitario. Servicios Temporeros de Acueducto para la Construcción. Cambios o explicación: Servicio de Acueducto o de Alcantarillado sanitario, o de ambos. Servicios Temporales de Acueducto para la Construcción.
20 TABLA DE CONTENIDO Antes Art. 2.15 - Fianzas o Depósitos Art. 2.34 – Sistema para Riego Art. 6.01 – Tomas Clandestinas, Descargas Clandestinas y/o Descargas no Autorizadas Art. 7.07 – Fianza o Depósito Despues Art. 2.15 - Requisitos de Fianzas o Depósitos. (se modifica el título para evitar confusión con el Art. 7.07) Art. 2.34 – Sistema para Riego de Areas Verdes. Art. 6.01 – definición número 68. Término de uso común en la Autoridad. Art. 7.07 – Fianza o Depósito por Violaciones al Reglamento. (se modifica para evitar confusión con el Art. 2.15). Texto original o dudas:Cambios o explicación:
21 Disposiciones Generales Antes Art. 1.02 – Alcance : Este Reglamento regirá el uso de los servicios de acueducto y alcantarillado sanitario, y tomará precedencia sobre todos los demás reglamentos promulgados por la Autoridad, en la medida en que sean incompatibles con las disposiciones contenidas en éste. Art. 1.04 – Aplicabilidad: Este Reglamento aplica a todos los usuarios, clientes de la Autoridad y público en general. Art. 1.02 – Alcance : Este Reglamento regirá el uso de los servicios de acueducto y alcantarillado sanitario, y tomará precedencia sobre todos los demás reglamentos promulgados por la Autoridad. Art. 1.04 - todo ciudadano e incluye clientes, usuarios y terceros. Definición # 48. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
22 Definiciones 8. Cargo – Cantidad que se factura por los servicios prestados por la Autoridad. 9. Cargo Base – Cantidad que se factura por tener disponibilidad del servicio del sistema de acueducto y/o alcantarillado sanitario de la Autoridad, de acuerdo a la estructura tarifaria vigente. 10. Centro de Llenado Municipal – Acometida de acueducto con contador solicitada por los municipios y aprobada por la Autoridad. 8. Cargo – Cantidad de dinero que se factura por los servicios prestados por la Autoridad. 9. Cargo Base – Cantidad de dinero que se factura por tener disponibilidad del servicio del sistema de acueducto y/o alcantarillado sanitario de la Autoridad, de acuerdo a la estructura tarifaria vigente. 10. suplir a camiones tanques del municipio o contratados por éste para el acarreo de agua (Artículo 2.14 ). Texto original o dudas:Cambios o explicación:
23 Definiciones 13. Cliente Comercial o Gobierno – Cualquier persona que tiene registrado el servicio de acueducto y/o alcantarillado sanitario… 14. Cliente Industrial – considerar añadir requisitos de suplir la clasificación del North American Industry Clasification System (NAICS). 19. Contador - Dispositivo que utiliza la Autoridad para registrar el consumo de agua servida de los sistemas de la Autoridad. 13. Cliente Comercial o Gobierno – Cualquier persona natural o jurídica que tiene registrado el servicio de acueducto o de alcantarillado sanitario o ambos… 14. Definición basado en la Estructura Tarifaria en la cual define la tarifa basado en el uso. 19. Contador - Dispositivo que utiliza la Autoridad para registrar el consumo de agua servida por la Autoridad Cambios o explicación:
24 Definiciones 21. Depósito - Cantidad de dinero para garantizar el pago por los servicios prestados. 22. Derivación. Es la parte del sanitario una descarga clandestina como definida en el 23? 26. Dispositivo de detección (“detector device”). 29. Gastos Administrativos 21. Depósito - Cantidad de dinero requerida al cliente para garantizar el pago por los servicios prestados. 22. A diferencia con la definición 23, esta ocurre cuando hay servicio registrado. 26. término utilizado para este tipo de dispositivo por la AAA y en el mercado. 29. Estos gastos se encuentran asociados a violaciones a este Reglamento y otros eventos extraordinarios. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
