1 Sistema de Control y Transparencia de la Gestión MunicipalWilly Rodríguez Chiclayo, 11de febrero del 2015
2 El CONTROL GUBERNAMENTAL
3 ¿Quiénes conforman el SNC?La Contraloría General, como ente técnico rector. Todas las unidades orgánicas responsables de la función de control gubernamental, los OCI. Las sociedades de auditoría externa independientes, cuando son designadas por la Contraloría General y contratadas, durante un período determinado, para realizar servicios de auditoría. Art. 13° de la Ley N° LOSNC y de la CGR.
4 El Control Gubernamental y la Contraloría General de la República(algunas reflexiones)
5 Obligación de implementar los OCI en las municipalidades (*)Las entidades comprendidas en la Ley (incluye los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, tendrán necesariamente un Órgano de Auditoría Interna ubicado en el mayor nivel jerárquico de la estructura de la entidad…. El Titular de la entidad tiene la obligación de cautelar la adecuada implementación del Órgano de Auditoría Interna y la asignación de recursos suficientes para la normal ejecución de sus actividades de control. Será de aplicación a TODAS las municipalidades del país??? (*) Ley Nº Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Artículo 13.
6 PIA Año 2015 de algunas municipalidades del paísREGIÓN: JUNÍN PROVINCIA DE JAUJA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MASMA CHICCHE S/. 410,989 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARIPAMPA 430,475 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JANJAILLO 419,578 REGIÓN AMAZONAS: PROVINCIA DE LUYA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARIA 366,800 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INGUILPATA 389,800 REGIÓN HUANCAVELICA: PROVINCIA DE TAYACAJA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUISHUAR 518,450 REGIÓN MADRE DE DIOS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FITZCARRALD 605,800 Fuente: Consulta Amigable - MEF al Elaboración: AMPE
7 PIA de algunas Municipalidades de Lambayeque y La LibertadPROVINCIA DE CHICLAYO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVA ARICA S/. 809,827 PROVINCIA DE LAMBAYEQUE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHOCHOPE 664,216 PROVINCIA DE BOLIVAR 510,544 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE UCUNCHA 526,753 PROVINCIA DE OTUZCO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARANDAY 493,039 Fuente: Consulta Amigable - MEF al Elaboración: AMPE
8 Sin embargo, la LOM determina la siguiente estructura orgánica básicaGerencia Municipal. El Órgano de Auditoria Interna – OCI. La Procuraduría Pública Municipal. La Oficina de Asesoría Jurídica. La Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la OPI. Pero además, deben existir los responsables funcionales de: Recursos Humanos, Tesorería, Contabilidad y Abastecimiento. Administración Tributaria y Ejecutoría Coactiva. Obras públicas y privadas. DEMUNA, PVL y OMAPED. Limpieza Pública, Serenazgo, Defensa Civil y Gestión de Riesgos. Educación Cultura y Deporte. Se podrá cumplir si existen Municipalidades con 8 a 10 trabajadores???.
9 La autonomía funcional de los OCIPrincipios que rigen el ejercicio del control gubernamental (Artículo 9° LOSNC y CGR): ….. c) La autonomía funcional, expresada en la potestad de los órganos de control para organizarse y ejercer sus funciones con independencia técnica y libre de influencias. Ninguna entidad o autoridad, funcionario o servidor público, ni terceros, pueden oponerse, interferir o dificultar el ejercicio de sus funciones y atribuciones de control. Sin embargo, el personal OCI es pagado por las propias entidades !!!!! El pedido de sus requerimientos, siguen el mismo trámite que las demás unidades orgánicas.
10 El personal OCI y la Ley de Presupuesto 2015Las entidades del GN. y de los G.R. podrán transferir a la Contraloría, los recursos para financiar la contratación del personal CAS para los OCI. Los G.R. realizarán las modificaciones presupuestarias, a aprobarse por D.S. refrendado por el MEF y PCM. PROPUESTA AMPE: Debe ser obligatorio y comprender a TODO el personal nombrado y CAS. incluyendo inicialmente, a las municipalidades provinciales. Ley Nº Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015: Quincuagésima Sexta Disposición Complementaria Final.
11 Capacidad sancionadora de la CGRLey N° – Ley Orgánica del SNC y de la CGR. Ley N° – Ley que amplía las facultades para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional. Reglamento de la Ley N° 29622, “Reglamento de infracciones y sanciones para la responsabilidad administrativa funcional derivada de los informes emitidos por los órganos del Sistema Nacional de Control”. D.S. N° PCM (p ). R.C. Nº CG Directiva Nº CG/GDES “Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional” (p ). R.C. Nº CG Directiva Nº CG/GDES “Reglamento de Infracciones y Sanciones (p ). Se cumple con sancionar a los infractores??
12 La percepción de la corrupción en el paísInstitución % ??? 55 Policía Nacional 53 Poder Judicial 49 Municipalidades 27 Gobiernos regionales 24 Partidos políticos 22 Fiscalía de la Nación 13 Gobierno central 11 Fuerzas Armadas 10 Empresas privadas 7 Contralor General de la República: la corrupción genera pérdidas por US$3.570 millones al año. (Diario El Comercio del ). Fuente: VIII Encuesta Nacional sobre percepciones de la corrupción en el Perú Ipsos Perú, por encargo de Proética
13 Limitaciones en las contrataciones1. LEY Nº LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES ARTÍCULO 63.- RESTRICCIONES DE CONTRATACIÓN El alcalde, los regidores, los servidores, empleados y funcionarios municipales no pueden contratar, rematar obras o servicios públicos municipales ni adquirir directamente o por interpósita persona sus bienes. Se exceptúa de la presente disposición el respectivo contrato de trabajo, que se formaliza conforme a la ley de la materia. “Artículo 22º.- Vacancia del cargo de Alcalde o Regidor El cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal, en los siguientes casos: 8. Nepotismo, conforme a ley de la materia: nombramiento y/o contratación de personal.