25 Definiciones 30. Iglesia – Organización religiosa reconocida por el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 32. Instalaciones Interiores – Tubería y/o accesorios conectados a ésta, más allá de la acometida, que es responsabilidad del cliente o usuario. 30. El término iglesia, como está contemplado en la Ley Núm. 61 de 2 de septiembre de 1992, se refiere a los beneficios que se conceden a las estructuras de las organizaciones religiosas. 32. Instalaciones Interiores – Tubería y accesorios conectados a ésta, más allá de la acometida, cuya operación y mantenimiento es responsabilidad del cliente o usuario. Cambios o explicación:Texto original o dudas:
26 Definiciones 36. Llave de Globo – porque de globo, puede ser Gate? 39. Metro Cúbico - Unidad de medida de volumen del sistema métrico utilizado por la Autoridad para facturar. (Recomendación: equivalente a 264 glns. y añadir por sus servicios) 36. Tipo de llave que la Autoridad deja instalada. Se define para diferenciar entre la llave de paso (que esta antes del contador. Delimita la responsabilidad de la Autoridad. 39. Metro Cúbico - Unidad de medida de volumen del sistema métrico utilizado por la Autoridad para medir el uso y facturar por sus servicios. (no incluir el equivalente a 264 glns., ya que es conversión). Texto original o dudas:Cambios o explicación:
27 Definiciones 52. Salidero Oculto – (cambiar subterraneo por subacuático). 58. Servicio Temporero para Construcción. 59. Servicio Temporero para Oficinas de Proyectos 60. Sistema de Acueducto – (cambiar tratamiento por purificación) 52. Salidero Oculto – (se cambia a subacuático). 58. Servicio Temporal para Construcción Servicio Temporal para Oficinas de Proyectos 60. Sistema de Acueducto – (se cambia término tratamiento por purificación). Cambios o explicación:Texto original o dudas:
28 Condiciones de Servicio Artículo 2.13 – DESPERDICIO DE AGUA: La Autoridad tiene la facultad de adoptar las medidas necesarias para promover el mejor uso del agua y de prohibir su uso para ciertas actividades. El incumplimiento de las mismas tendrá como consecuencia la suspensión del servicio, además de constituir una violación a este Reglamento. Artículo 2.13 - DESPERDICIO DE AGUA: La Autoridad tiene la facultad de adoptar las medidas necesarias para promover el mejor uso del agua potable y de prohibir su uso para las siguientes actividades, pero sin limitarse a: – Tener salideros o defectos en plomería que puedan determinarse a simple vista sin tomar las medidas correctivas. – Dejar correr el agua de forma indiscriminada. El incumplimiento de las mismas tendrá como consecuencia la suspensión del servicio, además de constituir una violación a este Reglamento. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
29 Condiciones de Servicio Artículo 2.15 – Fianzas o Depósitos: 5. La Autoridad podrá suspender el servicio de acueducto o de alcantarillado sanitario o de ambos al cliente o usuario, de éste no pagar el depósito o presentar la fianza en el plazo requerido, o después de notificársele cualquier aumento en el depósito o fianza. (será si esta no es satisfecha por el cliente en cierto tiempo?). Artículo 2.15 – Fianzas o Depósitos: 5. La Autoridad podrá suspender el servicio de acueducto o de alcantarillado sanitario o de ambos al cliente o usuario, después de notificársele cualquier aumento en el depósito o fianza y éste no pagar el depósito o presentar la fianza en el plazo requerido. (se eliminó última frase). Cambios o explicación:Texto original o dudas:
30 Condiciones de Servicio Antes Artículo 2.16 – LECTURA Y FACTURACIÓN: Qué significa última oración? – Esta planificación también tomará en consideración las características y la naturaleza de los servicios prestados bajo las diferentes tarifas. Artículo 2.16 – LECTURA Y FACTURACIÓN: – Esta oración se refiere a que la Autoridad puede cambiar la lectura de contadores y medidores de flujo de bimensual a mensual o viceversa para ciertos servicios por el diámetro, la tarifa o por el tipo de estructura. Por ejemplo: contadores mayor a 1 ½” y medidores de flujo se leen mensualmente, al igual que redes de contador maestro y subcontadores. Cambios o explicación:Texto original o dudas:
31 Condiciones de Servicio Artículo 2.17 – 2da oración: En caso que no haya historial de consumo, se realizará un estimado razonable. Que es un estimado razonable? – 3ra oración: Cuando la causa de la factura estimada sea atribuible a la Autoridad… En el 1 pq hay que hablar de falta de personal en lugar de ausencia de lectura? Contadores enterrados son atribuibles a la Autoridad? Artículo 2.17 – 2da oración: En caso que no haya historial de consumo, se realizará un estimado razonable basado en el consumo promedio de clientes similares. – 3ra oración: Cuando la causa de la factura estimada sea atribuible a una limitación operacional de la Autoridad… – todos los factores expuestos puede ocasionar la ausencia de lectura. Cambios o explicación: Texto original o dudas:
32 Condiciones de Servicio 2.17 – (continuación) – Se cambia falta de personal por limitaciones de personal. – Pueden existir casos de Contadores enterrados ocasionados por obras o mejoras realizadas por la Autoridad. También los Contadores pueden quedar enterrados por proyectos de AC u otras agencias de gobierno. Cambios o explicación:Texto original o dudas:
33 Condiciones de Servicio Artículo 2.18: – 2. La Autoridad puede referir una deuda final, liquida y exigible… (añadir “no objetada”) Artículo 2.22: – Disposición de ley? – Diferencia urbanos vs rurales? – Como se ha implantado en el pasado? – Como aplica esta autoridad en ley para los acueductos? Artículo 2.18: – Una deuda final, liquida y exigible es aquella que no está en controversia. Donde ya se ha emitido una determinación final o el cliente nunca la objetó. Artículo 2.22: (legales) – Sección 19 de la Ley de Acueductos y Alcantarillado. – No existe diferencia. – Se envía notificación para que cliente presente objeciones porque no puede conectarse. Cambios o explicación:Texto original o dudas:
34 Condiciones de Servicio Artículo 2.24: – 1. La Autoridad facturará los cargos por el servicio de alcantarillado sanitario basado en el consumo registrado en el contador a las tarifas vigentes. Artículo 2.25: – 2da oración: La investigación de la Autoridad dependerá de los planteamientos del cliente y … Artículo 2.24: – 1. La Autoridad facturará los cargos por el servicio de alcantarillado sanitario basado en el consumo de agua potable registrado en el contador a las tarifas vigentes. Artículo 2.25: – 2da oración: La investigación de la Autoridad dependerá de la naturaleza de los planteamientos del cliente en apoyo a su objeción y… Cambios o explicación:Texto original o dudas:
35 Condiciones de Servicio Artículo 2.28 – Ajustes por Deficiencia en el Servicio: – Cómo se cuantifica el ajuste? Artículo 2.28 – Ajustes por Deficiencia en el Servicio: – En el Procedimento 601 – “Para Ajustar Cargos Facturados o a Facturar”, se establece una guía para la certificación, aprobación y aplicación de este ajuste. Tiempo prolongado se establece en la guía que es: interrupciones del servicio de acueducto 2 o más días a la semana por al menos 3 meses consecutivos, entre las 6:00 AM y las 12:00 AM. Para determinar el ajuste se calcula el porciento de días sin servicio para el periodo. Ejemplo: 20/60 =.33 y se multiplica por el cargo facturado o a facturar. Cambios o explicación: Texto original o dudas:
36 Condiciones de Servicio Artículo 2.29 – Ajustes en caso de Contadores Defectuosos: – Hasta cuánto tiempo en retrospectivo se puede extender? Pagaría el consumidor por un error o negligencia de la AAA? Artículo 2.31 – Otros Ajustes: – Implica que se penaliza al cliente por errores de a Autoridad? Artículo 2.29 – Ajustes en caso de Contadores Defectuosos: – Para clientes residenciales y comercios pequeños (consumo < a 101 metros cúbicos mensuales), la Ley establece 120 días. Comercios grandes, industrias y gobierno no se establece límite. Por jurisprudencia los casos de facturación se ha decidido hasta 5 años. Esto se aplica para ambos casos: a favor del cliente (créditos) y a favor de la Autoridad (débitos). Artículo 2.31 – Otros Ajustes: – El Proc. 601 detalla los tipos de ajustes que se pueden hacer. Cambios o explicación: Texto original o dudas:
37 Condiciones de Servicio Artículo 2.31 – (continuación) Artículo 2.32 – Planes de Pago: – Como funciona, donde están los parámetros? Tipos de ajustes: Acumulación de consumo por Estimados consecutivos. Errores en lecturas Tarifa incorrecta Servicio incorrecto Estimado incorrecto Errores en Facturación Salideros “out” En la mayoría se beneficia al cliente. Artículo 2.32 – Planes de Pago: – En el Proc. 608 se establecen los parámetros. Actualmente no se cobran intereses y se divide la deuda en plazos mensuales a pagar con la factura corriente. Cambios o explicación: Texto original o dudas:
38 Condiciones de Servicio Artículo 2.33 – Tarifa Análoga: Incluir “un templo religioso”. Artículo 2.34 – SISTEMAS PARA RIEGO Artículo 2.35 – Servicio de Agua a Granel: 7. En situaciones en que el Presidente Ejecutivo así lo autorice. ?? Artículo 2.33 – Tarifa Análoga: La Autoridad aplicará una tarifa análoga a la residencial para la estructura donde ubique un templo religioso o… Artículo 2.34 – SISTEMAS PARA RIEGO DE ÁREAS VERDES Artículo 2.35 – Servicio de Agua a Granel: 7. Se incluye para otras situaciones que no se prevean y puedan ocurrir. El Presidente como máximo ejecutivo de la corporación, es el que debe tener esta facultad. Cambios o explicación:Texto original o dudas:
39 Derechos y Obligaciones de los Clientes, Usuarios y Público en General Artículo 3.01 – SOLICITUDES DE SERVICIO: – Porqué no se específica la necesidad de contar con un permiso de uso de OGPe? Artículo 3.07 - OBSTRUCCIONES SOBRE LOS CONTADORES: – Los clientes o usuarios del servicio de acueducto y/o alcantarillado sanitario serán responsables de velar que no se coloque nada encima … Artículo 3.01 – SOLICITUDES DE SERVICIO : – Los requisitos se incluyen en un Procedimiento, ya que pueden ser variables y existir diferentes instancias. En el procedimiento se es especifico para cada una. Artículo 3.07 - OBSTRUCCIONES SOBRE LOS CONTADORES: – Los clientes o usuarios del servicio de acueducto o alcantarillado sanitario, o de ambos serán responsables de velar que no se coloque algún objeto o material encima… Cambios o explicación:Texto original o dudas:
40 Derechos y Obligaciones de los Clientes, Usuarios y Público en General Artículo 3.08 – OBJECIONES DE FACTURAS: Consolidar con el Artículo 2.29, que trata del mismo asunto! Artículo 3.12 - DESPERDICIO DE AGUA: Consolidar con Artículo 2.13 Cambios o explicación: Artículo 3.08 – DERECHO DE OBJECIÓN DE FACTURAS: Se mantiene este Artículo y se cambia el título, ya que este capítulo trata sobre los Derechos y Obligaciones de los Clientes. El Artículo 2.29 trata sobre las condiciones de servicio que serían las responsabilidades de la Autoridad. Artículo 3.12 – RESPONSABILIDAD DE LOS CLIENTES Y USUARIOS SOBRE EL DESPERDICIO DE AGUA POTABLE: Se mantiene este Artículo y se cambia el título. Aplica de forma similar que el Artículo anterior. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
41 Derechos y Obligaciones de los Clientes, Usuarios y Público en General Artículo 3.15 - REUBICACIÓN DE ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO Y/O ALCANTARILLADO SANITARIO: Consolidar con 2.27. Artículo 3.16 – OBLIGACIÓN SOBRE PLANES DE PAGOS: Consolidar con 2.32. “factura periódica o corriente”? Artículo 3.17 – REQUISITOS PARA SOLICITAR LA TARIFA ANÁLOGA: Consolidar con 2.39. Cambios o explicación: Artículo 3.15 – SOLICITUD DE REUBICACIÓN DE ACOMETIDAS DE ACUEDUCTO: Se cambia título. No se debe consolidar, ya que se refiere a derechos y obligaciones del cliente o usuario. Artículo 3.16 – OBLIGACIÓN SOBRE PLANES DE PAGOS: es la facturación mensual o bimestral. Artículo 3.17 – REQUISITOS PARA SOLICITAR LA TARIFA ANÁLOGA : No se deben consolidar, ya que se refiere a derechos y obligaciones del cliente o usuario. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
42 NORMAS PARA LA MEDICIÓN Y LA FACTURACIÓN DE SERVICIO DE ACUEDUCTO Y/O ALCANTARILLADO SANITARIO A CONDOMINIOS Y COMPLEJOS MULTIUNIDADES Artículo 4.03 – TARIFAS APLICABLES A INMUEBLES REGIDOS POR LA LEY DE CONDOMINIOS: (1)-Cómo se aplica el 3? (2)-Porqué el 3 esta después del 2? Cambios o explicación: Artículo 4.03 – TARIFAS APLICABLES A INMUEBLES REGIDOS POR LA LEY DE CONDOMINIOS: (1)- La base será, la cantidad de pies cuadrados de construcción para fines comerciales y residenciales. Basado en esta proporción se divide el consumo. Ejemplo: edificio de 10,000 pies cuadrados de construcción y de estos utiliza 1,000 pies cuadrados para fines comerciales con consumo de 500 metros cúbicos. El consumo Comercial sería 50 metros [(1,000/10,000)x500] y residencial 450 metros cúbicos. (2)-Esta conforme a como está en la Ley. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
43 Artículo 5.01 – CONTADORES: explicar el inciso 11, ultima oración. Artículo 5.02 – LOCALIZACIÓN DE CONTADORES: El 2 …y su instalación será horizontal? Aun mínimo de 2 pies? …y se instalará de forma horizontal a un máximo de dos pies sobre el nivel del piso. ESPECIFICACIONES PARA CONTADORES Y MEDIDORES DE FLUJO Artículo 5.01 – CONTADORES: Se refiere a aquellos clientes que a pesar de que la Autoridad certifica que el contador está en buenas condiciones solicitan que lo cambien. Luego hay cambios en patrón de consumo o reparaciones no notificadas y quiere que le ajusten las facturas anteriores basado en la alegación de que el contador estaba dañado. Artículo 5.02 – LOCALIZACIÓN DE CONTADORES: La instalación debe ser horizontal, ya que la mayoría de los contadores de agua lo especifican. Esta altura facilita el manejo. Más de dos pies hace mas difícil el manejo del mismo. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
44 ESPECIFICACIONES PARA CONTADORES Y MEDIDORES DE FLUJO Artículo 5.03 - MEDIDORES DE FLUJO: …o por el consumo registrado? Artículo 5.04 – LECTURA AUTOMÁTICA DE CONTADORES (AMR): Dónde se define AMR? Cambios o explicación: Artículo 5.03 - MEDIDORES DE FLUJO: Durante el período afectado, la Autoridad facturará basado en el promedio histórico de descarga o por el consumo de agua registrado. De extraer agua de sistemas privados de abastecimiento, se podrá determinar la descarga basado en el consumo registrado por el contador instalado en éste, en combinación con el contador de la Autoridad, en caso que este último sea aplicable. Artículo 5.04 – LECTURA AUTOMÁTICA DE CONTADORES: Definición núm. 64. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