14 Limitaciones en las contrataciones2. DECRETO LEGISLATIVO Nº 1017 LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Artículo 10.- Impedimentos para ser postor y/o contratista Cualquiera sea el régimen legal de contratación aplicable, están impedidos de ser participantes, postores y/o contratistas: (…) f) En el ámbito y tiempo establecidos para las personas señaladas en los literales precedentes (12 meses), el cónyuge, conviviente o los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. Existe el parentesco espiritual de compadre y ahijado, cuyo vínculo en algunos casos puede ser tan fuerte como los de consanguinidad y afinidad. Reconocimiento de la Real Academia Española.
15 POR AFINIDAD (MATRIMONIO)GRADOS DE PARENTESCO AUTORIDAD FUNCIONARIO SERVIDOR POR AFINIDAD (MATRIMONIO) POR CONSANGUINIDAD 1° Padres/hijos 1° Suegro/yerno/ nuera 2° Abuelos/ hermanos/ nietos Cuñados 2° 3° Bisnietos/tíos/ sobrinos 4° Primos/ tataranietos
16 Modificación a la ley de nepotismo“Artículo 1°.- Los funcionarios, directivos y servidores públicos, y/o personal de confianza de las entidades y reparticiones públicas conformantes del Sector Público Nacional, así como de las empresas del Estado, que gozan de la facultad de nombramiento y contratación de personal, o tengan injerencia directa o indirecta en el proceso de selección se encuentran prohibidos de nombrar, contratar o inducir a otro a hacerlo en su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, por razón de matrimonio, unión de hecho o convivencia. Extiéndase la prohibición a la suscripción de contratos de locación de servicios, contratos de consultoría, y otros de naturaleza similar”. Ley N° modifica Ley N° (p )
17 Transparencia de la Gestión Municipal
18 La Agenda en materia de la Transparencia de la gestión municipalPresentación de la Declaración Jurada de Bienes, Ingresos y de Rentas. (Ley Nº 30161). Al , todos cumplieron?? Actualización de la web institucional (Ley Nº Transparencia y Acceso a la Información). Cumplimiento a los acuerdos del Presupuesto Participativo. Fortalecimiento del Comité de Vigilancia (Ley Nº 28056) Fortalecimiento de las OSB. Código de Ética y lucha contra la corrupción. Proyecto de ley. Sesiones de Concejo municipal públicas (LOM, Artículo 13). Cabildos abiertos (LOM, Artículo 113 numeral 5). Informe mensual sobre recaudación de los ingresos (LOM, Artículo 20 numeral 15) . Memoria de gestión (LOM, Artículo 20 numeral 11) . No hay sanción a quienes omiten deliberadamente o no, la información contenida en la normatividad sobre transparencia !!!.
19 La Agenda en materia de la Transparencia de la gestión municipalPresentación de la Declaración Jurada de Bienes, Ingresos y de Rentas. (Ley Nº 30161). Al Todos cumplieron al ?? Actualización de la web institucional (Ley Nº Transparencia y Acceso a la Información). El PLUS a los funcionarios. El proyecto de ley sobre remuneraciones a funcionarios Cumplimiento a los acuerdos del Presupuesto Participativo. Fortalecimiento del Comité de Vigilancia (Ley Nº 28056) Fortalecimiento de las OSB. Código de Ética y lucha contra la corrupción. Proyecto de ley. No hay sanción a quienes omiten deliberadamente o no, la información contenida en la normatividad sobre transparencia !!!.
20 REVOCATORIA DE AUTORIDADES REGIONALES Y LOCALES (*)Los promotores de las revocatorias, deberán fundamentar su solicitud sobre cada autoridad que se pretenda revocar y, en consecuencia, sustentar razonablemente la causal o motivos por los cuales proceda dicho pedido; detallando los cuestionamientos a la autoridad o las deficiencias en el ejercicio del cargo, que habría afectado de manera notoria su adecuado desempeño y la incidencia de tales hechos en la gestión regional o municipal. Resolución N° JNE Establecen disposiciones referidas a la revocatoria del mandato de autoridades regionales y municipales electas (p ).
21 Las remuneraciones y derechos del alcalde y los funcionarios municipalesEn relación al alcalde: Remuneraciones – el D. S. N° PCM Aguinaldos: Fiestas Patrias y Navidad – Ley Los beneficios del pacto colectivo: posición del JNE En relación a los funcionarios: El PLUS a los funcionarios – el CAFAE. El pacto colectivo: posición del JNE El proyecto de ley sobre pactos colectivos a funcionarios La defensa y asesoría legal en del alcalde y de los funcionarios: Restricciones. Defensa y asesoría legal en procesos judiciales – Artículo 35 inc. l) de Ley N° Ley del Servicio Civil.
22 MUCHAS GRACIAS !!!! [email protected]Celular ¨RPM *642142