45 PROHIBICIONES Artículo 6.03 - ACTIVIDADES QUE CONSTITUYEN HURTO DE AGUA: el 5, con el propósito de evitar o que evite que el contador… Artículo 6.07 - USO INDEBIDO DE AGUA POTABLE PARA ACTIVIDADES PROHIBIDAS: El título no menciona en caso de emergencia. Se deben definir aquí las actividades, no dejarlo para publicación. Cambios o explicación: Artículo 6.03 - ACTIVIDADES QUE CONSTITUYEN HURTO DE AGUA: Con el propósito de evitar que el contador registre la totalidad o parte del consumo. (que evite no se recomienda utilizar “que” antes y después). Artículo 6.07 - USO INDEBIDO DE AGUA POTABLE EN PERIODO DE EMERGENCIA: Texto original o dudas:Cambios o explicación:
46 PROHIBICIONES Artículo 6.09 - REGISTRAR SERVICIO A NOMBRE DE OTRA PERSONA: Cómo se determina esto? Artículo 6.11 - CONEXIÓN DE BOMBAS: No se hace referencia a este artículo en menciones previas a este asunto Cambios o explicación: Artículo 6.09 - REGISTRAR SERVICIO A NOMBRE DE OTRA PERSONA: Cuando un cliente que tenía una deuda en una instalación y se le suspende el servicio, solicitan a un tercero para que registre el servicio a su nombre, para continuar disfrutando del servicio sin pagar la deuda anterior. Artículo 6.11 - CONEXIÓN DE BOMBAS: Se menciona en el Artículo 4.02, Inciso 1.d. Se menciona en este caso para condominios. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
47 PROHIBICIONES Artículo 6.15 - PROHIBICIÓN DE INTERFERIR CON LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO Y/O ALCANTARILLADO SANITARIO: La segunda oración como que no pertenece al título. 2da oración - …está prohibido interferir y/o limitar el acceso a los representantes o funcionarios de la Autoridad a los contadores y/o medidores de flujo. Cambios o explicación: Artículo 6.15 - PROHIBICIÓN DE INTERFERIR CON LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTO O DE ALCANTARILLADO SANITARIO: es una forma de interferir o limitar, ya que son parte de los sistemas de la Autoridad. Muchos casos los contadores están posterior a una verja y no permiten que nuestros empleados entren. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
48 ACCIONES PARA REQUERIR EL CUMPLIMIENTO Artículo 7.07 – FIANZA O DEPÓSITO: El 1 depósito, Dependiendo de la severidad de la violación… esto se debe definir. Artículo 7.09 - NOTIFICACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA, OTROS CARGOS Y GASTOS ASOCIADOS: Existen cartas modelos a estos fines. Artículo 7.10 - REVISIÓN ADMINISTRATIVA: Se entenderá como no presentada o la Autoridad no podrá evaluar su solicitud? Cambios o explicación: Artículo 7.07 – FIANZA O DEPÓSITO: Director(a) de la Oficina de Reducción de Agua No Facturada. Artículo 7.09 - NOTIFICACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA, OTROS CARGOS Y GASTOS ASOCIADOS: Director(a) de la Oficina de Reducción de Agua No Facturada. Artículo 7.10 - REVISIÓN ADMINISTRATIVA: la solicitud no cumplió con lo requerido y no se evalúa. Texto original o dudas:Cambios o explicación:
49 DISPOSICIONES ADICIONALES Artículo 8.03 - RADICACIÓN DE QUERELLAS A PROFESIONALES: Se debe mencionar en primer lugar al ingeniero. Cambios o explicación: Artículo 8.03 - RADICACIÓN DE QUERELLAS A PROFESIONALES: Cualquier ingeniero, plomero u otro profesional relacionado que violente las disposiciones de este Reglamento, … Texto original o dudas:Cambios o explicación:
50 MULTAS ADMINISTRATIVAS
51 EJEMPLOS DE MULTAS
52 DUDAS O PREGUNTAS? Gracias!